ley 19.880 MTWF parte 2
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Transcript ley 19.880 MTWF parte 2
Contraloría General de la República
Contraloría Regional del Maule
“LEY N° 19.880”
Bases de los procedimientos que rigen los actos de la
Administración del Estado
Agosto de 2009
DESARROLLO Y ETAPAS
DEL
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
ATAPAS
DEL
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
INICIACIÓN
INSTRUCCIÓN
FINALIZACIÓN
INICACIÓN.
Art. 28
INICIACIÓN. ART.
28
DE OFICIO.
DE OFICIO
A iniciativa de la
administración.
Generalmente
constitución de una
situación jurídica
favorable
SOLICITUD DE LA
A SOLICITUD DE LA PERSONA
PERSONA
INTERESADA.
INTERESADA.
Procedimientos
susceptibles de
producir un efecto
desfavorable
Iniciación
de
oficio
Iniciativa del
órgano
Orden superior
Otro órgano
administrativo
Inferior u
otra
administración
Denuncia
Funcionario
en
ejercicio
Particular
DENUNCIA
Acto de colaboración por el que se pone en conocimiento de la
administración determinados hechos que pueden dar lugar a la incoación
de un procedimiento administrativo.
DENUNCIANTE NO GOZA DE
LEGITIMIDAD PARA INTERVENIR.
salvo
Efecto positivo en esfera jurídica del
denunciante
PERIODO DE
INFORMACIÓN PREVIA
Información previa
ÓRGANO
COMPETENTE
CONOCER
CONVENIENCIA
No produce efectos
Jurídicos de iniciación
Iniciación de oficio
del
Procedimiento
DECISIÓN
ACUERDO DE
INICIACIÓN
Art. 29
Nombres y
apellidos del
interesado
INICIO A SOLICITUD DE
PARTE
(Art. 30)
Lugar y fecha.
Hechos,
razones,
peticiones
Firma
Órgano
administrativo
ANTECEDENTES
FUNDANTES
PETICIÓN
FUNDADA
Ajusta contenido
resolución final.
Silencio positivo.
FORMULARIO
Art. 30 inc. 4
Inadmisibilidad
Art. 41. Inc. 5
MEJORAS
VOLUNTARIAS
Pretensión vaga,
oscura o ambigua
Solicitud no
cumple
requisitos
Subsana
Administración solicita dentro de
5 días
Autoridad no requiere
modificación
Principio actos propios
y
buena fe
Acompaña
documentos
OBLIGACIÓN DE
RESOLVER
EFECTOS NECESARIOS
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
PRIORIDAD FORMAL
DE LA SOLICITUD
EFECTOS EVENTUALES
FECHA
INGRESO
SOLICITUD
ÓRGANO
COMPETENTE
IMPULSIÓN DE OFICIO
MEDIDAS
PROVISIONALES
PROCEDIMENTALES
PRE-PROCEDIMENTALES
PROVISIONALÍSIMAS
MEDIDAS PROVISIONALES.
Art. 32
ACCESORIAS
INDETERMINADAS
TEMPORALES
MEDIDAS
CAUTELARES
O PROVISIONALES
PROCEDIMENTALES
Limitaciones
Prejuicio
Perjuicios
irreparables
Violación de
derechos
Extinción
Supeditada siempre
a su
eficacia
Si incurre en alguna de estas
prohibiciones
Órgano competente
Quien resuelve el
procedimiento
Impugnación
Acto causa indefensión
FUNDADA
Motivación
Razonable
De oficio
Petición
de parte
Adopción
resolución
de
término
Principio de contradictoriedad
y de defensa del administrado
Iguales principios y
requisitos
M. procedimentales
REQUISITOS
ADICIONALES
Protección
provisional
Intereses
URGENCIA implicados
MEDIDAS
PRE-PROCEDIMENTALES
O PROVISIONALÍSIMAS
RESOLUCIÓN
INICIA PROCEDIMIENTO
RATIFICA MODIFICA ELIMINA
Si no inicia
procedimiento
15 días desde
decretada,
queda sin
efecto
Si no se
pronuncia
sobre ella,
queda sin
efecto
Instrucción del procedimiento
PRINCIPIOS GENERALES
Introduce
elementos
OBJETO
Conocer e
Incorporar datos y
circunstancias
ACTOS DE INSTRUCCIÓN
DE ORIGEN EXTERNO
Determinar
hechos
ACTOS DE INSTRUCCIÓN
DE ORIGEN INTERNO
ACTOS MIXTOS DE CARÁCTER
PROBATORIO
ACTOS DE COMUNICACIÓN
PRINCIPIO GENERALES
DE LA FASE DE
INSTRUCCIÓN
PPIO. INQUISITIVO
Art. 7 y 34, inc 2.
Impulsión de oficio
PPIO. DISPOSITIVO
Art. 34, inc.1 y 2.
Impulso de parte
Regla de
SIMULTANEIDAD
Art. 9 inc. 2
CELERIDAD Y ECONOMÍA
Regla de
ACUMULACIÓN
Art. 33
Regla de
NO SUSPENSIÓN
del procedimiento.
Art. 9
ACTOS DE INSTRUCCIÓN
DE ORIGEN
EXTERNO
INFORMACIÓN PÚBLICA
Art. 39
Cuando sea necesario
ALEGACIONES
“DERECHO A DEFENSA”.
AUDIENCIA PREVIA
Última fase
Nadie puede ser condenado
sin ser oído
Aducir alegaciones e
incorporar
documentos.
Art. 17 Lt. F, art. 10
Escrito u
oral con
constancia
Vista del expediente.
Presentación de alegaciones
y documentos.
Mejor acierto
Oportunidad para
eventuales
interesados
Derecho a respuesta razonada
Art. 39, inc. final
Razonamiento
Hechos
Procedimiento
Mismo Órgano
Otro Órgano
Declaración de
conocimiento
Tipos.
Art. 37 y 38
Facultativos o
Preceptivos
Vinculantes o
No vinculantes
ACTOS DE INSTRUCCIÓN
DE ORIGEN
INTERNO
Declaración de
juicio
Los informes
Plazo 10 días.
Art. 24 Inc. 3
No es una pericia.
Puede utilizarse para motivar
una decisión.
Certeza respecto
de hechos
Valoración de
antecedentes
Base resolución
final
Etapa permite
Publicidad
Inmediación
Contradicción
Principio de oficialidad
ACTOS MIXTOS
DE CARÁCTER
PROBATORIO
Ppio. de
Contradictoriedad
Durante todo el proceso.
Art. 35 y 36
Ppio. De Libre aportación
PPIO. OFICIALIDAD
Respeto al principio
de
contradictoriedad
Obligación término
probatorio
Cuando no constan
los hechos
alegados
Cuando
La naturaleza
del
procedimiento
lo exija
Salvo improcedentes
o innecesarias.
Art. 35
Iniciativa de la
administración
Solicitadas por
los interesados
VICIO DE INDEFENSIÓN.
Impugnación Art. 15 Inc. 2
Art. 60 Rec. extraordinario
Presencia y participación
interesados
Plazo de 10 a
30 días
Comunicar inicio
actuaciones
Probatorias. Art. 36
PRINCIPIO DE
CONTRADICTORIEDAD
Art. 35
Indicar lugar, fecha y hora
PRINCIPIO DE
LIBRE
APORTACIÓN
DE LA PRUEBA
CUALQUIER MEDIO
ADMISIBLE
EN DERECHO.
Art. 35
Remisión normas
Derecho procesal
común
APRECIACIÓN
CONFORME
LA SANA CRITICA
MOMENTO EN QUE
SE RINDE
Cualquier medio de
Prueba lícito
Cualquier
momento
Término
Probatorio.
garantía de
contradicción
ACTOS DE COMUNICACIÓN
Art. 17 letra a) y h)
Actos mas solemnes
y formalizados
PERMANENTE
PUBLICACIÓN
FLUIDA
DESFORMALIZADA
NOTIFICACIÓN
LOS DECRETOS Y RESOLUCIONES PRODUCIRÁN
EFECTOS JURIDÍCOS DESDE SU NOTIFICACIÓN O
PUBLICACIÓN, SEGÚN SEA DE CONTENIDO INDIVIDUAL
O GENERAL.
Art. 51 Inc. 2
NOTIFICACIÓN
Normal y expresa.
Art. 45 y46.
Tácita.
Art. 57
OPORTUNIDAD
DESTINATARIO.
Todos los interesados.
Art. 17.
NOTIFICACIÓN
EXPRESA.
OBJETO
Conocimiento del acto
administrativo
FORMA
CONTENIDO
Texto
íntegro.
A mas tardar
cinco días total
tramitación
CARTA
CERTIFICADA
PERSONAL
Plazo
Indicación de los recursos
procedentes.
Órgano ante el cual
recurrir.
NOTIFICACIÓN
TÁCITA
Art. 47
Gestión en el
procedimiento
Posterior al acto a notificar
que suponga conocimiento
SIN HABER RECLAMADO
ANTERIORMENTE
SU FALTA O NULIDAD.
Ausencia
notificación
Notificación
viciada
Otras notificaciones
NOTIFICACIÓN DE
ACTOS
DE EJECUCIÓN
MATERIAL
Art. 50 Inc. 2
NOTIFICACIÓN DE
TERCEROS
SOBRE RECURSOS
Art. 55
Razones de
eficiencia
y
Economía
NOTIFICACIÓN
MEDIANTE
PUBLICACIÓN
Comunicación
inadecuada
Onerosa
Imposible
Supuestos de la ley.
Normas de general
Aplicación o miren
interés general.
Afecta personas cuyo
paradero se ignora
Aquellos que la
ley ordena
expresamente.
Los que ordenare
publicar el presidente
LEY 20.285
ACCESO A LA INFORMACIÓN
SON PÚBLICOS
ACTOS Y
RESOLUCIONES
FUNDAMENTOS
DOCUMENTOS
DE SUSTENTO O
COMPLEMENTO
DIRECTO
Y ESENCIAL
SALVO
EXCEPCIONES QUE ESTABLECE
LA LEY Y LEYES DE QUORUM CALIFICADO
LEGALES
PROCEDIMIENTO
TRANSPARENCIA
ACTIVA
Art. 7
DEBER DE LA
ADMINISTRACION
Ppio. Relevancia
Libertad de información
PPio. Máxima
divulgación
Ppio. Apertura o
transparencia
Ppio. De divisibilidad
Ppio. De Facilitación
PASIVA
Art. 10
DERECHO DE TODA
PERSONA
Ppio. De no
discriminación
Ppio. De oportunidad
Ppio. De Control
Ppio. De
responsabilidad
Principio de Gratuidad
SOLICITUD
REQUISITOS
FORMALES
PLAZO MAXIMO
DE
20 DIAS
SUBSANA
EXCEPCIONALMENTE
AMPLIABLES
POR 10 DIAS MAS
ENTREGA
FORMA Y MEDIO
INDICADO
REUQUIRENTE
INFORMACIÓN AFECTA A
TERCEROS.
Art. 21
NOTIFICAR A LOS AFECTADOS
CARTA CERTIFICADA
3 DIAS PARA OPONERSE
POR ESCRITO Y
FUNDADAMENTE
ORGANO NO PUEDE ENTREGAR
LA INFORMACIÓN
SALVO RESOLUCIÓN DEL
CONSEJO
CAUSALES DE SECRETO O
RESERVA
Art. 21
Indicadas en la
ley 20.285
Indicadas en
una ley
De quórum
calificado
Negativa fundamentada en
Alguna causal
Vencido el plazo de 20 días
Reclamo al consejo
Dispone entrega o
ratifica reserva
Art. 45
Sanción en caso de
denegación infundada
TERMINACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO
FORMAS
NORMALES.
Resolución
FORMAS
ANORMALES
Todas las demás
POR DECISIÓN
EXPRESA
DE LOS SUJETOS
De la
autoridad
Desistimiento
CAUSAS OBJETIVAS
IMPOSIBILIDAD DE
CONTINUARLO
INACTIVIDAD
ABANDONO
Del
interesado
Renuncia
TIPOS DE
RESOLUCIÓNES
FINALES
TERMINACIÓN POR
DECISIÓN DE
ADMINISTRACIÓN
“RESOLUCIÓN”
DEBER DE
RESOLVER
Art. 14 y 41
DECISIÓN DE
FONDO
Art. 8
DECISIÓN
FORMAL
Estimatoria o desestimatoria
Total o parcial
Inadmisibilidad.
Razones de fondo que
Impiden pronunciarse sobre
el objeto
Costumbre administrativa
encabezamiento
Parte
expositiva
Conclusión
Parte
resolutiva
Exigencia Ley 19.880
REQUISITOS
FORMALES
DE
LA RESOLUCIÓN
Doctrina: Ejercicio
potestades
discrecionales
MOTIVACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
Contener la constancia en el acto de las
razones de hecho y derecho en base a las
cuales se adopta la decisión.
Afecten derechos de
particulares.
Art. 11, inc 2
Los que disponga
la Ley o el
reglamento
Resuelven
recursos
Adopción medidas
provisionales
CONGRUENCIA
Art. 41 Inc. final
REQUISITO MATERIAL
DE LA
RESOLUCIÓN
Art. 41 inc. 1
Peticiones concretas del interesado
Temas que el recurrente o la administración
Puede plantear con posterioridad al acto de
iniciación.
Cuestiones no planteadas por el interesado si no
por la administración.
Cuestiones conexas
Audiencia
Procedimiento a instancia del interesado
Resolución debe ajustarse a las
peticiones formuladas.
DESESTIMIENTO
Art. 42
TERMINACIÓN POR
DECISIÓN DEL INTRESADO
Solo afecta al
Procedimiento mismo
En ambos casos puede formalizarse por cualquier
medio que permita su constancia.
Solo afecta a quienes la formulen.
Una vez aceptadas se declara terminado el
procedimiento a su respecto.
Solo en procedimientos a instancia del interesado.
RENUNCIA
Art. 42 Inc. 2
Abdica al derecho o interés
esgrimido, siempre que sea
renunciable. Art. 12 cc
PLAZO
MÁXIMO DE DESARROLLO
Art. 27
RITMO
TERMINACIÓN POR
ABANDONO
CONTINUIDAD
IMPULSO DE OFICIO
Requisitos
efectos
Inactividad imputable
a quien inicio
el procedimiento
Real paralización del
procedimiento.
Finalización del
procedimiento
Ineficacia efectos de
la prescripción.
Art. 43
No opera de pleno derecho.
TERMINACIÓN POR CAUSAS
OBJETIVAS
IMPOSIBILIDAD DE
CONTINUARLO
Resolución fundada.
Imposibilidad material de
Continuar el procedimiento.
Art. 40
Extinción del objeto del
procedimiento.
Art. 14
EJECUCIÓN
Art. 50
Actuación material
de ejecución.
Previamente resolución
Necesidad de notificación
a particular interesado
EJECUTORIEDAD
Art. 51
IRRETROACTIVIDAD
Art. 52
Inmediata
Salvo disposición
de la ley o necesidad de
autorización o aprobación
Decretos y resoluciones desde
notificación o publicación
No tiene efecto retroactivo
salvo consecuencias
favorables interesados y
no lesionen derechos de terceros