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¿Que es un subsidio por lactancia?
Es el monto en dinero que se otorga con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de
asegurado regular o de régimen especial o agrario, por un monto de S/. 820.00, por cada lactante.
¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?
Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los
seis meses calendario anteriores al mes en que se produjo el parto.
El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no
consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se produjo el parto.
El lactante debe estar inscrito como derechohabiente del asegurado.
Si la madre del lactante no es asegurada titular, deberá estar inscrita en EsSalud.
Si el lactante ha fallecido, corresponde efectuar la inscripción póstuma.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar el subsidio?
1.- Formulario 8002, llenado y firmado por el asegurado y la entidad empleadora.
2.-Copia del DNI del representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora,
que suscribe la solicitud (salvo que cuente con Registro de Firmas en EsSalud).
REQUISITOS PARA EL TRAMITE DEL SUBSIDIO POR MATERNIDAD
¿
Qué se entiende por subsidio por maternidad?
Es el monto en dinero al que tienen derecho las aseguradas regulares en
actividad, de regímenes especiales y agrarias, a fin de resarcir el lucro cesante
como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades del cuidado del
recién nacido.
¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?
La asegurada debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro
no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se
inicia el goce del subsidio.
La asegurada agraria debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones
o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se
inicia el goce del subsidio.
La trabajadora debe tener vínculo laboral en el momento del goce de la
prestación (al inicio y durante el periodo de subsidio).
Adicionalmente, la asegurada regular en actividad debe haber tenido vínculo
laboral en el mes de la concepción; asimismo, la asegurada de régimen especial
y la pescadora y procesadora pesquera artesanal independiente deben haber
pagado el aporte del mes de la concepción antes de presentar la solicitud.
 ¿Qué documentos (requisitos) debo presentar para solicitar el subsidio?
Formulario 8001, llenado y firmado por la asegurada y la entidad empleadora (1).
Formulario 8002, llenado y firmado por la asegurada y la entidad empleadora (1).
Trabajadoras de unidades ejecutoras del sector público, agrario independiente,
construcción civil, trabajadora del hogar.
CITT en original. En caso de certificado médico particular deberá ser canjeado por CITT.
Copia del DNI del representante legal o funcionario autorizado de la entidad
empleadora, que suscribe la solicitud (salvo que cuente con Registro de Firmas en
EsSalud).
Adicionalmente:
Trabajadoras del hogar: declaración jurada llenada y firmada por el empleador.
Trabajadoras agrarias independientes: copia de Contrato de Afiliación a EsSalud.
CASOS ESPECIALES:
Si un tercero presenta la solicitud
Copia del DNI del tercero que realiza el trámite.
Carta poder simple de representación para trámite firmada por la asegurada.
Cuando la asegurada titular recibió el subsidio de su empleador pero falleció sin
haber firmado la solicitud de reembolso.
La entidad empleadora presentará la partida de defunción de la asegurada fallecida
(original) y los documentos sustentatorios que acrediten que cumplió con pagar el
subsidio a la asegurada
Si la titular del subsidio falleció
Cuando el titular del subsidio haya fallecido y se trate de un
pago directo:
Los herederos presentarán la partida de defunción de la
afiliada fallecida (original) y el documento que los acredite
como tales (Testamento o Sucesión Intestada), así como el
poder, por documento público o privado con firma
legalizada notarialmente, que otorgan a uno de los
beneficiarios para que a nombre de los demás herederos
pueda solicitar el subsidio devengado y no cobrado,
utilizando las clases de poderes establecidas por el
Reglamento de la Ley Notarial, según el importe del
subsidio:
Hasta media UIT, poder por carta con firma legalizada.
Más de media UIT y hasta 3 UIT, con poder fuera de registro.
Más de 3 UIT poder por Escritura Pública.
REQUISITO PARA TRAMITE DE SEPELIO
¿Qué se entiende por prestación por sepelio?
Es el monto en dinero que se otorga a la persona que acredite haber efectuado los gastos de los servicios funerarios
por la muerte de un asegurado.
El monto que se otorga, es como máximo de S /. 2,070.
¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?
Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los
seis meses calendario anteriores al mes en que ocurrió el fallecimiento.
El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no
consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se produjo el fallecimiento.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar el subsidio?
1.- Formulario 8002, llenado y firmado por el beneficiario y la entidad empleadora.
2.Certificado
de
defunción
(copia
simple)
3.Copia
de
la
Partida
de
defunción
y
mostrar
original
4.Copia
del
DNI
del
asegurado
fallecido
5.Copia
del
DNI
del
beneficiario
6.- Declaración Jurada de Beneficiario para reembolso de Gastos de Sepelio, llenada y firmada
por
el
beneficiario
7.- Copia del DNI del representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora,
que suscribe la solicitud (salvo que cuente con Registro de Firmas en EsSalud)
Documentos que sustentan el gasto:
1.- Comprobantes de Pago originales, por los servicios funerarios,
emitidos
a
nombre
del
beneficiario
2.- Copia simple del comprobante de pago por concepto de nicho o
terreno
para
sepultura
o
cremación.
3.- Contrato detallado de los servicios funerarios y de los servicios
de inhumación o cremación, firmados por el beneficiario y la
empresa
proveedora
de
los
servicios
4.- Copia Constancia de Entierro, firmada y sellada por el
responsable del cementerio, indicando su nombre y cargo. (sólo
cuando el pago se ha realizado previamente al deceso o por nichos
multifamiliares)
Adicionalmente:
Trabajadores del hogar: Declaración Jurada llenada y firmada por
Empleador.
Trabajadores agrarios independientes: Copia de Contrato de
Afiliación a EsSalud.
Pensionistas: Copia simple del último talón de pago y mostrar
original.
CASOS ESPECIALES:
¿Si un tercero presenta la solicitud?
Copia del DNI del tercero que realiza el trámite de la solicitud y mostrar
original .
Carta poder simple de representación para trámite de la solicitud .
Aplicables según corresponda:
Copia de la Autorización de Cremación .
Copia de la Autorización de traslado de cadáver .
Si los restos son inhumados en zona rural?
Constancia de Gastos y recibos simples u otros documentos, visados por
autoridad competente del lugar que pueden reemplazar a los comprobantes de
pago señalados en el numeral 2.
¿Si el fallecimiento ocurrió en el extranjero?
Partida y certificado de defunción; y comprobantes de pago (traducidos), con
firmas legalizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Si el fallecimiento ocurrió por accidente de trabajo o enfermedad
profesional?
Declaración Jurada del empleador indicando que el asegurado no estaba
obligado a estar afiliado al SCTR
¿Si el fallecimiento ocurrió por muerte súbita y/o violenta?
Parte Policial o informe de autoridad competente (original), copia del
Certificado de Necropsia.
Cuando el beneficiario haya fallecido:
Copia simple del documento público o privado que lo acredita como heredero (mostrar original).
Partida de defunción (original) del beneficiario fallecido
Declaración Jurada por la cual asume la total responsabilidad ante cualquier reclamo de otra persona con igual
derecho, excluyéndose a EsSalud de cualquier responsabilidad.
Cuando existen más de un beneficiario:
Copia del poder por documento público o privado con firma legalizada notarialmente, dado a uno de los
beneficiarios para que a nombre de los demás solicite la prestación .
Conceptos a ser reconocidos para esta prestación:
Nicho perpetuo, terreno o cualquier cobro por derecho de cementerio.
Ataúd (alquiler o compra).
Lápida, urna o capilla (incluye mano de obra y materiales de construcción).
Capilla Ardiente.
Vehículo para traslado de aparatos florales.
Cargadores.
Salón Velatorio.
Mortaja o ropa cadáver.
Aparatos florales.
Vehículo para acompañantes.
Necropsia.
Urna para cenizas
Alquiler del horno de cremación.
Tablilla de cremación.
Derecho de cremación.
Embalsamiento del cadáver.
Servicios para vestir el cadáver.
Publicaciones.
¿Hasta cuando puedo solicitar este subsidio?
El beneficiario puede presentar la solicitud hasta 6 meses contados desde la fecha de fallecimiento del asegurado
titular.
REQUISITOS PARA EL TRAMITE DEL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD
TEMPORAL
¿Qué es un subsidio por INCAPACIDAD TEMPORAL?
Es el monto en dinero que se otorga a los asegurados regulares en actividad, agrarios y de regímenes
especiales, con el fin de compensar la pérdida económica derivada de la incapacidad para el trabajo,
ocasionada por el deterioro de la salud.
 ¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?
 Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no
consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al
mes en que se inició la incapacidad.
 El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos
de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce
meses, anteriores al mes en que se inició la incapacidad.
 El trabajador debe tener vínculo laboral en el momento del
goce de la prestación (al inicio y durante el periodo a subsidiar).
 En caso de accidente, basta que exista afiliación.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar el
subsidio?
1. Formulario 8001, llenado y firmado por el asegurado
y
la
entidad
empleadora.
2 .Formulario 8002, llenado y firmado por el asegurado
y la entidad empleadora (trabajadores de las unidades
ejecutoras del sector público, construcción civil,
trabajadores del hogar, agrarios independientes).
3. Certificados médicos particulares o CITT en original
que sustenten incapacidad por los primeros 20 días.
4. CITT expedidos por EsSalud, en original por el exceso
de los 20 días. Los certificados médicos particulares
deberán
ser
canjeados
por
CITT.
5. Copia del DNI del representante legal o funcionario
autorizado de la entidad empleadora, que suscribe la
solicitud (salvo que cuente con Registro de Firmas en
EsSalud).