INVIMA IMP - internationalbussiness

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Instituto Nacional de vigilancia de
medicamentos y alimentos
Con la expedición de la Ley 100 de 1993 fue creado el "Sistema
General de Seguridad Social en Salud" su artículo 245 ordenó la
creación del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos INVIMA.
Hoy el INVIMA realiza importantes esfuerzos por fortalecer su
presencia en todo el territorio nacional, modernizar su estructura
organizacional, ampliar su infraestructura y ser reconocido a nivel
internacional como referente técnico y científico en los asuntos de
su competencia.
Directora General
Dra. Blanca Elvira Cajigas de Acosta
SEDE PRINCIPAL
Carrera 68D # 17 - 11/21
Bogotá, Colombia
Teléfono Conmutador: 57-(1) 2948700
[email protected]
Horario de Atención: 8:00 am - 4:00 pm
•Coordinar la elaboración de
normas de calidad con otras
entidades especializadas en
esta materia, de acuerdo con la
competencia que les otorgue la
ley.

Participar y colaborar con la
industria y el sector privado en
general, en los aspectos de
capacitación,
actualización,
asesoría técnica e intercambio
de experiencias e innovaciones
tecnológicas.

Promover, apoyar y acreditar
instituciones para la realización
de evaluaciones farmacéuticas y
técnicas, así como laboratorios
de control de calidad.

Otorgar visto bueno sanitario a la
importación y exportación de los
productos de su competencia,
previo el cumplimiento de los
requisitos establecidos en las
normas vigentes.

Realizar actividades
permanentes de información y
coordinación con los
productores y
comercializadores, y de
educación sanitaria con los
consumidores, expendedores y
la población en general, sobre
cuidados en el manejo y uso de
los productos.

Responder y hacer cumplir las
normas
y
reglamentos
pertinentes que emanen de la
Dirección
del
Sistema
de
Seguridad Social en Salud.
Ejercer las demás funciones que
le asigne el Ministerio de la
Protección Social o el Gobierno
Nacional.

La evaluación de factores de
riesgo y expedición de medidas
sanitarias
relacionadas
con
alimentos y materias primas para
la fabricación de los mismos.

inspección, vigilancia y control
las
importaciones
y
exportaciones de alimentos y
materias
primas
para
la
producción de los mismos, en
puertos, aeropuertos y pasos
fronterizo.

Letra clara y visible, Arial, tamaño 8mm, tanto en documentos como
en etiquetas.

Foliar o numerar debidamente de la 1ª a la última hoja, en la esquina
superior derecha delantera en tinta negra o en lápiz, sin
enmendaduras y sin alterar membretes, sellos, textos o
numeraciones originales (si hay una enmendadura colocar una
diagonal y foliar nuevamente).

No se acepta agregar letras a los números de los folios.

Las hojas en blanco no deben foliarse

Legajar los documentos en carpetas máximo hasta 200 folios

Usar Carpeta ( para: Registros Sanitarios nuevos, Renovaciones,
Evaluaciones farmacológicas y farmacéuticas y demás trámites que
contengan más de 100 folios)

Tapas unidas en tela coleta por dentro y por fuera, fuelle de
expansión de 5 cms, tapa con yute en tamaño oficio (no plastificar ni
marcar) según Oficio # 300-4705-2010 del 24-09-2010

Las evaluaciones farmacológicas y farmacéuticas deberán colocar
en la primera hoja la siguiente información: Titular, fabricante,
importador, modalidad y apoderado con sus domicilios.

No anexar duplicados idénticos

No colocar grapas a las etiquetas (deben venir pegadas en una hoja)

Etiquetas ampliadas

Los recibos de consignación deben pegarse totalmente en una hoja
con pegante o legajarse como una hoja. No grapar

Usar los formatos actualizados que se encuentran en la página Web
del Invima

No usar resaltador en ningún caso
Para todas las solicitudes se debe tener en cuenta la descripción
mínima exigida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en
la Resolución 388 de 2009. Para el caso de importación de materias
primas, se debe especificar el uso y el sector a la cual va dirigida.
El trámite de solicitud de importación de los productos competencia
del INVIMA se realiza a
través de la VUCE – Ventanilla Única de Comercio Exterior:
www.vuce.gov.co
REQUISITOS PARA ALIMENTOS
NACIONALES
Recibo original de la consignación
 Formularios diligenciados
 Certificado de existencia y representación legal del titular

REQUISITOS PARA ALIMENTOS
IMPORTADOS
Además de lo anterior anexar:
 Certificado de venta libre del país de origen, en el cual se conste
que el producto se vende libremente en ese país, es apto para el
consumo humano y que el fabricante cumple con las normas
sanitarias exigidas en dicho país.
 Ficha técnica según modelo INVIMA del país de origen
 Carta de autorización del fabricante al importador para importar,.
Distribuir, comercializar y ser el titular del registro sanitario del
producto en Colombia.
 Poder para actuar, si actúa mediante apoderado
ANTES DE SOLICITAR EL PERMISO
SANITARIO EL TITULAR DEBE:
Solicitar ante la Subdirección de Alimentos y Bebidas Alcohólicas
del INVIMA una visita al establecimiento donde se fabrica el
producto.
 Adjuntar recibo original del recibo de consignación

REQUISITOS
Recibo original de la consignación
 Formularios diligenciados
 Copia del concepto sanitario favorable o favorable condicionado
 Certificado de existencia y representación legal cuando se trate de
persona jurídica o registro mercantil

PASOS PARA RADICAR SU
TRAMITE
Dirigirse a la oficina
 Buscar a las orientadoras, quienes le asignaran un turno y le
brindaran la información inicial que requiera respecto a su tramite
 Dirigirse a las ventanillas correspondientes en donde los abogados
revisaran la documentación respectiva
 Dirigirse a la ventanilla que le indiquen, donde se efectuara una
nueva revisión y en el caso de registros sanitarios de alimentos se
expedirá el registro sanitario
