El RUT como Nuevo Instrumento de Control Aduanero

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Transcript El RUT como Nuevo Instrumento de Control Aduanero

El RUT ¿Nuevo
instrumento de
control Aduanero?
Pedro Sarmiento
Socio Director Tax & Legal
Octubre de 2011
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AGENDA
I. Marco Legal
II. Régimen sancionatorio
III. El RUT ¿mecanismo de control aduanero o tributario?
IV. El RUT y las notificaciones en materia aduanera.
V. Otros efectos del RUT en materia aduanera.
VI. Documentos para tramitar el RUT.
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I. Marco Legal
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I. Marco Legal.
A. El RUT como una medida anti evasión.
Art 19 de la Ley 863 de 2003 adicionó el artículo 555-2
El RUT es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar
las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes
declarantes del impuesto sobre la renta, no contribuyentes
declarantes de ingresos y patrimonio, responsables del régimen
común y régimen simplificado, agentes retenedores,
importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros.
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I. Marco Legal.
Objetivos del RUT según la Corte
Constitucional
Hacer visible a un amplio sector de actividades económicas que
hasta entonces se venían desarrollando bajo la sombra de la
informalidad y, por ende, sustraídas del cumplimiento de las
obligaciones fiscales.
Controlar la evasión a través de la identificación, ubicación y
adecuada clasificación de los sujetos llamados a cumplir con las
diversas obligaciones que administra la DIAN
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I. Marco Legal.
El RUT Sustituyó:
El registro tributario
El registro nacional de
vendedores
El registro de los
usuarios aduaneros
autorizados
El registro nacional de
exportadores de
bienes y servicios
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I. Marco Legal.
Ventajas del RUT
Garantizar la debida notificación de los actos
administrativos.
Facilitar el cumplimiento de las obligaciones.
Simplificar los tramites.
Reducir los costos administrativos y prevenir las practicas de
evasión fiscal y contrabando.
Fortalecer procedimientos de prevención, detección y control7
de lavado de activos y financiación del terrorismo.
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I. Marco Legal.
B. Elementos que integran el RUT.
IDENTIFICACION
De las personas naturales y jurídicas para su individualización
en forma inequívoca para efectos en materia tributaria,
aduanera y cambiaria
CLASIFICACION
De las actividades, funciones, características, atributos,
regímenes, obligaciones, autorizaciones de los sujetos
UBICACION
Lugar donde la DIAN podrá contactar oficialmente y para
todos los efectos, al respectivo inscrito
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I. Marco Legal.
Entre otros, están obligados a inscribirse en el RUT
Personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes
declarantes del impuesto sobre la renta.
Personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y
patrimonio.
Responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los
regímenes común o simplificado.
Agentes retenedores.
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I. Marco Legal.
Tratándose de obligaciones Aduaneras deben de inscribirse en el RUT
Importadores y Exportadores
Los demás usuarios Aduaneros ¿Quiénes son? Entre otros:
- Agentes de carga internacional y marítimos
y privados
- Depósitos habilitados públicos
- Comercializadoras internacionales (C. I.)
- Agencias de aduana,
- Comerciantes de las zonas de régimen
- Usuarios de zonas francas
aduanero especial
- Puertos y muelles de servicio público o
- Los transportadores
privado
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I. Marco Legal.
No están obligados a inscribirse en el RUT en calidad de usuarios
aduaneros:
Los extranjeros no residentes
Diplomáticos, misiones diplomáticas,
misiones consulares y misiones
técnicas acreditadas en Colombia.
Transportadores internacionales no
residentes
Personas naturales destinatarias de
mercancías bajo la modalidad de trafico
postal y envíos urgentes salvo
importación y/o exportación de
expediciones comerciales.
Los sujetos al régimen de menajes y
de viajeros.
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II. Régimen
Sancionatorio
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Sanciones asociadas al RUT
Por no
inscribirse
antes del
inicio de la
actividad
Por no
exhibir en
lugar visible
al público la
certificación
de la
inscripción
Clausura del establecimiento por 1 día o una
multa equivalente a una (1) UVT por cada día
de retraso en la inscripción, para quienes no
tengan establecimiento
Clausura del establecimiento, sede, local, negocio u
oficina, por el término de tres (3) días.
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II. Régimen sancionatorio
Por informar
datos falsos,
incompletos o
equivocados,
Se impondrá una multa equivalente a cien
(100) UVT
Por no
actualizar la
información
dentro del mes
siguiente al
hecho que
genera la
actualización
Una (1) UVT por cada día de retraso en la
actualización de la información. Cuando la
desactualización se refiera a la dirección o a la
actividad económica del obligado, la sanción
será de dos (2) UVT por cada día de retraso en
la actualización de la información.
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III. El RUT
¿Mecanismo de
control aduanero o
tributario?
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III. El RUT¿ mecanismo de
control aduanero o tributario?
Tesis Corte Constitucional Sentencia C-860 de 2007
Las
normas
Aduaneras
perdiguen
dos fines:
De política comercial : que regula el gobierno en
desarrollo de Leyes Marco
De política fiscal o tributaria: Que regula el Congreso a
través de leyes ordinarias
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III. El RUT¿ mecanismo de
control aduanero o tributario?
Tesis Corte Constitucional Sentencia C-860 de 2007
RUT como
mecanismo de
Control Tributario
“….el que tales regulaciones tengan algún impacto en el
régimen de aduanas o en el comercio exterior no desvirtúa
por este sólo hecho su naturaleza tributaria, que viene dada
por la finalidad que con ellas se persigue de servir como
instrumentos que mejoren el sistema de recaudo de los
tributos. Menos aún, les convierte en medidas dictadas por
razones de política comercial – únicas sometidas a reserva
de ley marco en materia aduanera - pues en modo alguno se
trata de mecanismos orientados a promover objetivos de
carácter económico…”
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III. El RUT¿ mecanismo de control
aduanero o tributario?
Tesis Consejo de Estado Sentencia 16546 del 23 de Junio de 2011
RUT como
mecanismo de
Control
Tributario
…No sería congruente que a “los importadores de
materias textiles y sus manufacturas y calzado y
sus partes” se les aplique un régimen
sancionatorio diferente al previsto para todos
aquellos obligados a inscribirse en el RUT. Por
tanto es pertinente declarar la nulidad de la
norma acusada
Ha quedado vedado para el gobierno nacional, establecer infracciones
administrativas en materia aduanera por temas relacionados con la información
que el usuario señale en el RUT, pues ellas están claramente establecidas en el E.T
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I. Marco Legal.
Conciliación en demandas por sanciones asociadas al RUT
NO es requisito de procedibilidad tramitar la conciliación por ser
un tema tributario, según tesis del Consejo de Estado
“…En ese evento, no es dable sostener que la demanda que
plantea la actora ante el juez administrativo, no comporta una
controversia de carácter tributario, pues es evidente que se
expidió a partir del presunto incumplimiento de una obligación
tributaria, en consecuencia, le es aplicable la previsión del
artículo 2° del Decreto 1716 de 2009, en cuanto está excluida del
trámite de la conciliación prejudicial…”
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III. El RUT¿ mecanismo de control
aduanero o tributario?
RUT ¿mecanismo de control aduanero o tributario?
Corte Constitucional
Sentencia C-860/07
Consejo de Estado
Sentencia del 23 de Junio
de 2011
¡La doctrina de ambos organismos coincide en establecer que es un
instrumento de control tributario!
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IV. El RUT y las
notificaciones en
materia Aduanera
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IV. El RUT y las notificaciones en materia
aduanera.
Dirección para surtir notificaciones ( articulo 562 del Decreto 2685 de 1999)
A.
B.
C.
Dirección informada por el declarante en la declaración de
importación, exportación o tránsito o a la dirección procesal,
cuando el responsable haya señalado expresamente una dirección,
dentro del proceso que se adelante.
Cuando no exista declaración ni dirección procesal, el acto
administrativo se podrá notificar a la dirección utilizada en los
registros de la DIAN, guías telefónicas, directorios especiales y en
general, la información oficial, comercial o bancaria.
Cuando no sea posible establecer la dirección del responsable se
deberán notificar mediante la publicación en un diario de amplia
circulación”.
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IV. El RUT y las notificaciones en materia
aduanera.
Dirección para surtir notificaciones ( articulo 45 de la Ley 1111 de 2006)
La notificación por correo de las actuaciones de la entidad en materia
tributaria, aduanera o cambiaria se realizará mediante entrega de una
copia del acto correspondiente en la última dirección informada por el
contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante en el registro
único tributario – RUT.
DIAN .
Nuestro
Concepto
.
Aduce que esta norma revoca parcialmente el artículo 562 del E.A.,
dejando la posibilidad de señalar la dirección procesal
La norma deroga totalmente el artículo 562 del E.A., pues de lo
contrario desvirtúa la filosofía del RUT como el único instrumento
que permite la ubicación de los usuarios aduaneros
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III. El RUT¿ mecanismo de control
aduanero o tributario?
NOTIFICACION A APODERADOS
“Cuando durante los procesos que se adelanten ante la administración tributaria, el
contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, actúe a través de
apoderado, la notificación se surtirá a la última dirección que dicho apoderado tenga
registrada en el registro único tributario, RUT…” Esto genera dos consecuencias según la
DIAN:
Cuando un contribuyente
actúa por intermedio de
apoderado, debe efectuarse
la notificación de las
actuaciones administrativas
a la dirección de éste, sin
que proceda la notificación
al contribuyente,
responsable o agente
retenedor
No existe posibilidad alguna de
notificar a una dirección
diferente de la informada en el
RUT, ni tampoco notificar varias
veces o a direcciones distintas.
Si la Administración verifica que
la dirección del RUT es
equivocada, debe actualizarlo
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IV. El RUT y las notificaciones en materia
aduanera.
¿Cuál se la consecuencia de una indebida
notificación?
Aunque la falta o indebida
notificación del acto definitivo, no es
per se causal de nulidad de éste, sino de
inoponibilidad (art. 48 del CCA), la
violación del debido proceso en la
formación del acto sí lo es conforme
con el artículo 84 del Código
Contencioso Administrativo…”
“…..
Consejo de
Estado,
Indebida
Notificación
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V. Otros efectos del
RUT en materia
aduanera
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V. Otros efectos del RUT en materia
aduanera.
A. De la suspensión provisional de la inscripción en el RUT
Es la modificación más importante que se le ha dado al RUT, pues
más allá de los requisitos formales para inscribirse en el RUT, el
fondo de las medidas está encaminado a bloquear la actividad de los
contribuyentes que incumplan las obligaciones en este materia.
Sin ser un mecanismo de control aduanero en estricto sentido, el
RUT se ha convertido en un poderoso mecanismo de este tipo, pues
prácticamente quien incumpla las obligaciones correspondientes
puede acabar bloqueado comercialmente para ejercer operaciones
aduaneras y de comercio exterior.
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I. Marco Legal.
Causales de suspensión provisional de la inscripción en el RUT
Cuando las comunicaciones, citaciones o notificaciones de actos administrativos
enviados a la dirección informada en el RUT, hubieren sido objeto de devolución, por
diversas causales.
No cuenta con la capacidad locativa o la infraestructura necesaria, para el desarrollo de
la actividad inscrita.
El exportador o su representante legal hayan sido sancionados judicialmente por
exportaciones ficticias o de contrabando.
Cuando las personas jurídicas y asimiladas sean declarados proveedores o exportadores
ficticios.
La dirección es inexistente, incompleta, incorrecta, no conocen al destinatario u otras
causales que no permitan la ubicación del inscrito.
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V. Otros efectos del RUT en materia
aduanera.
Quien sea objeto de suspensión y sea
usuario aduanero no podrá:
Realizar operaciones de importación y
exportación.
Tramitar solicitudes de devolución y/o
compensación
Solicitar resolución de autorización
y/o habilitación de facturación.
No se aceptarán los impuestos
descontables, costos ni deducciones en
las cuales figure como proveedor o
prestador de servicios de solicitantes de
devolución.
No podrá realizar sus operaciones
aduaneras
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V. Otros efectos del RUT en materia
aduanera.
B. El RUT y la suscripción de las declaraciones de importación.
Los representantes aduaneros de Agencias de Aduana, UAPs, ALTEX
etc, que suscriban declaraciones de importación, deben actualizar el
RUT pues de lo contrario se pueden presentar problemas con la
validez de los documentos aduaneros que suscriban a nombre y por
encargo de sus mandantes o empresas.
DIAN .
“… existe un requisito adicional de inscripción en el RUT para que el
mandato aduanero sea oponible a la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales y tengan validez los trámites realizados por el
declarante ante esta Entidad…”
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V. Otros efectos del RUT en materia
aduanera.
C. El RUT y las competencias de la DIAN para expedir liquidaciones
oficiales de corrección
Es necesario conocer en dónde debe iniciarse y concluirse un procedimiento
tributario, aduanero o cambiario que esté atado al domicilio del presunto
infractor, para evitar o solicitar la nulidad de una actuación administrativa.
Competencia por domicilio
fiscal .
El domicilio fiscal lo determina la dirección
señalada en el RUT
Tesis DIAN “…resulta lógico concluir que la ubicación del presunto infractor para
efectos de determinar la competencia territorial de las Direcciones Seccionales es la
informada en el registro único tributario RUT...”
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VI. Documentos para
obtener el RUT
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VI. Documentos para obtener el RUT
Documentos para obtener el RUT. ( Decreto 2820 de 2011)
Persona Natural
•Original del documento de
identidad
•Constancia de titularidad de
cuenta corriente o de ahorros
activa con fecha de expedición
no mayor a un (1) mes , salvo
que sea impotador ocasional
•Recibo de servicio publico
domiciliario u original de la
nomenclatura catastral, ultima
declaración o recibo predial.
Persona Jurídica
• Fotocopia del certificado de
existencia y representación
legal
•Fotocopia del documento de
identidad de quien hace el
tramite
•Constancia de titularidad de
cuenta corriente u ahorros.
•Fotocopia de un recibo publico
o última declaración o recibo
del impuesto predial pagado
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International Tax Review´s Americas Tax
Awards 2011
Firma del año en impuestos y firma del año en
precios de transferencia
NY.
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© 2009 Deloitte Touche Tohmatsu
© 2008 Deloitte Touche Tohmatsu