LA NULIDAD DEL ACTO JURIDICO

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Transcript LA NULIDAD DEL ACTO JURIDICO

WILVER CABALLERO CONDORI
Docente de Acto Juridico
Universidad Andina del Cusco
CONCEPTO

Según Víctor Vial del Rio el acto jurídico es
ineficaz “cuando no produce efecto alguno,
o cuando sus efectos se producen de modo
efímero o caduco”.
CONCEPTO

Según Santos Cifuentes ineficacia es “un
concepto jurídico amplio, que abarca
diversas situaciones en las que los actos
carecen de vigor, fuerza o eficiencia para
lograr sus efectos”.
CLASES DE INEFICACIA

1.- Ineficacia estructural y
2.- Ineficacia funcional.
CAUSAS DE INEFICACIA ESTRUCTURAL

1.- La nulidad
2.- La anulabilidad
3.- La rescisión (Erick Palacios).
4.- La inexistencia (René Navarro).
CAUSAS DE INEFICACIA FUNCIONAL

1.- La resolución
2.- La inoponibilidad (René Navarro)
3.- La resciliacion (René Navarro).
4.- La revocación (Víctor Vial del Rio).
CLASES DE INEFICACIA

Según René Navarro, la ineficacia según su
causa puede ser:
1.- Ineficacia por la voluntad de las partes y
2.- Ineficacia por una causa legal.
LA NULIDAD DEL ACTO JURIDICO

Según Víctor Vial del Rio es: “la sanción para
todo acto o contrato a que falta alguno de
los requisitos que la ley prescribe para el
valor del mismo acto o contrato, según su
especie y la calidad y estado de las partes”.
LA NULIDAD DEL ACTO JURIDICO

Según René Navarro es: “una sanción civil,
dirigida a atacar un acto jurídico al cual le
falta algún requisito de validez. Un acto que
carece de un requisito de validez, nace a la
vida del Derecho, se perfecciona; mas no
nace sano”.
NULIDAD DEL ACTO JURIDICO

Según Guillermo Lohmann Luca de Tena es:
«una sanción que el ordenamiento establece
para ciertos supuestos».
NULIDAD DEL ACTO JURIDICO

Según Reynaldo Mario Tantalean Odar es: «la
sanción que le correspondería a tal acto por el
desperfecto contenido en su estructura, o por
su contenido contrario a las normas jurídicas
imperativa, al orden publico o a las buenas
costumbres».
LA INEXISTENCIA DEL ACTO JURIDICO

Según René Navarro es: “cuando el acto no
reúne sus requisitos de existencia, no se
perfecciona, esto es, no nace a la vida del
derecho”.
DIFERENCIAS ENTRE EL ACTO INEXISTENTE
Y NULO

Según Víctor Vial del Rio:
1.- El acto inexistente, no da origen a ningún
efecto. En cambio, el acto nulo nace a la vida
del derecho y produce los efectos propios
del tipo a que pertenece, como si fuera
valido. Solo que tal producción de efectos es
efímera en el sentido de que puede
desaparecer en cualquier momento.

2.- Para que un acto sea inexistente no se
requiere una sentencia judicial que así lo
declare, la inexistencia se produce de pleno
derecho, opera ipso jure en cambio, la
nulidad de acto jurídico no puede hacerse
sino en virtud de una sentencia judicial.

3.- El acto inexistente no puede sanearse, en
cambio el acto nulo puede sanearse o
validarse, por el transcurso del plazo
establecido por ley para demandar la nulidad
o por la voluntad de las partes.
CLASES DE NULIDAD DE ACTO JURIDICO

René Navarro señala que existe dos clases
de nulidad:
1.- Nulidad absoluta y
2.- Nulidad relativa.
CLASES DE NULIDAD DE ACTO JURIDICO

Carlos Ducci distingue la nulidad en:
1.- Nulidad expresa y
2.- Nulidad tacita.
NULIDAD EXPRESA

Según Carlos Ducci es cuando “la ley señala
explícitamente que la omisión de algún
requisito determinado produce la nulidad”.
NULIDAD TACITA

Según Carlos Ducci es cuando “se
desprende de la aplicación de los principios
generales contenidos en –la norma-”.
NULIDAD VIRTUAL

Según Lizaro Taboada citado por Tantalean
Odar son aquellas que sin estar declaradas
explícitamente por una norma jurídica, se
deducen o infieren del contenido de un acto
jurídico, justamente por contravenir norma
imperativas, el orden publico o las buenas
costumbres.
CLASES DE NULIDAD DE ACTO JURIDICO

Carlos Ducci, señala que la nulidad también
puede distinguirse, en:
1.- Nulidad total y
2.- Nulidad parcial.
NULIDAD TOTAL

René Navarro es cuando afecta a todo el
acto o contrato.
NULIDAD PARCIAL

René Navarro es “aquella que afecta solo
ciertas disposiciones de un acto o contrato,
siempre que la parte afectada de nulidad no
fuere esencial, ni principal”.
LEGITIMADOS ACTIVOS PARA SOLICITAR LA
NULIDAD

1.- Cualquiera que tenga interés,
2.- Por el propio juez de oficio y
3.- Por el Ministerio Publico.
PRESCRIPCION DE LA ACCION DE NULIDAD
DEL ACTO JURIDICO

Según el inciso 1 del articulo 2001 del
Código Civil de 1984 es DIEZ AÑOS de
haberse tomado
conocimiento de la
existencia del acto jurídico.
¿COMO OPERA LA PRESCRIPCION DE LA NULIDAD
DEL ACTO JURIDICO?

Según la Casación 2416-2010-Lima la
pretensión de nulidad de un contrato por una
causal no interrumpe la prescripción que
pudiera estar transcurriendo para pretensiones
de nulidad por otras causales.
SANEAMIENTO POR VOLUNTAD DE LAS
PARTES DE LA NULIDAD

Según René Navarro no es posible sanear la
nulidad absoluta por voluntad de las partes.
Sin embargo, la acción de nulidad puede
consolidarse por vencimiento del plazo de
prescripción extintiva.
¿PUEDE DECLARARSE LA NULIDAD DEL ACTO
JURIDICO EN FORMA CONVENCIONAL?

Según Guillermo Lohmann Luca de Tena, la
nulidad
no
puede
ser
declarada
convencionalmente, solo puede ser declarada
judicialmente.
¿PROCEDE EL ALLANAMIENTO EN LA NULIDAD DE
ACTO JURIDICO?

Según Guillermo Lohmann Luca de Tena es
perfectamente posible.
¿PROCEDE EL RECONOCIMIENTO EN LA NULIDAD
DEL ACTO JURIDICO?

Según Guillermo Lohmann Luca de Tena, si es
posible.
LEGITIMADOS ACTIVOS PARA SOLICITAR LA
ANULABILIDAD

Según el articulo 222 del C.C. de 1984, la
anulabilidad se declara a petición de la parte
afectada por la irregularidad del negocio.
PRESCRIPCION DE LA ACCION DE
ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO

Según el inciso 3 del articulo 2001 del
Código Civil de 1984 es TRES AÑOS de
haberse tomado
conocimiento de la
existencia del acto jurídico.
SANEAMIENTO POR VOLUNTAD DE LAS
PARTES DE LA ANULABILIDAD

Según René Navarro la nulidad relativa es
susceptible de saneamiento ya sea por
voluntad de las partes, o por el transcurso
del tiempo (prescripción extintiva de la
acción).
CARACTERISTICAS E LA ANULABILIDAD

1.- Puede ser alegada únicamente por las
personas a cuyo favor se estableció.
2.- Es subsanable, a través de la confirmación.
CLASES DE CONFIRMACION DEL ACTO
JURIDICO

La confirmación del acto jurídico puede ser:
1.- Expresa y
2.- Tacita
CONFIRMACION EXPRESA

En este caso se hace mención del acto, la
causal de anulabilidad y la manifestación
expresa de confirmarlo.
CONFIRMACION TACITA

Se verifica mediante la ejecución consciente o
hechos que pongan de manifiesto la intención
de renunciar a la acción de anulabilidad.
¿PUEDE DEMANDARSE LA ANULABILIDAD. SI
UN JOVEN DE 16 AÑOS COMPRA UN
AUTOMOVIL, LUEGO ES USADO POR SUS
PADRES?

No, porque el uso del vehículo encaja, dentro
de los supuestos de confirmación tacita del
acto jurídico.