Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto

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Transcript Confederación Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto

SIMPOSIO SOBRE DERECHO,
RELIGIÓN Y ESTADO.
“LA LIBERTAD RELIGIOSA EN
UNA ERA PLURALISTA:
Tendencias, Desafíos y Prácticas.”
BRIGHAM YOUNG UNIVERSITY.
PROVO, UTAH-EEUU, Octubre 3 de 2011.
DR. CHARLES W. SCHULTZ- COLOMBIA.
DERECHO, RELIGIÓN Y ESTADO:
 Constituyen un desafío frente al derecho
humano de libertad e igual religiosa,
conciencia y culto, en el contexto de una era
globalizada, pluralista y con notorias
desigualdades en la protección de los derechos
humanos y en la aplicación del derecho
internacional para la protección de derechos
humanos.
EL HECHO RELIGIOSO:

Nos acompaña en Colombia desde nuestro
trasegar por la historia (Nativos Animistas,
Conquistadores
Católicos,
Misioneros
Protestantes,
Masones
e
inmigrantes
interreligiosos, tal como ha ocurrido en otras
latitudes de la tierra, con poca, mucha o sin
libertad religiosa, según las diversas
tendencias enfocadas en el poder.
EL HECHO RELIGIOSO:

En cada época y cultura, ha permitido al ser
humano, conocer su origen creativo y el
propósito de interactuar con lo Divino, lo
sagrado y lo trascendente, sin faltar
disentimientos y confrontaciones de quienes se
oponen al hecho religioso, y en otros casos,
por abusos y manipulaciones en las propias
creencias.
EL HECHO RELIGIOSO:
 Vinculado al abuso del poder jurídicopolítico-económico y social, estableció en
Colombia una hegemonía de 500años de
Estado Confesional Católico, que ocasionó
etapas de persecuciones, proscripciones,
violencia
política-religiosa
e
injustas
desigualdades, como antesala de la nueva
violencia impuesta por la bipolaridad
ideológica internacional y el corruptor poder
del narcotráfico, que hemos venido superando
con la constitución de 1991.
ANTES DE LA CONSTITUCIÓN 1991.
 No existía libertad religiosa, regían
normas del Concordato Católico.
 Sistema jurídico de prevalencia de la
norma sobre los valores.
 Notorias injusticias y desigualdades.
 Incumplimiento Gubernamental de los
Tratados Internacionales sobre Derechos
Humanos de la ONU- OEA (Desde1948).
TRATADOS INTERNACIONALES DE
DERECHOS HUMANOS. ONU-OEA:
-Declaración Universal de los Derechos
Humanos-1948.
-Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales, Culturales, Civiles y Políticos- 1966.
-Convención Americana sobre Derechos
Humanos- Pacto de San José-1969.
-Declaración sobre eliminación de todas las
formas de intolerancia discriminación fundadas
en la religión o en las convicciones-1981.
-Convención sobre los Derechos del Niño-1989.
SISTEMA MUNDIAL PROTECCIÓN
 Los D.H, surgen de una dimensión superior a la
entidad cultural Estado producto de la mente
humana, y el Estado solo los descubre y proclama.
 El Estado solo personifica la realidad jurídica
preexistente y se constituye en soporte moral, ético y
facilitador, a través de leyes (Desde la Fundamental
hasta la codificada).
 Toda norma jurídica del Estado, debe estar
constituida en armonía con los derechos humanos,
de lo contrario no puede existir (Doctrina
Internacional expuesta: Radbruch-Kelsen-Alemania,
Gentile-DelVechio-Italia, Holmes-frank-Cardosso-
CONSTITUCIÓN TEÍSTA 1991:

Estado Aconfesional, Social, Democrático y
Pluralista de Derecho (Dignidad Humana y
Desarrollo Humano Integral).
 Adopta Escuela Axiológica del Derecho,
Sistema de Derecho Legislado con Derecho
Judicial y de protección D.H., con el carácter
vinculante del Preámbulo sobre articulado.
 Prevalencia expresa Tratados Internacionales
sobre Derechos Humanos en D. Interno.
 Concomitancia Derechos y Obligaciones.
CONSTITUCIÓN TEISTA DE 1991:
 Consagró el derecho como valor equivalente a la
Justicia y proscribe las desigualdades (resolvió el
conflicto entre norma y valor).
 Reconoció a Dios como una realidad jurídica en lo
social, económico, político y cultural, desde la
particular visión de ordenar y orientar individuo,
familia y sociedad.
 Permitió optar por una Cosmovisión, para elegir
libremente la religión, o no elegir ninguna, o no
creer en Dios (Principio axial del Estado Social de
Derecho frente a proyectos de vida responsables).
CONSTITUCIÓN TEÍSTA CONSAGRÓ
 La
libertad religiosa goza de especial
protección del Estado y se constituye en un
derecho humano.
 Reconoce la dignidad como un valor del Ser
Humano, para comprender el saber, el hacer y
el tener.
 Reconoce, que todo ser humano, tiene el
derecho a ejercer algún tipo de creencia sobre
la causa, la naturaleza y el propósito de la vida
y del universo.
LEY 25/92 (MATRIMONIOS):
 Desarrolló artículo 19 Constitución
1991 y otorgó plenos efectos civiles a
los matrimonios religiosos, para las
diversas
confesiones
religiosas
reconocidas por el Estado, previos
requisitos y procedimientos.
LEY ESTATUTARIA 133/94:
 Desarrolla Igualdad Confesiones Religiosas ante la
Ley en la construcción de bien común.
 Establece que el Estado no es ateo, agnóstico ni
indiferente
sentimiento
religiosos
de
los
Colombianos, y clarifica lo que no es religión, art. 5.
 Reconoce, que el ámbito de la actividad religiosa,
comprende: Culto, Educación y Acciones Sociales.
 Autonomía Plena, Sostenibilidad e Inmunidad
Legal de Coacción.
 Bloque de Constitucionalidad en materia Religiosa.
DERECHOS CONSOLIDADOS:
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
Beneficios tributarios y PUCI para Iglesias y Confesiones.
Salud y pensiones subsidiadas para los Ministros de culto.
Movilidad: Uso espacio adyacente al templo.
Educación: Decreto 4500/06 y Subsidios Educativos.
Matrimonios y respeto por el Sabath.
Medio Ambiente y POT.
Servicios Públicos Domiciliarios.
Personerías Jurídicas a Iglesias.
Armonizar Legislación Nacional y Local.
Inversión Social, Emprendimiento y Cofinanciación
Red Nacional Operadores Jurídicos en Defensa libertad e
igualdad Religiosa y proyectos productivos-asistenciales.
 Capellanías y metodología APAC (Restaurar armonía entre
pensar y actuar sin sacrificar la Verdad y la Justicia).
Obligaciones Básicas:
 Personería Jurídica Especial.
 Actividad Exclusiva Religiosa: Sostenible,
pero no lucrativa.
 Prohibición de actividades ajenas a la religión.
 Declaración anual ingresos y patrimonio sin
declarar ni pagar impuestos de rentas.
 Construcción de Bien Común.
 Asistencia Religiosa por capellanías.
ORGANIZACIÓN AUTÓNOMA:
Integra funciones Teológica-jurídico-
administrativas
Desarrolla funciones de Planeación.
 Desarrolla Funciones de Organización.
 Desarrolla funciones de Reclutamiento de
Voluntarios y capta donaciones.
 Desarrolla Dirección
 Desarrolla funciones Evaluación y Control.
EL MODELO PLURALISTA:
 Legitima existencia diversas formas de
creencias con sus particulares visiones para
ordenar y orientar la sociedad, la familia y el
individuo (Estado). Reconoce las diferencias.
 La libertad de creencia, se constituye en la
primera libertad humana de donde emanan las
demás libertades (Religiosa, ideológica, ateo,
laicista, secularista, o simplemente civilista).
 La persona razonablemente debe comportar
como piensa, y muchas veces contrario a como
piensa (Reconoce al Ser Cultural).
CULTURA EN GENERAL:
Conjunto de rasgos distintivos de los grupos
humanos en lo espiritual, material, intelectual,
emocional, ético y moral, que se expresan en
las artes, letras, modos de vida, derechos
humanos, escalas de valores, tradiciones y
creencias, para construir bien común.
1) Cultura es la manifestación externa de la
creencia de cada persona (Manifestación de la
Fe). Toda cultura se fundamenta en una
Cosmovisión, o forma de ver la realidad.
CULTURA TEISTA:
-Proporciona identidad: Permite saber
quién Soy, De donde vengo, Por qué
existo, Cuál felicidad busco, Qué valores
gobiernan mi vida, Cómo deben ser las
relaciones conmigo mismo, con mi
prójimo, con la naturaleza y con el
Creador.
MANDATO CULTURAL TEÍSTA
- Cada cosmovisión crea diferentes historias
culturales con escalas de valores y estilos de vida
diferentes: La cosmovisión interpreta, explica y
define la vida, las relaciones entre los seres
humanos y las cosas creadas (Ejemplo diversas
esferas vida humana: Familia…).
- La cosmovisión Teísta-Bíblica: Establece una ética
(Éthos), conjunto de principios y valores sobre la
manera de interpretar la realidad. Dios existe como
realidad objetiva, para ordenar y orientar el
desarrollo humano integral.
LA REALIDAD PLURALISTA:
- Modelo de Familia.
- Modelo de Iglesia.
- Modelo de Gobierno.
- Modelo de Economía.
- Modelo de Educación.
- Modelo de Salud, Ecología, Medios de
Comunicación
y
artes-recreacióndeportes.
DESAFÍOS:
 Visión antropológica (siglo de las luces),
nuevo paradigma pensamiento liberal sobre
libertad y justicia, sustentado: “Lessefer”
(Dejar hacer) y “Lassefaser” (Dejar pasar),
planteado en la Revolución Francesa y origen
de los conceptos de modernidad y
postmodernidad.
 Visión
Materialista de la soberanía
individualista
racionalista,
para
hacer
prevalecer lo privado sobre lo público.
DESAFÍOS:
Visión prevalente del método Histórico-crítico
(Razones científicas), sobre estudio e
investigación de leyes universales convivencia
social.
 Visión secularista del mundo materialistamarxista sin lo espiritual (Pensamiento
ilustrado siglo XVIII al pensamiento light
postmoderno), y resultado de la globalización
consumista-utilitarista.
DESAFÍO:
Reconocer, que sin Valores no hay
Libertad, porque el Ser humano es esclavo
de sus emociones (Pasiones).
La libertad es útil:
 Para construir.
 Para destruir.
 Para Vivir con sabiduría.
 Para Administrar con Prudencia.
DERECHO: VOZ LATINA DIRECTUS, SIGNIFICA
RECTO.
La palabra Derecho tiene tres significados:
 Como conjunto de normas que regulan actividad
humana en sociedad.
 Como facultad de cada individuo (D. Subjetivo).
 Como equivalente a la Justicia o portador del
valor de la Justicia.
INSTRUMENTOS PARA LA
DEFENSA INTERRELIGIOSA:
 Confederación
Colombiana
de
Libertad
Religiosa, Conciencia y Culto- CONFELIREC y
Federación Consejo Evangélico de ColombiaCEDECOL.
 FUNDACIÓN RED TRANSFORMA COLOMBIA,
REPRESENTADA CON SEDE CARTAGENA PARA
EL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR.
 Confederación Colombiana de ONG Cristianas-
CONFE.
PROPONEMOS:
- Unidad de acciones jurídicas en la defensa
de la libertad e igualdad Religiosa, como un
Derecho Humano básico en el mejoramiento
de la calidad de vida.
- Construir un modelo de conducta
ciudadana, pública y privada, donde los
valores de la Dignidad, Integridad, Libertad,
Justicia, Igualdad, Solidaridad, Seguridad y
Productividad, actúan como principios
rectores fundacionales de la convivencia
pacífica y de una vida trascendente.
PROPONEMOS:
 - Capacitar sobre el ámbito de la actividad
religiosa en el contexto jurídico-teológicofilosófico, para armonizar los diferentes
niveles del Estado y fomentar una cultura
del respeto por la libertad e igualdad
religiosa.
 4.- Fortalecer el capital social, optimizar el
desarrollo humano integral y alcanzar metas
comunes de bien estar general.
PROPONEMOS:
 Defender y fortalecer jurídicamente la Familia
conformada por un Hombre y una Mujer, establecida
por vínculos naturales y jurídicos, para la procreación
y la ayuda mutua, como unidad de convivencia social,
donde ser forja la vida, se estructura el carácter y se
aprenden los primeros oficios.
 Fortalecer
la Red Nacional e internacional de
operadores Técnico- jurídicos, para la realidad
práctica del ejercicio del ámbito de la libertad e
igualdad religiosa.
INFORMACIÓN SOBRE EL
EXPOSITOR:
 Esta
presentación fue elaborada por el
Evangelista- Abogado, Charles Schultz, ex
Concejal, Representante a la Cámara y
Senador de la República.
 Se desarrolla ampliamente en sus libros:
1) La Contabilidad en la Economía de las
Comunidades de Creyentes.
2) Nuevo Derecho Religioso en Colombia.
FIN
Gracias por
su amable
atención.