Diapositiva 1 - Chiong & Asociados

Download Report

Transcript Diapositiva 1 - Chiong & Asociados

ESTRUCTURA
SISTEMATICA DEL
ANTEPROYECTO
DEL CODIGO PROCESAL
CIVIL DE NICARAGUA.
Flavio Chiong
1
Estructura del ante proyecto de CPC.
El anteproyecto se inicia con cuatro Disposiciones
Preliminares, quince principios, 8 Libros divididos en
títulos, capítulos, secciones y artículos y finaliza con
las Disposiciones:
Transitorias, Derogatorias, Adicionales y Finales, en
las cuales se está trabajando.
Flavio Chiong
2
LIBRO PRIMERO:
DISPOSICIONES GENERALES
En el LIBRO I se regulan las siguientes
cuestiones:
A. LOS PRESUPUESTOS PROCESALES
1. Respecto al Juez.
2. Respecto de las partes.
B. ABSTENCION Y RECUSACION.
C. ACUMULACION DE PRETENSIONES Y
PROCESOS.
D. ACTOS PROCESALES.
Flavio Chiong
3
Libro Segundo: La prueba.


1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Parte de la clásica distinción entre
Fuentes y Medios de Prueba.
Regula entre otros los siguientes
aspectos:
El Objeto de la prueba.
Proposición y admisión de la prueba.
Prueba prohibida.
Valoración de la prueba.
Anticipación y aseguramiento de la
prueba.
Procedimiento probatorio.
Los medios de prueba en particular.
Flavio Chiong
4
Libro Tercero: Medidas cautelares
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Principales diferencias entre la regulación de la
tutela cautelar en el Pr. y el ante proyecto del
CPC.
Apertura del ante proyecto a la adopción de
medidas cautelares atípicas.
Previsión de procedimiento cautelar específico.
Regulación más completa de las medidas
cautelares específicas.
Definición de los presupuestos y finalidad de las
medidas cautelares.
Claridad en cuanto a las facultades del Juez.
Incorporación de importantes medidas de garantía
de los derechos del demandado.
Otros aspectos procesales.
Clases de medidas cautelares.
Modificación y revocación.
Flavio Chiong
5
.
Libro cuarto: Procesos Declarativos y Monitorio
1.
2.
3.
4.
•
•
•
Para
simplificar
los
numerosos
procesos hasta ahora existentes, el
anteproyecto contempla dos procesos
únicos
procesos
de
naturaleza
cognitiva:
El proceso ordinario.
El proceso sumario.
Proceso especial: El Monitorio.
Los procesos no dispositivos?
Procesos
de
incapacitación
y
prodigalidad.
Procesos de filiación, maternidad y
paternidad.
Procesos de familia.
Flavio Chiong
6
Disposiciones comunes a los procesos
declarativos.
El anteproyecto con carácter previo a
los procesos ordinarios y sumario,
unas normas comunes a ambos:
1.
2.
3.
4.
5.
Las
reglas
para
determinar
el
procedimiento adecuado.
Las reglas para determinar la cuantía
de la pretensión.
Las diligencias preparatorias del juicio.
La mediación y conciliación.
Los Incidentes.
Flavio Chiong
7
El Proceso Ordinario.
El proceso declarativo ordinario es aquel por el
que deben encauzarse todas las pretensiones que
no tengan establecida una tramitación específica
por la ley, además de las que expresamente se le
asignan.
1.
2.
El proceso ordinario se articula con base en el
principio de oralidad, aunque no totalmente, sino
sólo a partir de la demanda y contestación (arts.
412.1 y 419 CPC), que son actos procesales
escritos, seguido de dos comparecencias,
audiencias o vistas:
Una primera, denominada legalmente "audiencia
inicial" (arts. 431 y ss. CPC), que tiene carácter
previo y sirve para remover todos los obstáculos
procesales que puedan existir,
y otra, llamada “audiencia probatoria" (arts.
453 y ss.), en la que se ordena la práctica de la
prueba sobre el tema de fondo, dictándose a
continuación la sentencia.
Flavio Chiong
8
El proceso sumario.

El sumario está previsto sólo para el
enjuiciamiento
de
determinadas
reclamaciones que la ley precisa, ya sea
por su objeto específico, ya por la
cuantía.
La demanda se hace por escrito, con los
mismos requisitos del proceso ordinario,
excepto la fundamentación.
Audiencia única, con las mismas
funciones de la audiencia inicial del
ordinario, adicionando la practica de la
prueba.
Proceso será usado por Juez Locales y
Distritos.
Flavio Chiong
9
El Proceso Monitorio
Es un instrumento pensado para crear
rápidamente un Título ejecutivo sin necesidad
de proceso ordinario previo, con solo la base
de que la parte interesada presente ante el Juez
un documento con el que fundadamente pueda
acreditarse una deuda dineraria vencida, líquida
y exigible. (Juan Luis Gomez Colomer).
Flavio Chiong
10
Flavio Chiong
11
LIBRO QUINTO
(artículos del 535 al
594)
Flavio Chiong
12
LIBRO SEXTO: EJECUCION FORZOSA




La ejecución de títulos judiciales y la de títulos no
judiciales se contienen en el mismo libro y se
desarrollan bajo un mismo procedimiento con
solo algunas particularidades dada la naturaleza
del titulo y el hecho de que a la ejecución de
títulos judiciales le antecede un proceso
declarativo.
Se
inicia
con
los
principios
especiales
informadores del proceso de ejecución.
Se contempla la posibilidad de acumulación de
ejecuciones.
Se establece la caducidad de la pretensión de
ejecución de los títulos judiciales, con el fin de
evitar que el deudor obligado quede vinculado a
una incierta ejecución indefinidamente.
Para las ejecuciones hipotecarias y prendarias se
regula un proceso común con solo algunas
particularidades.
Flavio Chiong
13
LIBRO
SEPTIMO:
PERSONAS Y FAMILIA
PROCESOS
DE
Se hace una clara referencia a la aplicación no solo
de los principios generales que rigen el Procesal
Civil, sino a algunos principios especiales, que
tanto
constitucionalmente
como
en
leyes
ordinarias y en Instrumentos Internacionales son
reconocidos por el Estado de Nicaragua.
•
Las materias relacionadas con Personas y Familia
se regulan por los trámites del proceso sumario
con las especialidades que requieren su naturaleza
y con la prontitud que merece la resolución.
•
Se han establecido unas disposiciones generales
tanto para Personas como para Familia, pero
haciéndose una división de las especialidades para
las pretensiones de cada materia.
Flavio Chiong
14
LIBRO OCTAVO: JURISDICCION
VOLUNTARIA.
El Libro Octavo regula la materia de
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, la que ha
sido trabajada, dentro de las dudas
existentes sobre la conveniencia o no de
que sea parte integrante del contenido del
Código Procesal Civil de Nicaragua, dudas
que tienen su razón de existir no solo por
las realidades que se están viviendo en
nuestro país, sino porque las tendencias
modernas aconsejan que todo este
quehacer voluntario de las personas, que
constituye la supremacía en materia del
consentimiento se conozcan y resuelvan
en despachos extrajudiciales.
Flavio Chiong
15
Flavio Chiong
16