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PROYECTO DE NORMATIVA
URBANO - AMBIENTAL
Municipalidad de Salta
AVANCE DE NORMATIVA
RESUMEN GENERAL DE
CONTENIDOS
CODIGO DE PLANEAMIENTO
URBANO – AMBIENTAL
C.P.U.A.
IDEAS FUERZA
• Plasmar explícitamente los contenidos
filosóficos del P.I.D.U.A. (Plan Integral de
Desarrollo Urbano – Ambiental).
• Obtener mayor flexibilidad con mayor
control social en la gestión urbanística.
• Simplificar la Zonificación Urbanística.
IDEAS FUERZA
• Regular la disponibilidad de suelo, evitando
su encarecimiento y la expansión
desmesurada.
• Optimizar el aprovechamiento de las
infraestructuras y equipamientos existentes.
• Priorizar la ocupación de grandes vacíos
urbanos.
IDEAS FUERZA
• Apertura a las iniciativas públicas y privadas,
sometidas a los objetivos
del planeamiento y al control social.
• Inducir la consolidación de centralidades
alternativas, descongestionando el Centro
Histórico.
IDEAS FUERZA
• Normar las revisiones periódicas de los
Instrumentos de Planificación para
adecuarlos a los cambios de contexto.
• Promover el Fortalecimiento Institucional
del Municipio, para posibilitar la gestión
adecuada de esos instrumentos.
Mapa del Código de Planeamiento Urbano - Ambiental
Principios
Parte I
Estrategias
DESARROLLO
URBANO - AMB.
Instrumentos
Interv. En
Suelo
MODELO
ESPACIAL
Normas Grales.
Régimen. Urb.
Componentes
Principios
Parte II
Parte III
SISTEMA DE
PLANEAMIENTO
PLAN
REGULADOR
Subdivisiones
Parte IV
Disposic.
Punitivas
DISP. ORG. Y DE
PROCEDIM.
Procedim. y
tramitac.
Disp. Finales y
Transitorias
Ir a Planos
Parte I:
Del Desarrollo
Urbano Ambiental
Parte I:
Del Desarrollo Urbano Ambiental
• Principios.
• Estrategias.
• Modelo Espacial.
PRINCIPIOS
1. Enfoque orientado al DESARROLLO
SUSTENTABLE.
2. Asunción plena del ROL DE LIDERAZGO de la
Ciudad de Salta a nivel REGIONAL Y
PROVINCIAL.
3. Concepción del VALLE DE LERMA como AREA DE
INFLUENCIA DIRECTA.
4. Recuperación del LIDERAZGO del Estado
Municipal en el DESARROLLO URBANO.
5. Fortalecimiento del papel del ESTADO MUNICIPAL
en la promoción de ESTRATEGIAS DE
FINANCIAMIENTO para programas y proyectos.
6. Fortalecimiento de la REGULACION PUBLICA
SOBRE EL SUELO URBANO, para su
aprovechamiento equitativo.
7. INTEGRACIÓN de los componentes del ESTADO
MUNICIPAL entre sí y con el resto de los actores
sociales.
7. Gestión DEMOCRATICA Y PARTICIPATIVA del
Planeamiento y Gestión Municipal.
9. Gestación de un MUNICIPIO culturalmente rico y
diversificado, atractivo y competitivo.
10. Optimización de la CALIDAD DE VIDA Y DEL
AMBIENTE, reduciendo la segregación social y
física.
ESTRATEGIAS
1. Estrategia de inserción regional.
1. Estrategia de estructuración
territorial.
1. Estrategia de estructuración
urbana.
1. Estrategia de movilidad urbana.
5. Estrategia de usos del suelo
privado.
6. Estrategia de valorización
patrimonial.
7. Estrategia de valorización
ambiental.
8. Estrategia de promoción
económica.
9. Estrategia de desarrollo de la
Ciudad.
10. Estrategia de sistema de
planeamiento.
MODELO ESPACIAL
I.
Elementos Estructurantes.
•
Red Vial Principal.
•
Nodos de Centralidad – Área
Central – Centro Histórico.
•
Grandes Equipamientos Urbanos.
•
Sistema de Espacios Abiertos.
•
Bordes y barreras naturales.
•
Ríos y cursos de agua.
Plano Red Vial
MODELO ESPACIAL
II. Clasificación del Suelo.
1.
Áreas Urbanas Consolidadas.
•
Perímetro Urbano Consolidado.
•
Área Urbana Propiamente Dicha.
•
Áreas de Ocupación Prioritaria
(AOP)
•
Áreas Urbanizables Programadas
de 1º y 2º Etapa.
Plano Clasificación Suelo
MODELO ESPACIAL
II. Clasificación del Suelo.
2.
Areas Sub - Urbanas
•
Áreas Peri - Urbanas No
Programadas (Anexión Futura).
•
Áreas No Urbanizables.
Plano Clasificación Suelo
MODELO ESPACIAL
III. Zonificación de Usos del Suelo.
1.
Distritos en Áreas Urb. Consolidadas
•
R1 - R2 - R3 - R4 - R5 (Predom. Resid.)
•
EP (Entornos Patrimoniales - Mixtos)
•
AC (Mixto)
•
NC1 – NC2 – NC3 – NC4 (Nodos de
Centralidad - Mixtos)
•
M1 - M2 - M3 - M4 - M5 - M6 (Mixtos)
•
PI (Parque Industrial)
Plano Zonificación
MODELO ESPACIAL
III. Zonificación de Usos del Suelo.
2.
Distritos en Áreas Sub - Urbanas
•
AGR (Agrícolas / Agroindustriales).
•
PPU (Núcleos Hab. Productivos Peri Urbanos)
•
R6 (Residencial Peri - Urbano de muy
baja densidad / Countries y similares)
Plano Zonificación
MODELO ESPACIAL
III. Zonificación de Usos del Suelo.
3.
Areas Especiales
•
AE - ES (Grandes Equipamientos
Estatales).
•
AE - NG (Grandes Equipamientos No
Gubernamentales)
Plano Áreas Especiales
•
AE - IS (De Interés Urbanístico - Social)
•
AE - NA (De Interés Urbanístico - No Aptas).
•
AE - RE (De Interés Urbanístico - De Renovación)
•
AE - RN (De Interés Ambiental - Reserva
Natural).
•
AE - PN (De Interés Ambiental - Parque Natural).
•
AE - PC (De Interés Ambiental - Patrimonio
Cultural).
Plano Áreas Especiales
FIN PARTE I
Volver a Mapa del C.P.U.A.
Parte II:
Del Sistema de
Planeamiento
Parte II:
Del Sistema de Planeamiento
•
Atribuciones del S.M.G.P. (Sistema Municipal de Gestión del
Planeamiento).
•
Componentes del S.M.G.P.
•
Principios (Instrumentos Básicos – Complementarios –
Sistema de Monitoreo, Revisión y Ajustes).
•
Instrumentos de Regulación en el Suelo.
COMPONENTES DEL S.M.G.P.
1. Órgano Técnico de Aplicación: Secretaría de
Planificación y Desarrollo (S.P.D.).
2. Órgano Consultivo Externo: Consejo Municipal
del Desarrollo Urbano - Ambiental (Co.M.D.U.A.)
ATRIBUCIONES DEL S.M.G.P.
1. Elaboración y coordinación de Planes, Programas
y Proyectos.
2. Orientación acerca de la legislación urbano ambiental.
3. Generación de flujos permanentes de información
a fin de facilitar los procesos de decisión.
ATRIBUCIONES DEL S.M.G.P.
4. Aplicación de la legislación Urbano - Ambiental.
5. Monitoreo en la aplicación del P.I.D.U.A. y la
Normativa.
6. Coordinación de los procesos de revisión del Plan
y la Normativa.
Competencias del Co.M.D.U.A.
1. Celar por la aplicación de la normativa.
2. Proponer y deliberar sobre Planes y Proyectos.
3. Recepcionar y orientar temas de interés colectivo.
4. Proponer al S.M.G.P. temas relevantes.
5. Organizar comisiones para asesoramiento
técnico.
6. Integrar políticas sectoriales relacionadas
al desarrollo urbano - ambiental.
7. Proponer la programación de inversiones
en materia urbano - ambiental.
8. Participar en los procesos de análisis y
discusión de Proyectos Especiales y emitir
dictámenes sobre los mismos.
Conformación del Co.M.D.U.A.
1. Secretario de Planificación y Desarrollo de la
Municipalidad (Presidente).
2. 2 Directores Grales. Del Municipio.
3. 2 Representantes de Centros Vecinales.
4. 1 Representante del Colegio de Arquitectos.
5. 1 Representante del Co.P.A.I.P.A.
6. 1 Representante de la U.N.Sa.
7. 1 Representante de la U.C.S.
8.
1 Representante de O.N.G.s de Salta.
9.
1 Representante de la Cámara de Comercio e
industria de Salta.
10. 1 Representante de Cámaras de Hotelería y Turismo.
11. 1 Profesional con especialidad en Urbanismo y/o
Preservación del Patrimonio.
12. 1 Representante del DEPAUS.
13. 2 Concejales de la Comisión de Obras Públicas y
Urbanismo.
14. 1 Legislador Provincial por el Depto. Capital.
INSTRUMENTOS BÁSICOS DEL
S.M.G.P.
1. Plan Integral de Desarrollo Urbano Ambiental (P.I.D.U.A.).
2. Código de Planeamiento Urbano - Ambiental
(C.P.U.A.).
3. Código de Protección al Medio Ambiente.
4. Código de Edificación.
5. Estrategias de Desarrollo Urbano Ambiental.
6. Plan Regulador.
7. Modelo Espacial.
INSTRUMENTOS
COMPLEMENTARIOS DEL S.M.G.P.
1.
Programas.
2.
Planes.
3.
Proyectos Especiales.
Mecanismos de Participación
1.
Global (Co.M.D.U.A.)
2.
Barrial (Asociaciones Vecinales)
3.
Sectorial (Instituciones Civiles)
4.
Puntual (Audiencias Públicas)
Monitoreo y Evaluación
•
Sistema de Informaciones Urbanísticas.
•
Unidades de Monitoreo (Áreas Urbanas
y Sub – Urbanas, Distritos, Áreas
Especiales)
•
Evaluaciones Quinquenales de
Desempeño Urbano.
Contenido de Evaluaciones
Quinquenales
•
Grado de urbanización de A.O.P., A.U.1 y A.U.2.
•
Tendencias cualitativas y cuantitativas de
expansión urbana.
•
Desempeño de la Red Vial.
•
Desempeño de los Equip., Infraest. y Servicios.
•
Situación Ambiental del Municipio.
•
Tendencias demográficas y sociales.
Resultado de Eval. Quinquenales
•
Reclasificación de Suelos.
•
Delimitación de Ejido / Perímetro Urbano.
•
Delimitación de Distritos.
•
Creación o redefinición de Áreas Especiales.
•
Régimen Urbanístico de Distritos.
•
Régimen de Suelo Creado.
•
Régimen de Transferencia de Potencial
Constructivo.
INSTRUMENTOS DE INTERVENCION
EN EL SUELO
•
Normas de Ocupación y Usos del Suelo.
•
Suelo Creado.
•
Transferencia de Potencial Constructivo.
•
Tributación.
•
Proyectos Especiales.
•
Áreas Especiales.
•
Fondo Inmobiliario Urbanístico.
Suelo Creado
•
Antecedentes en distintos lugares del mundo
(Francia, EEUU, Brasil, etc.)
•
Separa el derecho de propiedad del de
construcción.
•
Determina un F.O.T. Privado para cada propiedad.
•
Determina una disponibilidad de F.O.T. Público en
cada distrito, que puede ser vendido por el
Municipio a los particulares para su construcción
como F.O.T. adicional, hasta determinados límites.
•
El precio del Suelo Creado se determina como
porcentaje de la utilidad del inversor para el
F.O.T. adicional adquirido.
•
Los ingresos generados se incorporan al Fondo
Inmobiliario Urbanístico para su utilización en
Infraestructuras y Equipamientos en zonas
carenciadas y/o para compra de suelo.
•
La venta de Suelo Creado se materializa con
Títulos de Transferencia de Potencial
Constructivo.
Transferencia de Potencial
Constructivo
•
Antecedentes en distintos lugares del mundo
(Francia, EEUU, Brasil, etc.)
•
Separa el derecho de propiedad del de
construcción.
•
En caso de compra de inmuebles por el Municipio,
se otorgan Títulos de Transferencia de Potencial
Constructivo como parte de pago.
•
En inmuebles protegidos por su valor patrimonial
(Urb., Arq., Histórico, etc.) se reconoce a los
propietarios el Potencial Constructivo de los
inmuebles, como estímulo a la preservación, con
determinadas obligaciones para aquellos.
•
Se materializa con Títulos de Transferencia de
Potencial Constructivo.
Tributación
Se promoverán acciones de gestión para elevar los
valores de tributos a baldíos y vacíos urbanos de
las siguientes áreas (de mayor a menor):
•
Áreas de Ocupación Prioritaria (A.O.P.)
•
Área Urbana Propiamente Dicha.
•
Áreas Urbanizables de 1º Etapa.
Proyectos Especiales
Se contemplan dos tipos de P.E. según el origen de la
iniciativa:
•
De Realización Necesaria: Promovidos por el
Municipio para la realización de iniciativas de interés
prioritario.
•
De Realización Voluntaria: Iniciativas públicas,
privadas o mixtas externas al Municipio, el cual
puede asociarse en su ejecución.
Proyectos Especiales
Se contemplan dos tipos de P.E. según la magnitud
de los posibles impactos:
•
Proyecto Especial Puntual: Puede ser aprobado por
el O.T.A., no requiere E.I.A.S. (se refiere a
excepciones a las normas por características
especiales del terreno, etc.).
•
Proyecto Especial de Impacto Ambiental y Social:
Requieren E.I.A.S., con capítulo especifico de
Estudio de Viabilidad Urbanística.
P.E. que requieren E.I.A.S.
•
Proyectos en Áreas Especiales.
•
Emprendimientos de gran porte (20.000 m2
construidos).
•
Proyectos en terrenos mayores a 10.000 m2.
•
Fraccionamientos o sub-divisiones sub-urbanas
que generen lotes menores a 20.000 m2.
•
Proyectos con usos residenciales fuera de
Perímetro Urbano (Countries y similares).
•
Proyectos residenciales en áreas de riesgo
ambiental, geológico, etc.
•
Proyectos de Renovación o revitalización urbana
promovidos por el estado provincial o municipal.
•
Proyectos de recuperación o remediación de
ambientes degradados.
•
Proyectos que afecten a inmuebles protegidos.
•
Otros casos previstos en la legislación provincial y
municipal.
Contenidos del Estudio de Viabilidad
Urbanística (E.V.U.)
•
Impactos sobre Infraestructuras, Equipamientos
y Servicios.
•
Impactos sobre la estructura urbana.
•
Impactos sobre el paisaje y el ambiente urbano.
•
Impactos sobre el Patrimonio Arquitectónico y
Urbanístico.
Requisitos para Countries
•
No afecten flora, fauna, aire, agua.
•
No impliquen riesgos geológicos o inundabilidad.
•
No alteren significativamente la capacidad de
absorción del suelo y drenaje a vecinos.
•
No impidan acceso a sitios de valor paisajístico o
cultural ni alteren a estos.
•
Sean autosuficientes en infraestructuras,
equipamientos y servicios.
•
Preferentemente incorporen sistemas de
generación de energía con recursos renovables y
no contaminantes.
•
Incluyan sistemas propios de tratamiento de
Efluentes y RSU.
Áreas Especiales
Son aquellas que exigen un régimen urbanístico
especial, condicionado a sus particularidades en
lo que se refiere a características, localización,
modalidad de ocupación del suelo y valores
ambientales.
Plano Áreas Especiales
A.E. – IS (Interes Social)
•
Áreas Residenciales en terrenos ferroviarios o
viales.
•
Áreas residenciales en terrenos inundables o de
riesgo geológico.
•
Áreas residenciales en sectores de riesgo
ambiental.
•
Áreas afectadas por marginalidad social.
Plano Áreas Especiales
A.E. – NA (No Aptas)
•
Áreas Inundables o de riesgo geológico.
•
Áreas cercanas a redes o instalaciones eléctricas
de media o alta tensión.
•
Áreas con suelos contaminados.
•
Áreas cercanas a vertederos de RSU.
•
Áreas cercanas a Plantas de Tratamiento de
Efluentes.
Plano Áreas Especiales
A.E. – RE (Revitalización o
Renovación)
•
Riberas del Sistema Arias - Arenales.
•
Riberas del Sistema Vaqueros - Mojotoro.
•
Instalaciones y vías ferreas del F.C.G.B.
•
Ex Planta de Gas de Chachapoyas.
Plano Áreas Especiales
A.E. – RN (Reserva Natural)
•
Campo General Belgrano.
•
Reserva Natural de Uso Múltiple – Serranías del
Este (Sector Norte).
•
Finca Las Costas.
Plano Áreas Especiales
A.E. – RN (Parque Natural)
•
Reserva Natural de Uso Múltiple – Serranías del
Este (Sector Sur).
•
Parque Los Lapachos.
•
Serranías del Este.
•
Monte Loco (Sector ribereño de Río Arenales, al
norte de Escuela Agrícola).
Plano Áreas Especiales
A.E. – PC (Patrimonio Cultural)
•
Corredores e inmuebles situados en el Distrito EP
del Centro Histórico.
•
Inmuebles situados en otros distritos E.P. (Ej.
Mercado Artesanal, Finca Castañares, etc.)
•
Inmuebles aislados situados en otros distritos
(Mercado San Miguel, Centro Cultural Ex
Matadero, etc.)
Plano Áreas Especiales
Sistema Municipal de Gestión del
Patrimonio.
•
Vinculado a la Ley Provincial 7418 / 06.
•
Crea un Registro del Patrimonio Arq. y Urb. de la
Ciudad de Salta.
•
Implicará el inventariado y declaración de protección
de los inmuebles seleccionados.
•
Se les aplicará el Régimen de Transferencia de
Potencial Constructivo como incentivo a la
preservación.
Fondo Inmobiliario Urbanístico
Objetivos:
• Conformar un patrimonio de suelo urbano municipal,
para futuras urbanizaciones o equipamientos.
• Solventar obras de Infraestructura y Equipamiento.
• Disminuir los costos de las intervenciones municipales
en el medio urbano.
• Constituir un medio de redistribución de la renta
urbana.
Fondo Inmobiliario Urbanístico
Conformación:
• Inmuebles cedidos para Red Vial o Equipamiento por
los urbanizadores a la Municipalidad.
• Ingresos por emisión y venta de títulos de T.P.C. a
través del Régimen de Suelo Creado.
• Bienes del Dominio Privado del Municipio.
• Bienes adquiridos por el Municipio por T.P.C.
• Sumas de dinero e intereses generados por
enajenación de bienes municipales.
FIN PARTE II
Volver a Mapa del C.P.U.A.
Parte III:
Plan Regulador
Parte III:
Normas Generales del Régimen
Urbanístico
•
Régimen de las Actividades.
•
Tejido Urbano.
•
Dispositivos de Control de las Edificaciones.
•
Áreas de Estacionamientos.
Subdivisiones
Régimen de las Actividades
Contenidos:
• Definiciones.
• Disposiciones Comunes.
• Régimen de las Actividades.
Régimen de las Actividades
• Anexo 4.1.: Clasificación y Agrupamiento de
Actividades.
• Anexo 4.2.: Restricciones en cada zona de uso.
(Se determinan Actividades Permitidas – Condicionadas
– Prohibidas para cada distrito de zonificación).
• Anexo 4.3.: Actividades Sujetas a E.I.A.S. obligatorio.
• Anexo 4.4.: Actividades Admitidas en Área Sub-urbana.
Clasificación de Actividades
• Inocuas.
• Interferencia Ambiental I.
• Interferencia Ambiental II.
• Interferencia Ambiental III.
Actividades: Atribuciones del O.T.A.
• Vedar o declarar No Conformes
actividades, por Principio Precautorio o
Preventivo.
• Vedar actividades generadoras de tráfico.
• Categorizar por vía reglamentaria otras
actividades no contempladas.
Tejido Urbano
• Definiciones.
• Definición y Objetivos del Espacio
Urbano.
• Limitaciones en el uso del Espacio
Urbano.
Dispositivos de Control de las
Edificaciones
Ocupación de Parcelas (Regulación):
• Factor de Ocupación del Suelo (FOS).
• Factor de Ocupación Total (FOT).
• Régimen Volumétrico.
• Retiros para Jardín o Reserva Vial.
• Garajes y Estacionamientos.
Factor de Ocupación Total (FOT)
No se computan:
• Estacionamientos bajo la Referencia de Nivel.
• Plantas Bajas libres.
• Instalaciones Complementarias (agua, electricidad,
ascensores, calderas, depósitos de residuos, etc.).
• Sótanos sin locales habitables.
• Estacionamientos en edificios no residenciales,
hasta 30 % de Sup. Computable para FOT.
Factor de Ocupación Total (FOT)
• Define FOT Privado.
• Define FOT Público.
• Define modalidad de adquisición de FOT Público a
través de Régimen de Suelo Creado.
• Establece máximo de 10 % de FOT Público en los
distritos sin régimen de incentivos.
• Establece escala de 15 a 25 % para los distritos con
incentivos.
Factor de Ocupación del Suelo (FOS)
• No se computan voladizos hasta 1,20 mts.
• En caso de distintas actividades, se considera el FOS
más restringido.
• Tolerancia hasta 5 % en mas.
• Tolerancia de 10 % en caso de utilización de FOT
Público.
Altura de la Edificación
• Computada hasta la cumbrera de cubiertas
inclinadas o borde superior de parapetos en planas.
• Construcciones en azotea no computadas para
altura, debiendo retirarse detrás de un plano de 45 º
respecto a la parte superior de la fachada.
• Límite de altura por utilización de FOT Público: 2
plantas por encima de la Altura Máxima.
Retiros de Jardín o Reserva Vial
• Dimensión mínima 3 m. (1.5 m. en esquinas).
• Se admiten toldos, voladizos, marquesinas,
accesos cubiertos, etc. de acuerdo a Código de
Edificación.
• Se admiten Muros de Contención en desniveles.
• Se admiten escaleras y rampas.
• Los retiros de jardín pueden ser absorbidos por
ensanches viales y ser eliminados del Régimen
Urbanístico a través de P.E.
• Donde hubiere reserva vial, los retiros serán
considerados como jardines hasta tanto se
efectivice la expropiación.
• En estos casos, la aplicación del Régimen
Urbanístico se hará sobre la parte del terreno no
afectada por las restricciones.
• Si la superficie no afectada es menor a 300 m2, se
concederán ampliaciones de FOS y FOT.
Áreas de Estacionamientos
• Se definen distintos tipos de estacionamientos.
• Se determina la obligatoriedad de prever
estacionamientos en edificaciones multifamiliares.
• Se remite al Código de Edificación para determinar
la cantidad de plazas.
Subdivisiones
• Urbanizaciones y Parcelaciones.
• Amanzanamiento y Red Vial.
• Urbanizaciones especiales.
• Diseño de la Red Vial.
• Dimensiones de las Parcelas.
• Equipamiento e Infraestructuras.
• Nomenclatura.
Urbanizaciones y Parcelaciones
• Toda sub-división debe hacerse por
fraccionamiento rural, urbanización o parcelación.
• Toda subdivision dentro del Perímetro Urbano con
superficies mayores a 20.000 m2 debe hacerse
obligatoriamente por Urbanización.
• No se admitirá Urbanización fuera del Perímetro
Urbano, salvo por Proyectos Especiales
destinados a R6 (Countries).
Amanzanamiento y Red Vial
• En A.O.P., A.U.1 y A.U.2, se respetará el trazado vial
determinado por el C.P.U.A.
• En áreas sin trazado víal definido, será diseñado
según Anexo 7 del C.P.U.A., y a aprobar por el
O.T.A.
• Manzanas rectangulares, salvo casos
excepcionales.
• Superficie mínima de manzanas: 9.000 m2
• Lados de manzanas entre 50 y 180 m.
Urbanizaciones Especiales
• Se admiten conjuntos habitacionales de trazado
libre, fuera del Área Central, con superficies entre 1
y 3 Ha., sujetas a aprobación.
• Deben respetarse FOT y FOS del distrito.
• Deben parquizarse espacios verdes y de uso
común.
• Deben respetarse Líneas de Edificación.
• Debe permitirse circulación peatonal por el
interior.
• Deberán contar con conexión a red cloacal o
sistema propio de tratamiento.
• Tendrán áreas de estacionamiento de acuerdo a lo
exigido por el Código de Edificación.
Diseño de la Red Vial
• Debe respetarse Red Vial primaria y sus
ampliaciones previstas, según trazado incluido en
el C.P.U.A.
• En las nuevas urbanizaciones, se respetarán las
especificaciones para Arteriales Principales y
Secundarias previstas en el Anexo VII.
• Se dará continuidad a las vías arteriales,
minimizando cruces y empalmes.
Plano Red Vial
• Obligación del urbanizador de mantener las calles
hasta la Recepción Definitiva.
• Se plantará arbolado público, y será mantenido por
el urbanizador hasta la Recepción Definitiva.
• En urbanizaciones frente a vías provinciales, se
respetarán los retiros necesarios para la ejecución
de vías colectoras.
• Junto a los cursos de agua, se ejecutarán calles
paralelas a las líneas de ribera.
Dimensiones de las Parcelas
• Se definen dimensiones mínimas para cada distrito
en el Anexo 5.
• En caso de parcelas internas, respetarán las
dimensiones mínimas, contarán con pasillo de 3 m.,
y será afectado por Servidumbre de Paso.
• Para parcelas no rectangulares, ningún lado será
menor del 70 % del frente mínimo exigido para el
distrito.
• Cuando se subdivide una parcela con frente a dos
calles, una puede tener hasta un 10 % menos de la
superficie y frente mínimo.
• Idem para parcelas en esquinas.
• Cuando se subdivide para formar parcela interna,
una podrá tener hasta un 15 % menos, siempre que
tenga el pasillo exigido.
• Para cualquier caso, se admitirá una elasticidad de
un 5 % en las dimensiones fijadas.
• Se determinan las características geométricas de
las parcelas.
• El fondo de las parcelas no dará hacia las áreas
verdes de vías arteriales.
• Se prohibe la subdivisión en áreas impropias para
la edificación.
• Las obras de subdivisión deben mantener o
mejorar las condiciones hidrológicas existentes.
Equipamiento e Infraestructuras
• En Anexo 6.2. se definen cesiones de suelo para
Equipamiento diferenciadas según la Clasificación del
Suelo.
• Si el suelo cedido no tiene las características o
dimensiones exigidas, podrá compensarse con otros
terrenos equivalentes.
• Si existe incidencia de Red Vial Principal, y su superficie
excede la cesión de suelo exigible, la diferencia podrá ser
adquirida por el Municipio o compensada con T.P.C.
• El suelo cedido se incorpora al Fondo Inmobiliario
Urbanístico.
• El urbanizador tiene la obligación de ejecutar las
redes de energía eléctrica, alumbrado, agua, cloacas,
forestación, pavimentación de vías principales, y
desagües pluviales.
• Las áreas destinadas a Espacios Verdes o
Equipamiento Comunitario serán superficies
integradas, no fraccionadas ni residuales. Su
ubicación y dimensiones serán aprobados por el
O.T.A.
Eliminación de Barreras Urbanísticas
• Se establece con carácter obligatorio la
construcción de rampas en las veredas, plazas,
paseos públicos y áreas de acceso a edificios
públicos.
• Se establecen las responsabilidades para el
Municipio y para los privados respecto a la vía
pública y a nuevas urbanizaciones.
• Se establece plazo de 12 meses a propietarios de
edificios privados con concurrencia de público para
adecuar los edificios a los nuevos requerimientos.
• Se incorporará información táctil para no videntes
en paradas de colectivos y taxis, nomencladores de
calles, y otros.
• Se establecen prevenciones en obras que se
realicen en la vía pública, para evitar riesgos a
personas con diferentes discapacidades.
FIN PARTE III
Volver a Mapa del C.P.U.A.
Parte IV:
Disposiciones
Orgánicas y de
Procedimientos
Parte IV:
Procedimientos y Tramitaciones.
Disposiciones Punitivas.
Disposiciones Finales y
Transitorias.
Procedimientos y Tramitaciones
Contenidos:
• Subdivisiones.
• Certificado de Uso Conforme.
• Usos No Conformes.
• Facultades de la Autoridad de Aplicación.
Obras de Infraestructura en
Subdivisiones - Requisitos
• Presentar proyecto firmado por profesional habilitado.
• Constituir una garantía por las obras (20 %), a liberar
progresivamente de acuerdo al avance de obra.
• Al concluir las obras, el O.T.A. inspecciona y aprueba,
y libera la garantía.
• El Certificado Final da lugar al visado del Plano
Original de Mensura y a la aceptación de las áreas
transferidas al Municipio.
Certificado de Uso Conforme
• La solicitud de Uso Conforme debe presentarse al
iniciar todo trámite de construcción, instalación o
habilitación.
• Debe contener: Nombre y Apellido del usuario,
ubicación de la parcela, superficie de la parcela,
superficie construida y proyectada, actividad a
desarrollar.
Usos No Conformes
• Los Usos No Conformes no podrán ser ampliados,
solo se permitirán acciones de mantenimiento y
conservación.
• Cuando se dañare en más de un 50 % de su valor
de mercado, no se permitirá restaurar el uso no
conforme.
• Cuando se dañare entre un 20 % y un 50 %, la
reconstrucción se adecuará al FOS y FOT vigente.
• Cuando deje de ejercerse un uso no conforme
durante 6 meses, no se restablecerá el uso,
incluyendo obras paralizadas sin causa
justificada, hasta 2 años.
• El O.T.A. podrá fijar plazos para el cese de usos
no conformes, el que se determinará de acuerdo
a cada situación particular.
Facultades del O.T.A.
• Solicitar información adicional al peticionante y a
otros organismos antes de resolver respecto a
una Solicitud de Uso Conforme.
• Realizar inspecciones e investigaciones para
asegurar el cumplimiento del C.P.U.A.
• Aplicar sanciones autorizadas por la legislación
vigente.
• Elevar antecedentes a Consejos Profesionales para
juzgar a profesionales en infracción.
• Recabar auxilio de la fuerza pública en caso de ser
necesario para el cumplimiento de sus
disposiciones.
• Labrar actas por infracciones, cumpliendo todos
los requisitos formales.
Disposiciones Punitivas
Contenidos:
• Infracciones relativas a Subdivisiones.
• Infracciones relativas a los usos.
• Infracciones en Áreas Especiales.
• Infracciones Relativas a Preservación del
Patrimonio.
Infracciones relativas a Subdivisiones:
• Por datos incorrectos o falsos.
• Por incumplimiento de obras de Infraestructura.
• Por obras que no responden a Planos.
• Por venta de parcelas de urbanizaciones no
aprobadas.
• Por publicidad en medios de comunicación sobre
urbanizaciones no aprobadas.
• Por no cumplimentar intimaciones en plazo.
• Por impedir inspecciones.
• Por no acatar órdenes de paralización.
• Por no contar con certificado final de obra.
Infracciones relativas a Subdivisiones –
Facultades O.T.A.:
• Ejecutar las garantías para el cobro de las multas
fijadas.
• En caso de reincidencia se incrementan las multas.
• Si el propietario hace caso omiso a intimaciones y
sanciones, iniciar acciones legales hasta trabar
embargo.
Infracciones relativas a los Usos:
• Reemplazo de uso dominante original sin
autorización.
• Si, además, el nuevo uso no está autorizado en el
Distrito de Zonificación.
• Cambio de uso en Distritos PPU, transformando el
uso residencial como principal.
• Barrios residenciales dentro del Perímetro que
realicen cercos perimetrales y restrinjan el acceso
y tránsito.
Infracciones relativas a los usos Facultades O.T.A.:
• Aplicar multas según escala a fijar por la Ordenanza
Tributaria.
• Duplicación de multas por reiteración.
• Ordenar retiro o demolición de cerramientos en
barrios residenciales dentro de Perímetro Urbano.
Infracciones relativas a Áreas
Especiales:
• Modificación, destrucción, remoción, transformación
o desvirtuación de sus características originales.
• Obras ejecutadas sin autorización y sin realización
del Proyecto Especial requerido.
Infracciones relativas a A.E. Facultades O.T.A.:
• Interdicción de usos no permitidos o incompatibles.
• Embargo de obra.
• Obligación de reparar daños causados.
• En caso de destrucción de bienes protegidos,
reducción del potencial constructivo a la superficie
preexistente demolida.
• Aplicación de multas según ordenanza tributaria.
Infracciones relativas a Preservación del
Patrimonio:
Daño Leve (fácilmente reversible):
• No notificar transmisiones de dominio.
• No notificar al O.T.A. cambios jurídicos que afecten al
inmueble.
• Colocar en fachadas o cubiertas letreros, símbolos,
cerramientos, rejas.
• Instalar antenas, instalaciones a la vista, publicidad,
etc.
Infracciones relativas a Preservación
del Patrimonio:
Daño Grave (reversible con acciones
sistemáticas):
• Reiteración de infracciones leves.
• No acatar órdenes de suspender obras.
• Realizar obras que requieren autorización previa de
acuerdo a la normativa.
Infracciones relativas a Preservación
del Patrimonio:
Daño Muy Grave (irreversible e irreparable):
• Reiteración de infracciones graves.
• Destruir o derribar total o parcialmente inmuebles
protegidos.
Infracciones relativas a Preservación del
Patrimonio - Facultades O.T.A.:
• Apercibimiento administrativo formal.
• Multa de acuerdo a Ordenanza Tributaria.
• Orden de reparación de daños causados.
• Recurrir a la fuerza pública, de ser necesario.
Disposiciones Finales y Transitorias
• Tramitaciones en curso.
• Límites de Áreas Especiales.
• Materias a definir por Ordenanza.
• Materias a definir por Decreto.
• Materias que requieren dictamen del Co.M.D.U.A.
Tramitaciones en curso:
• Se rigen por Normativa actual proyectos en trámite,
otorgándose plazo de Ejecución de 12 meses a partir
de la aprobación.
• Idem para proyectos con licencia de construcción,
hasta 6 meses de plazo.
• Licencias de subdivision o urbanización ya
concedidas, con plazo de 6 meses para terminar
trámite ante Dirección Gral. De Inmuebles.
Límites de Áreas Especiales:
• Los límites definitivos de las Áreas
Especiales se determinarán en un plazo de
1 año.
Materias a definir por Ordenanza:
• Alteraciones en el S.M.G.P.
• Reglamentación, funcionamiento y
atribuciones del Co.M.D.U.A.
• Institución de incentivos tributarios o fiscales.
• Modificación de Distritos de Zonificación o
Áreas Especiales.
• Alteraciones en el S.M.G.P.
• Reclasificación de Suelo.
• Creación de nuevas Áreas Especiales.
• Alteración de Régimen Urbanístico.
• Alteración de tamaños de Lotes o
Manzanas.
Alteración de porcentajes de cesión de
suelo en urbanizaciones.
• Aprobación de Proyectos Especiales de
Impacto Ambiental y Social.
• Autorización de núcleos habitacionales
fuera de Perímetro Urbano Consolidado.
• Compras, ventas y permutas del Fondo
Inmobiliario Urbanístico.
Materias a definir por Decreto:
• Creación de Comisiones Técnicas para
funcionar en el S.M.G.P.
• Reglamentaciones sobre Subdivisión de
suelo y obras en general.
• Revisión y clasificación de usos.
• Parámetros de revisión y monitoreo no
definidos en el C.P.U.A.
Materias que requieren dictamen del
Co.M.D.U.A.:
• Ajustes en Áreas de Clasificación del Suelo.
• Ajustes de Distritos de Zonificación.
• Ajustes en trazado, clasificación o
jerarquización de Red Vial.
• Ajustes en el Régimen de Actividades.
• Ajustes en límites y régimen urbanístico de
Áreas Especiales.
• Definición de criterios y parámetros para
análisis de Proyectos Especiales
Puntuales.
• Proyectos Especiales de Impacto
Ambiental y Social.
FIN PARTE IV
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PLANOS
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