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COMPUTACION
L R I M.C. Javier Castillo Sánchez
Rafael Martínez Q. Dic.15

Es la interacción de compra-venta de
bienes y servicios, que tiene un país con
otro o otros países, y que están
regulados por tratados o convenios de
intercambio comercial.

El lugar autorizado (recinto fiscal) para
llevar a cabo la entrada, o bien la salida
de las mercancias al o del territorio
nacional asi como de los medios en que
las mismas son transportadas, ademas de
almacenaje de mercancia (deposito ante
la aduana), maniobras de carga
y
descarga y transbordos de mercancias.
ACTIVIDAD PRINCIPAL
REALIZAR EL DESPACHO ADUANERO

Es el conjunto de actos y formalidades relativos a la
entrada de mercancias al territorio nacional, y a su
salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes
traficos y regimenes aduaneros establecidos en la
legislacion aduanera, deben realizar en la aduana
las autoridades aduaneras y los consignatarios,
destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores
en las importaciones y los remitentes en las
exportaciones, asi como los agentes y los
apoderados aduanales.(Art. 35 L.A)
¿Qué es?
Es el documento fiscal que acredita ya sea la
legal importación, o bien, en su caso
comprueba la exportación de mercancías.
Mediante este documento, e! contribuyente
declara las contribuciones a su cargo, los
permisos a los que se sujetará y las condiciones
que tendrá la operación aduanera que se haya
declarado.
Obligatorios en Importación
Pedimento de importación definitiva.
Factura comercial o pro forma de proveedor
extranjero.
 Manifestación de Valor.
 Hoja de Cálculo.
 Certificados de Origen, en onrignal.
 Conocimiento de embarque o Guía Aérea.
 En caso de aplicar, Permisos de Importación, NOM
 Carta de instrucción al agente aduanal.


Art. 36 fr. I LA
15 DIGITOS
2 AÑO EN CURSO
APENDICE 2
2 ADUANA DE DESPACHO
EN PEDIMENTOS COMPLEMENTARIOS SE
ANOTA LA CLAVE CT (IMMEX)
4 No. DE PATENTE
7 NUMERACION PROGRESIVA POR
ADUANA Y AGENTE ADUANAL SEPARADOS
POR DOS ESPACIONS EN BLANCO.
IDENTIFICADOR DE TIPO OPERACIÓN
IMPO: IMPORTACION
EXP: EXPORTACION
TRA: TRANSITO
NOTA:
ESTE CAMPO NO SE LLENA SI SE TRATA
DE UN PEDIMENTO COMPLEMENTARIO Y
TRANSITO INTERNACIONAL
APENDICE16 .
IMD: DEFINITIVOS DE IMPORTACION
EXD: DEFINITIVO DE EXPORTACION
ITR: TEMPORALES DE IMPORTACION
PARA RETORNAR AL EXTRANJERO EN EL
MISMO ESTADO
ITE: TEMPORALES DE IMPORTACION
PARA ELABORACION ,TRANSFORMACION
O REPARACION EN PROGRAMAS DE
MAQUILA O DE EXPORTACION
•ETR: TEMPORALES DE EXPORTACION
PARA RETORNAR AL PAIS EN EL MISMO
ESTADO
•ETE: TERMPORALES DE EXPORTACION
PARA LA ELABORACION,
TRANSFORMACION O REPARACION
•DFI: DEPOSITO FISCAL
•RFE: ELEBAORACION, TRANFORMACION
O REPARACION EN RECINTO
FISCALIZADO
APENDICE 15.
CLAVE QUE INDENTIFICA EL DESTINO DE
LA MCIA EN IMPORTACIONES, TRANSITO
INTERNO A LA IMPORTACION O EL
ORIGEN EN EXPORTACIONES.
1 ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y
PARCIAL DE SONORA
2 ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
3 ESTADO DE QUINTANA ROO
5 MUNICIPIO DE SALINA CRUZ, OAX
6 MUNICIPIO DE CANANEA, SON.
7 FRANJA FRONTERIZA NORTE
8 FRANJA FRONTERIZA SUR CONLIDANTE
CON GUATEMALA
9 INTERIOR DEL PAIS
10.MUNICIPIO DE CABORCA SON.
TIPO DE CAMBIO DEL PESO
MEXICANO FRENTE AL
DÓLAR DE ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA
PESO BRUTO DE LA
MERCANCIA EN
KILOGRAMOS
CAMPO OPCIONAL
PARA PEDIMENTOS
COMPLEMENTARIOS
CLAVE DE ADUANA Y SECCION
ADUANERA:
LOS TRES CAMPOS CONFORME AL
APENDICE 3
ENTRADA/SALIDA : TRANSPORTE EN
QUE SE CONDUCE PARA SU
INGRESO/SALIDA DEL TERRITORIO
NACIONAL
MEDIO DE TRANSPORTE EN EL QUE
ARRIBA A LA ADUANA DE DESPACHO
SALIDA: MEDIO DE TRANSPORTE EN LE
QUE LA MERCANCIA ABANDONA LA
ADUANA DE DESPACHO.
NO LLENARSE EN PEDIMENTOS
COMPLEMENTARIOS
POR LA QUE LA MERCANCIA ENTRA
O SALE APENDICE 1 .
CAMPO OPCIONAL TRATANDOSE DE
PEDIMENTOS COMPLEMENTARIOS
EQUIVALENTE EN
DOLARES DE EUA DEL
VALOR TOTAL DE LAS
MERCANCIAS
ASENTADAS EN EL
PEDIMENTO QUE
AMPARAN LAS FACTURAS
SUMA DEL VALOR
ADUANA DE TODAS LAS
MERCANCIAS
ASENTADAS EN EL
PEDIMENTO. EN MONEDA
NACIONAL.
EXP: DEJAR EN BLANCO
PED COMPL :EN BLANCO
PAGO TOTAL EN MONEDA
NACIONA QUE POR LAS
MERCANCIAS HAYA
EFECTUADO O VAYA A
EFECTUAL EL IMPORTADOR
DE MANERA DIRECTA O
INDIRECTA DEDUCIENDO EN
SU CASO EL VALOR DE LOS
CONCEPTOS NO
INCREMENTABLES.
EXP: ES EL VALOR
COMERCIAL DE LAS
MERCARNCIAS.
DATOS DEL
IMPORTADOR/EXPORTADOR
LA DECLARACION DE LA CURP ES
OPCIONAL PARA LAS PERSONAS
FISICAS
LOS DATOS SON LOS MANIFESTADOS A
EFECTOS DEL RFC
IMPORTE EN MONEDA
NACIONAL DEL TOTAL DE
LA PRIMA DE SEGURO
PAGADO POR LA
MERCANCIA, SIEMPRE Y
CUANDO NO ESTEN
COMPRENDIDOS DENTRO
DEL MISMO PRECIO
PAGADO
ES EL VALOR TOTAL
EN MONEDA
NACIONAL DE TODAS
LAS MERCANCIAS
ASENTADAS EN EL
PEDIMENTO
DECLARADO A
EFECTOS DEL SEGURO
(ART. 56 L.A.)
El IMPORTE EN
MONEDA NACIONAL
DEL TOTAL DE LOS
FLETES PAGADOS
POR EL
TRANSPORTE DE
LA MERCANCIA
(ART. 56 L.A.) Y
QUE NO ESTEN
COMPRENDIDOS
DENTRO DEL
MISMO PRECIO.
IMPORTE EN
MONEDA
NACIONAL DEL
TOTAL DE
EMPAQUES Y
EMBALAJES
SIEMPRE Y
CUANDO NO
ESTEN
INCLUIDOS EN EL
PRECIO PAGADO
IMPORTE EN
MONEDA
NACIONAL DEL
TOTAL DE LOS
CONCEPTOS
QUE DEBEN
INCREMENTAR
SE CUANDO
ESTOS NO
ESTEN
INCLUIDOS EN
EL PRECIO
PAGADO
POSICION DEL CODIGO DE BARRAS.
NO CAMBIA, SON 8 CARACTERES
QUE COMPRUEBAN LA VALIDACION
DEL PEDIMENTO.
CLAVE DE LA ADUANA Y
SECCION DE DESPACHO
( APENDICE 1 DEL ANEXO 22)
NUMERO TOTAL DE BULTOS O PALLETS EN EL
EMBARQUE
PED COMPL. CAMPO VACIO
DESCRIPCION
ABREVIADA DE LA
CONTRIBUCION
APENDICE 12
ESTAS
CONTRIBUCIONES
SON:
DTA, RECARGOS,
OTROS, DTI,
MULTAS,
RECARGOS POR
APLICACIÓN DEL
303 DE TLCAN
TIPO DE TASA
APLICABLE
APENDICE 18
1.
PORCENTUAL
2.
ESPECIFICO
3.
ESPECIFICO
(MINIMA DTA)
4.
ESPECIFICO
(CUOTA FIJA)
DTA
5.
8 AL MILLAR
DTA
TASA APLICABLE A LA
CONTRIBUCION.
Descripción
abreviada
de las
contribucio
nes a
pagar a
nivel Global
y de partida
APENDICE
12
Importe
total en
moneda
Nacional
Importe total de todos los
conceptos pagados en
efectivo
Forma de pago
conforme al apéndice
13 (apéndice
modificado)
Suma de los dos
renglones anteriores
Importe total de los
conceptos pagados
en forma distinta al
efectivo
Domicilio
comercial con
Calle, números ext.
e Int., C.P., Ciudad,
Entidad Federativa,
País
Para algunos
países especifico
• Numero de
registro a efectos
de impuestos en
el país del
proveedor
•Si no existe
numero hacer
constar el hecho
en el campo de
observaciones
Se indica :
SI si existe
vinculación
ó
NO si no existe
vinculación
Lo cual puede
incidir en el
precio de la
mercancía
NUMERO
DE CADA
UNA DE
LAS
FACTURAS
COMERCIA
LES.
VALOR
TOTAL
DE LAS
MERCAN
CIAS
AMPARA
DAS EN
LA
FACTURA
.
FORMA DE
FACTURACION
CONFORME A
INCOTERM
SI ESTA
MALDECLARAD
O EN FACTURA
DECLARAR
CONFORME A
FACILIDAD DE
LA REGLA 3.5.1
FECHA DE CADA
UNA DE LAS
FACTURAS.
CLAVE DE LA
MONEDA DE
FACTURACIÓN
APENDICE 5
Mismo
campo que
en el
pedimento
anterior
pero
expresado a
nivel factura
Equivalente en USD
del valor total de
las mercancías
asentadas en el
pedimento que
amparan las
facturas
IDENTIFICACION DEL MEDIO DE
TRANSPORTE
NOMBRE DE EMBARCACION :
NUMERO DE PLACAS
NUMERO DE GUIA AEREA,
MANIFIESTO O NUMERO DE ORDEN
DEL CONOCIMIENTO DE
EMBARQUE / (M),(H)
NUMERO Y LETRAS DE LOS
CONTENEDORES /
CLAVE DE TIPO DE CONTENEDOR
CONFORME AL APENDICE 10
Clave de país
de origen del
medio de
transporte
(conforme a
Apéndice 4)
NUMERO DE ORDEN
CONSECUTIVO DE LA
FRACCION.
FRACCION
ARANCELARIA
CONFORME A
LA TIGIE
Clave que especifica si el valor en aduana está influido por vinculaciones
comerciales, financieras o de otra clase, conforme a las siguientes opciones:
Clave:
Descripción:
0
No existe vinculación.
1
Sí existe vinculación y no afecta el valor en aduana.
2
Sí existe vinculación y afecta el valor en aduana.
Este campo no será obligatorio cuando se trate de operaciones de tránsito
interno a la importación o tránsito internacional, efectuadas por ferrocarril,
en cuyo caso, la impresión del nombre de este campo es opcional.
IDENTIFICADOR DE SUBDIVISION DE LA
FRACCION CUANDO SE REQUIERA POR
CUALQUIER MOTIVO IDENTIFICAR UNA
MERCANCIA DENTRO DE UNA
FRACCION.
UNIDAD DE MEDIDA DE
APLICACIÓN TIGIE.
APENDICE 7
Clave del método de
valoración de
mercancías importadas,.
Apéndice 11
No será obligatorio
cuando se trate de
operaciones de tránsito
interno a la importación
o tránsito internacional,
efectuadas por
ferrocarril, en cuyo
caso, la impresión del
nombre de este campo
es opcional.
UNIDAD DE
MEDIDA DE
FACTURA.
APENDICE 7
CANTIDAD DE
MERCANCIAS
CONFORME A LA
UNIDAD DE MEDIDA
DE
COMERCIALIZACION
EN FACTURA.
Conforme a la unidad de
medida de la TIGIE.
Tratándose de operaciones
de tránsito interno, este
campo se dejará vacío.
Clave del país que vende (en
importación) o del país que
compra (en exportación),
Apéndice 4
MERCANCIA EN TRANSTIO
CAMPO NO OBLIGATORIO
En importación, clave del país de
origen de las mercancías o donde se
produjeron.
En exportación, clave del país del
destino final de la mercancía,
Apéndice 4
MERCANCIA EN TRANSTIO CAMPO NO
OBLIGATORIO
Descripción de la
mercancía, la naturaleza
y características técnicas
y comerciales, necesarias
y suficientes para
determinar su
clasificación arancelaria.
El valor en aduana de la
mercancía expresado en
moneda nacional y
determinado conforme a lo
dispuesto en el Título
Tercero, Capítulo III, Sección
Primera de la Ley Aduanera.
Importe de precio unitario,
esto es el resultado de dividir
el precio pagado entre la
cantidad en unidades de
comercialización de cada una
de las mercancías.
Valor en moneda nacional que
corresponda a la mercancía, sin
incluir fletes ni seguros ni otros
conceptos.
Tratándose de exportación se
deberá declarar el valor
comercial.
Tratándose de operaciones de
maquila en los términos del artículo
33 del Decreto IMMEX, que realicen
empresas con Programa IMMEX, se
deberá asentar el importe del valor
agregado de exportación a las
mercancías que retornen.
En otro caso, se declara nulo.
Clave de la forma de pago
aplicable a la contribución
correspondiente, pudiendo
utilizar tantos renglones
como formas de pago
distintas para la
contribución, Apéndice 13
Tasa aplicable a la
contribución
Descripción abreviada de la
contribución o aprovechamiento
que aplique a nivel partida (P),
Apéndice 12
Tipo de tasa
Tratándose de aranceles mixtos, se deberá declarar
tanto la tasa porcentual, como el arancel específico
correspondiente.
Tratándose de tasa de descuento o factor de aplicación
sobre TIGIE, se deberá declarar tanto arancel de TIGIE
correspondiente, como la tasa o factor que se aplica.
Apéndice 18.
Importe total en moneda
nacional de la contribución y
aprovechamientos
correspondientes, pudiendo
utilizar tantos renglones
como formas de pago
distintas para la
contribución.