Artículo 6 - Procuraduría General de la Nación

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PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EN
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL
SOCIAL: EN LA GARANTÍA DE DERECHOS Y EN
LA CONTRATACIÓN ESTATAL.
Alcance de la Ley 850 de 2003
Manizales, Abril 27 de 2012
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Si todas las leyes que va aprobar la Asamblea no fueran impuestas a conveniencia de
los dueños de la revolución y con participación ciudadana, no habrían paros, marchas ni
levantamientos que se ven por todo lado.
PUBLICADO POR PANCHOCAJAS EN 17:26
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Mecanismos de
Participación Ciudadana
• Acceder a información
•Participación en Política
•Defensa de los derechos
•Ante los riesgos de la gestión pública
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EL CONTROL SOCIAL A LA GESTIÓN
PÚBLICA ES:
Una forma de participación ciudadana que
permite a los individuos y a las organizaciones de
la sociedad influir en las condiciones de modo,
tiempo y lugar como se desarrolla la gestión
pública.
•Cumplir con el deber ciudadano de participar.
•Acompañar el cumplimiento de fines del Estado.
•Promover y alcanzar la realización de derechos.
•Consolidar democracia y gobernabilidad.
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OBJETIVO
•Dar a conocer el alcance de
algunos aspectos establecidos
en la Ley 850 de 2003.
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TEST
1. ¿Los ciudadanos puede ejercer control social a la gestión
pública sin necesidad de conformarse como veeduría
ciudadana?
2.. ¿Los menores de edad pueden conformar un veeduría
ciudadana?
3. ¿Los organismos de control (PGN, CGR) vigilan el
comportamiento de los veedores ciudadanos?.
4. ¿Una red de veeduría ciudadana se puede inscribir en una
personería municipal?
5. ¿Puede un funcionario público conformar una veeduría
ciudadana?
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LEY 850 DE 2003
Sentencia C – 292 de 2003
Magistrado Ponente
Eduardo Montealegre L.
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Artículo 1°
¿Que es la Veeduría
Ciudadana?
• Mecanismo
democrático
de
representación
• Que permite a los ciudadanos o a las
diferentes organizaciones comunitarias,
• ejercer vigilancia sobre la gestión pública
Las veedurías no son la única
modalidad de vigilancia
Artículo 1°
¿A quien vigila?
Lo público
Particulares encargados
Autoridades
de la ejecución de un
administrativas, políticas,
programa, proyecto,
judiciales, electorales,
contrato o de la
legislativas y órganos de
prestación de un servicio
control
público
PARÁGRAFO. Cuando se trate de Empresas de Servicios
Públicos Domiciliarios, este control se ejercerá de
conformidad con lo preceptuado en la Ley 142 de 1994
Artículo 2°
¿Quién conforma la
veeduría?
• Los ciudadanos en forma plural.
• A través de organizaciones civiles
como: organizaciones comunitarias,
profesionales, juveniles, sindicales,
benéficas o de utilidad común, no
gubernamentales, sin ánimo de lucro
y constituidas con arreglo a la ley.
Artículo 3°
Artículo 3°
¿Cuál es el procedimiento?
Elección
democrática
de veedores
Acta de
constitución
Inscripción
personería
o cámara
de comercio
Obtención
del registro
Artículo 4°
¿Cuál es el objeto de
vigilancia?
• Aplicación
de recursos
• Asignación
Cumplimiento
del cometido
Cobertura de
beneficiarios
• Oportunidad
• Calidad
• La diligencia
• Efectividad
Contratación
Pública
Artículo 5°
¿En donde se ejerce la
veeduría
Ámbito
Nacional
Departamental
Municipal
En empresas mixtas vigilan los recursos
de origen público
Artículos 7° - 14°
¿Bajo que principios se rige?
• DEMOCRATIZACIÓN
• AUTONOMÍA
TRANSPARENCIA
IGUALDAD
• RESPONSABILIDAD
• EFICACIA
• OBJETIVIDAD
LEGALIDAD
Artículo 6°
¿Objetivos de la de la
veeduría?
Artículo 6°
¿Objetivos de la de la
veeduría?
Artículo 6°
¿Objetivos de la de la
veeduría?
Artículo 16°
¿Con que instrumentos se
cuenta?
• Derecho de
petición
Queja
Denuncias
• Acciones de
protección
de derechos
• Control
excepcional
Audiencias
públicas
Artículo 17°
¿Cuáles son los derechos de las
veedurías?
Conocer proyectos, programas,
presupuestos, contratos…
Solicitar
correctivos
Obtener
información
Artículo 18°
¿Cuáles son los deberes de
la veeduría?
Recibir
informes, obs.,
y sugerencias
Comunicar a la
ciudadanía
Prohibiciones e
impedimentos
Definir su
propio
reglamento
Audiencias
rendición
Artículo 18°
Artículo 18°
¿Cuáles son los deberes
de la veeduría?
Inscribirse en el
registro
Informar sobre
financiación
Artículo 19°
Impedimentos para ser
veedor
Interés
patrimonial
directo o
indirecto
Laborado dentro
del año anterior
en la obra
Trabajadores o
funcionarios
públicos
Vínculos de
matrimonio o
parentesco
Ediles,
concejales,
diputados, y
congresistas
Artículo 19°
Impedimentos para ser
veedor
Tengan vínculos
contractuales, o
extracontractuales
Hayan cancelado o
suspendida su
inscripción en el
registro público
condenado penal o
disciplinariamente
o sancionado con
destitución
Artículo 20°
Prohibiciones de las
veedurías ciudadanas
• A las veedurías ciudadanas en el
ejercicio de sus funciones les está
prohibido, sin el concurso de
autoridad competente, retrasar,
impedir
o
suspender
los
programas, proyectos o contratos
objeto de la vigilancia.
Artículo 21°
Redes de veedurías
V
V
V
V
V
V
V
V
Mecanismos
Comunicación
Coordinación
Información
Colaboración
Artículo 22°
Red Institucional de apoyo a
las veedurías
Contraloría General de la República
Procuraduría General de la Nación
Defensoría del Pueblo
Ministerio del Interior
Artículo 22°
Red Institucional de apoyo
a las veedurías
El Departamento Administrativo de la
Función Pública
La Escuela Superior de Administración
Pública
El Fondo para la Participación y el
fortalecimiento democrático
Los organismos de planeación
Artículo 23°
CONSEJO NACIONAL DE APOYO
A LAS VEEDURIAS CIUDADANAS
•
•
•
•
•
•
1 Delegado de la PGN
1 Delegado de la CGR
1 Delegado de la Defensoría
2 redes de veedurías orden nal
2 redes de veedurías orden mpal
2 redes de veedurías no territoriales
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“La nación de ciudadanos encuentra su
identidad no en rasgos comunes de tipo
étnico-cultural, sino en la praxis de
ciudadanos que ejercen activamente
sus
derechos
democráticos
de
participación y comunicación”
JÜRGEN HABERMAS, 1988. Teoría de la acción
comunicativa.
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Muchas Gracias
Diana Marcela Bravo Aguilera
Procuraduría General de Nación
[email protected]
Bogotá D.C.