PROVISIONES DE NOMINA
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PROVISIONES DE NOMINA
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMATIZADO
Uno de los aspectos a tener en cuenta cuando se liquida y
contabiliza una nómina, son las provisiones de nómina que se
deben hacer.
Cuando se liquida una nómina, la empresa tiene la obligación de
pagar al trabajador inmediatamente los valores liquidados a
excepción de algunos que se debe provisionar para pagarlos
posteriormente.
Los valores que no se pagan al liquidar la nómina y que se
provisionan para pagarlos en un futuro son los siguientes:
Prima de servicios
Cesantías
Intereses sobre cesantías
Vacaciones
Estos valores aunque se liquidan cada mes
o quincena dependiendo del periodo de pago
adoptado por la empresa, se pagan en las fechas
que ha establecido la ley, que pueden ser cada año o
cada seis meses.
En el caso de la prima de servicios, se debe pagar a
más tardar el último día de junio y en los primeros
20 días del mes de diciembre. Las cesantías se
deben pagar a comienzos del año siguiente [antes
del 15 de febrero.
Los intereses sobre cesantías se deben pagar antes
del 31 de enero del siguiente año. Las vacaciones se
pagan al momento en que el trabajador sale a
disfrutarlas o cuando termina el contrato de
trabajo sin haberlas disfrutado. Las primas
extralegales se pagan en la fecha en que se hayan
pactado en el contrato de trabajo o en la convención
colectiva.
PORCENTAJES PROVISONES
PRIMA DE SERVICIOS 8,333%
CESANTÍAS
8,333%
INTERESES CESANTIAS 1% DE LAS CESANTÍAS
VACACIONES
4,167%
TODO SE LIQUIDA EN BASE AL TOTAL DEVENGADO
Ejemplo
La empresa abc Ltda, liquida su nomina de este mes
y presenta un total devengado de $ 12.000.000.
Calcula las Provisiones:
Cesantías = 12.000.000 * 8,333% = $ 999.960
Intereses De Cesantías = 999.960 * 1% = $ 9.999
Prima De Servicios = 12.000.000 * 8,333% = $ 999.960
Vacaciones = 12.000.000 * 4,167% = $ 499.980
PARAFISCALES
Toda empresa o unidad productiva que tenga
trabajadores vinculados mediante Contrato de
trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de
su Nómina por concepto de los llamados aportes
parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente
forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de
Compensación Familiar), 3% para el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para
el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
PARAFISCALES ACTUALIZADOS
TODO EMPLEADOR QUE TENGA A SU CARGO EMPLEADOS
QUE DEVENGUEN MAS DE 10 SMLV QUEDARA EXENTO
DEL PAGO DE APORTES POR CONCEPTO DE SENA E ICBF.
Ejemplo: La misma empresa ABC Ltda, presento un
devengado de 12.000.000 y un total Auxilio De
Transporte de $ 216.000, calcula los aportes parafiscales.
Caja De compensación: (12.000.000 – 216.000) * 4%
= $ 471.360
APROPIACIONES DE NOMINA
Las apropiaciones de nómina, a diferencia de las
deducciones de nómina, en su totalidad están a
cargo de la empresa. Es la empresa la que debe
apropiar y pagar los diferentes valores por este
concepto.
Las apropiaciones de nómina están conformadas por
los siguientes conceptos, que son determinados en
la Liquidación de la nómina:
Salud: La cotización al sistema de salud es de 12.5% del salario base de
aportes para el sistema de seguridad social. El empleado aporta un 4% y la
empresa aporta el 8.5%, porcentaje último que la empresa debe apropiar
en cada nómina y posteriormente consignar a la respectiva entidad de
salud a la que este afiliado el trabajador. DESDE EL PRIEMRO DE ENERO
DE ESTE AÑO NO APLICA.
Pensión: Por cada empleado se debe aportar por concepto de pensión,
un 16% del salario base cotización. El empleado aporta el 4% y la empresa
aporta el 12%, valor que mensualmente la empresa debe apropiar y
consignar en el fondo de pensiones que el empleado haya determinado.
Riesgos Laborales: La empresa debe afiliar al empleado al sistema de
riesgos laborales, con el objetivo de cubrir los problemas los accidentes o
enfermedades que el empleado sufra como consecuencia del ejercicio de
su labor en la empresa. El aporte en su totalidad está a cargo de la
empresa, y el porcentaje a cotizar está dado por una tabla progresiva
según sea el nivel de riesgo que corra el trabajador en su trabajo.
Ejemplo siguiendo el mismo ejemplo
de la empresa abc Ltda.
Pensión = (12.000.000 – 216.000) * 12%
= 1.414.080
ARL = (12.000.000 – 216.000)
= 61.512