Transcript ACNUR - Sicar.cat / Adoratrius
Delegación del ACNUR en España
Trata de personas y su relación con la protección de refugiados
Mandato del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados. ACNUR
• Protección y asistencia a los refugiados y búsqueda de soluciones a sus problemas desde 1951.
• Rol en el procedimiento de asilo español . Ley 12/2009 • Interés en el ámbito de la trata: – Prevenir: personas bajo el mandato de ACNUR acaben siendo víctimas de trata. Caso de Marruecos.
– Proteger: garantizar que las necesidades de protección internacional de las víctimas de trata o en riesgo de serlo sean identificadas (y reconocidas)
Aproximación desde la perspectiva de Derechos Humanos. Contexto
–
VdT = sujeto de DH
–
Trata = violación grave de DH
•
Esclavitud, trabajos forzados, tortura....
–
Muy vulnerables mujeres y niños.
–
Los flujos mixtos: migrantes por motivos económicos, refugiados, víctimas de trata, menores no acompañados.
–
Mafias: Explotación y abuso.... Del tráfico a la trata
Definición de Refugiado
•
Artículo 1A.2 de la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados:
…debido a
fundados temores motivos
de ser
perseguida
de raza, religión, nacionalidad,
por
pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre
fuera del país
de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país… *
Ley Española 12/2009
: Protección Subsidiaria
Requisitos
• • • •
Temor fundado de persecución/violación DH Por motivos de
– – – – –
Raza Nacionalidad Religión Pertenencia a grupo social determinado Opiniones Políticas No puede acogerse a la protección de sus autoridades = Falta de protección estatal efectiva Requiere el cruce de fronteras
Principio de No Devolución
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¿Puede ser refugiada una víctima de trata (o en riesgo de serlo)?
–
Sí
, si cumplen con la definición, por cualquiera de los motivos, en particular por
social determinado
:
pertenencia a grupo
género/edad.
– Salvaguardas en materia de asilo: • Protocolo de Palermo: art. 14 • Convenio del CJ de Europa: arts. 14.5 y 40 • Dva. UE 2011/36: art 11.6 medidas de apoyo y asistencia VdT: información sobre P.I.
- Ley de Asilo española (12/2009) incluye persecución por motivos de género y atención especial a solicitantes vulnerables: víctimas de trata .
Directrices del ACNUR
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Directrices sobre género, 2002 persecución por motivos de Directrices sobre a Aplicación del art. 1A.2 de la CG víctimas de trata y en riesgo de serlo, 2006 Directrices sobre solicitudes de asilo de 2009 niñ@s,
–
Comentario conjunto de las NNUU a la Dva UE 2011/36 de prevención y luecha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas, 2011: art 11.4
(identificación) y 11.6 (PI)
Situaciones en las que la trata puede dar lugar al reconocimiento condición de refugiado
– Persona tratada, o con temor a serlo, que se encuentra fuera del país de origen, escapa y busca protección internacional en el Estado donde se encuentra – Persona tratada dentro de su país de origen, escapa y huye a otro Estado en busca de protección internacional.
– Persona que todavía no ha sido tratada pero tiene miedo a acabar siéndolo y huye a otro país en busca de protección.
– ….
– Tener en cuenta
abusos en países de tránsito
Aspectos particulares
Actos persecutorios temidos si son devueltas: • Trata o re-trata o sometimiento a otros daños graves • Represalias contra víctima o familia: si denuncian o escapan • Estigmatización social, ostracismo, discriminación o el castigo por parte de su familia, su comunidad local y, en algunas circunstancias, de las autoridades, falta de protección
Aspectos particulares II
– No necesario persecución pasada; sí temor fundado – Agentes de persecución: • Agentes no estatales: si son tolerados, condonados o apoyados … • Capacidad de protección del Estado – Ver leyes, mecanismos y funcionamiento práctico, magnitud del problema… – Aún cuando haya habido acto único e irrepetible de trata • Podría ser refugiada: razones imperiosas derivadas de persecución anterior/trauma/no se puede exigir que vuelva
Detección de posibles casos de protección
• •
En cualquier asesoramiento o atención Pistas clave: origen, edad, viaje, abusos/violencia sex. y persecución pasada, razones para abandonar país de origen, si tiene miedo, sit. física y psicológica, control/llamadas, ¿deudas?, sit. de su familia…¿Por qué no puedes regresar a tu país de origen?
•
Contactar con organizaciones expertas en temas de trata y de asilo
y con otros profesionales, psicólogos, médicos, trabajadores sociales que hayan tenido relación con la persona • Recabar informes e información de país de origen.
• • Informar al interesado sobre la posibilidad de solicitar Protección Internacional .
No crear falsas expectativas
. Garantías de
confidencialidad.
Respetar tiempos. Información a intermediarios (intérpretes)
Otros aspectos
Tener en cuenta desconfianza, trauma, vergüenza, culpabilización, miedo, amenazas, instrucciones… también prejuicios
• Acceso al procedimiento y problemas de identificación –Víctimas de trata no se ven a sí mismas como refugiadas –Es posible que intenten contar una historia “de refugiado” y no la real (pj. casos de mujeres nigerianas) • Entrevista sensible a la situación vivida: respetar tiempos. Confidencialidad • Credibilidad: –En muchos casos están traumatizadas, son sobrevivientes de tortura… –Otras veces: historias «estereotipadas»
Aspectos Fundamentales
• Detección temprana • Identificación: –Caso
Rantsev c. Chipre y Rusia
, TEDH 2010: Principio de Diligencia debida –Conv. de Varsovia: «indicios razonables» = umbral bajo. No certeza absoluta –Indicadores de trata de personas, UNODC… etc • Adecuada derivación: servicios especializados + sistema Protección más adecuado • Asistencia integral: jurídica, médica, psicológica...
Perfiles
• Mujeres jóvenes, MENAS… • De origen subsahariano: Nigeria, Camerún, RDC, Congo, Gambia, Mali … etc • Analfabetas o con estudios primarios • Sin hijos, embarazadas, algunas acompañadas de bebés/menores… • Transitado previamente por otros países: Mauritania, Senegal, Nigeria, Argelia, Marruecos , Turquía, Rusia… • CIE o territorio: segundas peticiones
Principales retos
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Identificación de las VdT (con posibles necesidades de Protección Internacional)
– Por aeropuertos y CIE: • Procedimiento carácter acelerado: instalaciones – nec de asistencia integral urgente y acceso organización especializada: artículo 46 Ley 12/2009 • Activación del Protocolo Marco por OAR/Policía de frontera (¿criterios?) • Entrevistas por UCRIF: ¿desarrollo y contenido? ¿uso de indicadores? ¿centradas información relevante y voluntad de cooperar o en la sit de la IC como posible VdT? ¿participación del abogado? ¿ONG especializada?
• Entradas por «periodo de reflexión» • Situación especial de los menores
– Llegadas por otras vías: • Tránsito por Marruecos con gran actividad de captación y explotación por parte de las redes (Nador y Oujda) muy graves • Traslado por las redes desde puntos de entrada como Ceuta, Melilla y costas andaluzas: acceso al procedimiento de asilo y problemas en Ceuta, Melilla y CIE de Algeciras 16
Principales retos en España
•
Necesidad de una interpretación desde un enfoque de DH/género y edad de las solicitudes presentadas por VdT o posibles VdT
– Denegadas = delito (cometido en España); no persecución país de origen; sistema de protección específico vía extranjería; no cabida C.G 51...
– Problemas: solicitudes presentadas en frontera y CIES • Riesgo en caso de retorno: Principio de No - Devolución 17
Otros retos
•
Necesidad de una mayor coordinación entre el sistema de PI y el sistema específico de protección a VdT
•
Formación y sensibilización todos los agentes implicados
•
Mayor coordinación y cooperación entre las autoridades y las ONG
•
Atención a situaciones específicas:
– Mujeres con bebés/embarazo muy avanzado – Menores acompañados y no acompañados – Personas con problemas mentales/graves traumas
Protocolo de Identificación y Derivación: propuestas
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Informar sobre el derecho a solicitar asilo y obtener PI Principio de no devolución Equipos multidisciplinares: activa participación ONG especializadas Asistencia jurídica a lo largo de todo el proceso Protocolos concretos para aeropuertos, CIE, CETIS y acceso organizaciones Evaluación integral necesidades de la víctima Evaluación del riesgo individual en caso de retorno
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Peace
Bebé: MGF, huérfana vive con abuela 17 : su tío la quiere casar. Negativa: malos tratos Huye de esta situación con la ayuda del novio de una amiga (luego: primo viviendo en Italia le ofrece “ayuda”) Benin, Níger, Argelia...
Marruecos: 3 país de origen años: graves abusos, violencia sexual, abortos; vudú, deuda de 45.000, abuela amenazada en el 2005: Melilla: muy enferma, embarazada, solicita asilo con otra identidad/nacionalidad, consigue PdR Madrid/Barcelona: de nuevo con la red Entra en contacto con una organización/gravemente enferma: solicita PI: 2010
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Mariamma
Guinea Conakri.
Llega al Prat: dice ser menor de edad (17 años), analfabeta, indocumentada, pruebas de edad...
Mala entrevista: vivía con un tío = matrimonio forzoso, MGF, malos tratos, ébola...
Un conocido le ayuda con doc, billetes... no tiene q dar nada a cambio; contactar cd llegara … Familia en Europa: tío en Barcelona y madre en Bélgica Abogado turno de oficio: primer asilo... contacto permanente con ACNUR ACNUR: contacta con SICAR (no acceso a la IC) Activación del Protocolo: no se detectaron indicios Denegación solicitud de asilo Cautelarísimas AN: suspende el retorno y acceso a territorio
Fatoumata
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Norte de Mali 23 años, analfabeta, hija pequeña, VIH Asesinato del marido a manos de los tuareg; violada/golpeada Huye con su hija a Mauritania Viaja con grupo de mujeres; hija se queda en Mauritania Marruecos = gran sufrimiento: abusos, violencia sexual...
Dice no tener que pagar nada por el trayecto (¿?) Solicitud CIE Algeciras: asistencia jca de 2 abogados No acceso a una organización / No activación Protocolo I+D Denegación: dudas sobre nacionalidad (a pesar información ACNUR Marruecos + Posición ACNUR retornos a Mali, mayo 2012). ¿Posible VdT?
¡GRACIAS!
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