ley 1607 de 2012 reforma tributaria

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Transcript ley 1607 de 2012 reforma tributaria

TRIBUTAR ASESORES SAS
EMPRESA COLOMBIANA LIDER EN SOLUCIONES Y SERVICIOS TRIBUTARIOS
LEY 1607 DE 2012
REFORMA TRIBUTARIA
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
TEMAS REFORMA TRIBUTARIA
De las personas
Jurídicas
Impuesto sobre la
renta para la equidad CREE
ELEMENTOS DEL IMPUESTO
Sujetos Pasivos:
1)Sociedades y personas jurídicas y
asimiladas contribuyentes declarantes
del impuesto sobre la renta y
complementarios.
2)Sociedades y entidades extranjeras
con sucursal o EP.
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
ELEMENTOS DEL IMPUESTO
No son Sujetos Pasivos:
1)Personas naturales
2)Sucesiones ilíquidas
3)Donaciones y asignaciones modales
4)Sociedades y entidades extranjeras
sin sucursal ni EP.
5)Entes sin fines de lucro
6)Zonas Francas y sus usuarios
ELEMENTOS DEL IMPUESTO
Hecho Generador:
Obtención de Ingresos
susceptibles de incrementar el
patrimonio.
Período Gravable:
Anual a partir del 1 de enero del
año 2013
ELEMENTOS DEL IMPUESTO
Tarifa:
 9% para los años 2013 a 2015.
 8% partir de 2016.
 En ningún caso podrá ser inferior al
3% del Patrimonio Líquido del año
anterior.
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
ELEMENTOS DEL IMPUESTO
 Base gravable:
Se establecerá así:
INGRESOS BRUTOS
(-) Menos
Devoluciones rebajas y descuentos
(no incluye Ganancias Ocasionales)
-----------------------------------------------------------INGRESOS NETOS
(-) Menos
Ingresos no constitutivos de Renta.
(-) Menos
Deducciones
-----------------------------------------------------------BASE DEPURADA
(-) Menos
Rentas Exentas
------------------------------------------------------------BASE GRAVABLE
Tenga en cuenta que…
•
•
•
•
•
•
•
La renta líquida en RENTA no es siempre la
misma renta líquida del CREE… ej.:
Terneros nacidos y vendidos en el año reduce
CREE
Incentivo Capitalización Rural no reduce CREE
Donaciones no reducen CREE
Pérdida venta acciones reducen CREE
Amortización pérdidas fiscales no reduce CREE
Excesos presuntiva no reducen CREE
Deducción medio ambiente no reduce CREE
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Efecto económico del CREE
Sin nuevos empleos
Antes
Contable
CREE
Fiscal
Contable
Fiscal
Ingreso
10.000
10.000
10.000
10.000
Salarios
4.000
4.000
4.000
4.000
Aportes parafiscales
360
360
160
160
Aporte salud
340
340
-
-
Aporte pensión
480
480
480
480
4.820
4.820
5.360
5.360
Utilidad / renta
Impuesto renta
1.591
CREE 9%
-
Impuesto neto
1.591
Ut. Despues impto
3.229
Tasa efectiva
Recaudo tributario
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
1.340
1.591
482
1.822
1.822
3.538
33%
34%
2771
2462
Efecto económico del CREE
Generando em pleo
Antes
Contable
Ingres o
Salarios
CREE
Fis cal
Contable
Fis cal
10.000
10.000
10.000
10.000
4.000
4.000
4.000
4.000
Aportes parafis cales
360
Aporte s alud
340
280
Aporte pens ión
480
420
480
420
4.820
5.300
5.360
5.580
Utilidad / renta
Im pues to renta
-
160
-
1.749
CREE 9%
502
360
Dcto fos yga
60
Dcto pens ión
60
Im pues to neto
1.269
Ut. Des pues im pto
3.551
Tas a efectiva
Recaudo tributario
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
1.269
-
1.395
-
Dcto parafis cales
-
160
60
1.677
1.677
3.683
26%
31%
2.449
2.317
CREE vs Pymes
PYMES
Antes
Contable
Ingres o
Salarios
CREE
Fis cal
Contable
Fis cal
10.000
10.000
10.000
10.000
4.000
4.000
4.000
4.000
-
-
-
-
-
-
Aportes parafis cales
Aporte s alud
280
280
Aporte pens ión
480
480
480
480
5.240
5.240
5.520
5.520
Utilidad / renta
Im pues to renta
-
1.380
CREE 9%
-
497
Dcto parafis cales
-
-
Dcto fos yga
-
-
Dcto pens ión
-
-
Im pues to neto
Ut. Des pues im pto
-
-
1.877
5.240
5.240
3.643
Tas a efectiva
Recaudo tributario
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
0%
1.877
34%
760
2.357
Exoneración de aportes
• A partir de cuando el Gobierno reglamente la
retención en la fuente por CREE (a más tardar
julio 1º de 2013)
– No pago aportes SENA (2%) ni ICBF (3%)
• A partir de enero 1º de 2014
– No pago de aportes de salud (8,5%)
• Entes sin fines de lucro
– Contribuyentes y no contribuyentes
• Usuarios de zonas francas
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Impuesto sobre la
renta
Personas Jurídicas
DEFINICIÓN DE DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES
EN UTILIDADES
(norma que aplica a los dividendos que se remitan a partir del de enero de 2013)
Cobertura para SA y Ltdas
Por tanto, incluyen comuneros, asociados,
suscriptores o similares
Dividendos o
participaciones
Intereses por préstamos vinculados exterior
Remesa de utilidades de Sucursales y EP
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
NUEVA FORMULACIÓN MMD
DIVIDENDOS
 Utilidades obtenidas a partir de enero 1º
de 2013…
 Desprotegidas de regla legal las
utilidades anteriores
 ¿Efecto ultra-activo del artículo 49?
 ¿Todos los dividendos de utilidades 2012 y
anteriores quedan gravados por inexistencia
de regla?
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
NUEVA FORMULACIÓN MMD
DIVIDENDOS
Renta líquida gravable
Más: GO gravable
Menos: impuesto básico de renta
Menos: impuesto de GO
Más: descuento tributario tax credit
Más: dividendos y participaciones no
gravados de sociedades nacionales y de
CAN
Más: beneficios comunicables
IGUAL: monto máximo distribuible (MMD)
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
NUEVA FORMULACIÓN MMD
DIVIDENDOS
MMD Versus UCDI
Si MMD < UCDI  Exceso constituye
dividendo gravado para el socio o accionista
Si MMD > UCDI 
Carry forward: imputación del exceso hasta
cinco años adelante
Carry back: imputación del exceso hasta dos
años atrás
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Un ejemplo vale más que mil…
CONTABLE
Ingresos
Dividendo CAN
Costos y gastos
Ciencia y tecnología
Utilidad / renta ordinaria
50.000
5.000
5.000
5.000
30.000
29.500
29.500
1.000
1.750
25.000
23.750
25.500
5.000
5.000
5.000
18.750
20.500
18.750
Impuesto renta
4.688
CREE
1.845
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
100
18.368
-
750
(4.688)
4.688
1.845
1.000
Gan Ocasional
Carry forward
MMD
50.000
Renta Líquida gravable
UCDI
CREE
51.000
Exento CAN
Impuesto GO
FISCAL
100
1.000
(100)
20.713
2.345
Otra hipótesis
CONTABLE
Ingresos
FISCAL
CREE
MMD
51.000
50.000
50.000
5.000
-
-
30.000
29.500
29.500
1.000
1.250
-
-
25.000
19.250
20.500
19.250
Impuesto renta
4.813
4.813
CREE
1.845
Indeminzación daño
Costos y gastos
Donación Matamoros
Utilidad / renta ordinaria
Gan Ocasional
Impuesto GO
UCDI
Exceso no trasladable
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
1.845
1.000
100
18.243
(4.813)
100
1.000
(100)
15.338
(2.905)
PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES
• No se acaba la prima en colocación  efectos
mercantiles
• Para fines de impuestos
Prima hace parte del aporte para el aportante
No genera ingreso para la sociedad receptora
La capitalización de la prima en colocación de
acciones o cuotas no generará ingreso tributario, ni
dará lugar a costo fiscal de las acciones o cuotas
emitidas.
Es parte de la base para liquidar el impuesto de
registro (Art. 187 Ley 1607/12)
Será reembolsable en términos de la ley mercantil.
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
APORTES SOCIEDADES NACIONALES
• Aportes en dinero o especie
– No generan ingreso para la sociedad
receptora
– El aporte no genera enajenación
– El aportante recibe inversión por valor igual
al costo fiscal aportado  no hay utilidad ni
pérdida
• Requisitos
– Emisión acciones nuevas
– Costo
fiscal
equivalente
base
de
depreciación, amortización
– Identidad calificativa: activo fijo o movible
– Declaración expresa en el acto de aporte
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Efectos
mercantiles
Efectos posteriores
• Inversionista
– Realiza ingreso cuando enajene las acciones
– Si enajena acciones de 2 años  no tiene derecho a
deducción de pérdidas fiscales ni excesos de
presuntiva
• Sociedad receptora
– Realiza utilidad o pérdida cuando disponga de los
bienes recibidos en aporte.
– Si enajena el bien antes de 2 años  no tiene
derecho a deducción de pérdidas fiscales ni excesos
de presuntiva
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Aportes de industria
• SOCIEDAD RECEPTORA
– Gasto por valor pactado
– Deducción por valor intrínseco después de la
emisión.
– Debe descontar las retenciones que correspondan
• INVESIONISTA
– Ingreso por valor equivalente a valor intrínseco
después de la emisión
Aportes de industria sin
estimación de valor
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Depreciación
(159)
• Reducción de saldos
– Valor salvamento 10% o mayor
– No se admite aplicación turnos
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Subcapitalización
(109)
• Gasto por intereses solo es deducible por
deudas cuyo monto no exceda en 3 el
patrimonio líquido a dic. año anterior.
– Técnicamente aplica solo para deudas con vinculados
– En Colombia nos hemos separado de la técnica
– ¿Relación deuda/patrimonio o
pasivo/ patrimonio)
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Crédito mercantil
• Origen y naturaleza fiscal
• Amortización admitida
– Requisitos
• Integrado al costo de la inversión
– Efectos  renta presuntiva
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Fiducias
• Las utilidades o pérdidas obtenidas en
los fideicomisos deberán incluirse en las
declaraciones
de
renta
de
los
beneficiarios en el mismo año en que se
causen, conservando el carácter de
gravable o no gravables, deducibles o no
deducibles.
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
Fiducias: transparencia de beneficios
•
Cuando la ley consagre un beneficio tributario
por inversiones, donaciones, adquisiciones,
compras, ventas o cualquier otro concepto, la
operación que da lugar al beneficio el
beneficiario, fideicomitente o adherente tendrá
derecho al beneficio correspondiente.
•
No son deducibles las perdidas originadas en la
enajenación de derechos fiduciarios cuando el
objeto del patrimonio autónomo, o el activo
subyacente, este constituido por acciones o
cuotas de interés social, cuya pérdida este
restringida de conformidad con las normas
generales.
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO
TRIBUTAR ASESORES SAS
EMPRESA COLOMBIANA LIDER EN SOLUCIONES Y SERVICIOS TRIBUTARIOS
GRACIAS
J. ORLANDO CORREDOR ALEJO