Norma Argentina de Vinos Orgánicos

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ACTUALIZACIÓN
PANORAMA NACIONAL DE
PRODUCTOS ORGÁNICOS
Ing. Agr. Laura Montenegro
Presidente – Director Técnico
Julio 2013
Norma Argentina-UE,
Principales Características
Marco normativo para productos de origen vegetal: Resolución 423 +
Anexo A (abonos, fertilizantes y mejoradores de suelo),
ANEXO B productos permitidos para control de plagas y enfermedades,
ANEXO C productos permitidos en procesamiento de alimentos
Resolución 270/00: ANEXO I productos autorizados para la limpieza y
desinfección de locales, instalaciones, maquinarias y equipos
Norma Argentina-UE, principales
características (cont.)
Resolución 188/95 (para vegetales)
-Transición en cumplimiento de la norma
- Posibilidad de acortamiento si se verifica y documenta 36 meses sin
uso de sustancias no permitidas y manejo sustentable
- Se debe incorporar todos los lotes con iguales variedades al manejo
orgánico en un plazo de 5 años
NORMA ARGENTINA
Informe SENASA: Situación de la Producción Orgánica
Argentina año 2012
 Puede acceder a la información del informe
 ingresando en nuestro sitio web:
 http://argencert.com.ar/sitio/321/
Los resultados de este trabajo en términos generales indican que:
 a) Los principales destinos de los productos orgánicos siguen siendo
los EEUU y la Unión Europea.
 b) Las exportaciones a EEUU crecieron respecto de 2011 un 26%,
colocando por primera vez a dicho destino por encima de la Unión
Europea.
 c) Las exportaciones totales de productos orgánicos disminuyeron un
10%, principalmente por una caída de las ventas de cereales y frutas.
 d) Las exportaciones de productos orgánicos industrializados creció
durante 2012 un 21%.
 e) En el mercado local, el consumo de productos hortícolas orgánicos
mostró una mayor diversificación de productos y presentaciones.
Los resultados de este trabajo en términos generales indican que:
 f) Las exportaciones de productos de origen animal disminuyeron un
27%, por una caída en los volúmenes de lana.
 g) Tanto la superficie bajo seguimiento vegetal como la ganadera han
disminuido un 8% y un 3% respectivamente respecto del año 2011.
 i) Se pudo evidenciar una disminución de unidades productivas
(15%).
 j) El stock bovino siguió disminuyendo por una caída en las
existencias de animales de invernada. El stock ovino también
disminuyó.
 k) En apicultura, tanto las exportaciones como la existencia de
colmenas bajo seguimiento, mostraron leves descensos respecto a
2011.
Certified Organic Area in Argentina
2012
Total 3.600.000 Ha
Source: SENASA 2013
Destination of Argentine Organic Exports 2012
Volume (Tons)
EU
U.S.A.
Switzerland
Japan
Other destinations
Total
Source: own, based on SENASA 2013
53.151,028
56.743,314
4.519,613
877,993
22.437,830
137.731,714 Tons
ORGANIC PRODUCTS EXPORTED FROM
ARGENTINA 2012
Grape Must
Other Oil
2% Grape Raisins
Hortalizas y
legumbres
6%
Producción
Animal
1%
Sunflower Oil
Fruit 2%
Pulp /
Puree
9%
Aromaticas
0%
Otros
0%
1%
4%
Others
3%
Processed
Grains
9%
Wine
11%
Productos
procesados
39%
Cereales y
granos
30%
Concentrated
Fruit Juice
9%
Frutas
24%
Source: own, based on SENASA 2013
Cane Sugar
50%
Total 137.731,714 Tons
Superficie cosechada de frutas: 4.694 ha
• 34% es Pera
• 31% es Manzana
 Volumen Exportado de Frutas 2012: 31.900 Tn
 Presenta un descenso:
• Peras del 19%
• Manzanas 41%
 Bloque 1: http://vimeo.com/69516214
 Bloque 2: http://vimeo.com/69516215
RES. 1291/2012

http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/205000-209999/206732/norma.htm
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NOTA DICA 85-12
- SENASA
2 de Julio de 2012. Consta de Anexo I y Anexo II
Según Reglamento de la UE Nº 203/12 (pauta para la producción y elaboración de vinos
orgánicos)
ANEXO I
“Norma específica para la elaboración de productos orgánicos del sector vino”
Alcances:
• Productos de la fermentación alcohólica de uvas orgánicas de Vitis vinifera
Aspectos generales:
• Trazabilidad: registros
• Evitar contaminaciones y mínimo agregado de insumos.
• Uso racional de recursos energéticos y del agua, reutilización de los residuos y subproductos.
Elaboración del vino: con tratamientos biológicos, mecánicos y físicos.
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Prácticas recomendadas:
•COSECHA: oportuna, sin daño de la materia prima y uvas de calidad, horas más frescas del día
y procesada en forma inmediata
•TRANSPORTE: contenedores aptos, apilables y de poca profundidad, de fácil limpieza.
Identificados y documentación de traslado. No transporte de uva de distinto origen. Taparlos
preferiblemente.
•RECEPCION DE MATERIA PRIMA: separada de la convencional.
•MOLIENDA por sistemas mecánicos de prensado y/o molienda.
•FERMENTACION con levaduras existentes en forma natural en la uva o
levaduras autóctonas seleccionadas.
inoculación de
•Se acepta el uso de cepas puras de levaduras, bacterias lácticas y de enzimas (no OGM).
Nutrientes Anexo II
•TRATAMIENTOS TÉRMICOS: temperatura no superior a los 70°C . Se permite el empleo de
técnicas de refrigeración para el acondicionamiento térmico de la vendimia, regulación de la
fermentación, conservación, estabilización frigorífica de los vinos y paralización de la
fermentación en la elaboración de vinos con azúcar residual.
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•CONTROL DE ACIDEZ: sustancias Anexo II
•CLARIFICACION Y ESTABILIZACION: Se preferirá la clarificación espontánea. Sino por medios
físicos (temperatura, filtrado, centrifugado) o el encolado.
•En la estabilización se preferirá el uso de frío y calor.
•Sustancias clarificantes y estabilizantes que se indican en el ANEXO II.
•FILTRACION con o sin coadyuvante de filtración inerte, el tamaño de los poros no inferior a 0,2
micrones.
•SULFITADO Como antiséptico de cubas, vasijas y medios de conducción, cuando estén vacíos;
como inhibidor de desarrollo de levaduras indeseables en sus distintas formulaciones y de
acuerdo a los límites señalados en el ANEXO II.
•ESTABILIZACION MICROBIOLOGICA: uso de técnicas de tipo flash térmico y filtración
amicróbica a través de filtros inertes de membrana.
•CRIANZA en barricas de madera, así como el uso de chips y duelas, que no provengan de
maderas tratadas ni carbonizadas y sean de un tamaño mayor a los 2 mm.
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• ALMACENAJE
En áreas separadas de los lotes de vino no orgánico. Los envases permitidos para el almacenaje
podrán ser de madera, de acero inoxidable o de cemento con epoxi. Atmósfera inerte con
productos permitidos Anexo II
• ENVASES Y TAPONES
No uso de cápsulas que contengan plomo, estaño o poliestireno. Se permite cápsulas de plástico
biodegradables.
Prohibido el uso de materiales adhesivos que contengan PVC.
• ETIQUETADO
Solamente los vinos producidos a partir de uvas orgánicas, elaborados y envasados de acuerdo
al presente Anexo podrán ser etiquetados como “Vino Orgánico, Ecológico o Biológico”.

Aquellos vinos que se encuentren almacenados y que hayan sido producidos bajo la
normativa orgánica argentina, y que hayan cumplido el presente Anexo, podrán ser etiquetados
como vino orgánico hasta agotar las existencias.
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ANEXO II
Productos y sustancias autorizados para su uso o adición en los productos orgánicos del sector
del vino
Tipo de tratamiento
Nombre de los productos o sustancias
Condiciones específicas
Aireación u oxigenación
Aire
Oxígeno gaseoso
Centrifugación y filtración
Perlita
Celulosa
Tierra de diatomeas
Crear una atmósfera inerte y manipular el
producto protegido del aire
Nitrógeno
Anhídrido carbónico
Argón
Fermentación
Levaduras (1)
Preferentemente cepas indígenas derivadas de
materias primas orgánicas, si están disponibles.
Tipo de tratamiento
Nombre de los productos o sustancias
Condiciones específicas
Alimentación de levaduras
Fosfato diamónico
Diclorhidrato de tiamina
Para facilitar el desarrollo de las levaduras
Uso exclusivo como coadyuvante de filtración
inerte
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Tipo de tratamiento
Nombre de los productos o sustancias
Conservante, antiséptico, desinfectante e
inhibidor de la fermentación
Anhídrido sulfuroso
Bisulfito de potasio o metasulfito de potasio
Desodorizante
Carbones de uso enológico
Clarificación
Gelatina alimentaria (2)
Cola de pescado (2)
Albúmina de huevo (2)
Taninos (2)
Caseína
Caseinatos de potasio
Dióxido de silicio
Bentonita
Enzimas pectolíticas
Acidificación
Ácido L(+) tartárico
Corrección con mostos orgánicos
Condiciones específicas
a) El contenido máximo de anhídrido sulfuroso no
superará los 100 miligramos por litro en los vinos
tintos con un contenido de azúcar residual inferior
a 2 gramos por litro.
b) El contenido máximo de anhídrido sulfuroso no
superará los 150 miligramos por litro en los vinos
blancos y rosados con un contenido de azúcar
residual inferior a 2 gramos por litro.
c) Para todos los demás vinos, se reducirá en 30
mg. por litro el contenido máximo de anhídrido
sulfuroso, respecto de los vinos
convencionales.
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Tipo de tratamiento
Nombre de los productos o sustancias
Desacidificación
Tartrato neutro de potasio
Ácido L(+) tartárico, carbonato de calcio y
bicarbonato de potasio
Corrección con mostos orgánicos
Fermentación maloláctica
Bacterias lácticas
Adición como antioxidante
Ácido L-ascórbico
Inyección y Conservante
Nitrógeno
Inyección y Conservante
Anhídrido carbónico
Estabilización
Ácido cítrico
Corrección de la acidez
Taninos (2 )
Adición
Condiciones específicas
Para favorecer o inducir la fermentación
maloláctica.
Ácido metatartárico
Clarificante
Goma arábiga (2 )
Uso
Bitartrato de potasio
Crianza y envejecimiento
Virutas de madera de roble
Clarificante
Alginato de potasio
(1) Para las diferentes cepas de levaduras: derivadas de materias primas orgánicas, si están disponibles.
(2) Derivados de materias primas orgánicas, si están disponibles.
De madera no tratada ni carbonizada de tamaño
no menor a 2 mm.
 Requerimientos para la certificación de productos de
acuicultura orgánica DICA 66/2013
(En base al reglamento CE N° 710/2009)