programación de la ejecución

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Transcript programación de la ejecución

XXIX Simposio Nacional de
Profesores Universitarios de
Contabilidad Pública
La Programación
Financiera
Cdor. Abelardo G. Harbin
La Programación Financiera
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En este trabajo, continuación del presentado en el
Simposio anterior, vamos a:
Describir las normas y procedimientos de la
programación financiera (cuotas de compromiso,
devengo y límite financiero o cuota de pago),
Establecer el contexto macroeconómico en que esta
programación se lleva a cabo,
Intentar determinar las críticas que se puedan hacer
al proceso,
Dejar abierto el camino para nuevos aportes al
Cdor. Abelardo Harbin
tema.
En el Simposio anterior…
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… realizado en la Ciudad de Mar del Plata se presentó un trabajo sobre
la CUT y el Sistema de Cuentas Escriturales.
Allí se diferenció el sistema de “Cuenta Única del Tesoro” del sistema
de “Fondo Unificado de Cuentas Oficiales”.
Se desarrolló el Sistema de Cuentas Escriturales (debitan por la
recaudación y acreditan por los pagos, aplican el principio de dualidad y
son acumulativas).
Se concluyó que las Cuentas Escriturales son un subproducto del
Sistema Contable.
Se presentó un resumen de la información presentada por distintas
Jurisdicciones.
Cdor. Abelardo Harbin
En el Simposio anterior…

Y se concluyó que el sistema de “Cuentas
Escriturales” es un subproducto del Sistema
Contable, razón por la cual, se sostuvo que su
ejecución y saldos debían ser informados en la
Cuenta de Inversión o Cuenta General del
Ejercicio.
Cdor. Abelardo Harbin
Las Cuentas Nacionales y la Política Fiscal
Producto según destino:
 PIB = Y = C + I + G + X – Q
 PIB = Y = C + Ipub + Ipriv + G + X – Q
 (Yd = Y – t + TR)
Cdor. Abelardo Harbin
El Sist. Bancario y las Políticas Cambiaria y Monetaria
Cdor. Abelardo Harbin
Antecedentes Normativos
1º) La Ley 24.156 de Administración
Financiera y de Control del Sector Público
Nacional y su Decreto Reglamentario
1.344/07.
 2°) El Sistema Presupuestario (manual de la
ONP)
 3º) El Sistema de Tesorería (manual de la
TGN)
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Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07
Objetivos:
 a) Garantizar la aplicación de los principios
de regularidad financiera…;
 b) Sistematizar las operaciones de
programación, gestión y evaluación de los
recursos del sector público nacional…
 (Art. 4 de la Ley)
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Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07
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Competencias:
De la ONP:
c) Dictar las normas técnicas para la …
programación de la ejecución … de los
presupuestos de la administración nacional:
h) Aprobar, juntamente con la Tesorería General, la
programación de la ejecución del presupuesto de la
administración nacional preparada por las
jurisdicciones y entidades que la componen...
(Art. 17 de la Ley)
Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07
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Competencias:
De la TGN:
a) Participar en la formulación de los aspectos
monetarios de la política financiera, que para el
sector público nacional, elabore el órgano
coordinador de los sistemas de administración
financiera;
b) Elaborar juntamente con la ONP la programación
de la ejecución del presupuesto de la administración
nacional y programar el flujo de fondos de la
administración central;Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07
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Competencias:
De la TGN:
h) Elaborar anualmente el presupuesto de caja del
sector público y realizar el seguimiento y evaluación
de su ejecución;
i) Coordinar con el Banco Central de la República
Argentina la administración de la liquidez del sector
público nacional en cada coyuntura económica,
fijando políticas sobre mantenimiento y utilización
de los saldos de caja;
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(Art. 74 de la Ley)
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07
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Responsabilidades:
De las Jurisdicciones y Entidades:
… programar … la ejecución física y financiera de los
presupuestos… (normas … la reglamentación y las
disposiciones complementarias y procedimientos que dicten
los OR de los sistemas presupuestario y de tesorería… )
Dicha programación será ajustada y las respectivas cuentas
aprobadas por los órganos rectores…
El monto total de las cuotas de compromiso fijadas para
el ejercicio no podrá ser superior al monto de los
recursos recaudados durante éste.
(Art. 34 de la Ley)
Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07
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Responsabilidades:
De las Jurisdicciones y Entidades:
… remitirán a la ONP … la programación anual de los compromisos
y del devengado.
La SH (SSP) definirá las cuotas conforme a las posibilidades de
financiamiento y comunicará los niveles aprobados a las
jurisdicciones y entidades...
La asignación de cuotas de gastos de compromiso y de devengado
comprenderá los gastos de toda la AN y se realizará en la forma que
determine la SH.
Dentro del nivel asignado … las jur. y ent. podrán efectuar
reasignaciones de las cuotas de compromiso y de devengado
comunicadas.
Cdor. Abelardo Harbin
(Art. 34 DR de la Ley)
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07
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Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de
cada año podrán ser cancelados, durante el año siguiente,
con cargo a las disponibilidades en caja y bancos existentes
a la fecha señalada.
Los gastos mencionados en el párrafo anterior también
podrán ser cancelados, por carácter y fuente de
financiamiento, con cargo a los recursos que se perciban
en el ejercicio siguiente.
La, programación de la ejecución financiera, prevista en el
artículo 34 de la Ley 24.156, del ejercicio fiscal siguiente
deberá ajustarse a fin de atender las obligaciones financieras
determinadas en el párrafo precedente.
(Art. 42 de la Ley)
Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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C. PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN
La programación de la ejecución física y financiera del presupuesto de la
APN cobró importancia como instrumento para una correcta coordinación
entre la percepción de los recursos públicos y su aplicación para cumplir
los objetivos de los programas presupuestarios.
Es un proceso posterior a la Distribución Administrativa de los créditos
presupuestarios y previo a la ejecución.
Implica compatibilizar el ritmo óptimo de ejecución de programas con la
disponibilidad temporal de recursos y los restantes objetivos de política
económica.
Las Jurisdicciones y Entidades deben elaborar un programa anual de
utilización del crédito presupuestario desagregado en trimestres.
Esta programación por períodos permite graduar la ejecución del gasto en
el Organismo y constituye la base para determinar las cuotas de
compromiso y de devengado.
Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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La programación de la ejecución del presupuesto debe realizarse tanto en los aspectos
físicos como financieros.
La responsabilidad de la SHN, en el marco del equilibrio financiero, consiste en
compatibilizar la citada programación con la proyección de recursos que se prevé
recaudar en el trimestre bajo análisis así como también tener en cuenta el flujo de
ingresos de los próximos trimestres.
Para ello, en el comienzo de cada trimestre, la ONP efectúa un análisis que incluye la
proyección del resultado primario base caja, la proyección de recursos y financiamiento, los
servicios de la deuda, los gastos de cumplimiento obligatorio, los gastos estacionales, gastos
prioritarios y otros casos especiales a considerar.
Sobre esta base se determinan cuotas meta o tope para el período bajo análisis por fuente de
financiamiento.
La SHN, una vez analizados los requerimientos presentados, define las cuotas según las
posibilidades de financiamiento y comunica los niveles aprobados a las Jurisdicciones y
Entidades, quienes deben ajustar su programación original a las cuotas efectivamente
aprobadas, efectuando la distribución por programas.
La distribución interna entre UEP de las cuotas de compromiso y devengado, se rige por la
Res. Nº 598/98 de la SHN y la Circ. Nº 1/99 (1/12) de la ONP.
Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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Ventajas de la Programación de la Ejecución
A nivel de Organo Central:
Ordenar la ejecución del presupuesto permitiendo una buena programación de gastos de tal
forma que se logren los objetivos de política presupuestaria definidos en el presupuesto,
compatibilizando el ritmo de ejecución con el crédito anual asignado y con los recursos
disponibles.
Cumplir con los principios de Centralización Normativa y Descentralización de la Ejecución.
Actuar como eslabón entre el presupuesto y la caja evitando la generación de deuda flotante
y cumpliendo con el equilibrio financiero.
Minimizar las reprogramaciones presupuestarias.
A nivel de Jurisdicciones y Entidades:
Tener el control y evaluación periódica de la provisión de bienes y servicios y de la aplicación
de los recursos reales y financieros que la misma requiere.
Permite que los recursos humanos, materiales y servicios requeridos de terceros para la
ejecución estén disponibles en el momento oportuno.
Evita paralizar programas, salvo cuando ocurran hechos imprevisibles, disminuyendo en
consecuencia la posibilidad de elevación de costos.
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Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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Algunos obstáculos en el mecanismo de la Programación de la Ejecución
Dada la versatilidad de la coyuntura, la asignación de cuotas en ciertas ocasiones críticas
tiende a ser limitante. En situaciones más favorables, se podrán tener más en cuenta las
estacionalidades de gastos y otros tipos de requerimientos.
Aún no hay conciencia plena y generalizada de una buena programación presupuestaria.
En las solicitudes de cuotas, a veces, no se tiene en cuenta una planificación de acciones a
lo largo del ejercicio, ni las estacionalidades del gasto.
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Esquema de la dinámica de la programación de la ejecución en el ciclo
anual del sistema presupuestario (Manual del Sistema Presupuestario).
Proceso de gestión de la programación de la ejecución en cada trimestre
(Manual del Sistema Presupuestario)
Necesidad de reprogramaciones de la programación de la ejecución del
presupuesto (Manual del Sistema Presupuestario).
Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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Res. 598/98 SHN:
Artículo 1°—Las jurisdicciones, subjurisdicciones y entidades
comprendidas en el Presupuesto General de la Administración
Nacional, dentro del ámbito de cada servicio administrativo financiero,
deberán proceder en tiempo y forma a la distribución interna entre las
unidades ejecutoras de los Programas o categorías presupuestarias
del mismo nivel, de las cuotas de compromiso y de devengado que
trimestralmente aprueba y comunica la SECRETARIA DE HACIENDA
(SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO) del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Del mismo modo se
deberá proceder con relación a las reprogramaciones que se aprueben.
Dicha asignación de cuotas se efectuará también a las Actividades
Específicas y/o Proyectos conducidos por Unidades Ejecutoras de
Prestamos otorgados por Organismos Internacionales, para todas sus
fuentes de financiamiento.
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Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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Circ. 1/12 – ONP:
Definición de los Objetivos de Política Prioritarios:
Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional deben definir
los objetivos de política que consideren de prioritaria ejecución en el
ejercicio fiscal 2012. Para la tramitación de los requerimientos de cuotas de
compromiso y devengado, previa al inicio del trimestre, las jurisdicciones y
entidades deberán acompañar sus solicitudes con la descripción de los objetivos
de política prioritarios definidos para el periodo y aplicarse en las
reprogramaciones como fundamentos de los requerimientos de cuotas adicionales
para comprometer y devengar gastos.
Si en el transcurso del ejercicio se produjeran cambios en la definición de los
objetivos de política, se deberá presentar una actualización de los mismos con la
debida fundamentación.
En todos los casos, se deberá detallar la apertura programática asociada al gasto
considerado prioritario (Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Obra,
Inciso, Partida Principal, Parcial, Subparcial y Fuente de Financiamiento).
Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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Circ. 1/12 – ONP:
Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional deben efectuar los requerimientos de cuotas
(tanto en las programaciones trimestrales como en las reprogramaciones) con la siguiente desagregación:
- Fuente de Financiamiento
- Jurisdicción
- Servicio
- Programa
- Objeto del Gasto
Nivel de Desagregación
- Inciso 1- Gastos en Personal
Inciso
- Inciso 2- Bienes de Consumo
Inciso
- Inciso 3- Servicios no Personales
Inciso
- Inciso 4- Bienes de Uso
Inciso
- Partida 51.- Transf. al Sect. Priv. para financiar Gtos. Ctes.
Pda. Parcial
- Resto de las Partidas del Inciso 5
Pda. Pcipal.
- Inciso 6- Activos Financieros
Pda. Parcial
- Inciso 7- Servicio de la Deuda y Dism. de Otros Pasivos
Pda. Parcial
- Inciso 8- Otros Gastos
Inciso
- Inciso 9- Gastos Figurativos
Pda. Subparcial
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Manual del Sistema Presupuestario (ONP)
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Circ. 1/12 – ONP:
Plazos para las Solicitudes de Programación y Reprogramaciones de
Cuotas de Compromiso y Devengado:
La presentación de la programación de cuotas de gastos se recibirá antes
del día 15 correspondiente al último mes de cada trimestre, la
presentación de las reprogramaciones de cuotas de compromiso y
devengado se recibirá antes del día 20 de la terminación del trimestre
respectivo.
Reprogramaciones de cuotas a financiar con Recursos Propios o con
Recursos con Afectación Especifica: Las jurisdicciones y entidades de la
Administración Nacional que realicen reprogramaciones de cuotas de
compromiso y devengado durante el trimestre en ejecución a financiarse
con fuentes de financiamiento 12-Recursos Propios ó 13-Recursos con
Afectación Específica deberán acompañar una proyección de dichos
recursos, actualizada a la fecha de presentación de la reprogramación en
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cuestión.
Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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La Programación de la Ejecución del Presupuesto.
El mecanismo de la Programación de la Ejecución del Presupuesto
establece cuotas trimestrales que actúan como un techo o nivel máximo
a gastar en las etapas de compromiso y devengado, para cada una de
las Jurisdicciones o Entidades, con apertura de acuerdo a la clasificación
por objeto del gasto.
Las cuotas de compromiso rigen para el trimestre al término del cual los
saldos no utilizados se pierden. El mismo criterio es válido para las
cuotas de devengado, con la diferencia que estas últimas se otorgan
mensualmente, y los saldos no utilizados durante los meses son
acumulables hasta el final del trimestre, cuando fenecen definitivamente.
De este proceso participan distintas fuentes de información (los
"insumos" de la programación) y distintos participantes (los Sistemas de
Tesorería, Presupuesto, Crédito Público, etc.)
Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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1. La TGN elabora una primera versión de la Programación Financiera
(Plan de Caja anual) para los distintos subperíodos que componen el
ejercicio. Para ello toma en cuenta el flujo esperado de ingresos, integrado
por:

La estimación de la recaudación tributaria y su estacionalidad.
La proyección de recursos no tributarios y otros ingresos corrientes y no corrientes a percibir.
Los fondos a desembolsar, producto de operaciones de financiamiento, confirmadas para el
período objeto de la programación.
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Y la previsión del flujo de egresos de caja. El mismo contempla los
servicios financieros de la Deuda Pública (ONCP), la proyección propia de
otros pagos corrientes y no corrientes del período, el análisis de la Deuda
Exigible y de la estacionalidad de los gastos del período.
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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2. La ONP recibe y procesa la siguiente información:
Los requerimientos de cuotas de las Jurisdicciones y Entidades, en función
de la propuesta de programación física y financiera derivada de las metas
establecidas por los responsables de los programas.
Una versión inicial de la programación de caja del período de la TGN.
Con estos elementos, la ONP eleva a las autoridades de la SHN el proyecto
de cuotas de compromiso y cuotas de devengado para el trimestre bajo
análisis, quienes lo aprueban realizando las modificaciones que consideren
pertinentes.
Las Jurisdicciones y Entidades comprometen y devengan gastos en función
de las cuotas otorgadas.
El devengo se realiza a través de la emisión de OP, lo cual alimenta
permanentemente el stock de deuda exigible o flotante, que es un insumo
básico en la programación del flujo de pagos del Plan de Caja de Tesorería.
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3. La TGN reprograma el flujo de pagos en función del nuevo esquema de
gastos aprobados, presentando una nueva versión del Plan de Caja
trimestral mensualizado. En el mismo, se vuelven a asignar los recursos
estimados para el ciclo, entre la deuda exigible inicial y el nuevo nivel
autorizado para gastar. Se fija así el stock de deuda exigible proyectado al
final de cada período.
Aquí se verifica la importancia de la relación entre los Sistemas de
Tesorería y Presupuesto, con el objeto de compatibilizar el nivel de la
deuda flotante y una adecuada asignación de recursos con el equilibrio del
Balance del Tesoro.
“De esta manera se minimiza el uso del mecanismo de financiamiento
tácito que implica la reprogramación o el retraso de los pagos de gastos
devengados, ya que el mismo alienta la presentación de sobreprecios por
parte de los oferentes de bienes o servicios al Sector Público, provocando
la existencia de un costo no explícito de endeudamiento público, además
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de cargar con ineficiencia y discrecionalidad
en la gestión de pagos.”
Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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En esta etapa asimismo, se agrega a la Programación Financiera del
Tesoro información de los programas de caja de otros sectores de la
Administración Nacional, que ellos mismos elaboran en función del
conocimiento de la situación de su propio flujo de fondos. Se incorporan
los programas de caja mensuales semanalizados de los OD y de los
Recursos Afectados de la Administración Central integrados a la CUT.
Dicha consolidación se realiza a través de la remisión periódica a la TGN
de los citados programas por parte de los SAF responsables de operar con
los recursos en cuestión. Este mecanismo representa uno de los aspectos
de la vinculación y la coordinación referida a la programación de caja entre
el Órgano Rector del Sistema (la TGN) y los ejecutores de los procesos
operativos del mismo (las Tesorerías Jurisdiccionales)
Por otro lado, se adiciona la programación mensual de caja diarizada de
las Instituciones de Seguridad Social, lo que permite construir, de esta
forma, el Programa de Caja Consolidado de la Administración Nacional.
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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4. Se presenta el programa de caja a la Ssría. de Financiamiento, a fin de
analizar las eventuales necesidades de financiamiento.
Se configura la programación del financiamiento, que detalla el
cronograma de colocación de deuda (que incluye montos, fechas e
instrumentos)
El marco de referencia para estas operaciones está dado por la Ley de
Presupuesto del año respectivo o una ley específica sobre endeudamiento.
Si el programa de caja sugerido muestra excedentes, la tarea de la SSría
de Financiamiento será recomendar la mejor alternativa de inversión y
participar de su operatoria.
En cuanto al financiamiento de los déficits transitorios o estacionales de
caja, el Tesoro cuenta con una serie de instrumentos que pueden ser
incorporados como supuestos en la propuesta de programación realizada
en esta instancia del proceso.
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5. Se incorpora la información referida a las operaciones concertadas o
posibles que integran el programa de financiamiento, tanto las
provenientes del Sistema de Crédito Público como las que se derivan de
la administración de activos y pasivos de corto plazo.
El Plan de Caja resultante es la propuesta final y completa del Sistema de
Tesorería para el período que se encuentra bajo proceso. El mismo se
eleva a las autoridades de la SHN para su análisis y posterior aprobación,
o bien su reconsideración.
6. Finalmente se controla y evalua la ejecución de caja del período, a fin
de examinar la calidad de la programación analizando los posibles
desvíos, y considerar los resultados de dicha ejecución como insumo de
la programación del período siguiente, al recomenzar el proceso.
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Frecuencia con que se realizan las distintas etapas:
El Proceso de Programación de la Ejecución, que determina las cuotas de
compromiso y devengado (las dos primeras etapas comentadas), se lleva
a cabo trimestralmente.
La reprogramación que la TGN realiza en función de las cuotas aprobadas
(3° etapa), se hace mensualmente, de acuerdo a la evolución de los saldos
de las cuotas de devengado y de la deuda exigible. En esta instancia
además, se confeccionan programas de caja diarios y por cuenta bancaria
con el objeto de determinar la estacionalidad de recursos y gastos en el
corto plazo.
La incorporación de la programación del financiamiento (4° y 5° etapas)
también se produce mensualmente, con un análisis de la estacionalidad de
las necesidades (o de los excedentes) de caja.
Finalmente, la evaluación de la ejecución de caja que realimenta el
proceso (6° etapa) se practica dos veces al mes.
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La Programación de Caja:
El módulo de Programación de Caja permite a la TGN asignar
límites financieros a los SAF y a sí misma, denominado
"Cuota de Pago", que les habilita a girar contra la CUT.
Dichas cuotas de pago son programadas y fijadas
considerando la disponibilidad en la Cuenta Escritural por la
que debe realizarse el pago y, por supuesto, la respectiva
deuda que origina la necesidad de cancelación.
El módulo de Pagos permite que la TGN y los SAF autoricen
pagos que son formalizados a través de la emisión de un
medio de pago contra la CUT, denominado "Orden Bancaria".
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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La TGN administra otros tipos de disponibilidades distintas a la financiera.
A esos efectos, se crearon, en analogía a las Cuentas Escriturales, otras
"cuentas" con el fin de controlar estas disponibilidades, las Cuentas de
Operación.
Las Cuentas de Operación constituyen el mecanismo operativo mediante
el cual se realizan controles de las diversas disponibilidades de cada SAF,
y se acreditan y debitan de acuerdo a las transacciones que se realicen.
Las Cuentas de Operación permiten el control de los saldos a un nivel
más desagregado (por fuente de financiamiento o el tipo de gasto).
Así como la disponibilidad financiera de cada SAF está controlada en las
Cuentas Escriturales y representa una de las Cuentas de Operación, el
sistema también controla su disponibilidad para programar y disponibilidad
para pagar. Estos controles son realizados en Cuentas de Operación
distintas, conforme se demuestra en el siguiente cuadro.
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Nombre de la
Cuenta
Tipo de
Disponibilidad
Acreditada por
Debitada por
Disponibilidad para
Programar
Disponibilidad para
Programar
Ingreso de
Recursos
Programación de
Cuota
Cuotas de Pago
Fijadas
Disponibilidad para
Pagar
Fijación de Cuota
Pago
Cuentas
Escriturales
Disponibilidad
Financiera
Ingreso de
Recursos
Pago
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La Programación de Caja
a. Programación de Cuotas de Pago
La programación de Cuotas de Pago se utiliza como un instrumento de
manejo de los fondos depositados en la Cuenta Única del Tesoro.
Esta herramienta permite operar en el corto plazo (diariamente) y de
manera consistente con los mecanismos y conceptos definidos para la
Programación Financiera del Sector Público.
Este instrumento permite a la TGN establecer límites de pago a los SAF y
a sí misma, girando contra la CUT.
El procedimiento de programación de Cuotas de Pago diferencia en su
tratamiento a los SAF según su carácter (AC u OD) y su sistema operativo
(SLU u otros).
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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SAF de AC
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Las cuotas de pago son programadas, individualmente, considerando el SAF, la
Cuenta Escritural, la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto.
Las cuotas de pago consideran también la Deuda Exigible y la Cuenta
Recaudadora, que, junto con la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto,
son datos obtenidos directamente de las Órdenes de Pago registradas en el
sistema (considerando el monto bruto de dichas OP si se trata de organismos que
operan con SLU y el monto neto cuando operan con otros sistemas)
También se considera a efectos de la programación de las cuotas de pago, el
saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y
"Cuotas de Pago Fijadas".
Los gastos financiados por la fuente 11 (recursos del Tesoro Nacional) consideran
las Cuentas de Operación del Tesoro.
Los gastos financiados por otras fuentes distintas de los recursos del Tesoro
Nacional, consideran las Cuentas de Operación del propio SAF, es decir, son
gastos financiados con sus propios recursos.
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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SAF de OD
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Para los que operan con sistema SLU, las cuotas de pago son programadas por la
TGN, individualmente, considerando el SAF, la Cuenta Escritural, la Fuente de
Financiamiento y la Clase de Gasto.
Las cuotas de pago consideran también la Deuda Exigible y la Cuenta
Recaudadora, que, junto con la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto,
son datos obtenidos directamente de las órdenes de pago registradas en el
sistema (considerando el monto bruto de dichas OP)
También se considera a efectos de la programación de las cuotas de pago, el
saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y
"Cuotas de Pago Fijadas".
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Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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Para los SAF de los OD que no operan con el SLU, las cuotas de pago
son programadas por la TGN, individualmente, considerando el SAF, la
Cuenta Escritural y la Fuente de Financiamiento.
Las cuotas de pago consideran también el “Cronograma de Pagos"
aportados por los SAF, la Cuenta Recaudadora, la Fuente de
Financiamiento, la fecha, y la estimación de pagos para cada día.
También está considerado a efectos de programación de las cuotas de
Pago, el saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad
para Programar" y "Cuotas de Pago Fijadas".
Las Cuentas de Operación afectadas son las del propio SAF, salvo que el
Organismo Descentralizado sea financiado con recursos de rentas
generales.
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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Para todos los SAF, al programarse una Cuota de Pago, el proceso
registra automáticamente el débito en la Cuenta de Operación
"Disponibilidad para Programar", correspondiente al SAF y su Cuenta
Escritural para la cual se está programando.
La programación de cuotas de pago no representa aún la disponibilidad
real para que la TGN o los SAF realicen pagos contra la CUT, por
consiguiente no son enviadas a los SAF. Es necesario que las cuotas de
pago programadas sean confirmadas.
El monto total de cuotas de pago programadas no puede exceder la
disponibilidad de caja de la TGN, o sea, el monto total programado no
puede exceder el saldo disponible en la CUT, ni tampoco la disponibilidad
individual de la Cuenta Escritural correspondiente a cada SAF.
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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b. Fijación de Cuotas de Pago
La fijación de cuotas de pago se utiliza como instrumento para que la TGN
pueda aprobar –y, transmitir a los SAF o a sí misma las cuotas de pago
anteriormente programadas, constituyendo la real disponibilidad con la
que liquidan sus gastos.
Las cuotas de pago son fijadas por la TGN a los SAF o a sí misma, a
partir de las que se habían programado anteriormente (el sistema
recupera y exhibe los registros de las cuotas de pago programadas con
los datos necesarios para que se las confirmen)
La confirmación de las cuotas de pago programadas constituye la fijación
de las mismas y consecuentemente resulta en los registros que son
transmitidos a los SAF para que reciban la información acerca de sus
límites actuales para pagos.
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Manual del Sistema de Tesorería (TGN)
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El proceso de fijación de cuotas de pago registra automáticamente el
crédito en la Cuenta de Operación "Cuotas de Pago Fijadas",
correspondiente al SAF y su Cuenta Escritural en cuestión.
Es facultad de la Tesorería General de la Nación confirmar integralmente
las cuotas de pago anteriormente programadas, o sólo una parte. El
monto por lo cual se confirma representa el fijado y consecuentemente lo
que se transmite a los SAF. El monto confirmado no puede exceder al
saldo programado aún no fijado, es decir, no se puede confirmar más del
saldo programado.
La fijación de cuotas de pago representa la real disponibilidad financiera
para que la TGN o los SAF realicen los pagos que les corresponden,
girando contra la CUT.
El saldo programado aún no fijado, siempre queda disponible para las
próximas fijaciones, así como el saldo de cuotas de pago fijadas no
utilizadas, queda disponible a favor de los SAF o de la TGN para futuros
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pagos.
Conclusiones
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En cuanto a la cuota de compromiso…
Se entiende que es el momento exacto para la fijación de
cuotas, exactamente antes de asumir “compromisos
jurídicos”.
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Conclusiones
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En cuanto a la cuota de devengado…
Se entiende que es una rémora del pasado, se originó en un momento en
que no había capacidad operativa para establecer el “límite financiero”.
Más allá de la opinión que se tenga sobre el “límite financiero”, existiendo
este último no se justifica la permanencia de la “cuota de devengado”.
Al momento de limitarse el “devengado”, el Estado asumió “compromisos
jurídicos”.
Art. 31 DR: el compromiso se opera con: a) El origen de una relación
jurídica con proveedores y contratistas … y el devengado con: b) El
surgimiento de una obligación de pago mediante la recepción de
conformidad de bienes o servicios oportunamente contratados o por
haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos para los casos
de gastos sin contraprestación.
No considerar esos “compromisos jurídicos” es un nuevo desconocimiento
(por no decir “negación”) de la vigencia del derecho en las relaciones entre
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el Estado y los particulares.
Conclusiones
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En cuanto al límite financiero…
En principio se podría decir que la implementación del límite financiero no es más
que el reconocimiento del fracaso de la programación financiera…
Sin embargo, es cierto que aún la programación más ajustada podría tener
diferencias con la realidad, cierto que eso debería ser la excepción y no la norma…
Por otra parte, la obligación de la TGN de “Coordinar con el Banco Central de la
República Argentina la administración de la liquidez del sector público nacional en
cada coyuntura económica, fijando políticas sobre mantenimiento y utilización de
los saldos de caja” (art. 74, inc. i) aporta un nuevo motivo de conflicto con la
ejecución presupuestaria y sus compromisos…
De hecho, la programación del gasto impacta en el circuito real de la economía
(gasto, inversión, producto, transferencias) y el límite financiero en las cuentas
monetarias (aumentando o disminuyendo la liquidez, tanto por los pagos como por
los adelantos transitorios solicitados al BCRA).
Es por lo tanto, un tema abierto a nuevas discusiones…
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Funciones de la DPCEF de la TGN

TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE LA
EJECUCIÓN FINANCIERA
Participar conjuntamente con la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO en la definición de las cuotas trimestrales de
compromisos y mensuales de mandado a pagar a fin de someterlas
a su aprobación.
Entender en la asignación de cuotas del Sistema de Cuenta Única del
Tesoro.

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Resultados Financieros
RDO FCIERO (mill.$)
AC
OD
ISS
AN
2001
-10,601
36
-164
-10728
2002
-1982
-68
197
-1854
2003
-350
101
1177
928
2004
6800
184
1828
8813
2005
-2353
-12
4405
2039
2006
344
-275
6604
6674
2007
-4777
88
9732
5043
2008
-1266
186
8204
7124
2009
-24889
120
15339
-9428
2010
-19513
-113
17746
-1880
2011
-66328
17963
23096
-43213
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Resultados Financieros
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Resultados Financieros
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XXVIII Simposio Nacional de
Profesores Universitarios de
Contabilidad Pública
La Programación Financiera
¡Muchas gracias por su atención!
Cdor. Abelardo G. Harbin