PROVISIONES DE NOMINA

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PROVISIONES DE NOMINA
SECRETARIADO EJECUTIVO SISTEMATIZADO
 Uno de los aspectos a tener en cuenta cuando se liquida y
contabiliza una nómina, son las provisiones de nómina que se
deben hacer.
 Cuando se liquida una nómina, la empresa tiene la obligación de
pagar al trabajador inmediatamente los valores liquidados a
excepción de algunos que se debe provisionar para pagarlos
posteriormente.
 Los valores que no se pagan al liquidar la nómina y que se
provisionan para pagarlos en un futuro son los siguientes:
 Prima de servicios
 Cesantías
 Intereses sobre cesantías
 Vacaciones
 Estos valores aunque se liquidan cada mes
o quincena dependiendo del periodo de pago
adoptado por la empresa, se pagan en las fechas
que ha establecido la ley, que pueden ser cada año o
cada seis meses.
 En el caso de la prima de servicios, se debe pagar a
más tardar el último día de junio y en los primeros
20 días del mes de diciembre. Las cesantías se
deben pagar a comienzos del año siguiente [antes
del 15 de febrero.
 Los intereses sobre cesantías se deben pagar antes
del 31 de enero del siguiente año. Las vacaciones se
pagan al momento en que el trabajador sale a
disfrutarlas o cuando termina el contrato de
trabajo sin haberlas disfrutado. Las primas
extralegales se pagan en la fecha en que se hayan
pactado en el contrato de trabajo o en la convención
colectiva.
PORCENTAJES PROVISONES




PRIMA DE SERVICIOS 8,333%
CESANTÍAS
8,333%
INTERESES CESANTIAS 1% DE LAS CESANTÍAS
VACACIONES
4,167%
 TODO SE LIQUIDA EN BASE AL TOTAL DEVENGADO
Ejemplo
 La empresa abc Ltda, liquida su nomina de este mes
y presenta un total devengado de $ 12.000.000.
Calcula las Provisiones:
 Cesantías = 12.000.000 * 8,333% = $ 999.960
 Intereses De Cesantías = 999.960 * 1% = $ 9.999
 Prima De Servicios = 12.000.000 * 8,333% = $ 999.960
 Vacaciones = 12.000.000 * 4,167% = $ 499.980
PARAFISCALES
 Toda empresa o unidad productiva que tenga
trabajadores vinculados mediante Contrato de
trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de
su Nómina por concepto de los llamados aportes
parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente
forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de
Compensación Familiar), 3% para el Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para
el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
PARAFISCALES ACTUALIZADOS
 TODO EMPLEADOR QUE TENGA A SU CARGO EMPLEADOS
QUE DEVENGUEN MAS DE 10 SMLV QUEDARA EXENTO
DEL PAGO DE APORTES POR CONCEPTO DE SENA E ICBF.
 Ejemplo: La misma empresa ABC Ltda, presento un
devengado de 12.000.000 y un total Auxilio De
Transporte de $ 216.000, calcula los aportes parafiscales.
 Caja De compensación: (12.000.000 – 216.000) * 4%
 = $ 471.360
APROPIACIONES DE NOMINA
 Las apropiaciones de nómina, a diferencia de las
deducciones de nómina, en su totalidad están a
cargo de la empresa. Es la empresa la que debe
apropiar y pagar los diferentes valores por este
concepto.
 Las apropiaciones de nómina están conformadas por
los siguientes conceptos, que son determinados en
la Liquidación de la nómina:
 Salud: La cotización al sistema de salud es de 12.5% del salario base de
aportes para el sistema de seguridad social. El empleado aporta un 4% y la
empresa aporta el 8.5%, porcentaje último que la empresa debe apropiar
en cada nómina y posteriormente consignar a la respectiva entidad de
salud a la que este afiliado el trabajador. DESDE EL PRIEMRO DE ENERO
DE ESTE AÑO NO APLICA.
 Pensión: Por cada empleado se debe aportar por concepto de pensión,
un 16% del salario base cotización. El empleado aporta el 4% y la empresa
aporta el 12%, valor que mensualmente la empresa debe apropiar y
consignar en el fondo de pensiones que el empleado haya determinado.
 Riesgos Laborales: La empresa debe afiliar al empleado al sistema de
riesgos laborales, con el objetivo de cubrir los problemas los accidentes o
enfermedades que el empleado sufra como consecuencia del ejercicio de
su labor en la empresa. El aporte en su totalidad está a cargo de la
empresa, y el porcentaje a cotizar está dado por una tabla progresiva
según sea el nivel de riesgo que corra el trabajador en su trabajo.
Ejemplo siguiendo el mismo ejemplo
de la empresa abc Ltda.
 Pensión = (12.000.000 – 216.000) * 12%
 = 1.414.080
 ARL = (12.000.000 – 216.000)
 = 61.512