Boletin_Informativo_CRSE - Colegio de Contadores Públicos

Download Report

Transcript Boletin_Informativo_CRSE - Colegio de Contadores Públicos

A la Membrecía de los Colegios que integran la
Región Centro Occidente del
Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C
La Comisión Sector Empresas de la Región Centro
Occidente, del Instituto Mexicano de Contadores
Públicos, es una comisión nueva, cuya principal
finalidad es crear un vínculo de acercamiento con los
contadores de las empresas, dentro de un marco de
responsabilidad, a través de la aplicación de la
normatividad,
capacitación
y
certificación,
contribuyendo al desarrollo del entorno en el que se
desenvuelven.
Asimismo, esta comisión tiene la tarea fundamental de
establecer vínculos con organismos empresariales, con
la finalidad de crear convenios de colaboración; con
instituciones educativas, para colaborar en la
actualización de los planes de estudio, buscando la
profesionalización; con organismos especializados que
permitan la difusión y transferencia de conocimientos
de temas relacionados con la sustentabilidad de las
empresas.
• C.P.C. JUAN MANUEL
PLASCENCIA GUARDADO
Presidente
• C.P.C. JUAN IGNACIO OROS
GUERRERO
Vicepresidente
• C.P. ULISES RODRIGUEZ
AGUILAR
Secretario
• C.P.C. ANA LILIA SALAZAR
GALLAGA
Tesorera
Dentro de las expectativas
iniciales la CRCO-SE
ha
participado con los colegios de la
región en la firma de convenios de
colaboración con organismos
como la PRODECON; se ha llevado
a cabo la presentación de temas
de tipo patrimonial y; el
acercamiento con autoridades de
gobierno, específicamente con la
Secretaría de Economía; y ahora,
apoyando en la elaboración del
primer Boletín Informativo de
nuestra comisión.
Por parte de la CRCO-SE se invita a
la membrecía a participar en las
comisiones del sector empresas
de sus respectivos colegios.
Estamos
seguros
que
su
participación aportará grandes
beneficios.
INTEGRANTES:
C.P.C. SANJUANA GONZALEZ PARAMO
C.P. KARLA YOLANDA PEÑA NUÑEZ
C.P.C. ALEJANDRA DEL CARMEN TOLEDO
ORTEGA
C.P.C. HECTOR MALO FLORES
L.C.P. ALEJANDRO TOLEDO ORTEGA
C.P.C. SALVADOR CAPISTRAN
RODRIGUEZ
C.P.C. OSCAR MURO SALINAS
C.P.C. JORGE OCHOA LEON
C.P.C. ALFONSO AGUIRRE ESCUDERO
Cordialmente,
CPC MA Juan Manuel
Plascencia Guardado.
CRCO-SE del I.M.C.P., A.C.
Presidente
C.P. ERICKA TOLENTINO MARTINEZ
C.P. MAITE FLORES MIRANDA
C.P. JUAN EFRAIN SANCHEZ LIZAMA
C.P. ADRIAN MARTINEZ HERRERA
RESPONSABLES DEL BOLETIN:
C.P. KARLA YOLANDA PEÑA NUÑEZ
C.P. MAITE FLORES MIRANDA
Ley de Concurso Mercantil es un proceso
judicial de restructuración financiera en
conciliación o quiebra de un comerciante.
Cuando la compañía tiene un riesgo de subsistencia y se demuestre que se encuentra
en la imposibilidad de hacer frente a sus compromisos de pago, la Ley de Concursos
Mercantiles se debe observar al ser de interés público (Art.1), dicho de otra forma, el
empresario está obligado a someterse a un procedimiento judicial de este tipo, cuando
enfrenta alguna crisis de iliquidez que encuadre en lo que la ley señala como
situaciones de concurso mercantil (Art.10), si no lo hace, también sus acreedores
pueden demandar e iniciar el proceso, todos los concursos se dan por sentencia, el
procedimiento se radica al juez de distrito de la circunscripción al domicilio o principal
lugar de negocios del comerciante, el juez de distrito es el rector del concurso
mercantil con el auxilio de los especialistas concursales que de inicio se apoya con el
dictamen, inventarios y trabajo de un visitador.
El comerciante puede ser cualquier persona física o
moral, para generar el proceso concursal en los
siguientes casos:
1. A solicitud del propio comerciante con los
elementos que prueben que puede ser sujeto del
concurso, en caso de ser fundado, el juez genera
la sentencia del concurso mercantil, abriendo la
etapa de conciliación con un especialista llamado
conciliador; Etapa de quiebra directa cuando el
comerciante expresamente lo pida, evitara la
etapa de conciliación, lo que se da cuando
considere que no tiene viabilidad de subsistir, en
consecuencia no habrá convenio con acreedores,
el pago se genera hasta donde alcance por
sentencia con grado y prelación que dicta el juez
de distrito y lo ejecuta el síndico rematando los
bienes;
•
•
Boletín 09-2014
Octubre 2014.
•
•
•
TEMA
CONCURSO
MERCANTIL
•
INTEGRANTES DE
LA COMISION
SECTOR
EMPRESAS
2. Demanda de acreedor o regulador o el ministerio público
solicitando el concurso mercantil, en este caso la
sentencia la genera el juez de distrito abriendo siempre
en primer lugar la etapa de conciliación.
Aproximadamente el 60% de los concursos, se han generado
a solicitud de comerciantes de diversos tamaños y
capacidades, ya que el sentido de la ley es proteger su
subsistencia y sus fuentes de trabajo,
saliendo
generalmente beneficiadas la propia comerciante.
Cuando se atraviesa una crisis severa de liquidez, las
posibilidades de subsistir con el concurso mercantil son
mayores, ya que son favorecidas por convenios con todos
sus acreedores en UDIS. Generalmente la restructuración
judicial es financiera y se otorga a largo plazo y con quitas o
reducciones considerables, las que a su vez deben ser
reconocidas en cualquier obligación fiscal o administrativa.
Las reducciones o quitas no se aplican en los casos de
obligaciones de seguridad social, ya que se tipifican como
parte de las obligaciones laborales que son de carácter
irrevocable, en el caso de quiebra los laudos laborales solo
tienen dicha preferencia constitucional al equivalente a un
año de salarios en cada trabajador, lo que favorece o
estimula a convenios de subsistencia antes de agotar la
etapa previa de conciliación.
Como acceder a un concurso mercantil:
Para generar la litis por parte de la comerciante y poder generar un expediente concursal, hay
que demostrar las circunstancias aplicables al artículo 20 de la ley concursal, considerando la
información financiera sobre los últimos 3 años, complementada con documentación original
que acredite los diversos bienes y derechos concursales, relacionando la totalidad de sus
acreedores, con datos que identifiquen y cuantifiquen las obligaciones. Además fundar y
razonar las causas que originan su estado de iliquidez.
El visitador, conciliador o síndico, son especialistas nombrados generalmente por el IFECOM
(Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles) y ratificados por el juez de distrito.
Una de las 34 leyes de la Reforma Financiera fue la Ley de Concursos Mercantiles, a partir del 10
de Enero del 2014, la cual se perfecciona al ampliar los plazos retroactivos, previendo actos de
fraude a los acreedores concursales de la comerciante y su posible vínculo con acreedores
subordinados.
Las modificaciones a la ley concursal se dan a efecto de evitar casos como ampliaciones
COVADONGA y MEXICANA con más de cuatro años, ya que el plazo que prevé la ley para la
etapa de conciliación es máximo hasta de 1 año.
O posibles abusos intercompañías con acreedores subordinados o partes relacionadas, como
EMEX o VITRO, éste último logró generar quitas por más del 90% de sus obligaciones y con
restructuración de pasivos a UDIS sin interés a un plazo de 20 años.
Esperando que esta síntesis genere su interés y visualice los objetivos relevantes de los
concursos mercantiles, me despido en mi carácter de especialista en concursos mercantiles.
Atentamente
C.P.C. JORGE OCHOA LEON
DESAYUNO CON EL SECRETARIO DE DESARROLLO
ECONOMICO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y
LA COMISION SECTOR EMPRESAS DEL COLEGIO DE
CONTADORES PÚBLICOS SANTA FE DE GUANAJUATO.
El pasado 2 de julio de 2014, se llevó a cabo reunión de trabajo en la que se tuvo
como invitado especial al Lic. Lic. Héctor López Santillana, Secretario de Desarrollo
Económico Sustentable, así como el Vicepresidente del Sector Empresas del
Instituto Mexicano de Contadores Públicos, el C.P.C. Armando Nuricumbo
Zepeda.
La finalidad de tener esta reunión fue exponer ante el Secretario el interés para
establecer comunicación institucional con las autoridades estatales, a fin de
coadyuvar con ellas en el ámbito de nuestra competencia profesional, con
acciones y programas tendientes al mejoramiento y desarrollo de las empresas
establecidas en la entidad, a través de sus dirigentes, propietarios y
representantes legales, cumpliendo también con la función social inherente a
nuestra Profesión.
En la citada reunión participó en primer término el contador Armando Nuricumbo
Zepeda, quien destacó los planes y objetivos de la encuesta del Índice Mexicano
de Confianza Económica (IMCE IMCP BURSAMETRICA) que tiene diseñado e
implementado el I.M.C.P., el cual cuenta con gran participación y sus resultados
pueden mejorar la toma de decisiones de los entes económicos. Otros temas
importantes que resaltó fueron los de la certificación y la educación profesional
continua que, como colegiados, estamos obligados a cumplir.
La anterior información interesó en gran manera al Secretario de Desarrollo
Económico Sustentable Lic. Héctor López Santillana, quien a la vez se mostró
interesado y destacó la importancia de tener un parámetro que permita conocer el
nivel general de las empresas en el estado de Guanajuato y, de igual manera,
comunicó que la secretaría que él dirige cuenta con la base de datos de las pequeñas
y medianas firmas de empresarios, ya que el objetivo principal es apoyar a este
gremio para fortalecerlo y ayudar en su crecimiento y sustentabilidad.
La reunión continúo con la ponencia del Lic. Héctor López Santillana que luego de 40
minutos de información considero importante enfatizar las tres líneas de acción que
tiene el Gobierno de Guanajuato: Atracción de inversiones, fortalecimiento a las
mipymes y capacitación especializada del capital humano en las empresas.
Recalcó que se creó para tal fin la Subsecretaria para el desarrollo de las Mi pymes
que cuenta con recursos y programas de apoyo enfocados al fortalecimiento de este
tipo de empresas, financiamiento oportuno, así como tecnología e innovación y
formación de personas.
Esta reunión tuvo una duración de dos horas y se contó con la participación de los
miembros de la comisión local empresarial, algunos colegas de los colegios de la
región,
empresarios y representantes del sector comercial, así como de
representantes de algunas universidades.
Atentamente.
Ana Lilia Salazar Gallaga.
Titular de la Comisión Sector Empresas del Colegio de Contadores
Publico Santa Fe de Guanajuato y representante ante la Región Centro
Occidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
CONVENIOS CELEBRADOS CON LA PROCURADURIA DE LA
DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE. PRODECON.
Por separado y en diversa fecha en el mes de Julio del presente año se firmaron los
siguientes convenios:
El día 09 de Julio de 2014 el Colegio de Contadores Públicos de Michoacán, A.C. CCPM
El día 26 de Julio de 2014 el Colegio de Contadores Públicos de San Luis Potosí, A.C.
CCPSLP
Nuestros Colegios celebraron un Convenio con la Procuraduría de la Defensa del
Contribuyente PRODECON, que de manera enunciativa tiene como principales
objetivos los siguientes:
Establecer bases de colaboración en líneas de trabajo, intercambio de información y
actividades conjuntas entre la PRODECON y el COLEGIO DE CONTADORES en sus
respectivos ámbitos de competencias.
Tener un vínculo estrecho y permanente para la presentación de las quejas y
reclamaciones que el COLEGIO DE CONTADORES, o sus integrantes interpongan en
contra de actos de autoridad del SAT,IMSS, INFONAVIT y/o la Entidad Federativa
relacionados con las contribuciones federales que lesionen los derechos
fundamentales de los contribuyentes.
Ser un canal de comunicación periódico entre la PRODECON y EL COLEGIO DE
CONTADORES para la detección de las problemáticas con las autoridades fiscales.
Fungir como una ventanilla de recepción de aquellos documentos que requieran de
los diversos servicios de la PRODECON.
Sin lugar a dudas éstos convenios serán coadyuvantes en otorgar mayor certeza
jurídica a los contribuyentes que busquen el respaldo y asesoría de éstas
Instituciones para la gestión de sus trámites de controversias ante las autoridades
fiscales.