SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

Download Report

Transcript SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

INTEGRANTES: LEIMAN MEJIA MAURY SAAD BITTAR MONTERROZA BENJAMIN TORRES CABARCAS LUIS A. BABILONIA FONSECA YAMID PICO LEAL

RESEÑA HISTORICA

• Edad Media: Contrato de Comandita de Mar; Debido a que el Derecho Canónico de la época, prohibía lucrar con el dinero, lo que lo poseían eran la nobleza y el clero, lo que hacían era darle el dinero a los capitanes de barco para que ellos compraran las mercancías, las vendían y se repartían las ganancias.

SOCIEDAD EN COMANDITA

• La sociedad en comandita es una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en responsabilidad la se gestión limita aportado o comprometido.

al y cuya capital

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

• • • Las sociedades comanditarias se dividen en comanditarias simples y comanditarias por acciones: La sociedad en comandita simple esta compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria de las obligaciones sociales; y por uno o varios socios comanditarios que tienen la responsabilidad limitada al monto de su aporte.

Los aportes no pueden ser representadas por títulos o acciones. Código de Comercio artículos 10 y 68.

RAZON SOCIAL

• La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos si fueren varios y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad en Comandita, la que podrá abreviarse: y Cía.

S. en C.

CONSTITUCION

• • • • • Se constituye por escritura pública otorgada por los socios gestores, cualquiera que sea su objeto social y debe contener los siguientes requisitos: Nombre, apellidos, identificación, nacionalidad y domicilio de los socios.

Clase de sociedad que se constituye y el nombre de la empresa.

Denominación o razón social de la persona jurídica que se constituye.

Domicilio principal, objeto social, vigencia o término de duración, capital social, la forma de administrar, fechas en las que se deben hacer inventarios y balances generales, la forma de hacer la liquidación una vez disuelta la sociedad, los negocios sociales, nombramientos, cláusula compromisoria (Art. 110 Código de Comercio).

SOCIOS

GESTORES

• Administran sociedad • Representan y tienen responsabilidad solidaria e ilimitada por las operaciones sociales la

COMANDITARIOS

• Hacen los aportes • No intervienen en la administración de la sociedad • Responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes

DE LOS SOCIOS

DERECHOS

• • • Participar en la gestión de la sociedad, salvo que en el contrato social se estipule otro régimen de gestión.

Examinar en momento el estado de la administración y todo la contabilidad.

Participar beneficios.

en los

DEBERES

• • • • Participar en la gestión cuando así se estipule.

Contribuir con el aporte comprometido en momento de constitución.

el Abstenerse de hacer competencia a la sociedad.

Responder con su patrimonio frente a las deudas sociales.

TIPOS DE LIBROS

SOCIALES

• Libros de Actas de Asamblea de Socios • Libros de Actas del Consejo de Administración • Libros de Actas del Consejo de Vigilancia

CONTABLES

• • • • • • Libro Diario General Libro Mayor General Libro de Balances Inventarios Libro Registro de Utilidades Extranjera y Libro Registro de Operaciones en Moneda Libro Diario Especial de Ventas

TERMINACION DE LA SOCIEDAD

• Muerte de los socios • Quiebra • Imposibilidad para administrar de los socios comanditarios o gestores

VENTAJAS Y DESVENTAJAS

DESVENTAJAS

• • • • •

VENTAJAS

No requiere capital mínimo para su constitución.

La motivación de cada socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande dado que participan directamente en los beneficios.

La posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa.

Son varias las experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la empresa.

Las responsabilidades ante las obligaciones sociales de la empresa según el son tipo establecidas de socios, Comanditarios o comanditados.

• Los socios comanditarios no pueden votar.

• Los socios comanditarios tienen prohibido cualquier administración acto de de la sociedad.

REFERENCIAS

Diccionario Jurídico

Código de Comercio

http://www.virtual.unal.edu.co/cursos/economicas/2006862/l ecciones/capitulo%202/cap2_c_c1.htm

• http://www.infomipyme.com/Docs/GT/Offline/Registro/venta jasdesventajastipoempresa.html

• http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/ codigo_comercio_pr003.html

GRACIAS

THANK YOU MERCI DANKE