Propiedad Intelectual - Universidad de Cantabria

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Transcript Propiedad Intelectual - Universidad de Cantabria

-La Oficina de Valorización
-Prop. Industrial vs Intelectual
-Nociones sobre Patentes
-Razones para patentar
-Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
Elena Alonso Martín
Oficina de Valorización – Universidad de Cantabria
La Oficina de Valorización
Elena Alonso Martín
Oficina de Valorización – Universidad de Cantabria
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La Oficina de Valorización
VICERRECTOR DE
INVESTIGACIÓN Y
TRANSFERENCIA DEL
CONOCIMIENTO
DIRECTOR DE ÁREA DE
INVESTIGACIÓN
SERVICIOS
CIENTÍFICOS
TÉCNICOS DE
INVESTIGACION
(SCTI)
OFICINA DE
TRANSFERENCIA
DE RESULTADOS
DE
INVESTIGACIÓN
(OTRI)
FUNDACIÓN
LEONARDO
TORRES
QUEVEDO
(FLTQ)
OFICINA DE
PROYECTOS
EUROPEOS
(OPE)
COMISIÓN DE
INVESTIGACIÓN
OFICINA DE
VALORIZACIÓN
SERVICIO DE
GESTIÓN DE LA
INVESTIGACIÓN
(SGI)
La Oficina de Valorización
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OBJETIVO
TRANSFERIR AL TEJIDO EMPRESARIAL
RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN
CONCRETOS
ESTRATEGIAS
CARTERA DE PATENTES
AMPLIA Y DE CALIDAD
DIFUSIÓN
RED DE COMERCIALIZACIÓN
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La Oficina de Valorización
INVESTIGADORES
OTRI/FLTQ
OFICINA DE
VALORIZACIÓN
OTRAS
INSTITUCIONES
La Oficina de Valorización
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FORMAS DE EXPLOTACIÓN DE RESULTADOS
- Convenio de colaboración
-Cesión
-Licencia
-Spin-off
Propiedad Industrial
vs
Propiedad Intelectual
Elena Alonso Martín
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Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
-
Derecho de las personas sobre las obras del espíritu: “derechos relativos
a la actividad intelectual en los terrenos industrial, científico, literario
y artístico” (tratado de Estocolmo de 1967 estableciendo la OMPI).
-
En España, Propiedad Intelectual: derechos de autor y derechos
relacionados (artistas intérpretes, productores sobre grabaciones, etc.)
-Derechos Morales de carácter personal (reconocimiento de
autoría e integridad) y
-Derechos Patrimoniales (explotación económica)
-
En España, Propiedad Industrial: derechos especiales sobre:
-Invenciones industriales (patentes y modelos de utilidad)
-Dibujos y modelos industriales
-Signos distintivos (marcas y nombres comerciales)
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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DERECHOS DE AUTOR (Propiedad Intelectual)
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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PROPIEDAD INTELECTUAL
ESPAÑA: Ley de la Propiedad Intelectual RD 1/1996
(incorporación Directiva 93/98/CEE)
-
Respecto a las obras: la protección deberá extenderse a “todas las
producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que
sea el modo o forma de expresión”
-
Se considera autor a la persona natural que crea una obra literaria,
artística o científica.
-
Obra original (ej libro) o derivada (traducción, adaptación, arreglo)
-
Derechos de autor hasta 70 años después de la muerte del autor.
Después se puede usar la obra sin autorización, siempre que se respete
la autoría e integridad de la misma.
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
PROPIEDAD INTELECTUAL
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-Derechos Morales:
-divulgación
-paternidad (incluso si se han cedido los derechos de explotación
a terceros)
-integridad
-modificación
-arrepentimiento
-Derechos de Explotación:
-reproducción
-comunicación pública
-transformación (obra derivada)
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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PROPIEDAD INTELECTUAL
- No se exige el cumplimiento de ninguna formalidad (registrar no es
un requisito para la constitución del derecho) para que se constituya
un derecho de propiedad intelectual.
-El registro es potestativo. Sólo tiene efectos de publicidad y
probatorios.
-El autor, ejerciendo sus derechos personales/morales, puede limitar
el ejercicio de los derechos patrimoniales por parte de terceros.
Ej.: el titular de derechos de explotación no puede hacer
modificaciones de una obra, en virtud del derecho del autor a
mantener la integridad de la obra.
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
PROPIEDAD INTELECTUAL
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LOS PROGRAMAS DE ORDENADOR
TITULARIDAD
-Autor: la persona o personas físicas que lo hayan creado. Si es obra
colectiva: autor es la persona física o jurídica que la edite y divulgue bajo
su nombre.
-Si el autor es un trabajador asalariado, “en el ejercicio de las funciones
que le han sido confiadas” o siguiendo “instrucciones de su empresario”,
los derechos de explotación sobre el programa de ordenador (código
fuente y código objeto) se transmiten en régimen de exclusividad al
empresario, salvo pacto en contrario.
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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PROPIEDAD INDUSTRIAL
-Conjunto de derechos especiales sobre:
-Invenciones industriales
-Dibujos y modelos industriales
-Signos distintivos
-Represión de la competencia desleal
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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PROPIEDAD INDUSTRIAL
DISEÑO INDUSTRIAL
-
Diseño Industrial: “la apariencia de la totalidad o de una parte de un
producto, que se derive de las características de, en particular, las
líneas, contornos, colores, forma, textura, o materiales del producto en sí
o de su ornamentación.”
-
Es el aspecto ornamental o estético de un artículo. 3D o 2D.
-
Protección:
- Nacional: Ley 20/2003 (OEMP)
- UE: Dibujos y Modelos Comunitarios: Reglamento 6/2002 (OAMI)
- Internacional – Arreglo de la Haya (OMPI)
- Duración de 5 años, prorrogables hasta 25.
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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PROPIEDAD INDUSTRIAL
SIGNOS DISTINTIVOS
-
Los Signos Distintivos son medios de identificación, en la vida
económica o social, de personas, empresas, productos o servicios.
-
Signos Distintivos: Marcas, nombres comerciales (registrables OEPM) y
rótulo de establecimiento (registrables en ayuntamientos)
-MARCA: Identificación de un producto o servicio en el
mercado (45 clases, 34 de productos y 11 de servicios)
-NOMBRES COMERCIALES: identificación de una persona
física o jurídica en el ejercicio de su actividad empresarial.
-
Funciones de la MARCA: individualizar productos y servicios y así
diferenciarlos de los productos y servicios de sus competidores. Función
indicadora (de calidad) o de información a los consumidores. Función
publicitaria.
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
PROPIEDAD INDUSTRIAL
SIGNOS DISTINTIVOS: MARCAS
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Sistema de Registros de MARCAS
-
-
-
Marca Nacional: Ley de Marcas 17/2001
-Registro ante OEPM
-duración de 10 años, renovable indefinidamente
Marca Comunitaria: reglamento 40/1994
-Registro ante OAMI, unitaria UE
-duración de 10 años, renovable indefinidamente
Marca Internacional: Arreglo de Madrid relativo al registro internacional
de marcas 1891, Protocolo 1989
-Marca base registrada (arreglo) o solicitud (Protocolo)
-oficina nacional-OMPI
-duración de 10 años
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Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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PROPIEDAD INDUSTRIAL
SECRETO INDUSTRIAL
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
PROPIEDAD INDUSTRIAL
INVENCIONES INDUSTRIALES
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-Son el objeto del Derecho de Patentes
-Invenciones de producto o de procedimiento, fruto del ingenio humano,
que se sitúan en el campo de la industria.
-La invención es la creación técnica en el campo de la industria. Necesario
un carácter técnico, al menos en parte. Debe resolver un problema técnico.
-TÉCNICO vs ESTÉTICO
-Industria en el sentido amplio, incluyendo cualquier actividad física de
carácter técnico.
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
PROPIEDAD INDUSTRIAL
INVENCIONES INDUSTRIALES
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-En España, Ley de Patentes 11/1986:
“Art 1: Para la protección de las invenciones industriales se concederán
de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley, los siguientes títulos de
propiedad industrial:
a)Patentes de invención, y
b) Certificados de protección de modelos de utilidad”
Los modelos de utilidad protegen invenciones “menores”
-Convenio de la Patente Europea (EPC):
“European Patents shall be granted for any inventions
which are susceptible of industrial application
which are new and
which involve an inventive step.”
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
EJEMPLOS DE INVENCIONES INDUSTRIALES
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PATENTES
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
EJEMPLOS DE INVENCIONES INDUSTRIALES
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PATENTES
Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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EJEMPLO DE MODELO DE UTILIDAD
Grapa de fijación de cables, principalmente para sistemas que requieran
mallas de seguridad metálicas (Malla Talud)
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Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
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Propiedad Industrial vs. Propiedad Intelectual
En la base de datos ESPACENET
hay más de 6.000 entradas que
responden
a
la
búsqueda
“Applicant = Coca Cola”
Nociones sobre Patentes
Elena Alonso Martín
Oficina de Valorización – Universidad de Cantabria
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente?
-
Una patente es un derecho concedido a un inventor por un estado (o
por una oficina regional que actúa en varios estados) que permite al
inventor impedir a terceros la explotación comercial de su invención
durante un periodo de tiempo concreto (normalmente, 20 años).
-
Como contrapartida a este derecho exclusivo, el inventor debe divulgar
su invención, de forma suficiente como para que un experto pueda
ponerla en práctica.
-
Uno de los propósitos del sistema de patentes es: porporcionar
incentivos a los inventores (otorgando un derecho) para, como
contrapartida, potenciar la innovación.
Nociones sobre patentes
¿Qué es una patente? Requisitos de patentabilidad
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-
Las Leyes de Patentes y los Convenios regionales definen diversos
requisitos de patentabilidad:
Art. 52(1) European Patent Convention (EPC): “European patents shall
be granted for any inventions, in all fields of technology, provided that
they are new, involve an inventive step and are susceptible of industrial
application.”
Artículo 4.1 Ley 11/1986, de Patentes: “Son patentables las invenciones
nuevas, que impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de
aplicación industrial, (…).”
-
Es decir, los requisitos básicos de patentabilidad son:
NOVEDAD
ACTIVIDAD INVENTIVA
APLICACIÓN INDUSTRIAL
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Requisito de NOVEDAD
Artículo 6.1 Ley 11/1986, de Patentes: Se considera que una
invención es nueva cuando no está comprendida en el estado de la
técnica.
2. El estado de la técnica está constituido por todo lo que antes de la
fecha de presentación de la solicitud de patente se ha hecho
accesible al público en España o en el extranjero por una
descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro
medio.
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Requisito de NOVEDAD
Divulgación prevista
(conferencia, revista, tesis…)
tiempo
Presentación de solicitud de
patente CORRECTA: divulgación
no quita novedad a la invención
Presentación de la solicitud de
patente INCORRECTA: la divulgación
quita novedad a la invención
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Requisito de NOVEDAD
¿Me impide la patente divulgar los resultados en
congresos, revistas, etc.?
18 meses para divulgar
(conferencia, revista, tesis…)
T
T+18m
Presentación
solicitud de patente
PUBLICACIÓN
solicitud de patente
Solicitud patente SECRETA
tiempo
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Requisito de ACTIVIDAD INVENTIVA
Artículo 8.1 Ley 11/1986, de Patentes: Se considera que una
invención implica una actividad inventiva si aquélla no resulta del
estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la
materia.
Una invención es nueva si hay al menos una diferencia entre la
invención y el estado de la técnica.
La medida o relevancia de esta diferencia determina si hay o no
actividad inventiva.
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Requisito de APLICACIÓN INDUSTRIAL
Artículo 9 Ley 11/1986, de Patentes: Se considera que una invención
es susceptible de aplicación industrial cuando su objeto puede ser
fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la
agrícola.
Este artículo se interpreta de forma amplia.
En la práctica, este requisito es menos problemático que los de
novedad y actividad inventiva.
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Exclusiones a la patentabilidad
Art. 52(2) EPC: “The following in particular shall not be regarded as inventions
within the meaning of paragraph 1:
(a) discoveries, scientific theories and mathematical methods;
(b) aesthetic creations;
(c) schemes, rules and methods for performing mental acts, playing games or
doing business, and programs for computers;
(d) presentations of information.”
Artículo 4.4 Ley 11/1986, de Patentes: “No se considerarán invenciones en el
sentido de los apartados anteriores, en particular:
a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.
b) Las obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética, así como las
obras científicas.
c) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para
juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de
ordenadores.
d) Las formas de presentar informaciones”
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Exclusiones a la patentabilidad
Art. 52(3) EPC: “Paragraph 2 shall exclude the patentability of the subject-matter
or activities referred to therein only to the extent to which a European patent
application or European patent relates to such subject-matter or activities as
such.”
¿Qué significa “como tales” (as such)?
Por ejemplo, un programa de ordenador como resultado del trabajo del
programador, en forma de código fuente, puede a menudo “protegerse”
mediante “copyright” (o Registro de Propiedad Intelectual).
Sin embargo, el “copyright” sólo protege la “forma de expresión”, no las ideas
que subyacen al programa.
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Excepciones a la patentabilidad
Art. 53 EPC: “European patents shall not be granted in respect of:
(a) inventions the commercial exploitation of which would be contrary to "ordre
public" or morality; such exploitation shall not be deemed to be so contrary
merely because it is prohibited by law or regulation in some or all of the
Contracting States;
(b) plant or animal varieties or essentially biological processes for the
production of plants or animals; this provision shall not apply to
microbiological processes or the products thereof;
(c) methods for treatment of the human or animal body by surgery or therapy and
diagnostic methods practised on the human or animal body; this provision
shall not apply to products, in particular substances or compositions, for use
in any of these methods. ”
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Excepciones a la patentabilidad
Rule 28 EPC: Under Article 53(a), European patents shall not be granted in
respect of biotechnological inventions which, in particular, concern the
following:
(a) processes for cloning human beings;
(b) processes for modifying the germ line genetic identity of human beings;
(c) uses of human embryos for industrial or commercial purposes;
(d) processes for modifying the genetic identity of animals which are likely to
cause them suffering without any substantial medical benefit to man or
animal, and also animals resulting from such processes.
Nociones sobre patentes
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¿Qué es una patente? Excepciones a la patentabilidad
Rule 29 EPC: The human body and its elements
(1) The human body, at the various stages of its formation and development, and
the simple discovery of one of its elements, including the sequence or
partial sequence of a gene, cannot constitute patentable inventions.
(2) An element isolated from the human body or otherwise produced by means
of a technical process, including the sequence or partial sequence of a gene,
may constitute a patentable invention, even if the structure of that element is
identical to that of a natural element.
(3) The industrial application of a sequence or a partial sequence of a gene
must be disclosed in the patent application.
Nociones sobre patentes.
Objetivo: Obtener patentes de CALIDAD
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¿Qué significa “de CALIDAD”?
-válida (por supuesto)
Novedosa
Inventiva
Suficientemente
descrita
-eficaz (para impedir la imitación)
Difícil de circunvalar
Fácil de detectar y probar su infracción
-amplia protección geográfica
Patente española (ES)
Patente europea (EP)
Solicitud de patente internacional
Patentes nacionales extranjeras (US,
JP…)
Nociones sobre patentes.
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¿Hay que decidir inmediatamente en cuántos países
proteger la invención (solicitar la patente)?
¡No! Derecho de prioridad durante 12 meses
0
12
Nociones sobre patentes.
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¿Hay que decidir inmediatamente en cuántos países
proteger la invención (solicitar la patente)?
Solicitud de patente europea (EP)
NATIONAL
PARTS
OPOS.
0
12m
EP
GRANT
Nociones sobre patentes.
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¿Y si 12 meses sigue siendo poco tiempo?
Solicitud de patente internacional (PCT)
0
12m
PCT
30/31m
FASE NACIONAL / EP
Nociones sobre patentes.
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¿Qué se puede patentar?
Dos categorías de reivindicaciones:
-Las que definen una ENTIDAD FÍSICA
-aparato / dispositivo
-sistema
-programa de ordenador
-compuesto/composición
-etc.
-Las que definen una ACTIVIDAD
-Procedimiento de obtención de algo
-Método de hacer una actividad
-Uso
-etc.
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Nociones sobre patentes.
En cuanto llegue a la
oficina voy a solicitar
una patente alemana.
¡Si no, no podré
vender mi producto en
Alemania!
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Nociones sobre patentes.
En cuanto llegue a la
oficina voy a solicitar
una patente alemana.
¡Si no, no podré
vender mi producto en
Alemania!
¡¡FALSO!!
¡Una patente
no da derecho
a vender.
¡Tampoco
hace falta una
patente para
vender!
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Nociones sobre patentes.
En cuanto llegue a la
oficina voy a solicitar
una patente alemana. Así
tendré una herramienta
para defenderme allí si
algún competidor me
roba la invención!
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Nociones sobre patentes.
En cuanto llegue a la
oficina voy a solicitar una
patente alemana. Así
tendré una herramienta
para defenderme allí si
algún competidor me
roba la invención!
¡¡CORRECTO!!
¡Para esto sí
sirve una
patente!
Pero hay que
hacer el
esfuerzo de
defenderse…
-Razones para patentar.
Elena Alonso Martín
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Razones para patentar.
Hace 14 años, en una excursión por las Montañas
Rocosas, concibió la idea que le cambió la vida: sus
"zapatos que respiran", agujereando con una navaja
suiza las suelas de unas zapatillas deportivas que
"sofocaban" sus pies.
EL PAÍS, 12 de enero de 2009
La “idea” se convirtió en “invención” gracias a la
investigación desarrollada en varias universidades: Las
membranas resistentes al agua que nacieron en los
laboratorios de las universidades de Múnich, Milán y
Oslo son hoy uno de los secretos mejor guardados de la
industria del calzado.
"Ante todo, es necesario tener una idea. Sin embargo,
para que de verdad se convierta en un negocio rentable
hay que registrarla y protegerla gracias a las distintas
leyes de propiedad intelectual", dice (…). "Si no se
hace, aunque el invento o la idea sean muy buenos,
no valen nada. Están para tirarlos a la basura, porque te
pueden plagiar. En cambio, yo no le tengo miedo a las
copias".
Mario Moretti Polegato
Presidente de Geox
Razones para patentar
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Estrategias
(1) Fuente de información & estímulo para la innovación
MONOPOLIO TEMPORAL
DESCRIPCIÓN COMPLETA Y EXPLOTACIÓN
Razones para patentar
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(2) Fuente de beneficios
-un monopolio por patente puede dar una importante ventaja
sobre competidores (ej. para recuperar una gran inversión)
-o dar lugar a una licencia de explotación
-o usarse para intercambiarla: licencias cruzadas
Razones para patentar
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(3) Imagen/valor de la empresa o institución
Razones para patentar
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(4) Curriculum del inventor
Razones para patentar
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(5) Posible salida profesional (ej. Spin off)
-Qué se patenta en la UC.
Ejemplos.
Elena Alonso Martín
Oficina de Valorización – Universidad de Cantabria
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Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
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Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
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Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
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Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
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Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
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Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
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Qué se patenta en la UC. Ejemplos.
La Oficina de Valorización.
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Contacto Oficina de Valorización
Universidad de Cantabria
Pabellón de Gobierno
Planta -1
39005 Santander, España
Elena Alonso
Tel. +34 942 20 67 73
email: [email protected]