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Convenio Bilateral Chile-Colombia
Paulina Quezada
Noviembre 2013
Introducción
• Los sistemas de pensiones son una consecuencia de las
realidades.
• En 1881, el Canciller Otto Von Bismarck, en Prusia estableció el
primer sistema de pensiones, que fue de reparto.
• En 1981, cien años después, en Chile, comenzó el Sistema de
ahorro y capitalización individual.
• La globalización creciente, permite la movilidad de los capitales,
bienes, servicios y personas.
Introducción
• Migración en Chile ha aumentado y es un crecimiento sin
barreras de entrada
• Toma relevancia la aplicación y uso de convenios de SS en esta
materia y la facilitación especialmente para las personas de
poder hacer uso de sus derechos previsionales.
Trabajadores Extranjeros en Chile
De la Situación Actual
Chile mantiene 27 convenios bilaterales vigentes.
Principal prestación asegurada en los convenios es la
pensión (vejez, invalidez y sobrevivencia) para los
nacionales de los Estados signatarios prestando
servicios en los países firmantes.
De la situación actual
•
•
•
•
Incluyen Capitalización Individual y Reparto (en
extinción) no alterando los derechos de todo tratado
de SS:
1.- Continuidad Previsional de las personas
2.- Acumulación de tiempos de cotización (tanto en
reparto como capitalización)
3.- Acumulación de saldos (traspaso de fondos)
4.- Entre el Convenio Multilateral Iberoamericano y un
Convenio Bilateral, regirá la norma más favorable al
beneficiario.
Beneficios del Convenio
• Igualdad de trato
Las personas beneficiadas con el convenio que vivan en
uno de los dos países tendrán las mismas obligaciones y
los derechos que la ley de ese país reconoce a sus
nacionales
Ahorros, aportes o pagos que se realizan en Seguridad Social
para cubrir las distintas contingencias
¿Qué?
Ahorro para
una Pensión
Porcentaje del Sueldo bruto
10%
¿Para qué?
Financiar pensión de vejez,
invalidez o sobrevivencia
¿Quién lo paga? ¿Dónde se paga?
El trabajador
En la AFP
Dependiendo de la AFP donde
se encuentre afiliado
Pago una
Comisión
CAPITAL
CUPRUM
HABITAT
MODELO se adjudicó la
Licitación de Nuevos Afiliados
pare el período 2012 - 2014
PLANVITAL
PROVIDA
En la AFP y junto
con la rentabilidad
se conforma el
Fondo de Pensiones
Financia los gastos
El trabajador a la
operacionales (con esto se
AFP por el
paga al personal, la
servicio de
infraestructura, la
administrar sus
operación, etc)
fondos
Se paga junto
cuando cotizas.
Cuando se está
cesante y no se
cotiza, la AFP
administra tu fondo
gratis.
¿Qué?
Porcentaje del Sueldo bruto
¿Para qué?
Acceso a atención en
7% en FONASA
Aporto para
salud y pago de
o lo que cueste el Plan de Salud que
Salud
licencias médicas por
contrate en una ISAPRE
enfermedad común
¿Quién lo paga? ¿Dónde se paga?
El trabajador
FONASA o ISAPRE
Otras contingencias cubiertas pero que paga el empleador
Porcentaje del Sueldo bruto
Seguro de
invalidez y
sobrevivencia
(SIS)
Seguro Social
de Accidentes
del Trabajo
y
Enfermedades
Profesionales
1,26% los hombres (más
siniestrados, por lo tanto más
costoso)
1,11% las mujeres
Cotización básica de 0.95% y
una cotización adicional que se
determinará según la actividad
económica del trabajador .
¿Para qué?
¿Quién lo paga?
¿Dónde se paga?
trabajadores
Dependientes: El
Empleador
Se paga junto con
Financia pensiones
el ahorro y la
de invalidez y
comisión a la AFP,
sobrevivencia junto
quien a su vez lo
con el Fondo de
paga a una Cía. de
En el caso de los
Pensiones
Independientes: ellos Seguro indicada
mismos.
por licitación
Tener cobertura
en caso de
accidente laboral
o en el caso que
se presente una
enfermedad
profesional
En caso de los
trabajadores
Dependientes: El
Empleador.
En caso de los
Independientes :ellos
mismos
Todos los aportes tienen un TOPE IMPONIBLE: 70,3 UF en el 2013
Instituto de
Seguridad
Laboral o
Mutualidades
Otras contingencias cubiertas pero que paga el empleador
Seguro de
Cesantía
3%
Protege a las
personas que
quedan cesante
(todo evento)
Trabajador con
Contrato a plazo fijo,
por obra, trabajo o
servicio determinado:
el Empleador.
Trabajador con
Contrato a plazo
indefinido: el
Trabajador (0,6%) y el
Empleador el 2,4%
Todos los aportes tienen un TOPE IMPONIBLE: 70,3 UF en el 2013
Administradora
de Fondos de
Cesantía (AFC)
Se transforman de Cotizantes Voluntarios a Obligatorios
Trabajadores independientes
•Obligación de cotizar
•Camino gradual sugerido:
•Año 2012 : 40% de su renta imponible.
•Año 2013: 70% de su renta imponible
•Año 2014: 100% de su renta imponible.
•Año 2015: obligatorio 100%
•Año 2018: obligación de cotizar en salud
RI : 80% Rentas brutas gravadas
ingreso mínimo<= RI<= Tope Imp.
Cotizando igualan beneficios con
dependientes
Beneficios asociados al pago previsional
Pensiones:
 Vejez
 Invalidez
 Sobrevivencia
Seguridad Laboral:
 Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales: Atención Médica, Rehabilitación, Subsidio de
Incapacidad Laboral, Indemnización
Salud:
 Atenciones y prestaciones de salud
 Licencias médicas
 Subsidios
Beneficios del Convenio
• Continuidad Previsional
Sólo se pagan las cotizaciones de SS del país en que se
está trabajando .
Excepciones: ciertos trabajadores quienes continúan
cotizando en su país de origen, como:
• Los trabajadores que ejerzan su actividad a borde de un
buque.
• Trabajadores itinerantes al servicio de empresas de
transporte aéreo y desempeñen su actividad en ambos
países.
Beneficios del Convenio
Excepciones:
• Los miembros del personal de las misiones diplomáticas y
de las oficinas consulares
• Los funcionarios públicos
• Los trabajadores enviados(desplazados) por su empleador
al territorio del otro país por un período inferior a 24
meses.
• En caso de extenderse el período, podrá solicitar prórroga
por 24 meses adicionales
Beneficios del Convenio
Totalización de períodos de seguro
Los períodos de seguros cumplidos en una de las partes
contratantes, se consideran para adquirir el derecho a las
prestaciones pecuniarias establecidas en el convenio, en
conformidad a la legislación de la otra parte contratante,
siempre que no se superpongan
Beneficios del Convenio
Asimilación de calidad de imponente activo
Si la legislación de un país exige encontrarse sujeto a su
legislación al momento de producirse el hecho causante,
esta condición se entiende cumplida si el trabajador en
ese momento estaba asegurado o pensionado en el otro
país.
Beneficios del Convenio
Exportación de pensiones
Las prestaciones obtenidas conforme a la legislación de
uno de los dos países contratantes, serán pagadas al
pensionado en el país en que reside, sin que sean objeto
de reducción o modificación por el hecho que el
beneficiario permanezca o resida en el territorio de la
otra parte contratante
Beneficios del Convenio
Calificación de Invalidez
Los beneficiarios del convenio tienen derecho a la
realización de exámenes médicos en el país de residencia,
para acceder a pensiones de invalidez en el otro país
conforme a las reglas que establece el convenio en cuanto
a su financiamiento
Beneficios del Convenio
Prestaciones de salud
Pensionados (vejez, invalidez o sobrevivencia) conforme a
ley chilena que residan en Colombia, deberán
incorporarse al régimen de prestaciones de salud
colombiano bajo mismas condiciones que pensionados
colombianos.
Pensionados (vejez, invalidez o sobrevivencia) conforme a
ley colombiana que residan en Chile, tendrán el derecho
a incorporarse al régimen de de prestaciones de salud
chileno bajo las mismas condiciones que los pensionados
chilenos.
Perfeccionar los Convenios Bilaterales,
Incrementar los Beneficios
Convenio Chile-Perú
Beneficios adicionales a los mencionados:
Traspaso de Fondos Previsionales entre Sistemas de
Capitalización:
• Traspaso de fondos es de AFP a AFP
• Transferencia de fondos se realiza al país donde se va a
residir de modo permanente.
• Traspaso tiene naturaleza previsional, por lo que se exige
acreditar a lo menos 60 meses de aportación en el
sistema de capitalización del país de residencia o bien
estar pensionado en el país que se desea trasladar los
fondos
Perfeccionar los Convenios Bilaterales,
Incrementar los Beneficios
Convenio Chile-Perú
¿Qué fondos se pueden transferir?
La totalidad de las cotizaciones obligatorias, cotizaciones
voluntarias, depósitos convenidos o aportes del
empleador.
Bono de Reconocimiento, si lo hubiera.
¿Dónde ingresan los fondos?
Ingresan a la cuenta individual del trabajador en calidad de
cotización obligatoria.
Perfeccionar los Convenios Bilaterales,
Incrementar los Beneficios
Convenio Chile-Perú
Respecto a cotizaciones voluntarias en Chile:
Estarán afectas a normas tributarias chilenas (gravadas
como retiro, considerándose pensionados)
Se incluyen los depósitos convenidos
Bono de Reconocimiento (requisitos de liquidación o bien
transarlo en mercado secundario)
Seguro de Invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio o
cuota mortuoria se rige por la ley del país en que la
administradora esté domiciliada. Trabajador que traslada
sus fondos tiene la condición de trabajador nuevo.
Perfeccionar los Convenios Bilaterales,
Incrementar los Beneficios
Convenio Chile-Perú
Caso de pensionados, solicitan traspaso de fondos para
recalcular el monto del beneficio o añadirlo según sea el
caso.
Monto del Traspaso: Se expresa en moneda interna y
después a dólares americanos, conforme al tipo de
cambio oficial al que se efectúe la transferencia.
Desvinculación: hecha la transferencia sin quedar saldo en
las cuentas se desvincula del sistema previsional del país
de origen.
Estadísticas de uso del convenio
NºSolic. Desde Perú
NºSolic. Desde Chile
Año
Total
66
84
2013
150
77
72
2012
149
49
86
2011
135
Principios de la Portabilidad a aplicar
– Se realiza durante la vida activa de los trabajadores
(requisito de 60 meses de cotización) o bien al momento de
pensionarse
– Voluntaria para el trabajador
– Se aplica legislación del país que otorga la pensión.
– Desvinculación de beneficios del país de origen .
– Traspaso de la totalidad de los Fondos(B de R incluido).
Situación tributaria de los países
PAÍS
ARGENTINA
Exenta
COTIZACIÓN
VOLUNTARIA y/o
Depósitos
Convenidos
Exentos
BOLIVIA
Exenta
Exentos
Paga impuesto
No hay
COLOMBIA
Exenta
Exentos
Paga impuesto
Paga impuesto
COSTA RICA
Exenta
Exentos hasta el
10% del salario
Paga impuesto
Paga impuesto
CHILE
Exenta
Exentos
Paga impuesto
Paga impuesto
EL SALVADOR
Exenta
Exentos
Exenta
Exentos
MÉXICO
Exentos
Paga impuesto
Paga impuesto
Paga impuesto
Paga impuesto
Paga impuesto
Exenta
Exentos
Exenta
Exentos
Exenta
No hay
PERÚ
URUGUAY
COTIZACIÓN
OBLIGATORIA
PENSIÓN
EXCEDENTE
LIBRE
DISPOSICIÓN
Paga impuesto
Paga impuesto
Conclusiones
• Sistemas previsionales de Chile y Colombia tienen amplias
semejanzas
• Sistema de RAIS en Colombia tiene % mayor en la
participación de cotizantes, lo que implica impacto en
quienes opten por cambiar residencia laboral
• Colombianos en Chile son el 3er grupo de trabajadores
extranjeros
Conclusiones
• El permitir la movilidad de los Fondos Previsionales es una
necesidad que debe ser resuelta a la brevedad.
• Reafirma el concepto de propiedad de los Fondos a los
trabajadores.
• Da protección social al trabajador y a su grupo familiar en
su nuevo país de residencia.
MUCHAS GRACIAS