Entrega-Recepción

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GESTIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
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REFERENCIAS HISTÓRICAS
• En este año 2010, POR VEZ PRIMERA, se realizaron
elecciones concurrentes para gobernador, diputados y
concejales en el Estado de Oaxaca.
• Se advierte un proceso electoral competido en la
búsqueda del voto, con el planteamiento de
propuestas que se deberán convertir en acciones de
gobierno.
• Se genera, pues, el primer hecho trascendental al
conocer, con poco más de CINCO meses de
anticipación, a las autoridades electas municipales que
entrarán en funciones a partir del 1 de enero de 2011.
¿QUÉ SUCEDE EN ESTE LAPSO DE TIEMPO
HACIA LA TOMA DE POSESIÓN?
Se advierte la necesidad de aprovechar al máximo estos
CINCO meses para emprender una política de trabajo
sustentada en la planeación de actividades que permita,
entre otras cosas:
1. Preparar, en coordinación con las autoridades salientes,
un proceso de entrega-recepción organizado, claro y
oportuno, que transparente la gestión municipal y que
fortalezca la rendición de cuentas a la ciudadanía.
2. Revisar y priorizar el cúmulo de peticiones y compromisos
que realizaron los ciudadanos en la campaña y que se
deben aterrizar en cuanto tomen posesión y sean
gobierno.
¿QUÉ SUCEDE EN ESTE LAPSO DE TIEMPO
HACIA LA TOMA DE POSESIÓN?
3.
4.
5.
Identificar las fuentes de recursos federales, estatales y
municipales que se requerirán para satisfacer dichas demandas de
una manera realista, responsable y eficiente, así como identificar
adeudos y proyectos no realizados derivados de tales recursos a
efecto de devolverlos a la Dependencia correspondiente.
Revisar las acciones prioritarias sobre las cuales girará su
programa de gobierno y que servirá de base para la integración de
su Plan Municipal de Desarrollo.
Conocer, con la oportunidad debida, la situación financiera del
Municipio a efecto de garantizar la continuidad de los servicios
que la ciudadanía requiere, así como el cumplimiento de las
obligaciones inmediatas de carácter administrativo que se hayan
generado por la Administración saliente.
MARCO DE OPORTUNIDAD
El camino exitoso de una Administración Municipal se fundamenta en
TRES premisas:
a)
b)
c)
Responsabilidad al entender que el ser gobierno implica derechos, pero
también una serie de deberes y obligaciones a cumplir con los
ciudadanos del Municipio, dada la expectativa que se genera con el
cambio de Administración.
Reconocer que el preparar y capacitar a los Concejales Electos con la
calidad y oportunidad suficientes representa uno de los pilares sobre los
que se soporta la gestión.
Entender que el quehacer municipal infiere planeación, organización y
ejecución de actos enmarcados en la Ley.
OBJETIVO GENERAL DEL TALLER DE
CAPACITACIÓN
Que las autoridades Municipales entrantes inicien con su preparación y
conozcan el marco contextual en el que desarrollarán sus actividades, así
como el protocolo que deberán seguir el día de su toma de posesión y las
actividades iniciales prioritarias que tienen que desarrollar.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Que las autoridades Municipales entrantes logren:
I.
Dar cumplimiento a la Ley en el procedimiento de la Toma de Posesión.
II.
Evaluar cómo reciben la Administración Municipal en todos los rubros de impacto,
sobre todo el financiero.
III.
Identificar la priorización de las acciones que nos permitirán el cumplimiento de las
propuestas de campaña.
IV.
Integrar una estructura administrativa eficiente en las que los recursos humanos,
materiales y económicos, garanticen el éxito de la gestión municipal.
MARCO JURÍDICO
CONCEPTUAL
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
El estado mexicano es una Federación que está constituida por Estados
Libres y Soberanos y por el Distrito Federal.
Dichos Estados tienen como base de su división territorial y de su
organización política y administrativa al MUNICIPIO LIBRE, de esta
manera se constituyen los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y
municipal.
Articulo 39.- La Soberanía Nacional reside esencial y
originariamente en el Pueblo.
Articulo 40.- Es voluntad del pueblo mexicano
constituirse en una República Representativa,
Democrática, compuesta de Estados Libres y Soberanos
en lo concerniente a su régimen interior, unidos en una
Federación.
MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Articulo 41.- El Pueblo ejerce su Soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en
los casos de su competencia y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes
interiores.
Articulo 115.- Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de Gobierno
Republicano, Representativo y Popular. El Municipio es la base de su división
territorial y de su organización política y administrativa.
MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL
Art. 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO)
ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO)
Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno Republicano, Representativo y
Popular. teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el
Municipio libre conforme a las bases siguientes:
FRACCIÓN-I
POLÍTICA
Su administración será por un ayuntamiento de elección popular directa, integrada por un presidente y
los síndicos y regidores que la ley municipal y el código electoral para los estados designen.
No habrá autoridad intermedia entre el Ayuntamiento y el Gobierno del Estado.
Las Legislaturas Locales, por acuerdo de las 2/3 partes de sus integrantes, podrán suspender
ayuntamientos, declarar que estos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus
miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros
hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan.
En caso de declararse desaparecido un ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de
sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se
celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los estados designarán de entre los vecinos a los
concejos municipales y estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes
deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores.
MARCO JURÍDICO CONCEPTUAL
Art. 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO)
ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL (EXTRACTO)
FRACCIÓN II
JURÍDICO
Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su
patrimonio conforme a la ley.
Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las
leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los
estados, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organice la administración publica municipal,
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y asegure la participación ciudadana y vecinal, CUMPLIENDO
DESDE LUEGO CON LAS LEYES QUE LES APLICAN EN MATERIA DE OBRA
PÚBLICA Y APERTURA PROGRAMÁTICA DE LOS FONDOS, entre otras.
CÓMO SE INTEGRA EL AYUNTAMIENTO
Art. 25 de La Ley Municipal para el Estado de Oaxaca y 17 del CIPPEO.
El Ayuntamiento estará integrado por:
I.- Un presidente municipal que corresponderá a quién ocupe el primer
lugar de la lista de concejales en los términos de la Ley Electoral vigente.
II.- Los Síndicos, que con base en el último censo de población se
determinarán de la siguiente manera:
a).- Un Síndico, si el municipio tiene menos de veinte mil habitantes.
b).- Dos Síndicos, si tiene más del número de habitantes señalados en el
inciso anterior.
La o las sindicaturas corresponderán a quien o quienes ocupen el
segundo, o segundo y tercer lugar, según sea el caso, de la lista de
Concejales.
CÓMO SE INTEGRA EL AYUNTAMIENTO
III.- Los Concejales, cuyo número se determinará tomando en cuenta el
último censo de población municipal, de la siguiente forma:
Si tiene menos de quince
mil habitantes
Cinco Concejales elegidos por el
principio de mayoría relativa y hasta
dos concejales elegidos por el
principio de representación
proporcional.
Si tiene quince mil hasta
cincuenta mil habitantes.
Siete Concejales elegidos por el
principio de mayoría relativa y hasta
tres elegidos por el principio de
representación proporcional.
Si tiene más de cincuenta
mil habitantes, hasta cien
mil
Nueve Concejales elegidos por el
principio de mayoría relativa y cuatro
concejales elegidos por el principio de
representación proporcional.
Si tiene más de cien mil
pero menos de trescientos
mil habitantes
Once Concejales elegidos por el
principio de mayoría relativa y hasta
cinco elegidos por el principio de
representación proporcional.
Si tiene trescientos mil
habitantes o más
Quince Concejales elegidos por el
principio de mayoría relativa y hasta
siete concejales elegidos por el
principio de representación
proporcional.
¿CÓMO SE ASIGNAN LOS CONCEJALES
DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL?
• Procede en aquellos Municipios en que se haya registrado más de 1
planilla.
• Tienen derecho a participar los partidos que hayan obtenido 6% o
más de la totalidad de votos emitidos en la circunscripción
municipal.
• La suma de votos de ésos partidos conformará el 100% para efectos
de la asignación.
• Se asignan los Concejales a cada partido de acuerdo al porcentaje
obtenido de ése 100%, tomando en cuenta sólo el número entero
obtenido.
• Si quedan Regidurías por repartir se asignan a los partidos de
acuerdo al resto mayor en orden decreciente.
• Se asignan a los ciudadanos que aparezcan en las planillas
registradas en orden decreciente.
• El Consejo Municipal Electoral expide las constancias de asignación
correspondientes.
FUENTE: Art. 254 CIPPEO
ACCIONES
INMEDIATAS
TOMA DE POSESIÓN
¿QUÉ ES LA TOMA DE POSESIÓN?
Es el acto jurídico-administrativo por medio del cual, las
Autoridades Municipales Electas, encabezadas por el Primer
Concejal, rendirán protesta, quienes se comprometen a cumplir
su mandato
con
legalidad, transparencia
y
honradez,
constituyendo así el H. Ayuntamiento 2011-2013, y recibiendo,
inmediatamente después, mediante la suscripción del Acta de
Entrega-recepción, la Administración Municipal.
TOMA DE POSESIÓN
FECHA DE LA TOMA DE POSESIÓN
El Art. 22 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, obliga a las Autoridades
Electas a iniciar su periodo de gestión el 1 de enero del año próximo a la elección.
El art. 31 de la misma Ley obliga a las Autoridades Salientes a convocar a una sesión
solemne a la que invitarán a la comunidad en general, en la que se tomará protesta a
los integrantes del Ayuntamiento entrante.
La sesión solemne de referencia deberá acatarse, en lo que le sea aplicable, a lo
dispuesto por los Arts. 55 al 64 de la Ley en mención.
En los municipios de usos y costumbres, los concejales electos, también tomarán
posesión de sus cargos en la misma fecha, y desempeñarán sus funciones durante el
tiempo que sus tradiciones y prácticas democráticas determinen, pero no podrá
exceder de tres años.
TOMA DE POSESIÓN
DESARROLLO DE LA SESION SOLEMNE DE CABILDO
Al inicio de la sesión solemne, las autoridades salientes llevarán ésta a través
del Secretario Municipal, en base al siguiente PROCEDIMIENTO(deberá
contemplarse en la ORDEN DEL DÍA):
• Lista de Asistencia.
• Determinación del Quórum Legal.
• Lectura del Orden del día.
• Instalación de la Sesión de Cabildo.
• Lectura en lo conducente del Acta de Cabildo de la sesión anterior.
TOMA DE POSESIÓN
DESARROLLO DE LA SESION SOLEMNE DE CABILDO
Se acuerda una pausa a la Sesión Solemne a efecto de que se realice el acto
protocolario de bienvenida a los Concejales Electos para la toma de protesta
de Ley, en base a los siguientes puntos:
• Se designa una Comisión de Bienvenida que acude por los integrantes del
Cabildo Electo al recinto oficial.
• Recepción de los integrantes del Cabildo Electo.
• Toma de Protesta al C. Presidente Municipal Constitucional.
• Toma de Protesta a los C. Concejales por parte del Presidente Municipal
Constitucional.
• Declaratoria del Ayuntamiento 2011-2013.
TOMA DE POSESIÓN
DESARROLLO DE LA SESION SOLEMNE DE CABILDO
• El nuevo Cabildo designa una Comisión de Cortesía para que conduzcan al
presídium a los invitados de honor y acompañen al Presidente saliente al área
de invitados.
• Mensaje del C. Presidente Municipal Constitucional.
• Mensaje de los invitados especiales (en su caso).
• Cita a la próxima sesión de Cabildo.
• Clausura de la sesión solemne.
• Traslado del Presidente Municipal y Síndico(s) entrantes, con el Presidente
Municipal y Síndico(s) salientes, para la firma del Acta Administrativa
Circunstanciada de Entrega-Recepción.
ACCION INMEDIATA A LA TOMA DE POSESIÓN
• En la Sesión de Cabildo, preferentemente Extraordinaria, posterior a la
Toma de Posesión, se requiere realizar la designación de los principales
funcionaros de la Estructura Administrativa y que garantizarán la
continuidad de las operaciones administrativas del Municipio:
1.
Secretario
2.
Tesorero
3.
Contralor (en su caso)
ACCIONES
PRIORITARIAS
ENTREGA-RECEPCIÓN
¿QUE ES LA ENTREGA-RECEPCIÓN?
Es el proceso legal-administrativo a través del cual las autoridades Municipales
salientes preparan y entregan el Gobierno a las Autoridades Municipales
entrantes, todos los bienes, fondos y valores; así como la información y
documentación debidamente ordenada, legalizada y protocolizada que haya
sido generada en la Administración.
También implica la traslación de responsabilidades y obligaciones, que las
Autoridades Electas deben cumplir en apego a las disposiciones jurídicas y a los
recursos disponibles.
El capítulo IV de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca prevé en sus
artículos 37 al 41 el proceso de Entrega-Recepción de la Administración
Municipal y el Art. 46 fracción XI nos obliga a glosar las cuentas del
ayuntamiento anterior dentro del término de 60 días contados a partir de la
fecha de instalación del Ayuntamiento en funciones.
ENTREGA-RECEPCIÓN
¿QUIÉNES INTERVIENEN EN LA ENTREGA-RECEPCIÓN?
1.
AUTORIDAD ENTRANTE: Presidente Municipal Constitucional, Síndico(s), así como
los funcionarios habilitados para tal fin.
2.
AUTORIDAD SALIENTE: Presidente Municipal saliente, Síndico(s) y servidores
públicos obligados por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del
Estado y Municipios de Oaxaca.
3.
Representante de la Auditoría Superior del Estado.
4.
Contraloría interna (en su caso)
5.
Secretario Municipal que da fe y levanta ACTA CIRCUNSTANCIADA del evento.
ENTREGA-RECEPCIÓN
¿QUÉ IMPLICA LA ENTREGA-RECEPCIÓN?
Debido a la importancia del acto y de las consecuencias legales que
implica detallaremos los puntos que integran este proceso a efecto de
dar certeza jurídica y administrativa al trámite:
1.
La Entrega-Recepción se plasma en un documento (o serie de
documentos) que contiene la situación que guarda la administración
pública municipal, preferentemente por área funcional (Direcciones,
departamentos) y en relación a su estructura orgánica. denominado
comúnmente Acta de Entrega-Recepción.
ENTREGA-RECEPCIÓN
¿QUÉ IMPLICA LA ENTREGA-RECEPCIÓN?
2.
Art. 39 de la Ley Municipal … “ El secretario municipal levantará acta
circunstanciada de la Entrega-Recepción, la cual deberá ser firmada por
los que intervinieron “.
3.
Art. 40 de la Ley Municipal … se designa una comisión especial que se
encargará de analizar el expediente integrado para formular un
dictamen en un plazo de 30 días naturales.
ENTREGA-RECEPCIÓN
¿QUÉ IMPLICA LA ENTREGA-RECEPCIÓN?
4.
Una vez determinado el dictamen, se someterá dentro de los 15 días
hábiles siguientes al conocimiento y consideración del Ayuntamiento,
el cual podrá llamar a los servidores públicos señalados para solicitar
cualquier información o documentación necesaria, los que estarán
obligados a proporcionarla y atender las observaciones consecuentes.
5.
El Ayuntamiento emitirá el acuerdo correspondiente, mismo que no
exime de responsabilidad a los integrantes de la administración
saliente y remitirá copia del expediente a la Auditoria Superior del
Estado de Oaxaca dentro de los 15 días hábiles siguientes.
ENTREGA-RECEPCIÓN
DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN
El Acta de Entrega-Recepción deberá contener, por lo menos, la
siguiente documentación e información:
I.
Libros de actas de las reuniones del Ayuntamiento saliente y la
información sobre el lugar donde se encuentran los libros de las
administraciones municipales anteriores. (Sindicatura y Secretario
Municipal)
II.
La documentación relativa al estado financiero del Ayuntamiento,
que comprende: (Comisión Hacienda o Regidor de Hacienda y
Tesorero Municipal):
ENTREGA-RECEPCIÓN
DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN
a)
b)
c)
d)
Balanza de Comprobación
Estado de Flujo de Efectivo
Balance General y Estado de Resultados
Documentos justificativos y comprobatorios del ingreso, del gasto público y del
ejercicio presupuestario de ingreso y egresos que maneje. EJEMPLO: EXPEDIENTE
DE MINISTRACIONES, CUENTAS BANCARIAS, SELLOS, INGRESOS: FOLIOS DE
RECIBOS OFICIALES, EGRESOS: POLIZAS CONTABLES, ETC.
III.
Documentación relativa al estado que guarda la Cuenta Pública del Municipio,
la que incluirá el dictamen, opinión o determinación emitidos por la Auditoría
Superior del Estado del H. Congreso del Estado. (Comisión de Hacienda)
EJEMPLO: EXPEDIENTE DE ACUSES DE TOMOS RECIBIDOS POR EL H. CONGRESO.
IV.
La situación de la Deuda Pública Municipal, la documentación relativa a la
misma y su registro EJEMPLO: CONTRATO DE DEUDA, BANOBRAS, ETC..
ENTREGA-RECEPCIÓN
DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN
V.
El estado de la obra pública ejecutada y en proceso en el municipio y la
documentación relativa a la misma. (Regiduría de Obras, Director de Obras
y Tesorero ) EJEMPLO: EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRAS TERMINADAS Y
EXPEDIENTES TECNICOS DE LAS OBRAS EN PROCESO.
VI.
La situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos
federales y estatales, así como los informes y comprobantes de los mismos,
ante la Contraloría General del Poder Ejecutivo del Estado (SE DENOMINA:
SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA)
VII.
La Plantilla y los expedientes del Personal al Servicio del Municipio,
antigüedad, prestaciones, catálogo de puestos y demás información
conducente.
ENTREGA-RECEPCIÓN
DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN
VIII.
Documentación relativa a convenios o contratos que el Municipio
tenga con otros Municipios, con el Estado, con el Gobierno Federal o
con particulares.
IX.
Documentación relativa a los programas municipales y proyectos
aprobados y ejecutados, del estado que guardan los mismos en su
proceso de ejecución.
X.
El registro, inventario, catálogo y resguardo de bienes muebles e
inmuebles de propiedad municipal. INVENTARIO DE ACTIVOS FIJOS
ENTREGA-RECEPCIÓN
DOCUMENTACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN
XI.
Documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados
por las comisiones del Ayuntamiento. (Sindicatura y Regidurías )
XII.
La demás información que se estime relevante para garantizar la
continuidad de la Administración Pública Municipal.
FUENTE: Art. 38 Ley Municipal para el estado de Oaxaca.
 ACCIONES PRIORITARIAS COMPLEMENTARIAS
 Es indispensable revisar de inmediato la Ley de Ingresos autorizada por
el Congreso del Estado, evaluar el nivel recaudatorio y de ingreso a que
estará afecto el Municipio en el ejercicio 2011.
 En base a lo anterior, analizar y definir la Política Hacendaria que en
materia de ingreso tendrá el Municipio; establecer los programas de
incentivo, de apoyo a los contribuyentes a efecto de motivar el pago de
las contribuciones a que están afectos. No debemos olvidar que el nivel
de recaudación propia juega en la fórmula de distribución de las
participaciones municipales.
 Este ejercicio previo servirá de base para el análisis de su presupuesto de
egresos.
 ACCIONES PRIORITARIAS COMPLEMENTARIAS

Revisar y analizar el Presupuesto de Egresos que autorizó la Administración
saliente es VITAL. De acuerdo a la disponibilidad de recursos derivada del
análisis de la Ley de Ingresos, el Ayuntamiento está en facultad de ajustar su
Presupuesto de Egresos de acuerdo a su plan de gobierno.

Con base en los documentos de entrega-recepción, evaluar y determinar las
partidas etiquetadas y/o comprometidas, a efecto de definir el remanente
que servirá de base para la operación inmediata del Ayuntamiento.

Revisar las asignaciones Presupuestales referentes a las participaciones
federales y/o estatales a efecto de priorizar sus obras y acciones del 2011.
¿DUDAS?
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