COMITÉ ESPECIAL

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PLAN ANUAL DE
CONTRATACIONES
www.cepeg.pe
Plan Anual de Contrataciones
(PAC)
Instrumento de gestión que tiene por finalidad
programar, difundir y controlar las contrataciones
que una Entidad realizará en un ejercicio
presupuestal.
PAC
Plan Anual de Contrataciones
• Fase de programación
presupuesto institucional.
y
formulación
del
• En esta fase se tomará en cuenta los
requerimiento de las dependencias en función de
sus metas presupuestarias.
• Plan Operativo Institucional.
• Requerimientos aprobados se consolidan
en un cuadro de necesidades se
consolidan para su inclusión en el PAC.
• Aprobado el presupuesto institucional el
OEC revisará, evaluará y actualizará el
proyecto de PAC sujetándolo al citado
presupuesto institucional.
CONTENIDO MÍNIMO DEL PAC
• El objeto de la contratación.
• La descripción de los bienes, servicios u obras a contratar y
el correspondiente código asignado en el Catálogo.
• El valor estimado de la contratación.
• El tipo de proceso que corresponde al objeto y su valor
estimado, así como la modalidad de selección;
• La fuente de financiamiento.
• El tipo de moneda.
• Los niveles de centralización o desconcentración de la
facultad de contratar; y
• La fecha prevista de la convocatoria.
• Se incluye todas las adquisiciones con
independencia del régimen que las regule
o tipo de proceso.
• No es obligatorio incluir las AMC no
programables.
APROBACIÓN DEL PAC
• Por el Titular de la Entidad, función
delegable.
• Dentro de los 15 días hábiles siguientes de
aprobado el PIA.
• Se publica en el SEACE en un plazo no mayor
a 5 días hábiles de aprobado, incluyendo
documento de aprobación.
• Autorización Especial : Entidades sin Internet
MODIFICACIÓN DEL PAC
• Por la asignación presupuestal o reprogramación
de metas institucionales:
- Incluye o
- Excluir, Valor Referencial difiera en más del
25% del valor estimado y varíe el tipo de
proceso de selección.
• Evaluación semestral del PAC.
EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
Debe contener:
• Toda la documentación del proceso
(desde requerimiento del área usuaria
hasta culminación del contrato)
• Las ofertas no ganadoras
• La disponibilidad de recursos y su
fuente de financiamiento
 El expediente estará en custodia de la
OEC.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
¿Cuándo se inicia?
• Se inicia con el requerimiento del área usuaria.
• Concluye con la conformidad de recepción de la
última prestación, o con la liquidación, en caso
de obras, y con el pago.
NECESIDAD
• Área usuaria / requerimiento
• OEC.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
¿Cuál es su Finalidad?
Contar con la información técnica, económica y
selectiva que permita a la Entidad obtener una oferta
idónea, con la calidad requerida o mejorada y a costo o
precio adecuado.
Expediente de Contratación
Formulación
(área usuaria, OEC)
Aprobación
Por funcionario competente
Entrega al Comité Especial
Cada Entidad debe definir los procedimientos y plazos para la
determinación y aprobación del Exp. Contrat. y designación del Comité
Especial (Directivas, Instructivos)
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (I)
• Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria,
características técnicas mínimas, cantidad,
período de contratación, lugar de entrega,
plazo, forma de pago, etc.
- Especificaciones técnicas (bienes).
- Términos de referencia (servicios).
- Expediente técnico (obras).
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (II)
• Estudio de las posibilidades que ofrece el
mercado para:
- Determinar valor referencial
- Pluralidad de marcas y postores
- Ajuste a características
- Propuesta de factores
- Distribución de la buen pro.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (III)
•
•
•
•
•
•
Sistema de contratación
Modalidad de Selección
Modalidad de ejecución contractual
Disponibilidad Presupuestal
Tipo de proceso
Resumen ejecutivo
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (IV)
• En obras y actividades derivadas de proyectos
de inversión :
– Declaración de viabilidad del SNIP
– Expediente Técnico
– Disponibilidad del terreno
1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
MÍNIMOS
• Comprende:
– Características técnicas
(la propia entidad las establece)
– Normas Reglamentarias:
•
•
•
•
Reglamentos técnicos (DISCAMEC)
Normas Metrológicas (INDECOPI)
Normas Sanitarias (Salud)
Reglamentos sectoriales
– Otros requisitos:
• Normas técnicas nacionales e internacionales (tienen por objeto
prever la calidad de procesos de producción, etc).
Requerimientos Técnicos Mínimos
• Deben ser congruentes, proporcionales y
razonables en función al mercado.
• Deben incidir sobre los objetivos, funciones y
operatividad de los bienes, servicios u obras.
• Deben cumplir con las normas nacionales
aprobadas por autoridades competentes.
Requerimientos Técnicos Mínimos
NO aludir a marcas o nombres comerciales,
diseños, fabricantes, ni descripción que oriente la
adquisición o contratación de marca, fabricante
o tipo de producto específico.
2. VALOR REFERENCIAL
ESTUDIO DE LAS
POSIBILIDADES
QUE OFRECE EL
MERCADO
Valor Referencial
• Las cotizaciones que se efectúan en el estudio de las
posibilidades que ofrece el mercado, requieren como
condición básica:
– Que exista un mercado competitivo.
– Que el proveedor que hace la cotización NO
conozca que ésta servirá para estimar un VR.
En muchos casos, es difícil que se cumplan estas
características. Por ello se generan distorsiones en la
estimación del VR.
• En Convenio Marco Valor referencial es
Facultativo
Valor Referencial
• Evaluar alternativas técnicas y posibilidades que ofrece el
mercado. Dicha evaluación debe permitir la concurrencia de la
pluralidad de proveedores en el mercado, evitando incluir
requisitos innecesarios cuyo cumplimiento sólo favorezca a
determinados postores.
• Debe determinarse sobre la base de un estudio de las
posibilidades de precios y condiciones que ofrece el mercado,
en función del análisis de los niveles de comercialización, a
partir de las ET o TR y los costos estimados en el PAC
• Proyectos de Inversión: de acuerdo al monto de inversión
consignado en el estudio de pre inversión
Valor Referencial
¿QUÉ DEBE INCLUIR ?
• El costo del Bien o Servicio, además de su margen
de comercialización o utilidad.
• Tributos, Seguros, Costos de Transporte al punto
de entrega, Inspecciones, Pruebas solicitadas,
Costos Laborales y cualquier otro concepto.
• En casos de servicios de Intermediación Laboral,
el VR debe calcularse respetando todas las normas
laborales.
VALOR REFERENCIAL
• Servicios de Cobranzas o
Recuperaciones
• Honorarios de éxito:
El V.R. es la suma del
honorario
fijo
más
el
honorario de éxito. Se
considerará monto máximo
que la Entidad pagaría como
honorario de éxito.
FUENTES PARA EL CALCULO DEL
VALOR REFERENCIAL
•
•
•
•
•
•
Presupuestos y Cotizaciones actualizadas
Precios Históricos
SEACE
Estructura de Costos
Catálogos
La información de los procesos con buena
pro consentida publicada en el SEACE
Valor Referencial
CARACTERISTICAS ESPECIALES
• El VR es de carácter PÚBLICO.
• Puede ser declarado de carácter RESERVADO cuando la
naturaleza de la contratación lo haga necesario, cuando se
trate de bienes, servicios u obras que revisten
complejidad o cuando conlleven innovaciones
tecnológicas (justificación debida).
• El VR siempre será informado al SEACE
Valor Referencial
• Antigüedad del VR:
– Obras: 06 meses contados desde la fecha de determinación
del presupuesto base.
– Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir de la
aprobación del Expediente de Contratación.
– Consultoría de obras: La antigüedad del Valor Referencial
se computará desde la determinación del presupuesto del
presupuesto de consultoría de obra.
En caso se requiera un período mayor a los consignados, el
OEC indicará el período de actualización del mismo
Valor Referencial
• Límites del VR:
Para Bienes y Servicios, las propuestas que excedan
VR serán devueltas, sin límite mínimo
Obras: No deben exceder el 10% del VR, ni menor
90%
Consultoría: No menor del 90%
3. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
• Contenido
de
la
Certificación Presupuestal:
– Fuente de Financiamiento
– Cadena
Funcional
Programática y del gasto
– Monto al cual asciende la
certificación con las
anotaciones del caso
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
• Coordinación Previa con el área Presupuestal
• Fuente de Financiamiento
• Para otorgar la disponibilidad presupuestal
se debe observar lo señalado en el numeral
5) del artículo 77º de la Ley Nº 28411, Ley
del Sistema Nacional de Presupuesto y
modificaciones.
Numeral 5) del artículo 77º de la Ley Nº
28411
• “Para efectos de la disponibilidad de recursos y
la fuente de financiamientos para convocar
procesos de selección, a que se refiere el
artículo 12º del D.L. 1017, se tomará en cuenta
la certificación del gasto correspondiente al año
fiscal en curso por el Jefe de la Oficina General
de Administración o la que haga sus veces en el
pliego presupuestario, que garantice la
programación de los recursos suficientes para
atender el pago de las obligaciones de los años
fiscales siguientes”.
FUNCIONARIOS Y
DEPENDENCIAS RESPONSABLES
Normas de la Contraloría General de la
República
• Ley Nº 29622 – Ley que modifica la Ley
Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloría
General de la República, y amplía las
facultades en el proceso para sancionar
en
materia
de
responsabilidad
administrativa funcional. (Publicada el 07
de diciembre de 2010, vigente desde el
mes de abril de 2011).
Normas de la Contraloría general de la
República
• Decreto Supremo Nº 023-2011-PCM Decreto Supremo que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 29622,
denominado “Reglamento de Infracciones
y Sanciones para la responsabilidad
administrativa funcional derivada de los
informes emitidos por los órganos del
Sistema Nacional de Control.
Normas de la Contraloría general de la
República
• Decreto Supremo Nº 023-2011-PCM Decreto Supremo que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 29622,
denominado “Reglamento de Infracciones
y Sanciones para la responsabilidad
administrativa funcional derivada de los
informes emitidos por los órganos del
Sistema Nacional de Control. (Publicado el
18 de marzo de 2011, Vigencia desde el
día siguiente – 19 de marzo de 2011).
Ámbito de Aplicación
• Aplicable por las infracciones graves y
muy graves, derivadas de los informes de
Control emitidos por los OCI, que
impliquen
el
incumplimiento
del
ordenamiento jurídico, las normas internas
de las Entidades, así como todas aquellas
obligaciones de su cargo.
Prevalencia de la Contraloría en la
determinación de responsabilidades
• El inicio del procedimiento sancionador por
responsabilidad administrativa funcional a
cargo de la Contraloría General, determina
el impedimento para que las entidades
inicien procedimientos para el deslinde de
responsabilidades por los mismos hechos
que son materia de observación en los
informes, cualquiera sea la naturaleza y
fundamentos de dicho procedimiento.
Infracciones por incumplir las disposiciones
que integran el marco legal de las entidades y
disposiciones internas a la actuación funcional
• Incumplir las normas que regulan el
acceso a la función pública
• Doble percepción de ingresos en el sector
público. – Muy Grave.
INFRACCIONES
• Disponer, autorizar, aprobar, elaborar o
ejecutar, en perjuicio del Estado e
incumpliendo las normas que la regulan, la
aprobación, el cambio o la modificación de
las bases, términos de referencia y
condiciones relacionadas con el proceso de
selección, subasta, incluyendo los referidos
a ejecución contractual, Grave, si hay
perjuicio al Estado, muy grave.
INFRACCIONES
• Disponer, autorizar, aprobar, elaborar o
ejecutar, en perjuicio del Estado e
incumpliendo las normas que la regulan,
la aprobación, el cambio o la modificación
o la suscripción de adendas a contratos a
cualquier índole. Grave, si hay perjuicio al
Estado o afectación al servicio público,
Muy Grave.
Infracciones
• Incumplir las disposiciones que regulan la
determinación del valor referencial, dando
lugar
a
disposiciones
notoriamente
superiores o inferiores a los del mercado
sea en beneficio propio o de terceros.
Grave, si hay perjuicio al Estado o al
Servicio Público - Muy Grave.
INFRACCIONES
• Contratar bienes, servicio u obras sin
proceso de selección, simulando su
realización o de forma fraudulenta. Grave,
si hay perjuicio al Estado o al Servicio
Público - Muy Grave.
• Incumplir las disposiciones que regulan las
causales y procedimientos para la
exoneración de los procesos de selección,
en aquellos casos que se cause perjuicio al
Estado.
INFRACCIONES
• Aprobar o ejecutar operaciones o gastos no
autorizados, o aceptar garantía insuficientes, no
solicitarlas, no ejecutarlas, cuando estuvieran
obligados, ocasionando perjuicio al Estado.
Grave, si hay perjuicio al Estado o afectación al
servicio Público, Muy Grave.
• Usar los recurso públicos sin la estricta
observancia de la normas o influir para su
aplicación irregular.
INFRACCIONES
• Ejercer profesión o prestar servicios en las
Entidades sin reunir los requisitos
requeridos para el puesto , o haciendo uso
de título o grado académico falso,
ocasionando perjuicio al Estado. Grave, si
hay perjuicio económico o afectación al
servicio Público, Muy Grave.
INFRACCIONES
• Actuar parcializadamente en contra de los
intereses del Estado, en los contratos,
licitaciones,
concurso
de
precios,
subastas, en que participe en razón de su
cargo, dando lugar a un beneficio ilegal,
sea propio o de tercero. Muy Grave.
INFRACCIONES
• Disponer que una persona utilice bienes del
Estado.
• Intervenir o participar indebidamente en la
selección, nombramiento, designación, o
resolución del contrato o sanción de cualquier
servidor o funcionario, cuando tenga un interés
personal.
• Usar en beneficio propio o de terceros
información privilegiada a al que se tuviera
acceso por la función que desempeña.
INFRACCIONES
• Autorizar,
aprobar
o
disponer
la
contratación de personas impedidas,
incapacitadas o inhabilitas para contratar
con el Estado. Grave, si hay perjuicio
económico o afectación al servicio
Público, Muy Grave.
• Incurrir en fraccionamiento para la
contratación de bienes, servicios y
ejecución de obras.
Escala de sanciones
• La Infracción grave, será sancionada con
suspensión temporal, no menor de 30 días
calendarios y hasta 360 días calendarios o
inhabilitación para el ejercicio de la
función pública, no menor de 1 ni mayor
de 2 años.
• La infracción muy grave, será sancionada
con inhabilitación, no menor de 2 ni mayor
de 5 años.
PRESCRIPCIÓN
• La
facultad
para
sancionar
por
responsabilidad administrativa, prescribe a
los 4 años, contados a partir del día en
que la infracción se hubiera cometido o
desde que cesó.
EL COMITÉ ESPECIAL
DESIGNACIÓN
• A través del funcionario competente:
según niveles de competencia
• Se realiza:
– Por escrito
– En función a las personas
¿Existe jerarquía entre los miembros del
comité?
TIPOS DE COMITÉ ESPECIAL
• Comité Especial (ad hoc): Para cada
proceso de selección, se da en cualquier tipo
de proceso, salvo menor cuantía (opcional).
• Comité Especial Permanente: Para varios
procesos de selección; solo está permitido
en las Adjudicaciones Directas y las
Menores Cuantías.
COMITÉ ESPECIAL
Tres miembros: uno del área usuaria y otro
del OEC. Por lo menos 01 debe conocer
técnicamente el objeto de la contratación.
La designación debe cuidar que exista
correspondencia entre cada miembro titular y
su suplente.
COMITÉ ESPECIAL
En la conformación del Comité Especial
Permanente sólo será exigible que 01 sea
representante del OEC.
Debe instalarse al día siguiente de la
designación, notificada junto con el Expediente
de Contratación.
No Pueden ser miembros de
Comité Especial:
• Titular de la Entidad
• Funcionarios: Control y fiscalización
• Funcionarios que aprobaron el expediente,
Bases, Comité Especial
• Funcionarios,
servidores
o
expertos
independientes sancionados.
¿Cuándo no es necesario conformar
Comité Especial?
• En los procesos
(opcional).
de
menor
• En las contrataciones exoneradas.
cuantía
Principios que inspiran la actuación del
Comité Especial
• Colegialidad
• Especialidad
• Solidaridad
• Autonomía
• Confidencialidad
COMITÉ ESPECIAL
•Intervención de miembros suplentes:
Si el titular está ausente, su suplente lo
reemplazará, respetándose la conformación.
Entidad evaluará motivo de ausencia, sin impedir
participación de su suplente.
El miembro titular reemplazado, podrá
reincorporarse al comité como miembro suplente,
previa autorización posterior a la evaluación
señalada.
COMITÉ ESPECIAL
• Comité Especial:
1. Si duda sobre exactitud de un documento, informará a la
OEC para la inmediata fiscalización posterior.
2. No suspenderá el proceso. Comunicará, en su caso, al
Tribunal de Contrataciones del Estado.
3. Hay responsabilidad solidaria por cualquier irregularidad
imputable por dolo, negligencia o culpa inexcusable.
¿Cómo se toman las decisiones?
Para procesos en general
• Para Sesionar: Todos
• Para Adoptar Acuerdos:
– Unanimidad
– Mayoría
Nota: Los actos deberán figurar en actas suscritas,
con las votaciones y la fundamentación de los votos
en contra.
Causales de Remoción
• Caso Fortuito o Fuerza Mayor
• Cese en el servicio declarado con documento
motivado
Competencias del Comité Especial
•
•
•
•
•
•
•
Elaborar las Bases
Convocar al proceso
Absolver Consultas y Observaciones
Evaluar propuestas
Otorgar la Buena Pro
Declarar desierto el proceso
Consultar o proponer las modificaciones de
características técnicas o del valor referencial
• Otros actos necesarios
El Comité Especial no tiene competencia
directa para modificar:
• Cantidad, plano o dimensión de bien,
servicio u obra.
• Características y especificaciones
• Valor referencial
• Financiamiento
• Tipo de proceso
¿Cuándo termina la función del Comité
Especial?
• Con la Buena Pro consentida
• Cancelación del proceso
¿Hay sanción para los operadores?
• Amonestación escrita.
• Suspensión sin goce de remuneraciones de
treinta a noventa días.
• Cese temporal hasta doce meses.
• Destitución.
• Según régimen laboral o contractual.
BASES
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE CONTAR CON
BASES CLARAS Y PRECISAS?
• Transparencia y libre competencia
• Satisfacer necesidades
• Recursos públicos
• Metas
¿QUIÉN ELABORA LAS BASES?
Comité Especial / Órgano encargado
¿Qué información utiliza para elaborarlas?
¿QUIÉN APRUEBA LAS BASES?
• Siempre: Por escrito
• Titular de la Entidad – Nunca quien elabora las
Bases
• Delegación
• Bases debidamente
visadas en todas sus
páginas.
PUBLICIDAD DE LAS BASES
• Acceso a las Bases: SEACE
• Pre publicación: No es obligatorio. No es
etapa del proceso de selección las consultas y
observaciones sólo en la etapa del proceso.
– No establece plazo.
– Para todo los procesos.
– Estandarización de las Bases.
CONTENIDO MÍNIMO DE LAS BASES
Para: LP/CP/AD
a) Mecanismos que fomenten la mayor
concurrencia de postores
b) Características técnicas
c) Garantías
d) Plazos y mecanismos de publicidad
e) Sistema y/o modalidad
f) Cronograma del proceso de selección;
g) Método de evaluación y calificación de
propuestas;
h) Pro forma de contrato
i) El Valor Referencial /fórmulas de reajuste
j) Normativa en caso de financiamiento de
entidades Multilaterales o Agencias
Gubernamentales; y,
k) Los mecanismos que aseguren la
confidencialidad de las propuestas.
Para: AMC en Bs y Servicios.
a) Mecanismos que fomenten la
mayor concurrencia de postores
b) Características técnicas
d) Los plazos
e) Sistema y/o modalidad
f) Cronograma del proceso de
selección;
g)
Método
de
evaluación
y
calificación de propuestas;
i) El Valor Referencial /fórmulas de
reajuste
k) Los mecanismos que aseguren la
confidencialidad
de
las
propuestas.
EXONERACIONES
Contratación
entre Entidades
Debe resultar mas eficiente en costos de oportunidad y
técnicamente viable (no contravenir art. 60 de la
Constitución)
NO ES APLICABLE:
En aquellos casos en que actúe como proveedor una
EMPRESA DEL ESTADO ORGANIZADA BAJO LA FORMA
QUE ESTABLEZCA LA LEGISLACIÓN VIGENTE, que
realizan actividades empresariales de manera habitual en
el rubro de la contratación.
EXONERACIONES
Situación de
Emergencia
Para eventos catastróficos
Eventos catastróficos, son
o situaciones que afecten
eventos extraordinarios
la defensa o seguridad
ocasionados por la
nacional, o de situaciones
naturaleza o por la acción
que supongan grave
u omisión del hombre, que
peligro que éstos eventos
generan daños en una
o situaciones ocurran.
determinada comunidad
EXONERACIONES
Situación de
Emergencia
Situaciones que afectan la
Situaciones que supongan
defensa o seguridad
grave peligro, cuando
nacional están dirigidas a
exista la posibilidad
enfrentar agresiones de
debidamente comprobada
orden interno o externo
que ocurra eventos
que menoscabe la
catastróficos o situaciones
consecución de los fines
que afectan la defensa o
del Estado
seguridad nacional
EXONERACIONES
Situación de
Emergencia
La Entidad de obtener en
forma inmediata lo
estrictamente necesario
para prevenir y atender
los requerimientos
generados por el evento
MECANISMO DE CONTROL:
Regularizar dentro de los 10
días posteriores al evento y
formallizar todos los actos
preparatorios y el
perfeccionamiento del
contrato.
EXONERACIONES
Situación de Desabastecimiento
No procede:
 Para ejecución de obras.
 En vía de regularización (Regla General)
 Para
periodos
consecutivos,
salvo
situación
diferente, la Entidad es responsable de verificar y
sustentar.
 Para cubrir necesidades anteriores.
 Por cantidades que excedan lo necesario.
EXONERACIONES
Situación de Desabastecimiento
No procede:
 Cuando la contratación está bajo cobertura de
acuerdos comerciales suscritos por Perú y si
hubiese originado por negligencia, dolo o culpa
inexcusable.
Mecanismos de control:
Disponer el inicio del procedimiento de determinación de
responsabilidades administrativas, civiles y penales,
siempre que el desabastecimiento sea originado por la
conducta de los funcionarios o servidores de la Entidad.
EXONERACIONES
Carácter de Secreto, Secreto Militar
o de Orden Interno
 Configuración:
 Organismos que conforman el SIN, FFAA, PNP
previa aprobación del listado de bienes por D.S.
del Consejo de Ministros
 Opinión favorable de la CGR dentro de los 15 días
hábiles de presentada la solicitud.
 NO para bienes que son necesarios para el normal
funcionamiento.
EXONERACIONES
Bienes o Servicios que no
admiten Sustitutos
 Caso proveedor único en el mercado nacional.
 También en los casos que por razones
técnicas o relacionadas con la protección del
derecho de propiedad intelectual se haya
establecido la exclusividad del proveedor.
 Servicios de publicidad
EXONERACIONES
Servicios Personalísimos
Solo personas naturales
Elementos de análisis:
 Especialidad sustentada para
la complejidad.
 Experiencia reconocida en la
prestación.
 Comparación favorable frente
a
otros
potenciales
proveedores
capaces
de
brindar el servicio.
NO
 Subcontratación
 Cesión de posición contractual
EXONERACIONES
Procedimiento
• RESOLUCIÓN DEL
TITULAR DE LA
ENTIDAD
INFORME
(s)
TECNICO y
LEGAL
• ACUERDO DIRECTORIO
(Empresas)
• ACUERDO DE CONCEJO
(Gobiernos Regionales
y Locales)
PUBLICACIÓN
Excepto
Militares
SEACE
CONTRALORÍA
FACULTAD INDELEGABLE
- Informe
- Resolución
EXONERACIONES
Limitaciones
En contrataciones por Situación de
Desabastecimiento o Situación de
Emergencia NO PROCEDE LAS
CONTRATACIONES
COMPLEMENTARIAS
Si ADICIONALES: Se requerirá para
ejecución un NUEVO Y PREVIO
ACUERDO
O
RESOLUCIÓN
EXONERATORIA.
FASES DE SELECCIÓN
DEFINICIÓN
Es un
procedimiento
especial
conformado por
un conjunto de
actos
FINALIDAD
Seleccionar a
la persona
natural o
jurídica con la
suscribirá el
contrato
86
TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN
a) Objeto del Proceso
Se determina dependiendo de:
b) Valor Referencial
Licitación
Pública
Objeto
Bienes
Obras
Concurso Público
Servicios
Adjudicación
Directa
Adjudicación de
Menor Cuantía.
AMC y AMCd
Bienes, servicios y
obras
87
PROCESO DE SELECCIÓN SEGÚN
RELACIÓN DE ITEMS
88
¿CUÁNDO SE CONVOCA POR
PAQUETES?
1
• LOS OBJETOS DEBEN ESTAR VINCULADOS.
2
• VERIFICAR LA PLURALIDAD DE PROVEEDORES
QUE PUEDAN OFERTAR EL PAQUETE EN SU
INTEGRIDAD
3
• PUEDEN ESTAR CONFORMADO POR MAS DE UN
BIEN O SERVICIO QUE INDIVIDUALMENTE SEA
MENOR A 3UIT
89
ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN
Convocatoria
Absolución de
Observaciones
Integración
Registro de
Participantes
Presentación de
observaciones
Presentación de
Propuestas
Presentación de
Consultas
Absolución de
Consultas
Otorgamiento
de la Buena Pro
90
ETAPAS DE LOS PROCESOS DE
SELECCIÓN
IMPUGNACIÓN
OTORGAMIENTO DE
LA BUENA PROENA
PRO
CONSENTIMIENTO
SUSCRIPCIÓN DEL
CONTRATO
PUBLICACIÓN EN EL
SEACE
91
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA
BIENES Y SERVICIOS
Convocatoria
Otorgamiento de la
Buena Pro
Registro de
Participantes
Presentación de
Propuestas
Calificación y
evaluación de
propuestas
92
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA
CONSULTORÍA Y EJECUCIÓN DE OBRAS
Convocatoria
Registro de
Participantes
Otorgamiento de la
Buena Pro
Mín. 6
días
Consultas y
Observaciones
Absolución de
consultas y
observaciones
Integración
Calificación y
evaluación de
propuestas
Presentación de
Propuestas
93
ADJUDICACIONES DIRECTAS
Convocatoria
Presentación de
Propuestas
Calificación y
evaluación de
propuestas
Registro de
Participantes
Integración
Otorgamiento de la
Buena Pro
Consultas
y
Observaciones
Absolución de
consultas y
observaciones
Consultas y observaciones: mínimo 3 días
Absolución: máximo 3 días
94
LICITACIÓN PÚBLICA Y CONCURSO
PÚBLICO
Convocatoria
Presentación de
Propuestas
Calificación y
Evaluación de
Propuestas
Integración
Otorgamiento
(Publicación en SEACE)
Registro de
Participantes
Presentación de
Consultas
(Mínimo 5 días)
de la Buena Pro
Absolución de
Observaciones
(Máximo 5 días)
Absolución de
Consultas
Presentación de
observaciones
(Máximo 5 días)
(Mínimo 5 días)
Consentimiento
de la Buena Pro
95
CONVOCATORIA
Bases
Resumen
ejecutivo
Convocatoria o
nulidad
96
REGISTRO DE PARTICIPANTES
 Proveedor debe tener RNP vigente conforme al
objeto de convocatoria (bienes, servicios,
consultor de obras y ejecutor de obras )y no
estar inhabilitado para contratar con el Estado.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
 Electrónico y gratuito, a partir de
comunicado del OSCE
 Podrá
ser
visualizado
por
usuarios a partir del día siguiente
Tener en cuenta la Novena
de la presentación de propuestas
Disposición
 Entrega de las Bases previo pago
Complementaria
por costo de reproducción
Transitoria del Reglamento
 Registro se efectuará antes de la
presentación de propuestas, de
forma ininterrumpida
REGIMEN DE NOTIFICACIONES
• Todos los actos realizados a través del SEACE,
durante los procesos de selección, incluido los
realzados por el OSCE en el ejercicio de sus
funciones, se entenderán notificados el mismo
día de su publicación.
• La notificación a través del SEACE prevalece
sobre cualquier medio que se haya utilizado
adicionalmente, siendo responsabilidad del
participante el permanente seguimiento del
respectivo proceso a través del SEAC E.
CONSULTAS
El
Comité
Especial
absuelve
consultas
(aclaraciones a las Bases) mediante pliego
fundamentado.
El pliego debe contener la identificación de cada
participante que las formuló, las consultas y la
respuesta para cada una de ellas y se publicará
en el SEACE en la fecha prevista en el
cronograma del proceso.
OBSERVACIONES
El Comité Especial absuelve observaciones
mediante
pliego
fundamentado,
acogiéndolas o no. El pliego debe contener
las
observaciones
presentadas y
se
publicará en el SEACE en la fecha prevista
en el cronograma del proceso, debiendo
incluir
la
tasa
por
elevación
de
observaciones.
Los observantes podrán solicitar la
elevación al OSCE en el plazo de tres (3)
días hábiles de absuelta las observaciones
SUPUESTOS DE ELEVACIÓN DE BASES
1
2
3
• Las observaciones presentadas por el solicitante que no
hayan sido acogidas o son acogidas parcialmente.
• Las respuestas a las observaciones del solicitante que,
pese a ser acogidas, son consideradas por éste
contrarias a la normativa.
• El acogimiento de las observaciones formuladas por un
participante distinto al solicitante, cuando éste último
manifieste que considera tal acogimiento contrario a la
normativa.
102
Efectos de la Elevación de las Bases
al OSCE
• El Comité Especial debe suspender el
proceso hasta que el OSCE emita
pronunciamiento.
• Comunicar a todos los participantes a
través del SEACE.
• Remitir todos los documentos que solicite
el OSCE. informe Técnico.
INTEGRACIÓN DE BASES
Se produce una vez absueltas, acogidas o resueltas, según el
caso, todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas
no se han presentado dentro del plazo fijado.
BASES INTEGRADAS= Reglas definitivas del Proceso que
obligan a todos los Postores y al Comité Especial. Esto no
afecta la competencia del Tribunal de declarar la Nulidad del
proceso por deficiencia en las Bases.
El Comité Especial no podrá continuar con la tramitación del
proceso de selección si no ha publicado las Bases integradas
en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado
posteriormente.
INTEGRACIÓN DE BASES
¿Cuándo
se
integran
las
Bases
si
no
presentan
consultas
y
observaciones?
¿Cuándo
se
integran
las
Bases
si
presentan
consultas
y
observaciones?
ART. 59º R.
¿Cuándo
se
integran las Bases
si se solicita la
elevación
de
Bases
para
pronunciamiento?
105
RESPUESTAS



De no haber observaciones: Día siguiente de
vencido el plazo para la formulación de
observaciones.
De haberse presentado observaciones: Día
siguiente de vencido el plazo para solicitar
elevación
De solicitarse la elevación: Dos días hábiles
siguientes de notificado el Pronunciamiento.
106
PRESENTACIÓN DE
PROPUESTAS
 Todos los documentos referidos a RTM y factores de
evaluación se presentan en castellano o acompañados de
traducción oficial o certificada, efectuada por traductor
público juramentado o traductor colegiado certificado.
 Acreditación de representación: Vigencia de poder, con
antigüedad no mayor a 30 días y, de ser el caso, carta
poder.
 Propuesta económica: sólo en original
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Dos sobres
cerrados.
Todos los
documentos
deben ser
foliados y
rubricados.
Propuesta
técnica: Nº de
copias debe ser
Nº de miembros
del C. E.
Propuesta
económica:
sólo en
original.
108
SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS
Plazo: 1 ó 2 días desde el requerimiento o
notificación, según se trate de acto público o
privado, respectivamente.
Puede subsanarse en el mismo acto.
La subsanación no debe alterar el alcance de la
propuesta
109
Subsanación de Propuestas
En caso que algún postor haya omitido la presentación
de uno o más documentos que acrediten el
cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos,
el Comité Especial podrá otorgar un plazo entre uno (1)
o dos (2) días para que el postor subsane dicha
omisión, siempre que se trate de documentos emitidos
por autoridad pública nacional o un privado en
ejercicio
de
función
pública,
tales
como
autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o
certificados que acrediten estar inscrito o integrar un
registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual
deben haber sido obtenidos por el postor con
anterioridad a la fecha establecida para la presentación
de propuestas.
110
PROPUESTA VÁLIDA
Cumplimiento Requerimientos Técnicos
Mínimos
1
2
Obtención de Puntaje Técnico Mínimo
Propuesta Económica dentro de los Límites
del Artículo 33º de la Ley
3
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Propuesta Técnica
100 puntos
Propuesta Económica
100 puntos
Puntaje mínimo que deben obtener los postores para
acceder a la evaluación económica:
• Bienes y Obras: PUNTAJE MÍNIMO 60
• Servicios y consultoría: PUNTAJE MÍNIMO 80
112
CONTENIDO DE LA PROPUESTA
ECONÓMICA
1. Documento
económica.
que contiene la propuesta
SISTEMA SUMA ALZADA: El monto total de la propuesta
económica debe ser expresado en dos decimales.
SISTEMA PRECIOS UNITARIOS: El monto total de la propuesta
económica y los subtotales que lo componen deberán ser
expresados en dos decimales. Los preciso unitarios pueden
ser expresados con + de 2 decimales.
113
CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
ECONÓMICA
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
Pi
=
PMPE
=
Oi
Om
=
=
i
=
Puntaje oferta
económica i
Puntaje Máximo por
propuesta económica
Oferta del postor i
Oferta económica
menor
Propuesta
Puntaje Total de Propuesta
(Técnica + Económica)
PTPi = c1PTi + c2PEi
Donde:
PTPi
= Puntaje total del postor i
PTi
= Puntaje por evaluación técnica del postor
i
PEi
= Puntaje por evaluación económica del
postor i
c1
= Coeficiente de ponderación para la
evaluación técnica
c2
= Coeficiente de ponderación para la
evaluación económica
115
COEFICIENTES
a) La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la
unidad (1.00).
b) Los valores que se aplicarán en cada caso deberán
estar comprendidos dentro de los márgenes siguientes:
b.1) En todos los casos de contrataciones se aplicará
las
siguientes ponderaciones:
0.60 < c1 < 0.70; y
0.30 < c2 < 0.40
b.2) Sólo en el caso de servicios de consultoría se
aplicará las siguientes ponderaciones:
0.70 < c1 < 0.80; y
0.20 < c2 < 0.30
116
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
 Se realizará en acto público para todos los procesos de
selección. Sin embargo, en ADS y AMC podrá ser
realizado en acto privado.
 El Comité Especial otorga la Buena Pro, elabora el
cuadro comparativo.
 Una vez otorgada la Buena Pro, el Comité Especial está
en la obligación de permitir el acceso de los postores al
Expediente de Contratación, a más tardar dentro del día
siguiente de haberse solicitado por escrito.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA
PRO
SOLO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS:
SI LA OFERTA EXCEDE EL 100% DEL V.REF:
Máx. 10 días hábiles desde la fecha del calendario, bajo
responsabilidad del Titular.
Presupuesto + Aprobación Titular, salvo acepte reducir su
oferta económica < V. Ref.
La aceptación es en acto público o por escrito -si es acto
privado-.
Puntaje
Total
Bonif.
Puntaje
Final
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA
PRO
Pluralidad de Postores
• 8 días hábiles (LP Y CP)
• 5 días AD y AMC; desde su notificación si
no hay Recurso de Apelación.
Un solo postor:
• El día de su notificación
DECLARACIÓN DE DESIERTO
(Artículo 32º Ley)
Sólo se declarará desierto un proceso cuando no
se presente ningún postor o no quede ninguna
propuesta válida.
 Si una Licitación Pública, Concurso Público o
Adjudicación Directa es declarada desierta en
una oportunidad, se deberá convocar a una
Adjudicación de Menor Cuantía (no electrónica).
120
DECLARACIÓN DE DESIERTO
 La declaratoria de desierto deberá registrarse
en el SEACE al día siguiente de producida
(Art. 78º del Reglamento).
 El proceso de Adjudicación de Menor Cuantía
derivado de un proceso de selección declarado
desierto, debe contar con las mismas
formalidades del proceso principal. (Art. 32 de la
Ley Nº 29873, Ley que modifica D.L. Nº 1017)-
121
Garantía
comercial del
postor y/o del
fabricante
Disponibilidad de
servicios y repuestos
Plazo de entrega.
(RTM-Factor)
BIENES
Capacitación del
personal de la
Entidad
Experiencia del
postor
Cumplimiento de
la prestación
Mejoras a las
características
técnicas
122
EXPERIENCIA DEL POSTOR
 Se acredita con contratos o comprobantes de
pago
cuya
cancelación
se
acredite
documental y fehacientemente.
También se puede acreditar con contratos en
ejecución (suministro de bienes).
 No hay limitación de cantidad, monto o
duración de la contratación a acreditar
 Tiempo máximo 8 años
Hasta 5 veces el Valor Referencial
 Máximo de 20 contrataciones
 Debe indicarse bienes iguales y similares
123
Plazo de Entrega
 Criterio: El postor que ofrece el menor plazo
obtiene 10 puntos y al resto se le califica en
forma inversamente proporcional
Postor A oferta un plazo de 10 días calendario
Postor B oferta un plazo de 20 días calendario
 Puntaje:
Postor A obtiene 10 puntos
Postor B obtiene 5 puntos (10 x 10/20)
 Criterio: Rangos
Plazo de 1 a 10 días calendario - 10 puntos
Plazo de 11 a 20 días calendario - 5 puntos
Postor A oferta un plazo de 8 días calendario
Postor B oferta un plazo de 15 días calendario
 Puntaje:
Postor A obtiene 10 puntos
Postor B obtiene 5 puntos
CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN
 Se
evalúa en función a constancias o
certificados
 Debe
acreditar
cumplimiento
de
la
prestación sin aplicación de penalidades
 Máximo 20 contrataciones
 Deberán estar referidos a todos los contratos
que se presentaron para acreditar la
experiencia del postor.
126
IMPORTANTE
Considerando que el objeto y razonabilidad del
factor es que la experiencia del postor se
sustente en la prestación ejecutada de manera
eficiente y diligente, se propone la siguiente
fórmula de evaluación: (Pronunciamiento Nº 2832009/DTN)
PCP= PF x CBC
NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor
PF = Puntaje máximo del factor
CBC = Número de constancias de
buen
cumplimento
de
la
prestación
NC = Número de contrataciones
presentadas para acreditar la
experiencia del postor
Fórmula de evaluación
Contratación de Bienes
Pronunciamiento Nº 099-2010/DTN
Contratación de Servicios
Pronunciamiento Nº 283-2009/DTN
Ejecución de Obras
Pronunciamiento Nº 323-2009/DTN
Garantía Comercial
 Criterio:
El postor que ofrece el mayor periodo de
garantía obtiene 10 puntos y al resto se le
califica en forma directamente proporcional
Postor A oferta una garantía de 2 años
Postor B oferta una garantía de 1 año
 Puntaje:
Postor A obtiene 10 puntos
Postor B obtiene 5 puntos (1 x 10/2)
 Criterio: Rangos
3 años o más - 10 puntos
Más de 1 año y menos de 3 años - 5 puntos
Postor A oferta una garantía de 4 años
Postor B oferta una garantía de 2 años
 Puntaje:
Postor A obtiene 10 puntos
Postor B obtiene 5 puntos
MEJORAS A LAS CARACTERÍSTICAS
TÉCNICAS
1
No deben generar costo adicional
para la Entidad.
No debe evaluarse el cumplimiento de
2
los RTM
3
Debe incidir directamente en el objeto
de contratación
4
Precisar si será de aplicación
inmediata a la suscripción del
contrato.
131
CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
 Materias sobre las cuales se capacitarán
 Número de horas a capacitarse
 Número de personas a capacitarse
 Perfil del capacitador
132
DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS O
REPUESTOS
 Solo para determinados bienes
 Adquisición de Vehículos
 Criterio: El postor que ofrece la mayor
cantidad de centros de atención a nivel
nacional obtiene el mayor puntaje y al
resto se le califica en forma directamente
proporcional
133
Otros factores tales
como
equipamiento,
infraestructura
Mejoras a las
condiciones
previstas
Experiencia del
postor: Actividad
y/o especialidad
SERVICIOS Cumplimiento del
servicio
Personal
propuesto para
la prestación del
servicio
134
MODIFICACIÓN EN FACTOR
SERVICIO
• El factor referido a la experiencia del
postor será facultativo en el caso de la
contratación
del
servicio
de
arrendamiento.
Experiencia del Postor
• Experiencia en la actividad y/o la
especialidad
• Monto facturado en un máximo de 8 años
• Hasta 5 veces el Valor Referencial del item
• Máximo 10 servicios en cada caso,
prestados a uno o mas clientes, sin
establecer limitaciones por monto o tiempo
de cada servicio
136 136
• Bases deben indicar servicios iguales y/o
Experiencia del Postor
• Contratos
con
conformidad
o
comprobantes de pago cuya cancelación
se
acredite
documental
y
fehacientemente
• Servicios de ejecución periódica (parte
ejecutada
hasta
presentación
de
propuestas), adjuntar conformidad o
acreditar pago
• Experiencia en la especialidad sirve para137
137
acreditar experiencia en la actividad
Cumplimiento del Servicio
• Se evalúa certificados o constancias
que acrediten que el servicio se efectúo
sin penalidades
• Máximo 10 servicios
• Certificados o constancias deben
referirse a servicios presentados para
acreditar experiencia.
138 138
Personal Propuesto
• Tiempo
de
especialidad
experiencia
en
la
• Constancias o Certificados
• En caso que el Postor fuera
Natural la experiencia que
como tal, podrá acreditarla
como personal propuesto
Persona
acredite
también
para el139 139
Mejoras
• A las condiciones previstas en las
Bases
• Se debe precisar aquellos aspectos
que serán considerados como
mejoras
140 140
Factores Referidos al Objeto
• Equipamiento
• Infraestructura
• Otros factores que deben ser objetivos,
congruentes, razonables y
proporcionados con el objeto de la
convocatoria
141 141
Experiencia en la
Actividad
CONSULTORÍA
Mejoras a las
condiciones
previstas
Experiencia en la
especialidad
Experiencia y
calificaciones
del personal
propuesto para
la prestación del
servicio
Adicionalmente,
podrá considerarse:
Cumplimiento del
servicio y objeto de
la convocatoria
142
Experiencia en la Actividad
• Monto facturado en un máximo de 15
años
• Hasta 5 veces el Valor Referencial
• Máximo 10 servicios prestados a uno o
mas
clientes,
sin
establecer
limitaciones por monto o tiempo de
cada servicio
• Contratos
con
conformidad
o
comprobantes
de
pago
cuya
cancelación se acredite documental y
143 143
fehacientemente
Experiencia en la Especialidad
• Monto facturado en un máximo de 10 años
• Hasta 2 veces el Valor Referencial
• Máximo 10 servicios prestados a uno o mas
clientes, sin limitaciones por monto o tiempo
• Contratos con conformidad o comprobantes
de pago cuya cancelación se acredite
documental y fehacientemente
• Se indican servicios que acreditan
experiencia
• Experiencia en la especialidad sirve para
acreditar experiencia en la actividad
144 144
144
Experiencia del Personal
• Experiencia y calificaciones del personal
en la especialidad
• Constancias o Certificados
• Bases
establece
requisitos
de
conformación y permanencia del personal
propuesto
• En caso que el Postor fuera Persona
Natural la experiencia que acredite como
tal, podrá acreditarla también como
145 145
personal propuesto para el servicio
Mejoras
• A las condiciones previstas en las
Bases
• Se debe precisar aquellos aspectos
que serán considerados como
mejoras
146 146
Objeto de la convocatoria
•
•
•
•
•
Plan de trabajo
Metodología
Equipamiento
Infraestructura
Factores objetivos, congruentes,
razonables y proporcionados
147 147
Cumplimiento del servicio
• Se evalúa certificados o constancias que
acrediten que el servicio se efectúo sin
penalidades
• Máximo 10 servicios
• Certificados o constancias deben referirse
a servicios presentados para acreditar
experiencia
148 148
Asignación de Puntaje
Servicios de Consultoría
Márgenes:
Experiencia
(actividad, especialidad,
cumplimiento de servicio)
Personal
Mejoras
25 - 35 puntos
30 - 40 puntos
20 - 25 puntos
149 149
Evaluación técnica en obras
En LP y ADP:
• No se evalúa plazo.
• Experiencia en obras en general
• Experiencia de obras similares
• Experiencia y calificaciones del personal
profesional propuesto
• Cumplimiento de ejecución de obras
Evaluación técnica en obras
En AMC y ADS: no se efectúa
evaluación técnica.
Sólo se evalúa la propuesta
económica y la evaluación se
realiza sobre cien (100) puntos.
CONSORCIO
Evaluación de experiencia
* El consorcio podrá acreditar como experiencia
la sumatoria de los montos facturados,
previamente
ponderados,
de
aquellos
integrantes que se hubieran comprometido a
ejecutar conjuntamente el objeto materia de la
convocatoria. La ponderación de tales montos
facturados se efectuará sobre la base de la
información señalada en la promesa formal de
consorcio, referida al porcentaje de las
obligaciones asumidas por cada uno de sus
integrantes.
152
FORMULARIO PARA LA EVALUACIÓN DE EXPERIENCIA DE CONSORCIOS
Registrar el porcentaje de obligaciones consignado en la promesa formal de consorcio, por cada integrante del consorcio que se
haya comprometido a ejecutar obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria, así como su correspondiente
Monto de Facturación:
%
Obligaciones
Monto de
Facturación
% Monto
% Mínimo
Obligaciones
% Máximo
Obligaciones
Coeficiente de
Ponderación
Monto ponderado
(valor monetario)
Consorciado
1:
52
900,000.00
72.00%
65%
79%
1.000000000000000
900,000.00
Consorciado
2:
30
100,000.00
8.00%
7%
9%
0.795918367346939
79,591.84
Consorciado
3:
18
250,000.00
20.00%
18%
22%
1.000000000000000
250,000.00
0.00%
0%
0%
1.000000000000000
-
0.00%
0%
0%
1.000000000000000
-
0.00%
0%
0%
1.000000000000000
-
0.00%
0%
0%
1.000000000000000
-
Consorciado
4:
Consorciado
5:
Consorciado
6:
Consorciado
7:
TOTAL
100
1,250,000.00
100.00%
1,229,591.84
153
SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE
(Artículo 73º Reglamento)
1
2
3
4
5
• MYPES integradas por personas con discapacidad - LEY
27050, sólo en AD y AMC. (OPINIÓNº 109-2009/DTN)
• MYPES en estricto: AD y AMC
• Bienes y Obras: mejor puntaje económico.
• Servicios: mejor puntaje técnico
• A PRORRATA: no Consultoría ni Obras
• SORTEO
154
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Pluralidad de Postores
 8 días hábiles (LP Y CP)
 5 días AD y AMC; desde su notificación si no se ha
interpuesto Recurso de Apelación
Un solo postor:
 El día de su notificación
 El
Comité Especial remite el Expediente de
Contratación al OEC de la entidad
155
Ejecución Contractual
Contratos y Garantías
156
OBJETIVOS
 Desarrollar los criterios que engloban los
contratos y garantías dentro del proceso de
ejecución contractual.
 Sentar los principales criterios que debe
considerarse al momento de modificarse los
términos del contrato.
157
CONSTITUCION POLITÍCA Artículo 76º
“Las
obras y la adquisición de suministros con utilización
de fondos públicos se ejecutan obligatoriamente por
contrata y licitación pública, así como también la
adquisición o la enajenación de bienes.
La contratación de servicios y proyectos cuya importancia
y cuyo monto señala la ley de presupuesto se hace por
concurso público. La ley establece el procedimiento, las
excepciones y las respectivas responsabilidades”.
Proforma de contrato
Proyecto del contrato que forma parte de las Bases.
Las cláusulas obligatorias de la proforma de contrato
son:
– Garantías.
– Solución de Controversias.
– Causales de resolución de Contrato por
Incumplimiento.
Adicionalmente acepta que el contrato pueda ser
modificado en la etapa pre-contracual y la misma
etapa de ejecución contractual (Art. 35º).
159
Definición de contrato administrativo
Acuerdo de dos o más partes, en la que una es una
entidad estatal, destinada a regular, modificar o
extinguir una relación jurídica patrimonial.
Se rige por la normativa de contrataciones estatales.
Contratos menores o iguales a 3 UIT (Art.
3º numeral 3.3 literal h), salvo los incluidos en el
respectivo Convenio Marco. (Ver Art. 8º)
160
Figuras de la Ejecución
contractual
Culminación
Suscripción
Garantías
Recepción y
conformidad
Adelantos
Penalidades
Adicionales y
Deductivos
Ampliación de
Plazo
Resolución
Subcontratación
Intervención
económica
(obras)
PROCEDIMIENTO DE
SUSCRIPCIÓN
CONTRATO:
• Dentro de 7 días hábiles siguientes de consentida
Buena Pro, sin que tenga que citar la Entidad, el
postor ganador debe presentar documentación para
suscribir contrato.
• Dentro de 3 días hábiles siguientes de presentada la
documentación, se presenta y suscribe contrato,
sino: Pierde Buena Pro y se cita al que ocupó el 2º
lugar, si éste no presenta documentación o no
concurre a suscribir contrato Se declara desierto el
proceso.
PROCEDIMIENTO DE
SUSCRIPCIÓN
CONTRATO:
• Si la Entidad no suscribe contrato:
el
postor ganador puede emplazarla, dentro
de 2 días hábiles de vencido plazo, y darle
un plazo de 5 a 10 días hábiles.
• Si vencido el plazo la Entidad no suscribe, el
postor ganador, dentro de los 5 días hábiles
siguientes, tiene la facultad de dejar sin
efecto Buena Pro.
PROCEDIMIENTO DE
SUSCRIPCIÓN
ORDEN DE COMPRA O DE SERVICIO:
• Dentro de 3 días hábiles siguientes de consentida
Buena Pro, sin que tenga que citar la Entidad, el
postor ganador debe presentar documentación
para suscribir contrato.
• En un plazo no mayor de 4 días hábiles siguientes
de presentada la documentación, la Entidad debe
notificar la orden, Si el postor no presenta
documentación: Pierde Buena Pro y se cita al que
ocupó el 2º lugar, si éste no presenta
documentación Se declara desierto el proceso.
PROCEDIMIENTO DE
SUSCRIPCIÓN
ORDEN DE COMPRA O DE SERVICIO :
• Si la Entidad no notifica orden:
el
contratista puede emplazarla, dentro de 2
días hábiles de vencido plazo, y darle un
plazo de 3 días hábiles.
• Si vencido el plazo la Entidad no suscribe, el
contratista podrá solicitar a la Entidad que
deje sin efecto Buena Pro.
Perfeccionamiento del contrato (4)
•
La Entidad sólo se puede negar a suscribir el contrato por:
- Recorte presupuestal sobre el objeto materia del
proceso
- Norma expresa
- Desaparezca la necesidad
166
Modificaciones sobre los requisitos
para suscribir el contrato
El ganador de Buena Pro debe presentar los requisitos
detallados de manera especifica por la entidad en las bases y
que estén acorde con la Ley de Contrataciones y su
Reglamento, en caso de duda prevalece la Ley y el Reglamento
Además debe presentar:
• Código de cuenta interbancaria (CCI).
• Traducción oficial efectuada por traductor público
juramentado de todos los documentos de la
propuesta presentados en idioma extranjero que
fueron acompañados de traducción certificada.
Documentos que integran el contrato.
 El texto que lo contiene.
 Las Bases Integradas.
 La oferta ganadora, sólo en los aspectos vinculados a
su propuesta y no aspectos que modifiquen otras
condiciones preestablecidas en las Bases.
 Las modificaciones que este tenga con posterioridad a
su suscripción.
168
Documentos que integran el contrato.
 Se incorporan los montos y plazos respectivos. Incluso
las mejoras técnicas propuestas, así como lo que
respecta a las garantías.
 Puede incorporarse modificaciones no sustanciales (a la
proforma como al contrato definitivo).
 También puede incorporarse aspectos no contemplados
inicialmente, los que deberán redactarse considerando
determinados parámetros.
Garantías
La carta fianza y la póliza de caución son las únicas
garantías permitidas.
Es una garantía personal por la cual un tercero (una
entidad financiera) respalda la obligación asumida
por el deudor principal (el contratista).
Tiene por finalidad asegurar parcialmente el pago de
los daños y perjuicios derivados de la inejecución
injustificada de las prestaciones a cargo del
contratista.
170
Requisitos de las Garantías
•
Incondicionales:
•
Solidarias (sin beneficio de excusión):
•
Irrevocables
•
De realización automática.
El principio de Literalidad
Aplicación supletoria del Código Civil
Clases de Garantías
Las garantías pueden ser:
• Pre-contractuales:
- Por recurso de apelación
• Contractuales:
- Fiel cumplimiento.
- Por adelantos.
- Por monto diferencial de propuesta.
- Por prestaciones accesorias
Garantía de Fiel Cumplimiento
•
Valor:
10% del monto del contrato.
•
Entrega:
antes de suscribir el contrato.
•
Características: ampliación o reducción.
•
Vigencia:
Desde suscripción hasta:
Conformidad de la recepción (Bs. y Ss.)
Consentimiento de Liquidación (Obras)
Excepciones: GFC
1) Contratos que por monto correspondan a AMC En Bs y Ss. (no en
procesos declarados desiertos).
Aplica a procesos x items cuando monto de item < AMC
2) Contratos de servicios derivados de ADS
Aplica a procesos x items cuando monto de item < ADS
3) Adquisición de bienes inmuebles.
4) Contratación ocasional de servicio de transporte.
5) Contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles
6) Contrataciones complementarias, cuyos montos correspondan a
numerales 1 y 2.
Garantía adicional por el Monto Diferencial
de la Propuesta
•
Servicios:
Propuesta inferior en más de 10%
del valor referencial.
•
Bienes:
Propuesta inferior en más del 20%
del valor referencial.
•
Obras y Consultoría de Obras: No aplicable
•
Valor:
25% (V.R. – V. Propuesta)
Excepciones: GDP
1) Contratos que por monto correspondan a AMC En Bs
y Ss. (no en procesos declarados desiertos).
Aplica a procesos x items cuando monto de item <
AMC
2) Adquisición de bienes inmuebles.
3) Contratación ocasional de servicio de transporte.
4) Contratos de arrendamiento de bienes muebles e
inmuebles
5) Contrataciones complementarias.
Causales de ejecución de las garantías de fiel
cumplimiento y de MDP
 No renovación oportuna. Sólo queda en custodia
el monto ejecutado.
 Resolución de contrato queda consentida y/o
firme.
 Laudo Arbitral que
resolución del contrato.
declare
procedente
 Cuando luego de 3 días de requerido, el
contratista no haya cancelado el saldo a su cargo,
luego de la liquidación o la conformidad de
prestación, según corresponda.
 Excepcionalmente: cobro de penalidades.
177
Garantía por adelantos
•
Finalidad:
- Garantizar amortización de adelantos
•
Monto:
- Equivalente al adelanto solicitado
•
Entrega:
- Antes de entrega del adelanto solicitado
•
Vigencia:
- Mínima 3 meses hasta amortización, renovable
•
Ejecución:
- No renovación oportuna. No reembolsable
- Saldo pendiente de amortizar.
Ejecución de garantías por adelantos en
bienes y servicios
 No renovación oportuna.
 Saldo pendiente de amortizar
179
GARANTÍAS POR PRESTACIONES
ACCESORIAS – Directiva Nº 009-2009OSCE/CD
• Existe en función de la prestación principal,
coadyuvando a que ésta se viabilice, es decir
que se haga efectiva según sus términos y
condiciones previstos por la Entidad.
• Garantizan prestaciones como mantenimiento,
reparación o actividades afines.
• 10% del valor total de las prestaciones
accesorias, según declarado en su oferta.
GARANTIA POR PRESTACIONES
ACCESORIAS
• Debe ser renovada hasta el cumplimiento
total de sus obligaciones garantizadas.
• En bienes y servicios debe tener vigencia
hasta la conformidad de la prestación a
cargo del contratista.
• En ejecución de consultoría y ejecución de
obras debe tener vigencia hasta el
consentimiento de la liquidación final.
Régimen de Garantías para PYMES
•
Opción del contratista.
•
Aplica en:
Suministro periódico de bienes o prestación de servicios.
Ejecución y Consultoría de Obras (AMC – ADS – ADP) con plazo
de ejecución = ó > a 60 días calendario y el pago considere al
menor 2 valorizaciones
•
Como Garantía de Fiel cumplimiento, la Entidad retendrá un
10% del monto total del Contrato.
•
Procedimiento
•
Incumplimiento del contratista que provoque la resolución del
contrato da lugar a inhabilitación temporal no menor a un año ni
mayor a 2 años.
Vigencia del contrato
Programación y
Actos
Preparatorios
Proceso de Selección
Ejecución
contractual y
Liquidación
183
Vigencia del contrato
• Plazo de ejecución contractual:
– Cómputo en días naturales (regla general), las
excepciones están reguladas de forma expresa.
– Por uno o más ejercicios presupuestales (máximo
3)
– Arrendamiento de inmuebles: contratos de hasta 3
años; renovables.
– Ejecución y consultoría de obras, el previsto para
su culminación.
184
Vigencia y plazos
•
Vigencia del Contrato:
- Desde día siguiente de suscripción de contrato o desde que se
cumplan las condiciones establecidas para dicho efecto en las
Bases.
-
•
Desde día siguiente de recibida la orden de compra o de servicio
(cuando se perfecciona el contrato de esta forma)
Plazo de ejecución contractual:
-
Cómputo en días naturales
-
Por más de un (01) ejercicio presupuestal hasta un tope de 3
-
Arrendamiento inmuebles: hasta 3 años; renovables.
Subcontratación
Siempre que las bases lo autorice.
• Requisitos:
– Aprobación previa por escrito
– No exceder 40% de la prestación
– Capacitación y tecnología (extranjeros)
– No estar suspendido o inhabilitado
– Estar inscrito en el RNP
Adelantos
Siempre que estén establecidos en las Bases
• Bienes y servicios:
– Directos: no mayor al 30% de monto contractu
• Obras:
– Directos: hasta el 20%
– Para materiales e insumos: hasta 40%
• Oportunidad de entrega:
– Según el contrato
• Requisito para entrega:
– Presentar Garantía por el 100% de adelanto
PRESTACIONES ADICIONALES
En el caso de BIENES Y SERVICIOS:
- Excepcionalidad:
- Para alcanzar la finalidad del contrato
- Previa sustentación del área usuaria y mediante
resolución previa del Titular.
- Hasta el 25% del monto del contrato original
- Asignación presupuestal necesaria
- Costos: especificaciones técnicas, condiciones y precios
fijados en el Contrato; ó acuerdo de partes.
- Incremento proporcional de las garantías
- Puede afectar plazo contractual.
Prestaciones Adicionales en Obras
. Obras:
Hasta 15%.
Más del 15% y hasta 50% (deficiencias del exp. técnico o
situaciones imprevisibles), autorización de CGR para
ejecución y pago.
Reducciones
En el caso de Bienes y Servicios
-
Para alcanzar la finalidad del contrato
Hasta el 25% del monto del contrato original
Puede afectar plazo contractual
Disminución proporcional de las garantías
Costos: según especificaciones técnicas, precio pactado
o acuerdo entre las partes.
 Reducción de prestaciones en obras: Hasta 25%
Penalidades por incumplimiento
 Por mora:
– Retraso injustificado.
– Máximo a cobrar 10% del monto materia de
contrato.
– Aplicar fórmula.
 Otras penalidades:
– Distintas a la mora: máximo 10% del contrato.
Ejemplo: en los casos de mensajería y el caso de la
póliza de deshonestidad
191
Ampliaciones del plazo contractual
• Procede:
– Por aprobación de adicional que afecte el
plazo
– Por atrasos y/o paralizaciones no imputables
al contratista o por culpa de la Entidad
– Por caso fortuito o fuerza mayor.
Ampliaciones del Plazo Contractual
• Trámite:
– Solicitud fundamentada dentro de los 7 días de
finalizado el hecho
– Reconocimiento de los costos directos y gastos
generales que correspondan
– En el caso de bienes, servicios y obras: si Entidad
no se pronuncia en 10 días, opera silencio positivo.
Resolución de contrato
 En cuanto a las causales:
o Cualquiera de las partes podrá resolver, sin
responsabilidad, en caso fortuito o fuerza mayor
que imposibilite de forma definitiva la
continuación del contrato.
o Cualquiera de las partes podrá resolver por
incumplimiento de la otras.
Procedimiento para la resolución del
Contrato
•
Carta Notarial requiriendo cumplimiento de obligación, bajo
apercibimiento de resolver el contrato.
PLAZO:
- Ordinariamente: No mayor a 5 días
- Casos complejos: 15 días.
•
Carta Notarial de resolución.
•
Excepción:
(1) Acumulación de monto máximo de penalidad
(2) Situación de incumplimiento no pueda ser revertida
•
Controversias puede ser sometidas a conciliación y/o arbitraje.
Causales atribuibles al
contratista
•
•
•
Incumplimiento
injustificado de
obligaciones.
Acumulación del monto
máximo de penalidad por
mora y otra penalidad
(potestativo).
Paralice
o
reduzca
injustificadamente
ejecución
Causales atribuibles a
la Entidad
•Incumplimiento injustificado
de obligaciones esenciales
derivadas del contrato. Ej.
Falta de pago injustificado.
 Otras según contrato.
196
Resolución de contrato
 En cuanto a efectos de resolución en ejecución de
obras:
Entidad podrá optar por culminar la obra mediante:
a) Administración directa
b) Convenio con otra Entidad
c) Teniendo en cuenta el orden de prelación, podrá
invitar a postores que participaron en proceso para que
manifiesten intención de ejecutar el saldo de obra.
Procedimiento: En Reglamento.
Nulidad del contrato
Se declara de oficio por la Entidad cuando contratista
incurra en causales contenidas en el artículo 56º de la
Ley:
 Suscripción por contratista con impedimento.
 Trasgresión al principio de presunción de veracidad.
(Da lugar a inicio de procedimiento sancionador)
 Suscripción cuando se
recurso de apelación.
encontraba
en
trámite
Nulidad del contrato
 Incumplimiento de las condiciones y/o requisitos
establecidos en la normativa a fin de la configuración
de alguna de las causales de exoneración.
 Cuando no se haya utilizado los procedimientos
previstos en la Ley estando la contratación bajo su
ámbito de aplicación. En este supuesto, asumirán
responsabilidad los funcionarios y servidores de la
Entidad
contratante,
conjuntamente
con
los
contratistas que celebraron irregularmente el
contrato
Culminación del contrato
 En caso de BIENES Y SERVICIOS:
conformidad de la última prestación más el pago correspondiente (para
bienes y servicios)
 En caso de OBRAS:
consentimiento de la liquidación más pago correspondiente.
Es
conveniente
que
la
entidad
comunique al contratista que se acerque
a recoger su constancia por las
prestaciones realizadas y su garantía.
CULMINACIÓN DEL CONTRATO
RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
 BIENES Y SERVICIOS: Un año (01) contado a
partir de la conformidad otorgada, excepción
bienes fungibles o perecibles siempre que no se
adecúen al plazo.
 OBRAS: Siete (07) años.
Pagos
Oportunidad:
– Después de ejecutada la prestación (parcial o
total) y luego de emitida la conformidad del bien o
servicio, máximo 15 días calendario.
Excepciones:
– Antes de ejecutada la prestación (según su
naturaleza). Suscripciones y montos no relevantes,
compras con entidades del exterior.
202
Pagos

Plazos:
– Conforme al contrato
– Retraso = Interés Legal
Reajustes:
– Permitidos sólo cuando las condiciones que dieron origen
al contrato han variado. Se aplica cuando se produce
incremento en los costos del contratista: IGV, RMV,
aumento en los costos de materiales.
Efectos:
– Culminación del contrato y cierre de expediente
203
Contratación Complementaria
Es considerada un contrato nuevo.
Las condiciones para que se realice son las siguientes:
 Dentro de los 3 meses de concluida la ejecución del
contrato original.
 Mismo contratista.
 Mientras culmine proceso de selección convocado,
salvo se agote la necesidad de la entidad, lo que
debe sustentarse por área usuaria al formular
requerimiento
 Por los mismos bienes y/o servicios.
 Por única vez.
CONTRATACIÓN COMPLEMENTARIA
 Se requiere la aprobación previa del contratista
 Máximo hasta el 30% del contrato original.
 Preservando las condiciones que dieron lugar a la
adquisición o contratación original.
 No cabe en consultoría de obra
Los requisitos:
 No estar inhabilitado.
 Estar inscrito en el RNP
 Garantías, cuando corresponda
REGISTRO DE INFORMACIÓN DE
LOS CONTRATOS EN EL SEACE
Se registrará en no más de 10 días hábiles siguientes a su
perfeccionamiento, ocurrencia o aprobación-:
1.Contratos,
2.Órdenes de compra o de servicio, y/o
3.Información referida a su ejecución
4.También se deben registrar las contrataciones
adicionales y las complementarias
SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN
LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Expositor:
Abogado Luis Alberto Isuhuaylas
Castillo
Solución de Controversias
durante el Proceso de
Selección
208
Solución de Controversias
• En el Proceso de
Selección:
En la Ejecución
Contractual:
* Procedimiento
*Conciliación
de Impugnación
(opcional)
*Arbitraje
209
Recurso de Apelación
• Es un recurso administrativo por el cual se
puede impugnar todos los actos administrativos
dictados en el proceso de selección, desde la
convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la
celebración del contrato.
210
Recurso de Apelación
Los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la
celebración del contrato.
ENTIDAD
Adjudicación Directa
Selectiva y
Adjudicación de
Menor Cuantía
Titular de la Entidad
Facultad delegable.
TRIBUNAL
Licitación Pública
Concurso Público
Adjudicación Directa
Publica
Adjudicación de Menor
Cuantía Derivada
Otros actos del Titular
de la Entidad distintos
de la Resolución de
Apelación que afecte la
continuidad del
proceso.
211
Actos Impugnables
 Actos dictados por el Comité Especial o el órgano encargado de
las contrataciones, durante el proceso.
 Actos expedidos luego de haberse otorgado la Buena Pro y
hasta antes de la celebración del contrato.
 Actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la
continuación del proceso, distintos de aquellos que resuelven
recursos de apelación, tales como nulidad de oficio, cancelación
u otros.
212
Actos no impugnables
 Actuaciones y actos preparatorios de la Entidad
convocante, destinadas a organizar la realización de
procesos de selección.
 Bases del proceso y/o su integración.
 Actuaciones materiales relativas a la programación de
los procesos de selección en el SEACE y las referidas a
la inscripción de participantes.
 Actos que aprueban la exoneración del proceso de
selección, así como los que generen para la suscripción
del contrato respectivo.
213
Plazo para interponer el recurso
Buena Pro y actos
anteriores
• LP y CP: 8 días
siguientes de
otorgada la
Buena Pro.
• ADP, ADS y
AMC: 5 días
Posteriores a
Buena Pro
LP y CP: 8 días de
haber tomado
conocimiento del
acto.
ADP, ADS y AMC:
5 días.
214
Efectos de la interposición
• La interposición del recurso de apelación
suspende el proceso de selección o, el
ítem, etapa, lote, paquete o tramo
impugnado, según corresponda. Son
NULOS los actos posteriores a su
interposición.
Obligación de la Entidad y el Tribunal de
registrar en la FICHA SEACE la
interposición del recurso ese mismo día.
215
Admisibilidad del recurso
a.
b.
Rechazo del recurso
Antes de otorgada B. Pro.
1º escrito sin firma del Impugnante o su
representante.
No Presentado
• No subsana observaciones: 2 días, contado desde el día
siguiente de la presentación del recurso de apelación.
• No subsana en el plazo máx. 2 días hábiles otorgado
por la ENTIDAD, cuando advirtió alguna omisión
dentro de 3 días hábiles de admitido.
216
Garantía
• Representa el 3% del Valor Referencial del proceso
de selección o del ítem que se desea impugnar.
• En ningún caso será menor al 50% de una UIT.
• Puede ser carta fianza, póliza de caución y depósito
en cuenta.
• Plazo mínimo de vigencia: 20 días calendario si el
recurso se interpone ante la Entidad o 30 días si se
presenta ante el Tribunal. Si no se renueva la
garantía, será ejecutada para constituir un depósito en
al cuenta bancaria de la Entidad o del OSCE, según
corresponda, el cual se mantendrá hasta el
agotamiento de la vía administrativa.
217
Trámite del recurso
PROCEDIMIENTO
ACUMULACIÓN
facultativa
TRASLADO :
dentro de 3 días
hábiles
ENTIDAD
TRIBUNAL
2 ó + recursos = proceso o ítem.
Plazo de resolución es el del último recurso
A postores afectados
luego de presentado
A la Entidad luego de
admitido
ABSOLUCIÓN del
Traslado:
Dentro de 3 días
De 3ºs a la Entidad
Exp. Completo
+ Inf. Téc. Legal +
cargo notificación
Pedido de USO DE
LA PALABRA
Hasta 3 días sgtes. de
vencido plazo de
Absolución de traslado.
No suspende plazos
La solicitud del Uso
de la Palabra, se
plantea
con
el
recurso o con la
absolución.
218
Trámite del recurso
PROCEDIMIENTO
ENTIDAD
TRIBUNAL
INFORMACIÓN
ADICIONAL
Si se puede solicitar
pero no suspende
plazos
1 vez y en una sola
oportunidad. Prorroga
el plazo de evaluación
máx. 15 días háb.
DESISTIMIENTO.
Excepto interés
público
Ejecuta 100%
Garantía
RESOLUCIÓN
SEACE
Notario o Juez de
Paz. Fin del
Procedimiento.
Notario o Secr. Trib.
Sólo hasta antes que se
declare listo para
resolver.
12 días hab. de
presentado o
subsanado
5 días desde que se
declara expediente listo
para resolver
219
Contenido de la Resolución
1)
Acto cuestionado
INFUNDADO
conforme
norma
o
Bases
=
2) Acto cuestionado NO es conforme norma = FUNDADO
3)Acto cuestionado directamente vinculado a evaluación de
propuestas y/o a la B. Pro
= ANÁLISIS y B. PRO
4) Vicios (Órg. Incompetente, contra normas, prescinde
procedimiento o forma) = NULIDAD
5) Ausencia Requisitos 111º
= IMPROCEDENTE
Ejemplo: interpuesto por el ganador
220
Precedentes de Observancia Obligatoria
• Son los Acuerdos de Sala Plena que
interpretan de modo expreso y general las
normas de la Ley.
• Deben publicarse en portal OSCE y en El
Peruano.
Acción Contencioso Administrativa
• Resolución.
• Denegatoria Ficta.
221
• Gracias por su Atención……
Feliz Navidad y un venturo año 2013.