ANÁLISIS DE LA POLÍTICA MINERA Y LA LEGISLACIÓN

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Transcript ANÁLISIS DE LA POLÍTICA MINERA Y LA LEGISLACIÓN

REGULACIÓN Y GESTIÓN
AMBIENTAL DE LA MINERÍA:
RESULTADOS Y PERSPECTIVAS
POLÍTICA AMBIENTAL MINERA
• Antecedentes:
- 1992. Se aprueba la Ley Nº1333 de Medio
Ambiente
- 1995. Se aprueban los reglamentos de la Ley,
RGGA, RPCA, RMCH
- 1997. Marzo Se promulga el Código de Minería
Julio el Reglamento Ambiental para
Actividades Mineras (RAAM)
LINEAMIENTOS DE LA LEY 177 CÓDIGO
DE MINERÍA
• Régimen de concesiones mineras equiparables a propiedad
privada de duración indefinida.
• Reconoce propiedad sobre los minerales extraídos y su
Libre comercialización, en favor del operador
• Se establece derecho del concesionario al aprovechamiento
y enajenación de otros recursos naturales suelos, aguas,
etc.
• Flexibilización impositiva Impuesto Complementario
Minero (ICM), fluctuante según cotizaciones
internacionales y acreditable.
• Retiro del Estado de las actividades mineras, priorización de
actores mineros privados, especialmente empresas
multinacionales.
Orientación de la gestión ambiental
del RAAM
• Se declara duración indefinida de las Licencias Ambientales Mineras
(en tanto dure la operación)
• Se establece la elaboración de Auditorias de Línea Base Ambiental
(ALBA) para liberar de responsabilidades sobre problemas anteriores a
Licencia.
• Se flexibilización estándares y procedimientos de control ambiental.
Prescripción en plazo de 3 años de las acciones por daños ambientales,
se permite descarga de aguas con cianuros dentro límites permisibles.
• Establece tres categorías de Licencia, la Declaratoria de Adecuación
Ambiental (Manifiesto Ambiental) para operaciones anteriores a la
vigencia de la normativa, la Declaratoria de Impacto Ambiental
(Evaluación de Impacto Ambiental) para las nuevas operaciones y
proyectos y el Certificado de Dispensación (CD 3 Y 4) para las
actividades de exploración y las operaciones mineras con capacidad de
extracción igual o menor a 300 toneladas mes (minería chica y
cooperativas).
RAAM, viabiliza la obtención de
Licencias Ambientales Mineras
Número de Licencias Ambientales mineras
LICENCIAS AMBIENTALES MINERAS POR TIPO
AÑO 1999
AÑO 2000
AÑO 2001
AÑO 2002
AÑO 2003
AÑO 2004
Suma de C.D.
1
0
1
2
1
5
Suma de M. A.
3
8
26
18
20
16
Suma de EEIA
2
2
2
2
7
9
ENFOQUE POLÍTICO DE LO AMBIENTAL
- Se basa en el autocontrol: Los denominados
instrumentos de gestión y control ambiental de
carácter particular ALBA, EEIA, PASA, etc. Son en
esencia autocontroles de los operadores, pues son
elaborados y aplicados bajo su conducción y
supervisión directa, mediante la contratación de
consultores a quienes compran estos servicios.
- Se genera un mercado de consultorías técnicas para la
realización de los Estudios Ambientales, que responden
en función a la demanda, no a la calidad y objetividad
de los estudios.
• En conclusión, la gestión ambiental minera en
Bolivia, se ha venido orientando por una
lógica de manejo privado y con regulación del
mercado. Su objetivo, se reitera no es la
protección del medio ambiente, sino la
continuidad de las actividades mineras,
incorporando medidas de control que
reduzcan sus impactos
LOGROS Y FRACASOS DE LA GESTION
AMBIENTAL MINERA
- LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA AMBIENTAL
MINERA NO PUDO HACER CONTROL
EFECTIVO EN:
- DERRAME DE COLAS DE PORCO
CONTAMINACIÓN DE RÍO PILCOMAYO
(INGENIOS DE POTOSÍ)
- CONTAMINACIÓN DE LAGO POOOPÓ
- CONTAMINACIÓN POR PASIVOS
AMBIENTALES
- USO DE AGUAS (San Cristóbal, Antequera, Inti
Raymi, etc)
SUS PRINCIPALES FALENCIAS: ENFOQUE CORRECTIVO Y NO PREVENTIVO
PRIORIZACION DE LA INVERSION POR SOBRE LA PROTECCIÓN
LOGROS Y FRACASOS DE LA GESTION
AMBIENTAL MINERA
• Luego de esa revisión somera de los anteriores
casos, se puede afirmar que lo que menos
consiguió la normativa ambiental minera es una
efectiva protección y prevención del medio
ambiente en las zonas donde operan las
empresas.
• De otra parte, el mejor resultado alcanzado es
una efectiva liberación de responsabilidades
sobre problemas ambientales de los operadores
mineros.
PERSPECTIVAS EN EL MARCO DE DEL
PROYECTO DE LEY DE MINERÍA.
• Concesiones, por contratos máxima de 30 años, resuelve el acaparamiento
especulativo.
• Se mantiene propiedad sobre los minerales extraídos y Libre
comercialización.
• Se mantiene reconocimiento del derecho de acceso, aprovechamiento y
enajenación de otros recursos naturales, como suelos, aguas.
• Se Mantiene Auditorias de Línea Base Ambiental (ALBA) como liberación
de responsabilidades.
• Se mantiene prescripción en plazo de 3 años de las acciones por daños
ambientales
• Se incorpora la regulación del derecho de Consulta Previa con carácter
limitado
• Se mantiene sistema de cálculo del pago de regalías fluctuante.
• Se restituye el rol del Estado como operador, pero restringido actuales
operaciones en igualdad de condiciones a los otros actores mineros
(empresas y cooperativas).
Desde los anteriores datos, la política minera está orientada
a mantener la gestión privada de la explotación minera, con
una participación moderada del Estado, con fines de una
mayor recaudación de rentas vía tributación o vía
participación en la explotación tanto de manera directa como
en sociedad con empresas multinacionales.
Que gestión ambiental esperar?
Es también de esperar que la normativa en
gestión ambiental minera no se plantee mayores
modificaciones, es previsible por tanto que los
lineamientos del RAAM se mantengan vigentes y
tengan preeminencia incluso por encima de
algunos criterios de nuevos cuerpos legales
como la ley N° 300 de la madre Tierra o la
misma Constitución.
ALGUNOS TEMAS QUE MERECEN
PREOCUPACION
•
Problemas e impactos por la generación y disposición de grandes volúmenes de
residuos. Para tener una idea, solo hasta el año 2006, el SERGEOTECMIN inventario
en los departamentos de Oruro, Potosí y Cochabamba 124 800 000 (ciento
veinticuatro millones ochocientos mil) toneladas de residuos mineros (pasivos).
•
Problemas e impactos por el uso, aprovechamiento y disposición de grandes
volúmenes de agua. La minería utiliza millones de litros de agua por segundo para
sus operaciones sin ningún costo, de la misma forma desecha aguas residuales
altamente contaminadas.
•
Ordenamiento territorial: En los municipios y regiones, se hace urgente el iniciar
el ordenamiento territorial definiendo zonas ecológicas de importancia y de
vocación productiva que requieren medidas de protección, así como zonas que
requieren medidas urgentes de remediación y mitigación.
•
Participación y control social en los procesos de monitoreo ambiental: Hasta hoy
los procesos de control y seguimiento ambiental, realizados por las instancias
técnicas de la Autoridad Ambiental Competente, no tiene participación de las
comunidades y organizaciones sociales más que como denunciantes. Hay ausencia
de los criterios y conocimientos propios sobre el ecosistema de nuestros pueblos.
GRACIAS