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I CONGRESO INTERNACIONAL DE
MOBBING Y BULLYING.
MONTEVIDEO URUGUAY
MAYO 2013
Avances y retos de la prevención del acoso
escolar en el Perú " ley de Antibullyng " La
Convivencia sin violencia ni acoso en la
comunidad educativa
LIC. JENNY JUNCO SUPA
INVESTIGACIONES NACIONALES
La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin
Drogas. 2007.
Objetivo: determinar los factores asociados al uso de
sustancias, a nivel individual, escolar
Muestra: 65,041 estudiantes.
Resultados:
 El 15,3% ha sido víctima de una o más agresiones físicas en lo que va de
su vida escolar. El agresor o los agresores fueron compañeros(as) de
clase.
 El 5,1% ha sido víctima de acoso sexual en su experiencia escolar. El
acosador o acosadora fue un compañero o compañera de clase.
 El 20,2% reconoce haber agredido a algún compañero de clase.
 El 4,3% de los escolares reconoce haber acosado sexualmente a un
compañero o compañera de clase.
CYBERBULLYING EN ESCOLARES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
DE LIMA .
LUPE GARCÍA A., OSWALDO ORELLANA M., RICARDO POMALAYA V., ELISA YANAC R, LIDIA SOTELO L., EDGAR HERRERA F, NOEMÍ
SOTELO L., HILDA CHAVEZ CH., NAYÚ GARCÍA Z., DANTE MACAZANA F., DAPHNE ORELLANA G., PAUL FERNANDINI Q.
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
 El objetivo de la presente investigación es conocer la prevalencia
del cyberbullying, establecer las diferencias de género, grado
escolar y rendimiento académico autopercibido desde la posición de
agresor o víctima, así como las modalidades más utilizadas por los
escolares para intimidar a sus iguales.
 La muestra estuvo conformada por 1,703 estudiantes de tercero a
quinto grado de secundaria de centros educativos públicos de Lima.
 Se utilizó el “Cuestionario Cyberbullying” (Ortega, Calmaestra y
Mora Merchán, 2007) adaptado por el equipo de investigación.
Resultados
 Mayor prevalencia del ciberbullying por internet que por
celular.
 Desde la perspectiva de género las mujeres son más
victimizadas que los hombres tanto por celular como por
internet; pero agreden por igual.
 Existen diferencias significativas desde la posición de
agresor y víctima en función del rendimiento académico
autopercibido no así en función del grado escolar;
 Los alumnos con rendimiento académico autopercibido
regular son más intimidados.
Violencia escolar (bullying) en colegios estatales de
primaria en el Perú
RESUMEN
 Se efectuó un estudio de la violencia escolar (bullying)
en colegios nacionales de primaria en Ayacucho, Cusco,
Junín y Lima Este.
 Objetivo: Conocer la incidencia del bullying, respuesta
de los compañeros de clase, padres, maestros y amigos
al enterarse de la agresión.
 Muestra: Estudio transversal en una muestra de 916
escolares.
Resultados:
 La incidencia de bullying fue de 47%.
 El 34% de los agredidos no comunican a nadie la agresión.
 A un 65% de compañeros no les interesa defender a las víctimas.
 Alrededor del 25% de maestros y padres de familia no reaccionan ni
protegen a las víctimas permitiendo que este proceso continúe.
Conclusiones:
Se recomienda diseñar instrumentos para estudios de profundidad y
favorecer la comunicación de las víctimas para romper la “Ley del
Silencio”.
ACOSO ESCOLAR ( BULLYING) EN LIMA METROPOLITANA
Investigador Responsable: Sara Becerra F.
Investigadores Colaboradores: Elizabeth Flores V., Jeannette Vásquez,
Investigadores Colaboradores: Sofía Becerra F.
Facultad
• Resumen
 En una muestra de 1087 adolescentes escolares
de secundaria (542 hombres, 545 mujeres) de
Lima se encontró que el 45% es agredida,
 El 23% refiere cuando el profesor se ausenta del
aula,
 El 22% no sabe porque lo acosan,
 la forma más frecuente de maltrato es poniendo
apodos, el 67% es maltrato psicológico, no
existiendo diferencias entre sexos.
Resultados
 Como consecuencia de estas agresiones la víctima se siente triste,
han bajado sus notas, o no duerme bien o esta nervioso, dentro de
las actitudes que más los identifican es sentir rabia y odio hacia los
demás, faltar a clases o fugarse de sus casas.
 Los chicos intimidan por molestar, las chicas porque se meten con
ellas.
 Cuando ven que están agrediendo a un compañero el 36% no hace
nada, se queda mirando o se marcha, el 64% hace algo para parar
estas agresiones y lo hace porque no es correcto, no les gusta o es
su amigo el agredido, las agresiones las ha observado en el patio o
en el salón de clases, el 47% ha participado en alguna oportunidad
en intimidaciones hacia sus compañeros
Perfil del agresor según nuevo estudio de Cedro.
Menores que cometen bullying provienen de hogares violentos, son fríos
y calculadores
Jueves, 07 de junio de 2012
Alumno Aplicado.
Escolar víctima de bullying fue asesinado por dos de sus compañeros en
el Cusco
Viernes, 30 de noviembre de 2012 |
MARCO NORMATIVO
• Constitución Política del Estado
• Convención sobre los Derechos del Niño
• Plan Nacional de Acción por la Infancia y la
Adolescencia 2012 -2021
• Ley Nº 27337 Aprueba el Nuevo Código de los Niños y
Adolescentes.
• Ley Nº 29719 – Ley que promueve la convivencia sin
violencia en las instituciones educativas (Ley
Antibullying) 25-06- 2011
• D.S.Nº 010-2012-ED Aprueba el Reglamento de la Ley
29719. Oct. 2012
Constitución Política del Estado
Artículo 2°. Toda persona tiene derecho:
 A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica
y física y a su libre desarrollo y bienestar
 Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o
física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o
humillantes
Artículo 13°. La educación tiene como finalidad el
desarrollo integral de la persona humana.
Plan Nacional de Acción por la Infancia y
Adolescencia 2012 -2021
•
•
•
•
•
•
El Interés superior del niño
Igualdad de oportunidades
La niña y el niño como sujetos de derechos
Autodeterminación progresiva
Participación
La familia como instrumento fundamental del
desarrollo de las personas
Ley Nº 27337 Aprueba el Nuevo Código de los
Niños y Adolescentes
Artículo 4º.- A su integridad personal.- El niño y el
adolescente tienen derecho a que se respete su integridad
moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar.
Concordancias:
Conv. D.N.: Arts. 3º, 7º, 19º, 34º, 35º, 36º, 37º inc. a)
Ley Nº 27337 Aprueba el Nuevo Código de los
Niños y Adolescentes
Artículo 18º.- A la protección por los Directores de los
centros educativos.a) Maltrato físico, psicológico, de acoso, abuso y violencia
sexual en agravio de los alumnos;
b) Reiterada repitencia y deserción escolar;
c) Reiteradas faltas injustificadas;
d) Consumo de sustancias tóxicas;
e) Desamparo y otros casos que impliquen violación de los
derechos del niño y adolescente
Ley Nº 29719 – Ley que promueve la convivencia sin
violencia en las instituciones educativas (Ley Antibullying)
Artículo 1 Objeto de la Ley:
• Establecer los mecanismo para diagnosticar, prevenir,
evitar, sancionar y erradicar la violencia, el
hostigamiento, la intimidación y cualquier acto
considerado como acoso ente los alumnos de las
instituciones educativas.
Alcance de la Ley
• Artículo 2.
Esta Ley regula la prohibición del acoso escolar, en
cualquiera de sus modalidades, cometido por los alumnos
entre sí, que provoca violencia y saldo de víctimas.
Designación de un Profesional de Psicología
Artículo 3
Declárase de necesidad la designación de, por lo menos,
un profesional de Psicología en cada institución educativa,
encargado de la prevención y el tratamiento de los casos
de acoso y de violencia entre los alumnos. La
implementación de esta disposición se realiza en forma
progresiva de acuerdo con la disponibilidad presupuestal,
cuyo plazo concluye en diciembre de 2012.
El Ministerio de Educación define las funciones de este
profesional, en el marco de la orientación, formación y
terapia
educacional
individual
o
colectiva.
Consejo Educativo Institucional (Conei)
Artículo 4
El Consejo Educativo Institucional (Conei) de cada
institución educativa realiza, además de sus atribuciones,
las acciones necesarias para diagnosticar, prevenir, evitar,
sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento y la
intimidación entre escolares en cualquiera de sus
manifestaciones; acuerda las sanciones que correspondan
y elabora un plan de sana convivencia y disciplina escolar,
siguiendo las indicaciones emanadas del Ministerio de
Educación, que recogen y concretan los valores, objetivos
y prioridades de actuación que orientan y guían el mutuo
respeto y la solución pacífica de los conflictos.
Obligaciones de los docentes
Artículo 6
- Detectar, atender y denunciar de inmediato ante el Consejo
Educativo Institucional (Conei) los hechos de violencia,
intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y
cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los
estudiantes,
- En casos de menor gravedad, los docentes deben
sancionar directamente a los estudiantes agresores, sin
perjuicio de su obligación de informar sobre dicho incidente
al Consejo Educativo Institucional (Conei), para los efectos
de su inscripción en el Libro de Registro de Incidencias sobre
violencia y acoso entre estudiantes
Obligaciones Sistema Educativo- Sectorial
Artículo 7. Obligaciones del director de la institución
educativa.
Artículo 8. Obligaciones de los padres y apoderados.
Artículo 9. Obligaciones de las entidades del Estado.
Artículo 10. Obligaciones del Instituto Nacional de
Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual (Indecopi)
Obligaciones Sistema Educativo- Sectorial
Artículo 11. Libro de Registro de Incidencias.
Artículo 12. Medidas de asistencia y protección.
Artículo 13. Entrega de boletín informativo.
Principios
a)
b)
c)
d)
Interés superior del niño y adolescente
Dignidad y defensa de la integridad personal
Igualdad de oportunidades para todos
Reserva confidencialidad y derecho a la
privacidad.
e) Protección integral de la víctima
Finalidad de la convivencia democrática en la
institución educativa
• La convivencia democrática tiene como finalidad
propiciar procesos de democratización en las
relaciones entre los integrantes de la comunidad
educativa, como fundamento de una cultura de
paz y equidad entre las personas, contribuyendo
de este modo a la prevención del acoso y otras
formas de violencia entre los estudiantes
Orientaciones para construir
la convivencia
democrática en la institución educativa
a) Promover el trato respetuosos y el diálogo intercultural
entre la diversidad de los integrantes de la comunidad
educativa.
b) Favorecer la participación democrática, así como la
identidad y el sentido de pertenencia institucional y
local entre la diversidad de los integrantes de la
comunidad educativa.
c) Institucionalizar acciones y prácticas de estímulos y
reconocimiento a los integrantes de la comunidad
educativa, así como tiempos y espacios para el
fortalecimiento de la convivencia democrática.
Responsabilidades del Ministerio de
Educación
•
•
•
•
•
Ministerio de Educación
Gobiernos Regionales
Instituciones Educativas
Defensoría del Pueblo
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección
de la Propiedad Intelectual.
Modelo Ecológico
• Está basado en la relación dinámica y
circular que existe entre la persona y el
medio.
• Esta relación circular y dinámica es
transformadora. El individuo influye en el
medio y a su vez el medio, en sus
distintos niveles y escenarios, impacta
en
la
persona;
transformándose
recíproca y dinámicamente.
El Modelo ecológico
Macro: representaciones sociales, relaciones de poder,modelo
violencia estructural, aspectos culturales, desigualdades sociales,
anomia, desarraigo
Meso: pobreza, desempleo,
hacinamiento, migración,
Micro: socialización, identidad,
modelos parentales, conflictos
Violencias, entornos y estilos
consumo de alcohol
Individual:
afecto,
comunicación,
autoestima, diferenciación,
independencia
emocional,
necesidades de control
Determinantes: nivel macro e individual u ontogenético
Factores de Riesgo: nivel meso y nivel micro
Enfoques Propuestos
1.
2.
3.
4.
5.
Enfoque de Derechos
Enfoque de ciclo de vida
Enfoque intercultural
Enfoque de Genero
Enfoque de Equidad.