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SE
SECRETARÍA
SECRETARÍA
DE
DE ECONOMÍA
ECONOMÍA
PEDRO FRANCISCO GUERRA MORALES
DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE CONTROL DE EXPORTACIONES
SISTEMA MEXICANO DE CONTROL DE EXPORTACIONES
[email protected]
SISTEMA MEXICANO DE CONTROL DE EXPORTACIONES
Pedro Francisco Guerra
Morales
Agosto
2012
Director general Adjunto de Control de Exportaciones
1
OCTUBRE 2012
ÍNDICE
1. REGÍMENES INTERNACIONALES DE CONTROL DE
EXPORTACIONES
2. MÉXICO Y SU ADICIÓN A LOS REGÍMENES DE CONTROL
DE EXPORTACIONES
3. BIENES SUJETOS A REGULACIÓN
4. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE
EXPORTACIÓN
6. SAT. IDENTIFICADOR XP
ÍNDICE
1. REGÍMENES INTERNACIONALES DE CONTROL DE
EXPORTACIONES
2. MÉXICO Y SU ADICIÓN A LOS REGÍMENES DE CONTROL
DE EXPORTACIONES
3. BIENES SUJETOS A REGULACIÓN
4. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE
EXPORTACIÓN
6. SAT. IDENTIFICADOR XP
LOS REGÍMENES
DE
CONTROL
DE
EXPORTACIONES
 Los Regímenes de Control de las Exportaciones son medidas de
control y seguridad que tienen como objetivo:
Regular la exportación, tránsito,
Controlar las transferencias
transbordo y reexportación de
de tecnología de última
materiales susceptibles de desvío
para ser utilizados con
fines terroristas.
generación, susceptible de
desvío.
Disminuir el riesgo de
proliferación de Armas de
Destrucción en Masa (ADM):
Químicas, biológicas,
radiológicas, nucleares y
explosivas, armas
convencionales, así como sus
sistemas vectores
 La pertenencia a uno de los regímenes puede ser beneficiosa
económicamente, los países miembros sólo “autorizan” a sus
nacionales inversiones controladas, dirigidas a la producción en
territorios de otros países miembros.
 Existen 4 grandes acuerdos (“regímenes”) en los que los países
miembros se comprometen a regular las exportaciones y
transferencias de materiales, equipos y alta tecnología,
inclusive de uso dual, susceptibles de desvío para4la fabricación
de ADM
Ataque con gas sarín en el subterráneo de Tokio
Marzo de 1995: 5 ataques coordinados con gas sarín en diversas líneas
del subterráneo de Tokio ocasionaron la muerte de 12 personas, 50
heridos graves y alrededor de otras 1,000 personas con problemas
temporales de la visión.
• Los hospitales atendieron a 5,510 pacientes
Oklahoma
• Abril de 1995: un
activista de derecha
utilizó un camión
bomba para destruir el
edificio federal Alfred
P. Murrah en la ciudad
de Oklahoma,
matando a 168
personas e hiriendo a
más de 700
11 de septiembre
• 4 aviones comerciales de
pasajeros fueron secuestrados
• 2 se estrellaron
intencionalmente contra el
World Trade Center en la ciudad
de Nueva York. El resultado fue
el derrumbe de los dos edificios
y cuantiosos daños a los
edificios cercanos.
• 1 se estrelló intencionalmente
contra el Pentágono.
• 2,998 muertos
Cartas con ántrax
•
•
•
2001: se produjeron atentados con cartas con
ántrax, que contenían una preparación
altamente refinada de esporas de ántrax en
polvo secas.
A pesar de los cientos de amenazas falsas con
ántrax anteriores a 2001, esta fue la primera vez
que se usaron verdaderas esporas de ántrax en
los Estados Unidos.
Aunque estos incidentes fueron de poca
envergadura, y que aparentemente la intención
era generar temor, más que matar a grandes
cantidades de personas, causaron grandes costos
y trastornos a las empresas.
– El gobierno estadounidense ha destinado
miles de millones de dólares a la detección y
la lucha contra el ántrax y otras armas
biológicas.
Explosión de bombas en Estambul
• Noviembre de 2003: 4 camiones bomba ocasionaron la
muerte de 57 personas y más de 700 heridos.
Explosión de bombas en trenes de Madrid
11 de marzo de 2004: 191 personas murieron y 1,755 resultaron
heridas a causa de 10 explosiones a bordo de cuatro trenes
suburbanos (cercanías) durante la hora pico durante la mañana en
Madrid
Explosión de bombas en Londres el 7 de julio
•
•
7 de julio de 2005: tres bombas explotaron con una diferencia de cincuenta segundos
entre ellas en tres trenes del subterráneo de Londres durante la hora pico de la
mañana. Una cuarta bomba explotó en un autobús casi una hora después.
Las explosiones mataron a 52 personas que viajaban a su lugar de trabajo y a los cuatro
bombarderos suicidas, hirieron a 700 personas y causaron trastornos en el sistema de
transporte de la ciudad (graves durante el primer día) y en la infraestructura de
telecomunicaciones celulares del país.
Explosión de bombas en un tren de Mumbai
• 11 de julio de 2006: siete bombas estallan a lo largo de un
periodo de 11 minutos en el ferrocarril suburbano en
Mumbai, matando a 209 personas e hiriendo a más de 700
– Ollas a presión con 2.5 kg de RDX cada una
Explosión de bombas en el Aeropuerto
Internacional de Madrid-Barajas
30 de diciembre de 2006: 2 muertos y 26 heridos después de
una explosión en el edificio del estacionamiento adjunto a la
Terminal 4 del Aeropuerto Internacional de Madrid-Barajas en
España.
Terrorismo con Armas de destrucción masiva
Las tendencias en las tácticas terroristas sugieren que los
terroristas, ahora más que nunca, están interesados en los
atentados que ocasionen una cantidad masiva de víctimas
– Se ha renovado la atención a la posibilidad de que el
terrorismo incluya armas químicas, biológicas, radiológicas
o nucleares (chemical, biological, radiological, or nuclear,
CBRN)
¿Por qué controlar la transferencia de bienes de
consumo estratégicos?
• La historia de la proliferación
demuestra que los países que
desarrollan programas armamentistas
construyen instalaciones de
producción locales
• Dichas instalaciones dependen en gran
medida de equipos, materiales y
tecnología importados para estas
instalaciones
• Redes de agentes de compra,
intermediarios y empresas fachada
maniobran sistemáticamente
alrededor y a través de los esfuerzos
nacionales para controlar las
exportaciones para obtener bienes de
consumo para esas instalaciones.
Es fundamental controlar los materiales, los equipos y las tecnologías estratégicos que permiten
a un país
o a un grupo terrorista desarrollar armas de destrucción masiva, antes de que sea
• 15
demasiado tarde.
17
Primer estrato: Tratados que requieren atención
sobre los controles de las exportaciones
• Los tratados de no proliferación globales son la primera línea de
defensa
– NPT  Artículo III.2
– BTWC  Artículo III
– CWC  Artículo I d
• Los tratados establecen normas globales estrictas
•
Tan estrictas como la predisposición de los estados que son parte para cumplir con sus
obligaciones en función de los tratados y la decisión de las partes obligadas de hacer
que los demás cumplan sus obligaciones
2005
2000
Convención sobre
armas químicas
(Chemical Weapons Convention,
CWC)
1997
1990
1980
1970
1960
1950
1940
Tratado sobre la no proliferación
de armas nucleares
(Nonproliferation Treaty, NPT)
1970
Convención sobre
armas biológicas y
toxínicas (Bio/Toxin
Weapons Convention,
BTWC)
1975
Respuesta a la amenaza de adquisición de WMD
y control de exportaciones
Era COCOM
Era posterior a la Guerra Fría
URSS
Francia
¿Israel?
Reino
Unido
Pakistán
La India
China
(Irak)
Sudáfrica
(Libia)
EE. UU.
Irán
RDC
COCOM
Tratado de no proliferación
Comité Zangger
Grupo de proveedores nucleares
(NSG)
NSG Parte 1 (lista inicial del
NSG)
UNSCR 1540
NSG Parte 2 (lista de
doble uso)
Lista inicial del comité
Zangger
Grupo de
Australia
MTCR
2006
2004
2000
1990
1980
1970
1960
1950
1940
Propietarios
de la tecnología
Acuerdo de
Wassenaar
REGÍMENES
RÉGIMEN
Grupo Suministradores
Nucleares
Grupo de Australia
Y
BIENES CONTROLADOS
MIEMBROS
46 miembros: Argentina,
Alemania, Brasil, Canadá,
Japón, Reino Unido, EUA,
entre otros.
41 miembros: Argentina,
Alemania, Canadá, Japón,
España, EUA, entre otros.
BIENES
CONTROLADOS
Bienes y tecnologías
nucleares, equipo, material,
software de uso dual y
tecnología relacionada.
Sustancias químicas, agentes
biológicos y elementos y
equipos para la fabricación de
sustancias químicas y
biológicas de uso dual.
Régimen de Control de
Tecnología de Misiles
34 miembros: Argentina,
Brasil, Canadá, Bélgica, EUA,
entre otros.
Acuerdo de Wassenaar
41 miembros: Argentina, Armas convencionales; bienes
Alemania, Canadá, España,
de uso dual y tecnologías de
Japón, EUA, MEXICO, Reino
uso pacífico y bélico
Unido, entre otros.
Misiles, equipo, software y
tecnología relacionada
20
ÍNDICE
1. REGÍMENES INTERNACIONALES DE CONTROL DE
EXPORTACIONES
2. MÉXICO Y SU ADICIÓN A LOS REGÍMENES DE CONTROL
DE EXPORTACIONES
3. BIENES SUJETOS A REGULACIÓN
4. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE
EXPORTACIÓN
6. SAT. IDENTIFICADOR XP
EL
INTERÉS DE
MÉXICO
EN LOS CONTROLES A LA
EXPORTACIÓN
MEXICO
•
•
Reconoce
el
papel
esencial
que
los
regímenes de control de exportaciones juegan
para limitar la proliferación de armas
convencionales y las armas de destrucción
masiva.
Ha solicitado su ingreso a::
•
Arreglo de Wassenaar (junio 17, 2011),
•
Australia Group (Marzo, 2011) y,
•
Grupo
de
Suministradores
Nucleares
[NSG] (2007, renovada este año).
DECISIÓN
DE INGRESO
• El 8 de diciembre de 2010, el Consejo de Seguridad Nacional acordó
que México se incorporaría al Acuerdo de Wassenaar, y que el
proceso sería coordinado por la SE.
El ingreso de México a los regímenes de control de exportaciones
tiene como objetivos:
A)
Que el régimen jurídico
mexicano adopte los
estándares internacionales en
materia de control de
exportaciones para prevenir la
proliferación de armas.
B)
Que México incremente su
competitividad en la
producción de bienes de alta
tecnología y de mayor valor
agregado cumpliendo con
requisitos internacionales para
considerarse un destino
seguro para estas
inversiones.
MÉXICO FUE ACEPTADO EL 25 DE ENERO DEL 2012
Latest Additions
2012
New Participating State - Mexico
2011
Public Statement - Plenary December 2011
Control Lists 2011
Summary of Changes to Control Lists 2011
Updated Elements for Objective Analysis of Destabilising
Accumulations of Conventional Weapons
Internal Compliance Programmes for Dual-Use Goods
and Technologies
Transfer (Re-Export) Controls for Conventional Weapons
Systems
Transportation of Conventional Arms between Third
Countries
Updated Initial Elements
ÍNDICE
1. REGÍMENES INTERNACIONALES DE CONTROL DE
EXPORTACIONES
2. MÉXICO Y SU ADICIÓN A LOS REGÍMENES DE CONTROL
DE EXPORTACIONES
3. BIENES SUJETOS A REGULACIÓN
4. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE
EXPORTACIÓN
6. SAT. IDENTIFICADOR XP
BIENES
SUJETOS A REGULACIÓN
ANEXO I
ANEXO I
BIENES DE USO DUAL
El Acuerdo menciona mercancías
comprendidas dentro de
372 fracciones arancelarias:
NO todas las mercancías están
sujetas a la regulación del
ACUERDO aunque se encuentren
comprendidas bajo estas
fracciones.
Únicamente aquellas mercancías
específicamente señaladas en los
Anexos I, II, III y VI del Acuerdo
están sujetas a permiso:
Anexo I. Bienes de uso dual.
Anexo II. Armas y explosivos.
Anexo III. Software y tecnología.
Anexo VI. Bienes de uso dual
nuclear
1. A.1 a 1. C.12 (23 categorías): Aleaciones, fibras de
carbono, equipos de protección y polímeros.
2. A.1 a 2. B.9 (10 categorías): Robots, maquinaría de
corte, revestimiento, prensas y control.
3. A.1 a 3. C.6 (11 categorías): Circuitos integrados y
materiales de recubrimiento orgánico e inorgánico.
4. A.1 a 4. A.4 (3 categorías): Computadoras.
5. A.1 a 5. B.2 (4 categorías): Equipos de
telecomunicaciones.
6. A.1 a 6. C.5 (14 categorías): Sensores, equipos láser,
radares, entre otros.
7. A.1 a 7. B.3 (10 categorías): Sistemas de navegación y
radiolocalización.
8. A.1 a 8. C.1 (4 categorías): Vehículos marítimos.
9. A.1 a 9. B. 10 ( 22 categorías): Motores aéreos,
aeronáuticos y turbinas.
26
26
26
BIENES
SUJETOS A REGULACIÓN
ANEXO II
ANEXO II
ARMAS Y EXPLOSIVOS
ML 1. Armas de fuego de calibre de hasta de .20 mm
ML 2. Armas de fuego de calibre mayor a .20 mm
ML 3. Municiones para armas de fuego.
ML 4. Bombas, torpedos, cohetes, misiles y similares.
ML 5. Equipos de control y detección de armas de fuego.
ML 6. Vehículos todo terreno uso militar, sus partes y accesorios.
ML 7. Agentes tóxicos: químicos, biológicos o radioactivos.
ML 8. Materiales energéticos.
ML 9. Buques militares, sus partes y accesorios.
ML 10. Aeronaves militares.
ML 11. Equipos electrónicos para usos militares, sus partes y accesorios.
ML 12. Armas de energía cinética de alta velocidad, sus partes y accesorios.
ML 13. Construcciones blindadas, sus partes y accesorios.
ML 14. Equipos para entrenamiento militar y similar.
ML 15. Equipos de información de imagen o de contramedida.
ML 16. Forja, fundiciones y similares para blindajes.
ML 17. Demás equipos, materiales e instructivos para uso militar.
ML 18. Maquinaria, equipo, sus partes y accesorios para producir equipo militar.
ML 19. Sistemas de armas de energía dirigida (DEW) y equipos similares.
ML 20. Equipos criogénicos y semiconductores, sus partes y accesorios para uso bélico.
LISTAS DE CONTROL DE BIENES NUCLEARES O DE
USO DUAL NUCLEAR
El NSG publicó dos listas de control que fueron adoptadas por México en
los Acuerdos de SE y SENER. México las adoptó unilateralmente.
INFCIRC/254/Rev.10/Parte 1
INFCIRC/254/Rev.8/Parte 2
(trigger list)
(uso dual)
26/06/2011
12/10/2010
Anexo A, Materiales Basicos y
materiales fisionables Se
incluyen en el apéndice A del
Acuerdo del 2 de marzo del
2012
Anexo B, Clarificación de los
conceptos de los materiales y
equipo listado en el Anexo A, se
incluyen en el Apéndice B del Anexo
II del Acuerdo del 2 de marzo del
2012
Está incluida en dos regulaciones
dependiendo de la naturaleza de
los bienes:
* Apendice C del Anexo II del
Acuerdo del 2 de marzo del 2012
* Anexo VI del Acuerdo de
Economia del 16 de junio del 2011
BIENES SUJETOS A REGULACIÓN ANEXO VI
ANEXO VI
LISTA DE EQUIPOS, MATERIALES Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS DE USO DUAL DEL ÁMBITO NUCLEAR Y
TECNOLOGÍA RELACIONADA, SUJETOS A PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN EN TÉRMINOS DE LAS
LISTAS DESARROLLADAS EN EL GRUPO DE SUMINISTRADORES NUCLEARES (GSN).
1. Equipo Industrial (1.A.2, 1.A.3, 1.B.2 a 1.B.7, 1.D.1 a 1.D.3, 1.E.1)
2. Materiales (2.A.1, 2.A.3, 2.C.1, 2.C.7, 2.C.14, 2.E.1)
3. Equipo y componentes para la Separación de isotopos de uranio (3.A.1 a 3.A.8, 3.B.1 a 3.B.4, 3.D.1, 3.E.1)
4. Equipos relacionados con las plantas de producción de agua pesada (4.A.2, 4.A.3, 4.B.2, 4.B.3, 4.E.1)
5. Equipo de ensayos y mediciones para el desarrollo de dispositivos explosivos nucleares (5.A.1 a 5.A.6,
5.E.1)
6. Componentes para dispositivos explosivos nucleares (6.A.3, 6.A.4, 6.E.1)
LISTAS DE CONTROL DE BIENES NUCLEARES O
DE USO DUAL NUCLEAR
DEPENDENCIA
LISTAS
 Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya
importación y exportación está sujeta a autorización previa por parte de la
Secretaría de Energía por conducto de la Comisión Nacional de Seguridad
SECRETARIA DE
Nuclear y Salvaguardias (DOF 2/03/2012)
ENERGIA
 Anexo I: Mercancías cuya importación esta sujeta al requisito de
autorización de importación por parte de la SENER a través de la CNSNS
 Anexo II: Mercancías cuya exportación esta sujeta al requisito de
autorización de exportación por parte de la SENER a través de la
CNSNS(DOF 15/07/2012)
• Apéndice A
• Apéndice B
• Apéndice C
 Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la
Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y
componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de
desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y de
SECRETARIA DE
destrucción masiva. (DOF 16/06/2011)
ECONOMIA
 Anexo VI: Lista de equipos, materiales y programas informáticos de uso
dual del ámbito nuclear y tecnología relacionada, sujetos a permiso
previo de exportación en términos de las listas desarrolladas en el grupo
30
de suministradores nucleares (GSN). (DOF 7/07/2012)
PRÓXIMA ADOPCIÓN DE
GRUPO DE AUSTRALIA
Dependencia
Lista de Control de GA
LAS
LISTAS
DE
Regulación Mexicana
CICOPLAFEST

Precursores para armas químicas
(33 sustancias)
Proyecto de Acuerdo que establece la clasificación
y codificación de mercancías cuya importación y
exportación está sujeta a regulación por parte de
las dependencias que integran la Comisión
Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso
de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas.
SEMARNAT

Precursores de armas químicas
(13 sustancias)
Proyecto de Acuerdo que establece la clasificación y
codificación de mercancías cuya importación y
exportación está sujeta a regulación por parte de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales. (Punto 5).
SECRETARÍA DE
ECONOMÍA



Precursores de armas químicas
(17 Proyecto de modificación al Acuerdo de Economía
sustancias)
publicado el 16 de junio del 2011, que adicionará
Sustancias químicas de uso dual y un Anexo VII donde se incorporen dichas listas.
tecnología y software asociados
Lista de control de equipos biológicos de
doble uso y tecnología y software
asociados
Agentes biológicos
Patógenos vegetales

Patógenos animales


31
PRÓXIMA ADOPCIÓN DE
GRUPO DE AUSTRALIA
LAS
LISTAS
DE
Con la nueva regulación se sujeta a control todos los bienes
sugeridos por las listas de Control del Grupo de Australia y
se clasificarían bajo 113 fracciones arancelarias, divididas
entre los Acuerdos de las dependencias involucradas:
Fracción
arancelaria
Ejemplos
81
Metildietanolamina (CAS 105-59-9), trietanolamina,
sterilizadores, tanques de fermentación, Incineradores,
Sistema de monitoreo de gases tóxicos, virus,
bacterias.
CICOPLAFEST
22
Tricloruro de fosforo (CAS 7719-12-2); N,N-diisopropilbeta-aminoetanotiol (CAS 5842-07-9); O,O-dimetil
Etilfosfonato (6163-75-3)
SEMARNAT
10
Cloruro de tionilo (CAS 7719-09-7), 3-Quinuclidinol (CAS
1619-34-7).
Dependencia
Economía
EJEMPLOS
DE PRODUCCIÓN DE BIENES DE USO DUAL
DESCRIPCIÓN
•
Telurio (Te) elemental con un
nivel de pureza igual o
superior a 99,9995 %
o País destino: Filipinas
• Empaquetaduras de grafito
(Graphlok/Garlok)
o País destino: Reino Unido,
Marruecos
USO
Uso industrial
o en Aplicaciones metalúrgicas,
componentes electrónicos como
semiconductores e industrias
del hule.
Usos militares
o Sensores ópticos
Uso industrial
o Se usan en Válvulas de purga
de calderas en yacimientos
mineros o válvulas de venteo
de vapor de salida.
Usos militares
o Se pueden utilizar en válvulas
de flujo en sistemas de
enriquecimiento de Uranio
EJEMPLOS
DE PRODUCCIÓN DE BIENES DE USO DUAL
Descripción
Uso
• Fluoruro de vinilideno:
• Polímeros y copolímeros
piezoeléctricos, constituidos por
materiales de fluoruro de vinilideno
en forma de hoja o de película.
o País destino: Malasia, Colombia y
Costa Rica
Uso civil
o Utilizado en equipo de
protección humana y
recubrimiento de tuberías y
válvulas.
Uso militar-nuclear
o Para uso nuclear soporta
agentes altamente corrosivos.
• Circuito integrado procesado
resistente a la radiación.
o País destino: Grecia, Argentina,
Japón y Perú
Uso civil, militar y espacial
o Componentes para satélites.
• Circuito integrado memoria EEPROM
o País destino: China, Francia,
Colombia e India
Uso civil y militar
o Utilizado en comunicaciones
34
EJEMPLOS
DE PRODUCCIÓN DE BIENES DE USO DUAL
DESCRIPCIÓN
• Cloruro de tionilo
USO
Uso industrial
o herbicidas e insecticidas, fármacos
textiles y papel.
Usos militares
o Precursor de gas mostaza, clorosarín y
clorosomán
• Trietanolamina
Uso industrial
o Usado en la producción lubricantes,
jabones cosméticos y limpiadores
multiuso.
Usos militares
o Precursor de HN3
• Fosfito trietílico
Uso industrial
o fabricación de piroretardantes,
plastificantes, aditivos lubricantes
Usos militares
o Precursor de agentes neurotóxicos
ÍNDICE
1. REGÍMENES INTERNACIONALES DE CONTROL DE
EXPORTACIONES
2. MÉXICO Y SU ADICIÓN A LOS REGÍMENES DE CONTROL
DE EXPORTACIONES
3. BIENES SUJETOS A REGULACIÓN
4. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE
EXPORTACIÓN
6. SAT. IDENTIFICADOR XP
ESTRUCTURA DEL ACUERDO DEL 16 DE JUNIO DEL
2011
El Acuerdo regula en cuatro Anexos la exportación de:
I. Bienes de uso dual.
II. Armas convencionales.
III. Software y Tecnología.
VI. Bienes de uso dual nuclear.
El Anexo IV contiene la lista de países a los que México exentará del requisito
de permiso por tener un sistema eficiente de control de exportaciones. Y el
Anexo V Definiciones establecidas por lo Regímenes.
Estructura del
Acuerdo
del 16DEL
de junio
delJUNIO
2011
ESTRUCTURA
DEL
ACUERDO
16 DE
2011
Se clasifica cada mercancía
regulada conforme a una
fracción arancelaria
DEL
Se incorpora la
clasificación del
Wassenaar y NSG
(Número de Control de
Exportaciones)
El Acuerdo regula mercancías por excepción: ÚNICAMENTE aquellas
específicamente descritas están reguladas.38
ÍNDICE
1. REGÍMENES INTERNACIONALES DE CONTROL DE
EXPORTACIONES
2. MÉXICO Y SU ADICIÓN A LOS REGÍMENES DE CONTROL
DE EXPORTACIONES
3. BIENES SUJETOS A REGULACIÓN
4. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE
EXPORTACIÓN
6. SAT. IDENTIFICADOR XP
TRÁMITE
DEL
EXPORTACIÓN
• Manifestación
de uso y
usuario final.
• Descripción
técnica de las
mercancías.
• Designacion
de uso,
usuario y
1
destino
finales.
Exportador
PERMISO
DE
DGCE
SE. Delegación o
subdelegación.
• Recibe MUF.
• Revisa
documentación
completa y
personalidad.
• Envía a DGCE.
2
• Análisis de riesgo
• Evaluación de las
características
técnicas de las
mercancías.
3
• Análisis de uso,
usuario y destino
finales.
DGCE/Control
de
Exportaciones
4
• Puede:
• A. Realizar
requerimiento.
• B. Emitir dictamen
de inaplicabilidad
del Acuerdo.
• C. Dictaminar
favorablemente.
• D. Dictaminar por
la negativa del
otorgamiento.
• Notifica a la
Delegación
• Notifica al exportador.
5
Delegación
Exportador. En caso
C presenta:
• Solicitud de Permiso previo
de exportación.
6
• Emite permiso
enviado por
DGCE con el
dictamen.
• Recaba firma del
permisionario.
• Archiva.
7
40 Delegación
WWW.SIICEX.GOB.MX
Desde el 20 de septiembre del 2011, mediante la utilización del
sitio www.siicex.gob.mx la Dirección General de Comercio Exterior ha recibido
las solicitudes de permiso previo de exportación para bienes de uso dual, armas
convencionales, software y tecnologías relacionadas.
El Acuerdo publicado
el 16 de junio que
sujeta a permiso
previo de exportación
las mercancías
señaladas,
entró en vigor el
20 de octubre
del 2011.
41
WWW.SIICEX.GOB.MX
FORMATOS
Los formatos a utilizar son:
Manifestación de Uso y Usuario Final.
Solicitud de Permiso Previo de Exportación.
Presentados por el
exportador
 Permiso de Exportación de armas convencionales, sus partes y
componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías
susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas
convencionales y de destrucción masiva.
Se encuentran disponibles en la página del SIICEX:
www.siicex.gob.mx
http://www.siicex.gob.mx/portalSiicex/CONTROL%20DE%20EXPORTACIONES/Formatos.html
MANIFESTACIÓN
DE
USO
Y
USUARIO FINAL
DECLARACIONES:
 El suscriptor declara que no habrá desvío de los bienes a
exportar para la utilización o manufactura de armas
convencionales, sus partes o componentes, bienes de uso
dual, software y tecnología por el usuario final o para un
uso final distinto a los señalados en esta Manifestación de
Uso y Usuario Final y a los autorizados en el permiso previo
de exportación.
 El suscriptor manifiesta que la información asentada y
entregada es verídica y que los bienes que serán
exportados se destinarán al uso, usuario y lugar
declarados. Asimismo, el suscriptor de la actual
manifestación declara conocer las penas en las que
incurren quienes informan con falsedad a la autoridad
administrativa.
 El suscriptor manifiesta su conformidad para que le sean
realizadas a él o a su representada, visitas de inspección,
de verificación de mercancías en transporte, así como
visitas de verificación en cualquier momento. Además, a
que se le practiquen todo tipo de notificaciones, citatorios,
emplazamientos, requerimientos y solicitud de informes o
documentos por medio de correo electrónico o cualquier
otro medio de comunicación que proporcioné en este
formato los cuales surtirán efecto como si hubieran sido
44
realizados por medio documental.
44
MANIFESTACIÓN
DE
USO
Y
USUARIO FINAL
Es fundamental que el exportador relacione:
Mercancías
con…
Destino Final
con…
Usuario Final
con…
Uso Final
Para un análisis de riesgo más
expedito la relación entre
mercancías con destino y
destinatario es fundamental:
Se acelera el trámite,
Se reduce la posibilidad de
requerimientos de información,
Se incrementa la posibilidad de
autorización del Permiso.
45
MANIFESTACIÓN
DE
USO
Y
USUARIO FINAL
El exportador indica:
1. Fracción Arancelaria.
2. Descripción comercial y especificaciones técnicas de las
mercancías.
3. Uso final
4. Usuario Final
5. Destino Final
Una descripción
técnica detallada
permitirá mayor
celeridad en el
análisis de SE
SOLICITUD
DE
PERMISO PREVIO
DE
EXPORTACIÓN
DECLARACIONES:
DIRECCION GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR
SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN DE ARMAS CONVENCIONALES, SUS PARTES Y COMPONENTES,
BIENES DE USO DUAL, SOFTWARE Y TECNOLOGÍAS SUSCEPTIBLES DE DESVÍO PARA LA FABRICACIÓN Y
PROLIFERACIÓN DE ARMAS CONVENCIONALES Y DE DESTRUCCIÓN MASIVA Y SUS MODIFICACIONES
Antes de llenar esta forma, lea las consideraciones generales al final de la misma.
En caso de contar con el Registro Único de Personas Acreditadas, no será necesario llenar los campos marcados con un asterisco (*)
Folio
Sello de Recepción
Número de MUF
(2) Clave Única de Registro de Población
(solo en caso de ser persona física)
(1) Registro Federal de Contribuyentes
(3) Régimen Aduanero
(4) Tipo de solicitud
Exportación
Definitiva
Inicial
Exportación
Temporal
Modificación
Tránsito
Prórroga
I.DATOS GENERALES DEL DECLARANTE
(5) Nombre o razón social*:
(6) Domicilio*:
Calle
Número o letra
Colonia
Municipio, Delegación o Ciudad
Estado
Código Postal
(7)Teléfono
(8) Correo electrónico (si aplica)
(9) Página web (si aplica)
II. SÓLO PARA MODIFICACIONES O PRÓRROGAS
(10) Concepto a modificar
(11) Número del permiso a modificar o prorrogar
Prórroga del _________ al ___________
(12) Modifica la descripción como sigue:
III. DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL (EN SU CASO)
(13) Nombre del Representante Legal (en su caso) *
(14) Domicilio*:
Calle
Número o letra
Colonia
Municipio, Delegación o Ciudad
Estado
Código Postal
(15) Teléfono
(16) Correo electrónico
(17) Página web
El suscriptor de la presente declara que no habrá desvío de los bienes a exportar para
la utilización o manufactura de armas convencionales, sus partes o componentes,
bienes de uso dual, software y tecnología por el usuario final o para un uso final
distinto a los señalados en esta Manifestación de Uso y Usuario Final y a los
autorizados en el permiso previo de exportación, con fundamento en los artículos del
1 al 11 del “Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la
Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y
componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para
la fabricación y proliferación de armas convencionales y de destrucción masiva”.
El suscriptor manifiesta que la información asentada y entregada en la presente es
verídica y que los bienes que serán exportados se destinarán al uso, usuario y lugar
declarados. Asimismo, el suscriptor de la actual manifestación declara conocer las
penas en las que incurren quienes informan con falsedad a la autoridad administrativa
en términos de la fracción I del artículo 247 del Código Penal Federal sin perjuicio de
las multas a que se hace acreedor de conformidad con el artículo 93, fracción I, III, IV,
VI último párrafo de la Ley de Comercio Exterior; artículos 176, fracciones II, a la IV y
de la VI a la XI,177, fracciones de la I a la IV, VI y VIII,178, fracciones I, III, V, VI, VII. VIII,
197 fracciones IX, X y 200 de la Ley Aduanera; artículos 81, 82, 102, 103, fracciones XII,
XV, XVII, 104 y 105, fracciones de la X a la XIII y XVI; artículos 107 y 108 del Código
Fiscal de la Federación y artículo 70 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo.
El suscriptor manifiesta su conformidad para que le sean realizadas a él o a su
representada, visitas de inspección conforme al artículo 20 de la Ley Aduanera; de
verificación de mercancías en transporte en términos del artículo 180 del Reglamento
de la Ley Aduanera y domiciliaria conforme al artículo 182 del mismo ordenamiento
legal; así como visitas de verificación en atención a los artículos 62 al 69 de la Ley
Federal de Procedimiento Administrativo, en cualquier momento. Además, a que se le
practiquen todo tipo de notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos y
solicitud de informes o documentos por medio de correo electrónico o cualquier otro
medio de comunicación que proporcioné en este formato los cuales surtirán efecto
como si hubieran sido realizados por medio documental en términos de los artículos
35, 36 y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y acorde a la regla 1.3.5
del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter
general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la
47
Federación el 6 de julio de 2007.
PERMISO
DE
EXPORTACIÓN
Se expide el presente permiso que ampara los bienes descritos exclusivamente al
destino y al usuario final que se señala, con fundamento en el artículo 131
Constitucional; art. 5, fracción V, 20, 20A y 21 de la Ley de Comercio Exterior;
artículos 17 al 25 del reglamento de Comercio Exterior; artículos 4, 15, 15A, 16, 17A,
17B y 18 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo; artículos 3, 10 al 14,
20, 36, 37, 40 y 90 de la Ley Aduanera.
El permisionario deberá cumplir con las siguientes condiciones:
DECLARACIONES:
1. El suscriptor declara que no habrá desvío de los bienes a exportar para la
utilización o manufactura de armas convencionales, sus partes o componentes,
bienes de uso dual, software y tecnología por el usuario final o para un uso final
distinto a los señalados en esta Manifestación de Uso y Usuario Final y a los
autorizados en el permiso previo de exportación.
2. El suscriptor manifiesta que la información asentada y entregada es verídica y que
los bienes que serán exportados se destinarán al uso, usuario y lugar declarados.
Asimismo, el suscriptor de la actual manifestación declara conocer las penas en las
que incurren quienes informan con falsedad a la autoridad administrativa.
3. El suscriptor manifiesta su conformidad para que le sean realizadas a él o a su
representada, visitas de inspección, de verificación de mercancías en transporte, así
como visitas de verificación en cualquier momento. Además, a que se le practiquen
todo tipo de notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos y solicitud
de informes o documentos por medio de correo electrónico o cualquier otro medio
de comunicación que proporcioné en este formato los cuales surtirán efecto como
si hubieran sido realizados por medio documental.
PERMISO
DE
EXPORTACIÓN
Al suscribir el Permiso el exportador contrae,
entre otras, las siguientes obligaciones:
1. Observar los requerimientos de la SE y de las
autoridades competentes.
2. Notificar cualquier indicio de desvío.
3. Permitir la verificación de la información
proporcionada.
4. Permitir la verificación de las mercancías.
5. Exportar para los destinos y usuarios
declarados.
REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN ADICIONAL
Permiso o negativa de permiso
SE ABRE PERÍODO DE 60 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL
Requerimiento y desahogo de
información adicional sobre el
permiso
Información adicional, análisis de riesgo y, en
su caso, Comité de Control de Exportaciones
Solicitud de permiso
Requerimiento de
información adicional
sobre la MUF
MUF
PLAZOS
Análisis de riesgo sobre
la solicitud
Permiso o negativa de permiso
Solicitud de permiso
sobre la MUF
Análisis de riesgo
MUF
PLAZOS
ÍNDICE
1. REGÍMENES INTERNACIONALES DE CONTROL DE
EXPORTACIONES
2. MÉXICO Y SU ADICIÓN A LOS REGÍMENES DE CONTROL
DE EXPORTACIONES
3. BIENES SUJETOS A REGULACIÓN
4. ESTRUCTURA DEL ACUERDO
5. TRÁMITE DE SOLICITUD DE PERMISO PREVIO DE
EXPORTACIÓN
6. SAT. IDENTIFICADOR XP
SAT. IDENTIFICADOR XP
El Sistema parte del principio de Buena Fe de los exportadores mexicanos (la
reputación del País y de la Empresa está en juego), por esta razón, los
exportadores pueden autodeclarar sus mercancías con el identificador XP:
Siempre y
cuando dichas
mercancías:
NO SE
ENCUENTREN
COMPRENDIDAS
DENTRO DEL
ACUERDO.
SE
SECRETARÍA
DE
SECRETARÍA
ECONOMÍA
DE ECONOMÍA
PEDRO FRANCISCO GUERRA MORALES
DIRECTOR GENERAL A
DJUNTOFrancisco
DE CONTROL Guerra
DE EXPORTACIONES
Pedro
Morales
Director general Adjunto de Control de Exportaciones
[email protected]
Agosto 2012
[email protected]
OCTUBRE 2012