Contrato art. 83 LOU - Universidad de Cantabria

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Transcript Contrato art. 83 LOU - Universidad de Cantabria

ESCUELA DE DOCTORADO
Transferencia de conocimiento e innovación
Tipos de colaboración para la realización de
actividades de I+D+i: legislación básica. Pautas de
negociación para el establecimiento de acuerdos de
colaboración
OTRI- Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación
Universidad de Cantabria
Septiembre 2012
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Tipos de colaboración para la realización de actividades de I+D+i
ÍNDICE
I. Introducción: La misión de transferencia en la Universidad y la
OTRI
II. Modalidades de Transferencia Universidad-Empresa
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU y buenas
prácticas en transferencia: Recomendaciones CE.
I.
Introducción: La misión de transferencia en la
universidad y la OTRI
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I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
Las tres misiones de la universidad y el triángulo del
conocimiento:
Las tres misiones de la universidad:
1ª Docencia
2ª Investigación
3ª Transferencia.
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I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
1ª Misión: Docencia-Formación
Triangulo del
conocimiento
Aplicación
DIFUSIÓN
Generación
3ª Misión: Innovación
Transferencia a
La Sociedad
2ª Misión: Investigación I+D
En los tres vértices: protagonismo de la Universidad
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I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
Las tres misiones de la universidad y el triángulo del
conocimiento:
El triángulo: Educación, Investigación e Innovación.
Se promueve en Europa desde la Estrategia de
Lisboa de 2000, para conseguir un crecimiento de la
productividad y el empleo sostenible en la Unión
Europea.
Hay que fomentar la interacción entre los tres
vértices mediante una mejor coordinación.
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I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
La OTRI
dentro del
Sistema de Innovación ó
Sistema Ciencia-Tecnología-Empresa
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
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¿Que es un Sistema de Innovación (SI)?
Hoy los procesos de innovación se entienden bajo una concepción
sistémica: la de los llamados Sistemas de Innovación
Definición:
Conjunto de elementos y de las relaciones entre ellos que participan
en la producción, difusión y uso de conocimientos nuevos y
económicamente útiles en un país o región determinado (Lundvall, 1992).
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
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Dos componentes en los Sistemas de Innovación:
Actores:
Entorno científico: Universidades y OPI
Entorno tecnológico: empresas de bienes de equipo y
centros tecnológicos
Entorno productivo: empresas
Entorno financiero: bancos, administración
Interacciones (entre todos los elementos):
Interfaces + Relaciones
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
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SISTEMA DE INNOVACIÓN: Modelo de Entornos
Interfaces
Entorno
Financiero
Relaciones
Entorno
Científico
Entorno
Productivo
Entorno
Tecnológico
FUNCIONA!!!
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I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
¿Qué es la OTRI?
La OTRI es un intermediario en el
sistema ciencia-tecnología-empresa.
Misión: Dinamizar las relaciones entre
los agentes del sistema.
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
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La misión de la RedOtri es:
“Potenciar y difundir el papel de las
universidades como elementos esenciales
dentro
del
Sistema
Nacional
de
Innovación”
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
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Las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI):
• Nacieron a finales de 1988 dentro del I Plan
Nacional de I+D.
• Carácter oficial en 1996 Registro Oficial de OTRI.
• Hay una OTRI en casi todas las universidades
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO
Otras tareas
Apoyo al Vicerrector ITC
Área de Investigación
Competitiva (con empresas)
Elaboración de Informes, Estadísticas y
Análisis de Datos, Grupos I+D, Difusión…
Área de Investigación
Contratada (Contratos art. 83)
Gestión del IPR
OTRI UC
Dirección
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La OTRI de la UC se creó en 1989
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I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
La OTRI forma parte de la RedOTRI de las Universidades
Españolas creada en 1997…
… por el interés común para el desarrollo
consolidación de la función transferencia.
y
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I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
La OTRI forma parte de la RedOTRI de las Universidades
Españolas creada en 1997…
… por el interés común para el desarrollo
consolidación de la función transferencia.
67 universidades
+
20 organismos públicos de investigación
y
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
GRUPOS DE TRABAJO de la RedOtri
 OTRI-Escuela (GT Formación): Programa anual Formación.
 GT Proyectos europeos: Guía costes totales, Cuaderno
Técnico.
 GT Indicadores: Encuesta RedOTRI, Cuaderno Técnico.
 GT Contratos: Cuaderno Téc., Talleres, guías, modelos…
 GT Spin-off: Inventario EBT, buenas prácticas…
 GT Valorización Nuevo 2010!
 GT Comunicación Nuevo 2010!
I. Introducción: La misión de transferencia en la universidad y la OTRI
Publicaciones RedOtri:
 Memoria RedOtri
10 años
Informe Encuesta Inv.y transferencia
10 años, 1ª en medir transferencia!!
 Cuadernos Técnicos
Contratos, Buenas Prácticas, Costes VIIPM…
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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Misión Transferencia: Modalidades Transferencia
1. Contrato art. 83 LOU y Consorcio
2. Contratos de Transferencia o Licencias de
Patentes
3. Creación Spin-off Universitarias o EBT
Otras:
4. Movilidad de personal Universidad- Empresa.
5. Creación de centros mixtos público-privados.
6. Pertenencia y participación activa en redes de
conocimiento y plataformas tecnológicas.
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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1.a. Colaboración bajo Contrato
La relación Universidad-Empresa se formaliza a través de un contrato
en el que el grupo de investigación de la Universidad es
contratado por una entidad jurídica pública o privada para la
realización de actividades de carácter científico, técnico o artístico
o de formación. Dichas colaboraciones de enmarcan dentro del art.
83 de la LOU.
Contrato art. 83 LOU
Este tipo de contratos (art.83 LOU) son la principal vía de entrada de
la financiación privada a las universidades.
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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1.b. Colaboración bajo Consorcio
Dos socios o más (entidades públicas (Universidad y otros) o
privadas) se comprometen en una amplia colaboración en un
proyecto I+D con un aporte significativo en materia de conocimientos
por parte de la Universidad.
Se suscribe un acuerdo multilateral entre los socios en una
estructura de Consorcio que regula las obligaciones y derechos de las
partes.
Ej: Convocatoria pública nacional (Avanza) o Europea (VII
Programa Marco).
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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2. Contrato de Transferencia o Licencia Patentes/Software
Contrato típico en virtud del cual el titular de un derecho (licenciante),
reteniendo su propiedad, autoriza a un tercero (licenciatario), a
usar o explotar ese derecho en las condiciones previstas en el
propio contrato, esto es, le permite el ejercicio de determinadas
facultades de explotación, la fabricación o importación, utilización,
comercialización,
sublicencia,
etc.,
a
cambio
de
una
contraprestación o regalías.
(art. 20 Ley de patentes 11/86)
Para fomentar esta modalidad, la UC ha creado la Oficina de
Valorización y participa en la Iniciativa UNIVALUE Grupo G-9:
Creación de una Agencia de Valorización y Comercialización.
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II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
3. Creación de Empresas de Base Tecnológica (EBT o
Spin-off Universitarias)
Las spin-off universitarias son empresas de nueva creación con estructura
jurídica propia, que se crean a partir de patentes o de resultados
generados por proyectos de investigación financiados total o parcialmente
con fondos públicos y realizados en el seno de las universidades, y,
normalmente, como iniciativa de algún profesor de la misma.
Las Universidades de las que surgen hacen la función de matriz o incubadora
(Vivero CDTUC), y sirven de apoyo para el despegue de las spin-off.
Art. 80 LOMLOU, que añade el apartado 3 al art. 83 de la LOU:
“(…), el profesorado funcionario (… ) y el contratado con vinculación
permanente a la universidad podrán solicitar la autorización para
incorporarse a dicha empresa, mediante una excedencia temporal.”
Y Disposición adicional 24 de la LOMLOU (Ley Incompatibilidades)
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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4. Movilidad de personal Universidad- Empresa
La movilidad de investigadores y profesores a empresas privadas y
viceversa constituye el mejor instrumento para la transferencia y el
intercambio de conocimiento tácito.
Art. 42 LOMLOU: “La transferencia del conocimiento es una
función de las universidades. (…)Las universidades fomentarán la
cooperación con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido
en el art. 83. A tal efecto, promoverán la movilidad del personal
docente e investigador , (…)).
Ej: Incorporación de tecnólogos o Doctores (Programa Torres
Quevedo) a empresas, estancias de profesores en otros
centros.
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II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
5. Creación de centros o estructuras mixtas públicoprivados
Consiste en crear centros público-privados de investigación estables
que planteen una colaboración con un horizonte temporal a largo
plazo.
Art. 42 LOMLOU: 3. La transferencia del conocimiento es una
función de las universidades. (…) Las universidades fomentarán la
cooperación con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido en el
art. 83. A tal efecto, promoverán (…) la creación de centros o
estructuras mixtas (…).
(Ej: 4 Institutos de Investigación mixtos; Dentro del CCI, el
Campus Internacional de Tecnología (CIT) de la UC se está
creando un Centro Estratégico de Investigación y Transferencia
(CEIT) público-privado, Ciudad Inteligente-Smart Santander).
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II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
6. Pertenencia y participación activa en redes de
conocimiento y plataformas tecnológicas.
Art. 42 LOMLOU: 3. La transferencia del conocimiento es una función
de las universidades. (…)Las universidades fomentarán la cooperación
con el sector productivo, de acuerdo con lo establecido en el art. 83. A tal
efecto, promoverán (…) la pertenencia y participación activa en
redes de conocimiento y plataformas tecnológicas.





La UC pertenece al Grupo G-9 de universidad
Participación del profesorado en plataformas tecnológicas.
Miembro de Red Proton y de RedOTRI.
Miembro de Red Emprendia.
Red Española Universia (Iniciativa Innoversia)
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II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
De las seis modalidades de transferencia detalladas, las
que se emplean para medir la Transferencia en las
encuestas de la RedOtri son las 3 primeras (Contratos
art.83, Licencias y Spin-off).
De estas tres, la relativa a Contratos art. 83 constituye la que antes
surgió en el tiempo y por ello también es la que más importancia
tiene en términos absolutos y relativos de financiación y de
número de interacciones con empresas.
No obstante, para cumplir con la 3ª misión de la Universidad, se
debe fomentar el incremento de las Licencias y de las Spin-off, así
como del resto de vías de Transferencia estudiadas.
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II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
¿Quién puede participar en
actividades de I+D en la
Universidad?
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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A 31-12-2011
NºPDI: 1309
Nº Pre-Postdoc
Contratados:
380
Total
Investigadores:
1689
Todo el personal puede participar!!
Categoria
Tipo de vinculación
CATEDRATICO DE UNIVERSIDAD
CATEDRÁTICOS DE ESCUELA UNIVERSITARIA
PROFERSORES TITULARES DE UNIVERSIDAD
Funcionario
PROFESORES TITULARES DE ESCUELA UNIVERSITARIA
PROFESORES CONTRATADOS DOCTORES
PROFERSORES NUMERARIOS DE ESCUELA OFICIAL DE NAUTICA
PROFESORES EMERITOS
PROFESORES VISITANTES
PROFESORES ASOCIADOS
Laborales
PROFESORES AYUDANTES DOCTORES
AYUDANTES
RAMON Y CAJAL
JUAN DE LA CIERVA
TÉCNICOS DE APOYO DEL MICINN
BECARIOS FPI
Contratados o becarios en
BECARIOS FPU
programas oficiales
BECARIOS POSTDOCTORALES UC
BECARIOS PREDOCTORALES UC
TÉCNICOS DE APOYO DE LA UC
PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
Funcionarios o Laborales
El PDI de otras universidades o
Centros de Investigación, previa
PERSONAL OTROS ORGANISMOS
autorización expresa de su
Organismo.
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II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
¿Qué áreas de investigación
son activas?
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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Todas las áreas son activas!!
NÚMERO GRUPOS DE INVESTIGACIÓN POR GRANDES AREAS
53
INGENIERÍAS
12
HUMANIDADES
33
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS MÉDICAS Y
BIOLOGICAS
25
21
CIENCIAS BÁSICAS
0
10
20
30
40
50
60
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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Financiación por grandes áreas
FINANCIACION POR GRANDES AREAS
2011
INGENIERÍAS
40%
HUMANIDADES
2%
CIENCIAS SOCIALES
3%
CIENCIAS MÉDICAS Y
BIOLOGICAS
22%
INSTITUCIONAL
24%
CIENCIAS BASICAS
9%
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Tipos de colaboración para la realización de actividades de I+D+i
ÍNDICE BLOQUE III
I. Introducción: La misión de transferencia en la Universidad y la
OTRI
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU y buenas
prácticas en transferencia. Recomendaciones CE.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
y buenas prácticas en transferencia.
Recomendaciones CE.
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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Informe Encuesta Investigación y transferencia 2010 RedOtri
Indicador de Transferencia de
Conocimiento
2007
2008
2009
2010
Contratos art. 83 RedOtri
(Millones €)
617
705
638
632
Nº de solicitudes de patente prioritaria
nacional
434
526
604
615
Nº de solicitudes de extensión
internacional (PCT)
192
165
310
352
Nº de licencias de resultados de I+D
contratadas
190
171
182
209
Retorno por licencias
1,94
2,4
2,61
2,36
120
100
118
131
(Millones €)
Nº de spin-off creadas
Fuente: Encuesta RedOTRI 2007-2009 y Encuesta I+TC 2010.
II. Modalidades de transferencia Universidad-Empresa
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2011
Nº
Proyectos Millones €
CONTRATOS ART. 83 UC 2011
I+D colaborativa con
CENIT
6
0,91 €
financiación pública
competitiva
FOMENTO COOPERACION
INDUSTRIAL I+D+i
5
0,13 €
PROYECTOS INDUSTRIALES I+D+i
6
0,17 €
Total I+D colaborativa con f. pblª
competitiva
17
1,22 €
CONTRATOS/CONVENIOS I+D
78
3,72 €
128
2,14 €
14
0,12 €
220
5,98 €
237
7,19 €
10
37
23
0,52 €
1,06 €
0,41 €
307
9,18 €
EMPRESAS
Investigación
concertada
APOYO TECNOLOGICO, ENSAYOS,
ASESORIA, CONSULTORIA
FORMACION
Total investigación concertada con
empresas
TOTAL EMPRESAS
ADM. CENTRAL
ADM. REGIONAL Y LOCAL
OTRAS ENTIDADES
TOTAL CONTRATOS ART. 83 UC 2011
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Puede un investigador realizar un trabajo de
carácter científico, técnico o artístico bajo
encargo de un tercero?
Sí, por el art. 83 de la LOU:
‘[…] 1. Los grupos de investigación reconocidos por la
Universidad, los Departamentos y los Institutos Universitarios
de Investigación, y su profesorado a través de los mismos
[…]
podrán
celebrar
contratos
con
personas,
Universidades o entidades públicas y privadas para la
realización de trabajos de carácter científico, técnico o
artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de
especialización o actividades específicas de formación’
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Es compatible la dedicación del Profesorado
con la realización de un trabajo de carácter
científico, técnico o artístico bajo encargo de
terceros?
Sí, por el Real Decreto 1930/1984 de 10 de octubre por el que se desarrolla el
art. 45.1 de la LRU sobre la compatibilidad de la dedicación de los catedráticos
y profesores de universidad, con la realización de proyectos científicos, técnicos o
artísticos y con el desarrollo de cursos de especialización, modificado por el Real
Decreto 1450/1989 de 24 de noviembre:
Artículo Cuarenta y cinco LRU (ACTUAL ART 68 LOMLOU vigente).
Artículo 68. Régimen de dedicación.
1. El profesorado de las Universidades públicas ejercerá sus funciones
preferentemente en régimen de dedicación a tiempo completo, o bien a
tiempo parcial. La dedicación será, en todo caso, compatible con la
realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos a que se refiere
el artículo 83.
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Qué requiere el Profesor para obtener la
compatibilidad para realizar un trabajo de
carácter científico, técnico o artístico bajo
encargo de un tercero?
Artículo 2.1. En todo caso la compatibilidad a que se refiere el artículo 45.1 de la LRU
11/1983 (actual 68 LOMLOU), requerirá que el contrato para la realización del
proyecto o para el desarrollo del curso de especialización haya sido autorizado
por el procedimiento establecido en los Estatutos de la Universidad en la que
los Profesores presten sus servicios.
Cuando el contrato sea firmado por el propio Profesor Universitario, la compatibilidad
requerirá la previa y expresa conformidad del Departamento o Instituto
correspondiente a los términos del contrato.’
¡¡El profesor no podrá firmar un contrato por su cuenta y riesgo sin
el visto bueno de la Universidad!!
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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¿Qué actividades recoge el Contrato art. 83?
Entre otros, incluye:
Proyectos I+D por encargo
 Proyectos I+D Colaborativa
pública competitiva
con
 Consultoría o Asesoría
 Servicios: Análisis, ensayos, peritajes, etc.
 Formación no reglada
financiación
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Qué tipología de negocios jurídicos al amparo
del Art. 83 LOU?
de Investigación y Desarrollo: consisten en la realización
por parte de la Universidad de un proyecto de I+D a petición de una
empresa u Organismo Público. La obligación principal del investigador
no consiste en alcanzar un resultado, sino en el desarrollo de una
actividad, dado que la obtención del resultado depende de factores
ajenos a la voluntad del que lo presta. La diligencia exigible es la
profesionalidad.
• Convenios para I+D con financiación pública competitiva:
Subcontrataciones en las que la empresa que nos contrata recibe los
fondos de una convocatoria pública (Convocatoria CENIT, etc.)
• Contrato de Consultoría o dictámenes: consiste en la emisión de un
asesoramiento, una opinión o un diagnóstico.
• Contratos de Servicios: suelen consistir en la realización de análisis,
ensayos, peritajes, etc.
• Contratos
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Qué tipología de negocios jurídicos al amparo del Art. 83 LOU?
• Formación contratada: colaboración entre la Universidad y
empresas para jornadas, seminarios, cursos, sin que de estos se
derive la expedición de títulos o certificados por la UC. Se podrá
emitir sólo un informe de aprovechamiento sin calificaciones
otorgado por el profesor responsable.
Otros Convenios: Convenios Marco de Colaboración:
Consisten en una declaración de intenciones para
colaboraciones futuras, estableciendo las condiciones generales.
No implican compromiso ni contraprestación económica.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Beneficios para el investigador!!
 Formación
Integral de calidad.
 Contribución a la función de transferencia
 Reconocimiento a nivel curricular (a efectos de evaluación
de actividad investigadora y de transferencia tecnológica de cara
a ANECA, ANEP, programa de la UC).
 Captación de fondos para actividades de investigación.
 Retribución económica complementaria. (complementos
salariales máx. 50% más de la retribución anual de la máxima
categoría a tiempo completo; regalías por patentes: 50% UC,
40% inventores, 10% grupo)
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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¿Qué normativa se aplica a los Contratos art. 83 LOU?
 Ley de la Ciencia, 14/2011 (Antes Ley 13/1986 de Fomento y Coordinación General de la
Investigación Científica y Técnica). Nuevo!!
 Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Nuevo!!
 Real Decreto 1930/1984 de 10 Octubre sobre la compatibilidad de la dedicación de los
catedráticos y profesores de universidad, con la realización de proyectos científicos, técnicos o
artísticos
 LOU, Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por LOMLOU Ley
4/2007 regula los contratos en el artículo 83.
 Estatutos de la UC (Decreto 26/2012- B.O.C. 17/05/2012) (en especial art.105 y106). . Nuevo!!
 Reglamento de Contratos UC (Pdte aprobación NUEVO!!) y Normativa de Ejecución del
Presupuesto.
 Ley de Patentes 11/1986 y Reglamento de Patentes UC Nuevo !!. y Real Decreto Legislativo
1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual
 RD Contratos Sector Público y Directivas Europeas: Órgano de contratación AAPP Nuevo!!
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Recomendaciones relativas a Buenas Prácticas en Transferencia
 Comisión Europea (2008). Recomendación de la Comisión Europea 10
de abril de 2008 sobre la gestión de la propiedad intelectual en las
actividades de transferencia de conocimientos y Código de buenas
prácticas para las universidades y otros organismos públicos de
investigación.
 Comisión Europea (2006), Marco Comunitario sobre Ayudas Estatales
de Investigación y Desarrollo e Innovación (2006/C 323/01).
 Comisión Europa (2005), Responsible Partnering January 2005: “A
guide to Better Practices for Collaborative Research and Knowledge Transfer
between Science and Industry”.
 RedOTRI (2008), “La I+D Colaborativa. Buenas Prácticas para la gestión
del IPR”, Cuaderno de Buenas Prácticas RedOTRI.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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¿Qué pasos hay que seguir cuando una entidad quiere colaborar con la UC?
INVESTIGADOR
Contacto
Ac. Confidencialidad
ENTIDAD CONTRATANTE
Memoria Técnica
OTRI
Acuerdo para la redacción de Convenio
CONVENIO
ENTIDAD
REGISTRO en
DEPARTAMENTO/ INSTITUTO
AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO
FIRMA DEL CONVENIO
1ª Fase
Precontractual
2ª y 3ª Fase
contractual y
explotación
OTRI fomenta
y asesora en la
colaboración para
su óptima
consecución
OTRI
SGI: Registro y tramitación
Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones
OTRI- SGI
4ª Fase Incidencias
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
¿Cuántas fases identificamos en régimen colaborativo
y bajo contrato?
4 FASES
 I. FASE PRECONTRACTUAL
 II. FASE CONTRACTUAL
 III. FASE DE EXPLOTACION
 IV. FASE DE RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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La OTRI asesora en todas las fases
INVESTIGADOR
Contacto
Ac. Confidencialidad
ENTIDAD CONTRATANTE
Memoria Técnica
OTRI
Acuerdo para la redacción de Convenio
CONVENIO
1ª Fase
Precontractual
2ª y 3ª Fase contractual
y explotación
ENTIDAD
REGISTRO en
DEPARTAMENTO/ INSTITUTO
AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO
FIRMA DEL CONVENIO
OTRI fomenta
y asesora en la
colaboración para
su óptima
consecución
OTRI
SGI: Registro y tramitación
Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones
OTRI- SGI
4ª Fase Incidencias
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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I. FASE PRECONTRATUAL:
Acuerdos de Confidencialidad previos, en su caso.
Definir claramente el Objeto del Acuerdo: Negociación
alcance y presupuesto.
Presentación a la empresa de una Memoria Técnica
completa.
Cesión derechos a la Universidad en el caso de
participar personal no vinculado contractual o
funcionarialmente (becarios/ profesores visitantes…).
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Ejemplo Anexo Técnico:
ANEXO TÉCNICO
“TÍTULO DEL PROYECTO”
1.
2.
3.
4.
ANTECEDENTES Y RESULTADOS ESPERADOS
EXPERIENCIA DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN
OBJETIVO Y FINALIDAD DEL PROYECTO
DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO
1. Descripción básica del proyecto
2. Metodología y Plan de Trabajo
- Objetivos específicos.
- Definición de responsabilidades.
- Duración prevista (se recomienda incluir un CRONOGRAMA ORIENTATIVO
el que se muestre gráficamente la planificación temporal y restricciones
existentes)
- Hitos y resultados a alcanzar (entrega de informes, documentación, software,…)
Plan de difusión, divulgación y explotación de resultados (en su caso)
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Ejemplo Anexo Técnico:
5. PRESUPUESTO
DESGLOSE DEL PRESUPUESTO
Total Euros
(€)
A.1. PERSONAL
Investigadores UC
Becarios I+D
A.2. OTROS GASTOS
Equipamiento
Material Fungible
Viajes y Dietas
Otros (Congresos)
A. TOTAL GASTOS DIRECTOS
B. GASTOS GENERALES (21% de A)
SUBTOTAL GASTOS SIN IVA
IVA (18% A+B)
TOTAL PROYECTO
5. EQUIPO INVESTIGADOR
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Ejemplo :
Presupuesto
A. Gastos de Ejecución:
1. Costes de personal: personal de nueva contratación y becarios y
retribuciones complementarias.
2. Material inventariable
3. Material fungible.
4. Viajes y dietas.
5. Otros gastos: solicitud de patentes, servicios externos, …
B. Gastos Generales de la Universidad: 21 %
C. Impuestos: generalmente el 21 % de IVA.
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Importancia del Anexo Técnico!!
El Anexo es parte integrante del contrato y debe ser
elaborado con la misma atención que el clausulado del
mismo, puesto que genera obligaciones entre las
partes firmantes.
Se deben evitar las descripciones imprecisas y prestar
especial atención a la descripción de los antecedentes
existentes.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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La OTRI asesora en todas las fases
INVESTIGADOR
Contacto
Ac. Confidencialidad
ENTIDAD CONTRATANTE
1ª Fase Precontractual
Memoria Técnica
OTRI
Acuerdo para la redacción de
CONVENIO
ENTIDAD
REGISTRO en
DEPARTAMENTO/ INSTITUTO
AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO
FIRMA DEL CONVENIO
2ª y 3ª Fase
contractual y
explotación
OTRI fomenta
y asesora en la
colaboración para
su óptima
consecución
OTRI
SGI: Registro y tramitación
Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones
OTRI- SGI
4ª Fase Incidencias
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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II. FASE CONTRATUAL: Pasos en la Tramitación de los Contratos
1. Identificación de la propuesta:
• Origen: Subcontratación en el marco de una Convocatoria Pública Reglada/ Financiación privada sin más.
• Órgano que contrata: Entidad Privada/ Pública (Ley de Contratos), Entidad Extranjera (contrato en inglés).
• Objeto: Proyecto I+D, Consultoría y asesoría, Servicios homologación y ensayos, Cursos de formación
2. Análisis de la propuesta y Negociación con la empresa:
PDI (parte técnica) y Organismo de Interfaz (OTRI, FLTQ, FIHAC) asesora en todo el proceso, especialmente
en la negociación y redacción cláusulas legales.
Cuando Proyecto I+D, se analiza la posición de la que parte el investigador, se comprueba si posee
conocimientos previos patentados o no necesarios para el desarrollo de la propuesta, se negocia con la
empresa la titularidad y los derechos de explotación de los resultados.
3. Redacción de Contrato, revisión y aceptación por las partes
4. Autoriza el Departamento/ Instituto
5. Firma del Convenio y seguimiento hasta su alta en NOVA y traslado al SGI.
6. Registro del Convenio, apertura de expediente y gestión del proyecto.
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III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
Contrataciones Administrativas
Contratación sometida al RD, de Contratos del Sector Público.
•
Contratos menores: cuantía inferior a 18.000 € (IVA excluido) y duración
máxima un año sin posibilidad de prórroga.
•
Licitaciones: contratos con cuantía superior en los que se requiere la
tramitación del correspondiente motivando la necesidad del contrato y en
el que se incorpora el pliego de cláusulas administrativas particulares y el
pliego de prescripciones técnicas que han de regir el contrato. Muy
importante los plazos!
También, empresas grandes del sector privado!!
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Partes de un Contrato:
 ESTRUCTURA DEL CONTRATO:
CONTRATO
A) Identificación de las partes intervinientes. Capacidad de contratar (art.
105 y 106 Estatutos UC) y reconocimiento mutuo de la representación
B) Expositivos o manifestaciones
C) Principales cláusulas contractuales:
1. Objeto del contrato y Responsables
2. Presupuesto y Plazos
3. Confidencialidad y difusión de los resultados
4. Propiedad de los resultados de la investigación
5. Explotación de los resultados.
6. Responsabilidades de la explotación
7. Cláusula de Modificaciones o ampliaciones acordadas
8. Resolución del Convenio y Jurisdicción Competente
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Partes de un Contrato
 Anexo o Memoria Técnica:
1. Objeto
2. Antecedentes
3. Metodología y Plan de Trabajo: Tareas y responsables
4. Cronograma orientativo
5. Puntos críticos; Hitos
6. Resultados esperados
7. Equipo de Investigación y responsables
8. Presupuesto: Importante tener siempre en cuenta los gastos
generales de la UC del 21% que se aplican sobre el resto de
conceptos y el IVA (del 21%).
Manual de Ayuda: RedOTRI (Junio 2009), “La I+D bajo Contrato:
Aspectos jurídicos y Técnicos”, Cuadernos Técnicos RedOTRI.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato:
FASE CONTRACTUAL (I)
Tener en cuenta los Conocimientos Previos
preexistentes necesarios para realizar el proyecto (en el
Expositivo y Memoria Técnica) y valorarlos, en su caso.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato:
FASE CONTRACTUAL (II)
 Cláusulas
de Confidencialidad sobre la información
intercambiada y sobre los resultados generados.
 Difusión
y Publicación de Resultados de
Investigación (Al ser una misión fundamental de la
Universidad, se fijará un procedimiento de revisión y plazo
de respuesta (30 o 45 días naturales) y silencio positivo.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Ejemplo Modelo de Convenio:
¿Se pueden publicar los resultados alcanzados en los trabajos
realizados para empresas?
La publicación de los resultados es negociable.
No obstante, normalmente, las empresas solicitan que tanto los informes
emitidos, parciales y/o finales, como los resultados alcanzados posean
carácter CONFIDENCIAL, estableciéndose un procedimiento para solicitar la
autorización a su publicación (traslado de la publicación, plazo para su
pronunciamiento, silencio como afirmación tácita).
Dicha obligación de CONFIDENCIALIDAD debe ser observada por todos los
participantes en el trabajo y subsiste con posterioridad a la finalización del
contrato.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato:
FASE CONTRACTUAL (III)
 Propiedad de los Resultados:
Definir antes de empezar de quién va a ser la propiedad de los
resultados, es decir, el derecho de registrar la titularidad en caso
de patente o software y los derechos de explotación asociados.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Buenas Prácticas en régimen Colaborativa y bajo Contrato:
FASE CONTRACTUAL (III)
Propiedad de los Resultados: Se proponen, en principio, tres tipos
de cláusulas a negociar en cada caso y en función de los
antecedentes y el grado de desarrollo de la investigación por parte
del Grupo y de las aportaciones por parte de la Empresa:
 Titularidad Compartida (en función de las aportaciones) (En
proyectos colaborativos).
 Titularidad de la empresa: Negociación derechos de
explotación. A cambio de la explotación una contraprestación y
regalías. Posibilidad de utilización de los resultados por parte de la
Universidad.
 De la Universidad, Negociación derechos de explotación a la
empresa a cambio de regalías.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Buenas Prácticas en régimen Colaborativo y bajo Contrato:
FASE CONTRACTUAL (IV)
 Diligencia de Explotación de los resultados (En el caso de que la
empresa no explote en un plazo determinado, se regulará en una cláusula la
cesión de la titularidad de los derechos sobre dichos resultados).
 Exención de Responsabilidad por Explotación de Resultados: Se
intentará añadir una cláusula que incluya que la Universidad no asume
ninguna responsabilidad frente a terceros y es ajena a litigios derivados de la
fabricación y explotación comercial de los resultados.
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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III. FASE EXPLOTACION:
 Valoración de la tecnología resultante del Proyecto. Ante la dificultad, se
plantean 2 opciones:
A.
Indicar en el Contrato que se valorará al inicio de la explotación y se
regulará en un Acuerdo de Licencia que se pactará posteriormente.
B.
Fijar una cantidad en el Contrato a cambio de la explotación:
 Cantidad fija
 Canon o regalía asociada a la explotación.
 Sistema mixto.
En la UC la valoración de tecnología la realiza la Oficina de Valorización y
tambien a traves de la Agencia UNIVALUE
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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La OTRI asesora en todas las fases
INVESTIGADOR
Contacto
Ac. Confidencialidad
ENTIDAD CONTRATANTE
1ª Fase Precontractual
Memoria Técnica
OTRI
Acuerdo para la redacción de
CONVENIO
2ª y 3ª Fase contractual
y explotación
ENTIDAD
REGISTRO en
DEPARTAMENTO/ INSTITUTO
AUTORIZACIÓN DPTO/INSTITUTO
FIRMA DEL CONVENIO
OTRI fomenta
y asesora en la
colaboración para
su óptima
consecución
OTRI
SGI: Registro y tramitación
Incidencias, Modificaciones, Adendas, Resoluciones
OTRI- SGI
4ª Fase
Incidencias
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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IV. FASE RESOLUCION INCIDENCIAS:
Resolución de incidencias después
de la firma (Prórrogas, modificaciones,
resolución, etc.)
III. Colaboración con empresas: Contrato art. 83 LOU
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Informe COTEC 2011
Veinticuatro Problemas del sistema español de innovación
Los problemas se definen como imperfecciones en el funcionamiento interno de los
agentes y factores que constituyen el sistema español de innovación o en las
relaciones entre ellos.
Tres de ellos afectan directamente a las OTRIs:
 La transferencia de tecnología de las universidades y centros públicos de
investigación a las empresas se ve perjudicada por las limitaciones del
ordenamiento administrativo.
 La I+D de las universidades y de los centros públicos de investigación no
está suficientemente orientada hacia las necesidades tecnológicas de
las empresas.
 Escaso conocimiento y falta de valoración por las empresas de los
servicios de las oficinas de transferencia de tecnología (OTRI).
Muchas gracias por su atención
José María Desiré Fernández
Carmela Civit Ortiz
OTRI- Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación
[email protected]
Septiembre 2012