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Entidades sin Fines de
Lucro en Paraguay
Aspectos legales, tributarios y contables
Ricardo Rodríguez Silvero y Lic. Carmen de Torres
Noviembre de 2011
Noviembre 2011
Dr.R.Rodr.Silvero Lic.C.de Torres
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Entidades sin
fines de lucro –
Aspectos legales
Tipos de entidades de acuerdo el Código Civil
Exigencias de la Ley Tributaria para su
reconocimiento como Asociaciones Reconocidas
de Utilidad Pública (Art. 102-117 CC)
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EsFL
Son Asociaciones Civiles que surgen de la
mancomunión de ideas y esfuerzos de un grupo de
personas, tendientes a cumplir una finalidad
común.
Se incluyen las instituciones que por su objeto,
estructura, funcionamiento, aplicación y destino, no
son lucrativas y son de bien común.
El dato distintivo lo constituye la “ausencia de
lucro”.
(Del libro “Las Entidades sin Fines de Lucro y la Ley de Adecuación
Fiscal”, RS&A, 1ª Edición pag.9)
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Asociaciones Civiles
Requisitos Legales
Deben ser constituidas por Escritura
Pública, debidamente inscripta en los
Registros Públicos.
Están normadas por el Código Civil
Paraguayo, en los capítulos II, III y IV.
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Tipo de Asociaciones
ASOCIACIONES DE RECONOCIDA
UTILIDAD PUBLICA
LAS ASOCIACIONES DE CAPACIDAD
RESTRINGIDA
LAS FUNDACIONES
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Asociaciones de
Reconocida Utilidad
Pública
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Asociaciones de Reconocida
Utilidad Pública
Conforme a la doctrina y otras legislaciones podrán
ser declaradas de utilidad pública las asociaciones:
Cuyos fines estatutarios sean asistenciales,
cívicos, educativos, científicos, culturales,
deportivos, sanitarios, de cooperación para el
desarrollo, de defensa del medio ambiente, de
fomento de la economía social o de la investigación,
de promoción del voluntariado social o de
cualesquiera otros que tiendan a promover el
interés general y no tengan fines lucrativos.
(Del libro “·Las Entidades sin Fines de Lucro y la Ley de Adecuación Fiscal”
RS&A 1ª Edición pag.10)
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ASOCIACIONES RECONOCIDAS DE
UTILIDAD PUBLICA
Se encuentran regladas en el Código Civil, Art.
102 al 117.
Este tipo de asociación requiere del
reconocimiento del Poder Ejecutivo para su
funcionamiento.
La modificación de los estatutos será válida sólo
con la aprobación del Poder Ejecutivo.
Deben contener normas relativas a la extinción
de la entidad y destino de sus bienes.
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Asociaciones de
Capacidad Restringida
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ASOCIACIONES DE CAPACIDAD
RESTRINGIDA
Se encuentran regladas por los Art. 118º
al 123º del Código Civil
b) Deben estar inscriptas en el Registro
Público de Personas Jurídicas.
Este tipo de asociaciones no necesitan
el reconocimiento del Poder Ejecutivo.
Deben contener normas relativas a la
extinción de la entidad y destino de sus
bienes.
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Ejemplo
Gs.
IVA
Gastos Directos de
operaciones
gravadas
Gastos Indirectos
50.000.000
5.000.000
10.000.000
1.000.000
Gastos Exentos
30.000.000
90.000.000
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6.000.000
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Liquidación del IVA
(Ejemplo 4)
Crédito fiscal:
Crédito fiscal directo
Crédito fiscal proporcional
Gs. 1.000.000 x 31,82%
318.200
Crédito fiscal
Gs. 5.000.000
Gs.
Gs. 5.318.200
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Liquidación del IVA
(Ejemplo 5)
IVA Costo:
IVA indistinto relacionado a
operaciones no gravadas
Gs. 681.800
El IVA indistinto relacionado a operaciones
no gravadas es deducible del Impuesto a
las Rentas de Actividades Comerciales,
Industriales y de Servicios.
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Bibliografía
Libro: Las Entidades sin Fines de Lucro y la
Ley de Adecuación Fiscal, Dr. Ricardo
Rodríguez Silvero, Lic. Carmen de Torres y
Sergio Valiente Zavala, Asunción, dic.2005
Libro 2ª edición: Las Entidades sin Fines de
Lucro y las Ley de Adecuación Fiscal, Dr.
Ricardo Rodríguez Silvero y la Lic. Carmen de
Torres, con la colaboración de la Abog. Gladys
Diez de Franco, Asunción nov.2007
Ley 125/91 Texto Actualizado
Decretos y Resoluciones Reglamentarias de la
Ley Tributaria.
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Informaciones
adicionales
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(595-21) 612 912
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reforma tributaria y contable
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Legales y Tributarios, Económicos y
Financieros, Administrativos y Contables.
Especializados en desarrollo sostenible,
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así como en
integración económica internacional
Director: Dr. Ricardo Rodríguez Silvero
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