Financiera - de Sedchoco

Download Report

Transcript Financiera - de Sedchoco

PRIMER TALLER DE FORMACIÓN A RECTORES
“GERENCIAR EL APRENDIZAJE INSTITUCIONAL”
MAYO 10 DE 2013
Área Financiera
Directora: Esperanza Gallego Parra
Correo electrónico:
[email protected]
Teléfonos: 6717745 – 6708475
Extensión 112 - 113
Celular: 313 730 2794
INTRODUCCIÓN
Para la financiación del sector educativo, la principal fuente de recursos en
la entidades territoriales corresponde a la participación para Educación del
Sistema General de Participaciones, SGP que incluye los recursos de
prestación de servicios, cancelaciones, recursos de calidad y gratuidad.
No obstante, existen otras fuentes para apalancar el mejoramiento de la
calidad y la cobertura del servicio educativo para alimentación escolar y,
por otro lado, recursos aportados por entidades u organismos del sector
privado para la inversión en educación (rendimientos financieros), por
ejemplo las Cooperativas.
ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS
Por medio de la Ley 715 de 2001 se establecieron las competencias y
las asignaciones de las E.T., trayendo consigo que los Departamentos
tengan que administrar la prestación del servicio educativo en los
municipios no certificados y que los municipios certificados lo hagan
de manera autónoma igual que los Distritos. Con estos recursos las
E.T. deben garantizar la adecuada prestación del servicio educativo
en su jurisdicción.
La distribución y asignación de los recursos depende de la matrícula
oficial reportada al SIMAT en las etapas de PREMATRÍCULA Y
MATRÍCULA que hagan los Rectores y Directores.
RECURSOS DE GRATUIDAD
Asignación
CONPES
Gastos de
Funcionamiento
IE Y CE
RECURSOS DE GRATUIDAD
$ 6,325,904,000
$ 5,624,872,000
$ 2,090,828,000
ASIGNACIÓN CONPES 141 DE
2011
ASIGNACIÓN CONPES 146 DE
2012
ASIGNACIÓN CONPES 162 DE
2013
LOS RECURSOS DE GRATUIDAD EDUCATIVA
EN LOS E.E.
La gratuidad educativa se entiende como la exención del pago de
derechos académicos y servicios complementarios, los cuales hasta
el año 2011, podían ser cobrados por parte de las IE oficiales.
Para garantizar que los E.E. reciban de manera oportuna dentro del
período académico los recursos que suplan los dejados de percibir
por el no cobro de
los derechos académicos y servicios
complementarios, la Ley del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1450
de 2010,art.140) estableció que “los recursos del Sistema General
de Participaciones para educación que se destinen a Gratuidad
serán girados directamente a los E.E. de conformidad con la
reglamentación que el Gobierno Nacional establezca” para lo cual el
Ministerio de Educación Nacional expidió la Directiva Ministerial
No.23 de 2011 y el Decreto 4807 de 2011.
¿QUIÉNES NO ESTÁN CUBIERTOS CON LA
GRATUIDAD EDUCATIVA?
Para la asignación de los recursos de gratuidad se excluyen como
beneficiarios a los estudiantes de los ciclos 1 al 6 de educación
para adultos, el ciclo complementario las escuelas normales
superiores grado 12 y 13 y a estudiantes no atendidos en E.E. que
no son financiados con recursos del SGP.
Los estudiantes atendidos a través de modalidades de contratación
de prestación del servicio NO RECIBEN EL PER CÁPITA DE
GRATUIDAD de la misma manera que se le asigna al resto de los
estudiantes oficiales, pues se supone que el valor de los derechos
académicos y cobros complementarios ya están incluidos en el
valor del contrato que se le paga al prestador del servicio.
DESTINACION DE LOS RECURSOS DE GRATUIDAD
(Art. 11 Decreto 4791 de 2008 - Directiva Ministerial No. 22 de 2010)
Deben guardar estricta relación con PEI y con sujeción al Plan de Compras
aprobado por el Consejo Directivo

Dotaciones pedagógicas del EE (mobiliarios, textos, libros, materiales didácticos y audiovisuales,
bibliotecas).

Ampliación, mantenimiento y adecuación de los establecimientos educativos oficiales.

Adquisición de bienes de consumo final que no son objeto de devolución, como papel y útiles, de
escritorio, elementos de aseo, cafetería, medicinas y materiales desechables de laboratorio, gas,
carbón, o cualquier otro combustible necesario para el establecimiento educativo.

Adquisición bienes de consumo duradero y para producción otros bienes y servicios como
muebles, herramientas y enseres, equipos de oficina.

Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.

Pagos de servicios públicos domiciliarios, telefonía móvil e internet, en las condiciones fijadas por
la entidad territorial.

Pago de primas por seguros para amparar bienes cuando no estén amparadas por la entidad
territorial certificada respectiva, así como las primas para la expedición de las pólizas de manejo
que sean obligatorias.
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS DE GRATUIDAD
(Art. 11 Decreto 4791 de 2008 - Directiva Ministerial No. 22 de 2010)
 Adquisición de impresos y publicaciones.
 Gastos de viaje de los educandos tales como transporte, hospedaje y manutención
cuando sean aprobados por el Consejo Directivo de conformidad con el reglamento
interno de la Institución. Los costos que deban asumirse por tal concepto podrán incluir los
gastos docente.
 Sostenimiento de semovientes y proyectos pedagógicos productivos.
 Contratación servicios técnicos y profesionales para gestión específica y temporal de
actividades diferentes a las educativas cuando no sean atendidos por personal de planta.
 Realización de actividades pedagógicas, científicas, deportivas y culturales para los
educandos.
 Inscripción y participación de educandos en competencias deportivas, culturales,
pedagógicas, científicas de orden local, departamental, nacional o internacional.
 Acciones de mejoramiento de la gestión escolar y académica enmarcadas en los planes
de mejoramiento institucional
Según Decreto 4807 de Diciembre de 2011 se adicionan
las siguientes utilizaciones de los recursos:
 Contratación de los servicios de transporte escolar de la población matriculada entre
transición y undécimo grado, cuando se requiera, de acuerdo con la reglamentación
expedida por el Ministerio de Transporte.
 Desarrollo de las jornadas extendidas y complementarias para la población
matriculada entre transición y undécimo grado, incluyendo alimentación, transporte y
materiales.
 Costos asociados al trámite para la obtención del titulo de bachiller.
 Costos Asociados a la elaboración de certificaciones de estudio solicitada por los
estudiantes, boletines, agendas y manual de convivencia, carnet escolar.
PROHIBICIONES EN LA ORDENACIÓN DEL GASTO
(Decreto 4791 de 2008 y Directiva Ministerial No. 22 de 2010)
 Otorgar donaciones y subsidios con cargo a los recursos de los FSE.
 Cancelar gastos de personal, o contratos de Servicios Personales
Indirectos (personal supernumerario, honorarios, jornales, remuneración de
servicios técnicos), para la prestación del servicio público educativo.
 Dotaciones particulares de los estudiantes (kits escolares, cursos
preparatorios para el examen ICFES, entre otros).
 Financiar actividades tendientes a capacitación de funcionarios.
 Pago de viáticos a personal docente, directivos docentes y administrativos
de los establecimientos educativos sin perjuicio de lo dispuesto en el
numeral 9 del artículo 11 del presente decreto.
 Contratar servicios de aseo y vigilancia del E.E.
Según Decreto 4807 de Diciembre de 2011 se
adicionan las siguientes prohibiciones:
 Financiar alimentación escolar, a excepción de la alimentación para el
desarrollo de las jornadas extendidas y complementarias.
 Financiar cursos preparatorios del examen del ICFES, entre otros que
defina el MEN.
 Financiar capacitación de funcionarios.
 Financiar el pago de gastos suntuarios.
RECURSOS CALIDAD
Asignación
CONPES
MUNICIPIOS
IE Y CE
RECURSOS CALIDAD
$ 15,597,993,374
$ 13,895,728,471
$ 12,153,355,909
ASIGNACIÓN CONPES 141 DE
2011
ASIGNACIÓN CONPES 149 DE
2012
ASIGNACIÓN CONPES 162 DE
2013
MANEJO DE LOS RECURSOS DE CALIDAD EN LOS
ENTES TERRITORALES
(Directiva Ministerial No. 12 de Junio 8 de 2008)
Los recursos del Sistema General de Participaciones destinados a
Calidad Educativa los distribuye el CONPES a distritos, municipios
certificados y no certificados teniendo en cuenta la población
matriculada en el sector oficial en el año anterior y las condiciones
económicas-sociales de las entidades, los cuales se reflejan en
valores per cápita diferenciales.
Para garantizar la complementariedad y concurrencia de los
recursos del sector, así como el mejoramiento de la educación en la
ET, cada Alcalde debe coordinar con la Secretaría de Educación
certificada y con los directivos de los E.E. de su jurisdicción el uso y
priorización de éstos.
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS DE CALIDAD EN
LOS ENTES TERRITORALES
(Ley 715 de 2001, art. 16.1.1, Directiva Ministerial No. 12 de Junio 8 de 2008 y Guía para la administración de los recursos financieros del
sector educativo )







Construcción, ampliación y adecuación de infraestructura educativa
Mantenimiento de infraestructura educativa
Dotación institucional de infraestructura educativa
Dotación institucional de material y medios pedagógicos para el aprendizaje
Pago de servicios públicos de los establecimientos E.E.
Funcionamiento básico de los E.E.
Capacitación a docentes y directivos docentes, siempre y cuando cuente con la
aprobación del Comité de la Secretaría de Educación Certificada.
 Complementar, de ser necesario, el transporte escolar, siempre y cuando haya
concertación con la ET certificada sobre la concurrencia de recursos, oportunidad de
la prestación del servicio y competencia.
 Complementar, de ser necesario, la alimentación escolar, teniendo en cuenta lo
previsto en el artículo 15 de la Ley 715 de 2001 para lo cual debe haber un convenio
entre el Departamento y los Municipios no certificados el cual contemple principios
de concurrencia, oportunidad y competencia.
LOS RECURSOS ASIGNADOS POR CALIDAD NO
PODRÁN SER DESTINADOS A CANCELAR:
 Gastos de personal o contratos por servicios personales indirectos (personal
supernumerario, honorarios, jornales, remuneración de servicios técnicos).
 Aseo y vigilancia de los EE.
 Aplicación de pruebas ICFES o cursos preparatorios para dicha prueba.
 Financiar beneficios individuales como Kits escolares o uniformes.
 Pago de viáticos de personal docente, directivos docentes y administrativos de los
EE.
 Compra de elementos, maquinaria y equipo cuyo funcionamiento y mantenimiento
genere gastos recurrentes al SGP
INEMBARGABILIDAD DE LOS RECURSOS DEL
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES, SGP:
Por su destinación social constitucional no pueden ser sujetos de
EMBARGO, PIGNORACIÓN, TITULARIZACIÓN o cualquier otra clase
de disposición financiera:
NORMATIVIDAD:
ARTÍCULO 63 DE CP
DECRETO 111 DE 1996, ARTÍCULO 19
LEY 715 DE 2001, ARTÍCULO 18
SENTENCIA C-793 DE 2002
DECRETO 1101 DE 2007
DECRETO 028 DE 2008
ACCIONES Y ESTRATEGIA DE LLEGADA A LOS E.E.
QUE MANEJAN FOSE DE LA SEDCHOCÓ PARA LA
VIGENCIA 2013
Respecto a los FOSE, corresponde a las ET certificadas en Educación ejercer
el control interno, brindar asesoría y apoyo administrativo, contractual,
financiero, presupuestal y contable de acuerdo con las normas vigentes
(Decreto 4791, artículo 18).
La SEDCHOCÓ, brinda a los FOSE:



CAPACITACIÓN
ASISTENCIA TÉCNICA (TELEFÓNICA, VIRTUAL IN SITU)
ACOMPAÑAMIENTO PERMANENTE
Y PRACTICA AUDITORÍAS (Seguimiento a la gestión y ejecución de los recursos FOSE)
ACCIONES Y ESTRATEGIA DE LLEGADA A LOS E.E.
QUE MANEJAN FOSE DE LA SEDCHOCÓ PARA LA
VIGENCIA 2013
La Secretaría de Educación Departamental del Chocó, Administración
Temporal asignó funciones financieras a 28 funcionarios
administrativos para atender FOSE en todo el Departamento del
Chocó, distribuidos en todos municipios no certificados, quienes
participaron en el Taller de Fortalecimiento y actualización en el
manejo de los FOSE .
ACCIONES Y ESTRATEGIA DE LLEGADA A LOS E.E.
QUE MANEJAN FOSE DE LA SEDCHOCÓ PARA LA
VIGENCIA 2013
OLGA PRIETO
RUEDA
ASESOR FOSE ZONA
1Y5
ZONA 1 DEL DARIEN:
BOJAYA, CARMEN
DEL DARIEN.,
RIOSUCIO, ACANDÍ,
UNGUÍA.
ZONA 5 BAUDO:
ALTO, MEDIO Y BAJO
BAUDÓ.
ROCIO PRETEL
LUNA
REINALDO
HURTADO
ARANGO
ASESOR FOSE
ZONA 2 Y 4
ASESOR FOSE ZONA
3Y6
ZONA 2 ATRATO:
ATRATO,
LLORO,BAGADO,
RIO QUITO,
CARMEN DE
ATRATO,MEDIO
ATRATO
ZONA 3 SAN JUAN 1:
ISTMINA, MEDIO SAN
JUAN, EL LITORAL
DEL SAN JUAN,
NOVITA, SIPI,
CONDOTO, RIO IRO.
ZONA 4 SAN JUAN
2:
CERTEGUI,
CANTON DE SAN
PABLO, UNION
PANAMERICANA,
TADO, SAN JOSE
DEL PALMAR,
ZONA 6 COSTA
PACIFICA:
BAHÍA SOLANO,
JURADO, NUQUÍ
AUDITORÍAS
En la vigencia de 2012, como producto de los resultados de la asistencia
técnica y las visitas de Inspección y Vigilancia se construyó un documento
técnico denominado “Análisis de la situación de los Fondos de Servicios
Educativos” en el cual se priorizaron 32 EE que por sus indicadores
requerían de una intervención especial para controlar situaciones de riesgo,
para lo cual se tomó la decisión de efectuar las Auditorías pertinentes:
AUDITORIAS
AUDITORIAS PROGRAMADAS 2012
32
AUDITORIAS REALIZADAS DE PROGRAMACION 2012
23
AUDITORIAS PENDIENTES
9
AUDITORIAS PROGRAMADAS PARA VIGENCIA 2013
50
ADMINISTRACIÓN TEMPORAL PARA EL SECTOR EDUCATIVO
DEPARTAMENTO DEL CHOCÓ
EQUIPO DE APOYO FINANCIERO
REINALDO ANTONIO ARANGO HURTADO - Profesional Universitario
e-mail: [email protected] (Zona 3 San Juan 1 y Zona 6 Costa Pacífica)
ROCIO DE LAS NIEVES PRETELT LUNA - Profesional Universitario
e-mail: [email protected] (Zona 2 Atrato y Zona 4 San Juan 2)
OLGA PRIETO RUEDA – Profesional Universitario
e-mail: [email protected] (Zona 1 Darién y Zona 5 Baudó)
Teléfono : 034-6718110 - 6717745 EXT. 105
TAREAS
Reportar la información financiera requerida por la
SEDCHOCO en los períodos de tiempo establecidos en la
Circular No. 005-2013.
 Efectuar reunión de concertación con los Alcaldes de su
Jurisdicción sobre la inversión de los recursos de Calidad.
A quienes están incumpliendo con la presentación de la
información financiera solicitada rendir, reportar esta
inmediatamente.
FOSE
PENDIENTE
POR
RENDIR.xlsxRELACIONES