Ley de Servicio Comunitario - Sistemas de Comunicaciones

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Transcript Ley de Servicio Comunitario - Sistemas de Comunicaciones

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA
“ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”
VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ
COORDINACIÓN REGIONAL DE SERVICIO COMUNITARIO
Departamento de Ingeniería Electrónica
BIENVENIDOS
SEMINARIO DE INDUCCIÓN
SERVICIO COMUNITARIO
LSCEES
Mayo de 2013
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA
“ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”
VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ
COORDINACIÓN REGIONAL DE SERVICIO COMUNITARIO
Ley de
Servicio Comunitario
del Estudiante de Educación Superior
Noviembre de 2012
¡El Servicio Comunitario en Venezuela, tiene
rango constitucional!
Basamento legal: Capítulo X, De los Deberes,
art. 135 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
“… Quienes aspiren al ejercicio de
cualquier profesión, tienen el deber de
prestar servicio a la comunidad durante
el tiempo, lugar y condiciones que
determine la ley”.
El espíritu de la Ley
Comunitario del Estudiante
Superior en el artículo
Declaración Universal de
Humanos señala:
“Toda persona tiene
deberes respecto a la
comunidad, pues sólo
ella puede desarrollar
libre y permanentemente
su personalidad …”
de Servicio
de Educación
29.1 de la
los Derechos
Declaración Mundial sobre la Educación Superior
en el Siglo XXI de la UNESCO , Paris,1998
“La Educación Superior debe reforzar sus
funciones de servicio a la sociedad, y más
concretamente sus actividades encaminadas a
erradicar la pobreza, la intolerancia, la violencia,
el analfabetismo, el hambre, el deterioro del
medio
ambiente
y
las
enfermedades,
principalmente mediante un planteamiento
interdisciplinario y transdisciplinario para analizar
los problemas y las cuestiones planteadas.”
“ La actividad que deben desarrollar en las
comunidades los estudiantes de educación
superior que cursen estudios de formación
profesional, aplicando los conocimientos
científicos, técnicos, culturales, deportivos y
humanísticos adquiridos durante su formación
académica, en beneficio de la comunidad, para
cooperar con su participación al cumplimiento
de los fines del bienestar social, de acuerdo
con lo establecido en la Constitución Nacional
y en esta Ley.” Articulo 4 LSCEES*
*Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior
“El ámbito social de alcance Nacional,
Estadal o Municipal, donde se proyecta
la actuación de las Instituciones de
Educación Superior para la prestación
del Servicio Comunitario”
Artículo 5, LSCEES
. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el
compromiso con la comunidad como norma
ética y ciudadana.
. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
. Enriquecer la actividad de educación superior,
a través del aprendizaje - servicio, con la
aplicación de los conocimientos adquiridos
durante la formación académica, artística, cultural
y deportiva.
. Integrar las instituciones de educación superior
con la comunidad, para contribuir al desarrollo de
la sociedad venezolana.
. Formar, a través del aprendizaje servicio,
el capital social en el país.
Art. 7, LSCEES
El servicio comunitario tendrá una
duración mínima de 120 horas
académicas, las cuales se deben
cumplir en un lapso no menor de
tres (3) meses. Las instituciones de
Educación Superior adaptarán la
duración del Servicio Comunitario a su
régimen académico.
Art. 8, LSCEES
Son los estudiantes de Educación
Superior que hayan cumplido al
menos con el 50% del total de la
carga académica de la carrera.
Art. 16, LSCEES
Quedan exonerados del Servicio
Comunitario aquella personas que
estén
cursando
una
carrera
universitaria por segunda vez.
Circular MPPEU
DUPE-000001-09, 28-01-2009
El Servicio Comunitario es un
requisito para la obtención de
titulo de Educación Superior…
Art. 6, LSCEES
LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE
EDUCACIÓN SUPERIOR (LSCEES)
Es un requisito indispensable
para obtener el título
universitario
¡El Servicio Comunitario debe realizarse
en base a Proyectos!
INICIATIVA DE LOS PROYECTOS
1. El
Ministerio
de
Educación Superior.
2. Instituciones
de
Educación Superior.
3. Estudiantes
de
Educación Superior.
4. Asociaciones
gremiales.
5. Instituciones públicas.
6. Instituciones privadas.
7. Comunidades
organizadas
Los proyectos deberán
ser elaborados
respondiendo a las
necesidades de las
comunidades
Ofreciendo soluciones de
manera metodológica,
tomando en consideración
los planes de desarrollo
Nacional, Estadal y
Municipal.
¿QUÉ ES?
Es un enfoque pedagógico basado en una
experiencia de servicio solidario, en la cual los
estudiantes, docentes y miembros de la
comunidad aprenden, se forman y trabajan
juntos para satisfacer necesidades comunitarias,
potenciándose
mutuamente
los
objetivos
curriculares de un curso con los objetivos del
servicio.
¿Por qué el Aprendizaje-Servicio?
Porque es un método de enseñanza y
aprendizaje que plantea a los estudiantes el
reto de identificar, investigar, proponer e
implementar soluciones para necesidades
reales de la comunidad, a través del diseño
de proyectos sociales.
PROCESOS
1. El fortalecimiento de hábitos democráticos
2. La Capacidad de manejar y resolver conflictos.
3. La Toma de conciencia de la sociedad civil, el compromiso
comunitario y la responsabilidad cívica.
4. El fortalecimiento de la autoestima, la autorregulación, la
responsabilidad, la honestidad, la franqueza, el respeto, la
confianza en los compañeros, la solidaridad, la primacía del
bien.
METODOLOGÍA
El aprendizaje servicio contempla el diagnóstico
participativo local (DPL), para el levantamiento y
sistematización de datos comunitarios a objeto de
conocer la comunidad.
Metodología pedagógica en la que los estudiantes
diseñan proyectos para abordar las necesidades
de su comunidad. Constituye una práctica social
que enfatiza el valor de las actividades académicas
solidarias al servicio de la comunidad.
¿Por qué?
1. Es una actividad de servicio solidario, protagonizada por
niños (as), adolescentes o jóvenes, están destinadas a
cubrir necesidades reales de la comunidad.
2. En las instituciones educativas, la misma es planificada
en forma integrada con el currículo, en función del
aprendizaje de los jóvenes.
3. La modalidad activa permite “aprender haciendo” y
ayuda a consolidar el aprendizaje de los contenidos
curriculares, integrando y aplicando en una misma
actividad conocimientos provenientes de diversos
campos disciplinarios.
¿Por qué?
4. Los proyectos desarrollan la competencia en
resolución de problemas, la motivación
para
aprender,
la comunicación
interpersonal y la capacidad de observación y
aplicación de conocimientos, así como el desarrollo
personal, y el compromiso con valores democráticos y
solidarios.
5. Desarrolla en los alumnos (as) conductas “prosociales, No anti-sociales”.
APRENDIZAJE - SERVICIO
Institución
brinda mucho sin
aprendizaje !
Se manifiesta el
intercambio de
saberes !
Prestador sirve
poco sin
intercambio !
Prestador
aprende mucho
sin intercambio !
ARTÍCULO 9:
No se permitirá realizar actividades de
proselitismo, político partidista, durante la
prestación del servicio comunitario.
REGLAMENTO INTERNO DEL
SERVICIO COMUNITARIO DE LA
UNEXPO (2007)
OBJETIVO
Artículo 1) El presente reglamento establece
las normas para la organización y el
funcionamiento del S.C., así como las
funciones de Coordinación y Tutoría que
deben desempeñar los profesores
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 2) El presente reglamento de servicio
comunitario tendrá su ámbito de aplicación en
los estados y las localidades donde existan
sedes de la universidad, sin menoscabo de su
posible aplicación en cualquier otra región del
país que los requiera y en correspondencia
con las disponibilidades de la Universidad.
DEFINICIÓN Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS
DEL SERVICIO COMUNITARIO
Artículo 4) Se entiende por servicio comunitario a
la actividad que deben desarrollar los estudiantes
de pre-grado de la UNEXPO, BAJO LA SUPERVISIÓN
DE DOCENTES - TUTORES, en estrecha relación
con las comunidades a los fines de atender y
construir conjuntamente las soluciones a
problemas concretos de las mismas, aplicando los
conocimientos científicos, técnicos, culturales,
deportivos y humanísticos adquiridos durante su
formación académica.
Artículo 5): El servicio comunitario
persigue los siguientes objetivos:
Vincular el servicio comunitario con el diseño
curricular y articulado con las funciones de
DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN.
Retribuir a la sociedad venezolana el beneficio de la
educación superior a través del Servicio
Comunitario.
Integrar a la Universidad con su entorno social a los
fines de contribuir con el bienestar y desarrollo
sostenible de las comunidades del país.
REQUISITOS Y CARACTERÍSTICAS
• Artículo 8) El Servicio Comunitario estará basado en el
modelo pedagógico de APRENDIZAJE-SERVICIO y será
instrumentado mediante la inserción curricular de un eje
transversal social en cada una de las carreras. Este eje
desarrollará tres objetivos curriculares: FORTALECIMIENTO
DE VALORES SOCIALES, COMPRENSIÓN DE LA REALIDAD
SOCIAL DEL PAÍS Y DE LA COMUNIDAD E
INSTRUMENTACIÓN DEL S.C. Para ello las CRSC propiciarán
foros, talleres y seminarios sobre ética, capital social,
responsabilidad social y valores ciudadanos, entre otros
dirigidos a docentes y estudiantes de la Universidad.
CARACTERÍSTICAS
Artículo 9) El Servicio Comunitario es un requisito
de carácter obligatorio para la obtención de título
profesional de pre-grado, no es sustituible por las
prácticas profesionales incluidas en los planes de
estudio de las carreras, debe prestarse sin
remuneración alguna y no creará derechos y
obligaciones de carácter laboral, y durante su
desarrollo no se permite la realización de
actividades de proselitismo político-partidista.
DURACIÓN
Artículo 10) El Servicio Comunitario tendrá una
duración mínima de ciento veinte (120) horas
académicas, las cuales deben cumplirse en
forma continua en un lapso no menor de tres
(03) meses ni mayor de doce (12) meses.
Estas horas se computarán de las siguientes
formas: no más de ocho (08) horas por días y
no menos de seis (06) horas por semana
DURACIÓN
Parágrafo Primero: Por causa debidamente
justificada el estudiante podrá solicitar ante la
instancia correspondiente prórroga hasta por
seis (06) meses o su reubicación en otro
proyecto.
Parágrafo Segundo: Cumplidos los doce (12)
meses sin haber concluido el Servicio
Comunitario por causa no justificada o debido
a incumplimiento en la asignación, el
estudiante será excluido del proyecto y deberá
iniciar uno nuevo.
REQUISITOS
Artículo 11) La prestación del S.C.
requiere que el estudiante haya
cumplido al menos el 50% del total
de la carga académica de la carrera
y que haya cursado y aprobado la
formación preparatoria, la cual no
tendrá créditos asociados.
COMITÉ
NACIONAL
SERVICIO COMUNITARIO
DE
Artículo 12) … El comité Nacional
está conformado por:
Vicerrector Académico
(quién lo coordina)
(Dra. Fraisa Codecido)
Coordinadora Nacional de S.C.
(Dra. Elizabeth Lezama)
-Directores Académicos y de núcleos
-Coordinadores Regionales de S.C. (Ing. Andis Rodríguez)
CONSEJO
REGIONAL
SERVICIO COMUNITARIO
DE
Artículo 13) En cada Vicerrectorado o
núcleo existirá una estructura regional,
la cual está conformada por:
- Coordinador Regionales de S.C. del
Vicerrectorado o núcleo (Quién lo
coordina)
- Coordinadores de S.C. de los
departamentos de la especialidad
- Dos representantes estudiantiles y sus
respectivos suplentes
DEL EQUIPO DE TRABAJO DE LOS
PROYECTOS DE SERVICIO COMUNITARIO
Artículo 15) El Servicio Comunitario se desarrollará a
través de proyectos, en los cuales participarán los
ESTUDIANTES, SUS TUTORES Y EL COORDINADOR DE
SERVICIO
COMUNITARIO
DE
LAS
UNIDADES
ACADÉMICAS CORRESPONDIENTES.
La formalización del equipo de trabajo se establecerá
una vez aprobado el proyecto por el Consejo Regional de
Servicio Comunitario. Este equipo será responsable del
desarrollo del proyecto, en todas y cada una de sus etapas.
DE LOS PROYECTOS DE SERVICIO
COMUNITARIO
Artículo 24) Los Proyectos Comunitarios son una
acción planificada para la solución de un
problema o satisfacción de necesidades detectadas
en las comunidades, desarrollada a través de un
conjunto coherente y secuencial de actividades,
considerando los planes de desarrollo municipal,
estadal y nacional …
INICIATIVA DE LOS PROYECTOS
DE SERVICIO COMUNITARIO
Artículo 25) La iniciativa de proyecto de
Servicio Comunitario puede surgir de los
estudiantes, las comunidades, el sector
público, el sector privado, las asociaciones
gremiales,
las
asignaturas,
cátedras,
secciones, departamentos o direcciones.
DE LOS PROYECTOS DE SERVICIO
COMUNITARIO
Artículo 26) Los anteproyectos deberán ser
presentados por escrito ante el Coordinador
del Servicio Comunitario de la Unidad
Académica correspondiente. El planteamiento
del problema deberá incluir la necesidad
detectada en la comunidad, la justificación,
los objetivos y el enfoque metodológico a
seguir, así como los demás requisitos exigidos
por la Universidad.
DE
LOS
DERECHOS
DE
ESTUDIANTES
PRESTADORES
SERVICIO COMUNITARIO
LOS
DEL
Artículo 29) son derechos del prestador de
Servicio Comunitario:
a)
Obtener información oportuna sobre los
proyectos comunitarios aprobados en la UNEXPO.
b) Recibir información y asesoría sobre los
requisitos y procedimientos para la inscripción del
proyecto de Servicio Comunitario.
c) Obtener la orientación adecuada y oportuna
para su mejor desempeño en las actividades
inherentes del Servicio Comunitario.
d) Recibir de la UNEXPO la certificación de haber
cumplido el Servicio Comunitario.
e) Y cualquier otra establecida en la legislación
especial.
OBLIGACIONES
PRESTADORES
DE
LOS
Artículo 30) Son obligaciones del prestador del
Servicio Comunitario:
a)
Inscribir el Anteproyecto de Servicio
Comunitario en la Unidad Regional de Admisión y
Control de Estudio, después de haber sido
aceptado en un equipo de trabajo.
b) Cursar y aprobar la formación preparatoria.
c) Llevar un Diario de
debidamente sellado por
responsable del proyecto,
en todo lo relacionado a
actividades realizadas.
Trabajo de Campo,
la Unidad Académica,
y avalado por el tutor,
cómputos de horas y
OBLIGACIONES
PRESTADORES
DE
LOS
d) Asistir puntualmente a todas las actividades
programadas por el equipo responsable del
proyecto.
e) Acatar las directrices y orientaciones
impartidas por la Coordinación del proyecto y
el docente tutor.
f)
Actuar con respeto, honestidad y
responsabilidad ante la Comunidad y la
Universidad durante el desarrollo del Servicio
Comunitario
g) Y cualquier otra establecida en la legislación
especial
CONVENIOS Y/O ACUERDOS
PULPACA
SIDOR
FUNDACITE – BOLÍVAR
ALCALDIA (ALSOBOCARONI)
GOBERNACIÓN
OMA
CONTRALORÍA MUNICIPAL
MINISTERIO DE LAS COMUNAS
CANTV
DIVERSAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
COOPERATIVAS
CONSEJOS COMUNALES
GRACIAS....