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Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
FUNDAMENTO
Artículo 6º
Convenio OIT No. 169
Sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes,
Adoptado en la 76ª reunión de la Conferencia General de la OIT ,
llevada a cabo en Ginebra en 1989.
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1- Colombia es un Estado social de derecho, es democrática, participativa y pluralista y
tiene prevalencia el interés general.
2- Son fines esenciales del Estado; facilitar la participación de todos en las decisiones
que los afectan
7- Protección de la diversidad étnica,
8- Obliga al Estado y a las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la
Nación.
10 – Establece que las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son oficiales en sus
territorios.
13 - El Estado debe proteger especialmente a aquellas personas que por su condición
económica se encuentren en circunstancia de debilidad.
70 - La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad.
40-2, Permite diversas formas de participación democrática.
329, Establece los mecanismos para la conformación de las entidades territoriales
indígenas, su forma de administración y las características de los resguardos: propiedad
colectiva y no enajenable.
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330 Señala que en los territorios indígenas, estarán gobernados por consejos
conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades, y
determina las funciones que tiene a su cargo:
1. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento de sus territorios.
2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desarrollo económico y social dentro de su territorio,
en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.
3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución.
4. Percibir y distribuir sus recursos.
5. Velar por la preservación de los recursos naturales.
6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en su territorio.
7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo con las
instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.
8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entidades a las cuales se integren
PARAGRAFO. La explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas se hará sin desmedro de la
integridad cultural, social y económica de las comunidades indígenas. En las decisiones que se adopten
respecto de dicha explotación, el Gobierno propiciará la participación de los representantes
de las respectivas comunidades.
55 transitorio – Reconocimiento de las comunidades negras
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• Artículo 46 del Código Contencioso Administrativo: obligación de dar a
conocer las decisiones de las autoridades que afecten en forma directa e
inmediata a terceros que no hayan intervenido en la actuación.
• Decreto 1320 de 1998, “Por la cual se reglamenta la consulta previa con
las comunidades indígenas y negras para la explotación de recursos
naturales dentro de su territorio”.
• Directiva Presidencial 1 de 2010 «reseña los mecanismos para la
aplicación de la Ley 21 de 1991, señala las acciones que requieren la
garantía del derecho a la Consulta Previa y establece los mecanismos
mediante los cuales procede el proceso de Consulta Previa».
• Decreto 2893 de 2011 Estructura del Ministerio del Interior
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El Ministerio del Interior tiene como Misión:
PROTEGER Y GARANTIZAR:
La diversidad étnica y cultural.
Y
LIDERAR Y COORDINAR
La Consulta Previa.
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Ministro Del Interior
Viceministerio Para La Participación
E Igualdad De Derechos
Dirección De Consulta Previa
Área de Gestión
Área de Certificación
Área Legal
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Es un diálogo y concertación intercultural que
busca garantizar la participación real, oportuna, y
legítima de los grupos étnicos en la toma de
decisiones, proyectos o actividades que los
afecten, con el fin de proteger su integridad étnica
y cultural.
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 La Consulta Previa más que un procedimiento, es
una obligatoriedad legal y constitucional del Estado
Colombiano y de las personas naturales o jurídicas
que pretenden desarrollar o ejecutar un proyecto
obra o actividad o expedir una norma legal.
 La consulta previa es pública, especial y obligatoria,
en la cual se garantiza el debido proceso, la
oportunidad, la comunicación intercultural y el
acceso a la información clara y veraz.
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





Legitimidad.
Transparencia.
Participación.
Representatividad.
Entendimiento Intercultural y Bilingüismo.
Oportuna.
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Es un derecho fundamental
 Es una obligación del Estado
 Es un derecho que genera deberes a los grupos
étnicos

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• La Consulta debe ser:
– LIBRE: sin interferencias, presiones, consientes.
– PREVIA: debe ser anterior a la adopción y
aplicación de la medida leal o administrativa
nacional y a la ejecución del proyecto, obra o
actividad.
– INFORMADA: se debe de dar a conocer el objeto
de la Ley, Decreto o del proyecto obra o actividad.
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 Se concibe como una oportunidad para la
construcción conjunta.
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• Antes de emprender cualquier Actividad o proyecto que
afecten directamente a grupos étnicos asentados en su
territorio:
I. Proyectos tales como:
–
–
–
–
–
–
Mineros
Energéticos
Hidrocarburos
investigativos
Viales
Puertos
II. Medidas Administrativas y Legislativas.
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• Primer paso.
Antes de iniciar el proyecto, obra, actividad o medida
administrativa deberá solicitar una certificación sobre
presencia:
• a) Fecha de la solicitud;
• b) Breve descripción del proyecto, obra o actividad;
• c) Identificación del área de influencia directa del proyecto,
obra o actividad, acompañada de un mapa que precise su
localización con coordenadas geográficas
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1, Proceso de Certificación de presencia o no de Grupos Étnicos
Persona Natural o Jurídica Interesada
en Ejecutar el Proyecto, Obra,
Actividad o Medida Administrativa.
RESPONSABLES:
Antropólogos y/o Geógrafos
DCP.
BASES DE DATOS:
CONCEPTO
Cartográfico,
Geográfico y Espacial
Ingenieros Topográficos y/o Geógrafos
DCP.
RESPONSABLES:
COORDENADAS
que Identifican el
Área de Influencia.
EXTMI
“Solicitud de Certificación de
Presencia de Comunidades
Étnicas”
RESPONSABLE:
REQUIERE
VERIFICACIÓN
NO REQUIERE
VERIFICACIÓN
“Existe Incertidumbre sobre la
presencia o no de grupos étnicos
en el Área de Influencia”
“Existe Claridad y no hay
incertidumbre sobre la presencia
o no de grupos étnicos en el Área
de Influencia”
Verificación
en Campo
1, Dirección de Asuntos Indígenas , ROM y Minorías.
(SERVIDOR NAS-02)
2, Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
(SERVIDOR NAS-02)
3, Consolidado Res. Indígena -66-11 INCODER,
4, Consolidado Títulos Colectivos 2011/2012 INCODER,
5, Información Cartográfica IGAC 2010,
6, Base de Datos de Consulta Previa.
Construida a partir de Verificaciones en Campo.
RESPONSABLES:
Abogados
DCP.
CONCEPTO
Etnográfico
CERTIFICACIÓN
MOTIVACIÓN FINAL:
RESPONSABLES:
Abogados DCP.
Parte Interesada
Notificación
En el caso de REGISTRAR PRESENCIA de Grupos Étnicos, la parte interesada
deberá solicitar (En caso de querer continuar con la ejecución del Proyecto) el Inicio
del Proceso de Consulta:
* Artículo 330 de la Constitución Política.
* Artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991.
* Artículo 76 de la Ley 99 de 1993.
* Decreto 1320 de 1998.
* Directiva Presidencial 01 de 2010.
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Proporción de CERTIFICACIONES Emitidas (Por Sector
Económico)
SECTOR
MINERO
ENERGIA
HIDROCARBUROS
AMBIENTAL
INVESTIGACION
VIAS
OTRO
INFRAESTRUCTURA
M. ADMINISTRA.
TOTAL
Cantidad
265
129
96
88
45
25
25
22
20
Con
Verificación
13
19
6
4
4
1
3
2
Con Presencia
Indígena, ROOM
28
25
17
9
5
5
7
5
1
Con Presencia
Negras,
Afrocolombianas,
Raizales o
Palenqueras
8
5
2
4
3
1
6
1
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Proporción de Certificaciones Emitidas (Por Sector Económico)
Vías
4%
Infraestructura
Otro
3%
M. Administrativa 3%
4%
Investigación
6%
Minería
37%
Ambiental
12%
Energía
13%
Hidrocarburos
18%
** Otro: Telecomunicaciones, Construcción de Viviendas y Proyectos de Explotación Agropecuarios.
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Proporción de Certificaciones CON
PRESENCIA de Grupos Étnicos (Por Sector
Económico)
Con Presencia
17%
M. Administrativa
7%
Infraestructura
1%
Otro
5%
Vías
5%
Minería
27%
Investigación
5%
Sin Presencia
83%
Ambiental
9%
Energía
17%
Proporción de Certificaciones que Registran
Presencia de Grupos Étnicos
Hidrocarburos
24%
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Con
Verificación
7%
Proporción de Verificaciones (Por Sector
Económico)
Otro
M. Administrativa 6%
2%
Vías
8%
Infraestructura
4%
Minería
25%
Ambiental
8%
Sin Verificación
93%
Proporción de Certificaciones con
Verificación en Campo
Energía
11%
Hidrocarburos
36%
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Tiempo Requerido para Generar una Certificación
(SIN Verificación en Campo)
Cantidad de Solicitudes SIN
663
Verificación en Campo
Tiempo Mínimo
(Días Hábiles)
4
Tiempo Promedio (Días Hábiles)
14,36
Coeficiente de Variación de la Muestra
38,02%
Tiempo Requerido para Generar una Certificación
(CON Verificación en Campo)
Cantidad de Solicitudes CON
52
Verificación en Campo
Tiempo Mínimo
(Días Hábiles)
34,13
Tiempo Promedio (Días Hábiles)
41,53
Coeficiente de Variación de la Muestra
9,69%
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Segundo paso.
• Si en la certificación se identifican grupos étnicos en el área
de influencia del proyecto, el ejecutor del proyecto debe
solicitar el inicio del Proceso de Consulta Previa.
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2, Proceso de Consulta Previa con Grupos Étnicos
RESPONSABLE:
Persona Natural o Jurídica Interesada en
Ejecutar el Proyecto, Obra o Actividad.
* Artículo 330 de la Constitución Política.
* Artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991.
* Artículo 76 de la Ley 99 de 1993.
* Decreto 1320 de 1998.
* Directiva Presidencial 01 de 2010.
RESPONSABLES:
Profesionales
DCP.
EXTMI
“Solicitud de Inicio del Proceso
de Consulta Previa”
CERTIFICACION que Identifica los
GRUPOS ÉTNICOS A
CONSULTAR.
MACROREGIONES:
PROGRAMACIÓN DE
TRABAJO
Macro Regiones
CONVOCATORIA
Acuerdo de las Fechas en ente:
Ministerio del Interior / Comunidades / Parte Interesada
RESPONSABLES:
“Citación para las Diferentes ETAPAS del Proceso de Consulta
Previa”
Ministerio del Interior
Comunidades,
Parete Interesada
DCP.
1. Acta de
Acercamientos
2. Acta de
Pre consulta
3. Acta de
Apertura
4. Acta de
Taller de Impactos y Medidas de Manejo
5. Acta de
Preacuerdos
8. Acta de
Cierre
6. Acta de
Protocolización
7. Acta de
Seguimiento
•Es el Objetivo esencial de todo el Proceso, puesto que en
esta ETAPA se firman los acuerdos entre las partes y se
dan los permisos para que el Proyecto, Obra o Actividad
de INICIO en el Área de Influencia Consultada.
•GANA LA EMPRESA
•GANA LA COMUNIDAD ÉTNICA
•GANA EL PAÍS
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o Las fases de la consulta previa son
a) Pre-consulta,
b) Apertura del proceso,
c) Talleres de identificación de impactos y definición de
medidas de manejo,
d) Pre-Acuerdos,
e) Reunión de Protocolización,
f) Sistematización y seguimiento al cumplimiento de
acuerdos,
g)Cierre del proceso de Consulta Previa
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PARTES:
•Comunidad
•Empresa
Coordinadores:
• Dirección de Consulta Previa (MI)
•Autoridades Ambientales: MAVDT o Corporaciones Autónomas Regionales
Invitados:
•Entes de Control del Estado (Procuraduría, Defensoría y Personería Municipal)
• Autoridades de los municipios y departamentos (oficinas de asuntos indígenas y negras)
La asistencia es indispensable en todas las etapas
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Es entendida como aquella etapa donde se
entablan diálogos tendientes a la adecuada
realización del proceso de Consulta Previa .
Teniendo como fin primordial definir la ruta
metodológica y procedimental del proceso, en
términos de espacios, tiempos y modos.
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•
•
Se identifican las autoridades de la comunidad.
La empresa informa de manera clara en qué consiste el proyecto y todas
sus actividades.
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Se identifican los impactos, medidas de manejo, mitigación,
corrección o compensación.
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•
•
Se definen los acuerdos y compromisos adquiridos.
Los mecanismos de seguimiento a los acuerdos pactados
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Se ratifican y respaldan los acuerdos y los compromisos adquiridos.
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El Ministerio del Interior le hará seguimiento a las actividades
determinadas en todo el Proceso de Consulta Previa.
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Culminación de todas las actividades y cumplimiento de todos los
compromisos.
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Durante el Primer Cuatrimestre del 2012,
se llevaron a cabo 470 Protocolizaciones
con Grupos Étnicos, en 65 Procesos de
Consulta Previa.
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Reuniones en cada una de las Etapas de Gestión
Enero - Abril 2012
300
240
250
200
150
100
50
86
101
99
81
42
33
12
TOTAL: 694
REUNIONES DE CONSULTA PREVIA
CIERRE DE CONSULTA
SEGUIMIENTO
PROTOCOLIZACIÓN
PREACUERDOS
TALLER DE IMPACTOS
APERTURA
PRECONSULTA
ACERCAMIENTO
0
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Sectores Económicos Protocolizados
Enero - Abril 2012
INFRAESTRUCTURA VIAL
1%
ENERGETICO
3%
MINERIA
1%
MEDIDA
ADMINISTRATIVA
14%
HIDROCARBUROS
81%
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Tiempo Requerido para Protocolizar un
Proyecto, Obra o Actividad
Cantidad de Comunidades Protocolizadas
470
Tiempo Mínimo
(Meses)
0,04
Tiempo Promedio (Meses)
4,76
Coeficiente de Variación de la Muestra
60,34%
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TEMATICA DE LOS CONCEPTOS EMITIDOS
(
NO PROCEDENCIA DE CONSULTA PREVIA)
• Improcedencia de honorarios injustificados de asesores
• Improcedencia de remuneraciones por ejercer el derecho
a la Consulta
• Apertura de las Rondas ANH
• Declaración y limitación de áreas de reserva minera
estratégica
• Cartografía geológica
• prospección minera en territorios étnicos
• Mantenimiento de infraestructura
• sujetos de consulta previa
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Rafael Torres
Director de Consulta Previa
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[email protected]