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PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN
DE SEMILLA BOTÁNICA PARA SIEMBRA
CON FINES DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA
Abril, 2014
I. GENERALIDADES
• Aplica solo para la importación de semillas botánicas para
siembra de las especies y orígenes para las cuales ya existen
requisitos fitosanitarios establecidos para su importación a
México, con la variante de que éstas requieren ser importadas sin
tratamiento químico, en virtud de que serán utilizadas para fines
de producción orgánica.
• Las empresas participantes en este procedimiento serán
únicamente aquellas que acrediten, ante la Secretaría, sus
actividades de producción orgánica.
• No se permite la importación de semilla bajo este procedimiento
para fines de comercialización y distribución regional, nacional o
entre empresas.
• Solo podrán acceder a este procedimiento las empresas que
directamente utilicen las semillas en sus unidades de producción.
• La empresa deberá notificar a esta DGSV su intención de ingreso
del material con fines de producción orgánica, especificando las
especies (nombre común y nombre científico) de las semillas para
siembra que desea importar, el país de origen y el país de
procedencia.
• La empresa deberá contratar los servicios de una Unidad de
Verificación.
• La empresa deberá destruir o retornar la semilla que no haya sido
sembrada, lo cual se realizará bajo supervisión de la UV.
• Los gastos que se generen por la aplicación del presente
procedimiento serán cubiertos por el interesado.
II. PROCESO DE IMPORTACIÓN
• El material deberá cumplir con los requisitos fitosanitarios
establecidos por la Secretaría.
• Certificado Fitosanitario
• Inspección
• Toma de muestra por duplicado.
Sustituyendo el tratamiento químico por procedimiento
• Ingreso bajo Guarda Custodia y Responsabilidad.
• El interesado deberá informar a la Delegación de la SAGARPA de
destino la fecha de arribo del embarque a las instalaciones de la
empresa, así como el nombre y dirección de la UV que dará
seguimiento al desarrollo del cultivo.
• La UV verificará la llegada del embarque y ubicarán el lugar de
almacenaje del producto, y enviará a la DGSV el dictamen de
verificación en el cual se especifiquen las condiciones de arribo
del material.
• La empresa proporcionará a la Delegación de la SAGARPA y a
la UV los calendarios de siembra y la ubicación de los
invernaderos o campos de producción.
• La empresa y la UV identificarán los periodos críticos del cultivo
en los cuales es más probable la presencia o manifestación de
problemas fitosanitarios.
• Presentar a la DGSV programa de visitas para su validación,
considerando por lo menos un mínimo de 6 visitas de inspección
en el ciclo de cultivo.
• (15 días después de la germinación, al mes de establecido el
cultivo, durante el desarrollo vegetativo, floración, antes del
inicio de cosecha y durante la cosecha).
• La UV realizará visitas al campo de producción para inspeccionar
las plantas, realizando una revisión minuciosa para determinar
posibles síntomas de enfermedades en las plántulas, plantas y/o
frutos, revisará el manejo fitosanitario del cultivo y verificará el
seguimiento y mantenimiento del cultivo por parte de la empresa.
• Si durante las visitas se detecta la presencia de síntomas o plagas
en el cultivo, se tomará muestras de tejido vegetal o insectos, según
sea el caso, para análisis de un laboratorio aprobado.
• En caso de que se detecte la presencia de plagas cuarentenarias
durante el desarrollo del cultivo, la DGSV emitirá las medidas
fitosanitarias correspondientes.
• Al final de la cosecha o ciclo de cultivo, la UV en conjunto con la
empresa, presentar un informe sobre las actividades desarrolladas y
los resultados obtenidos, por evento de importación. Esté deberá ser
entregado dentro de los 5 días naturales siguientes a la conclusión
de actividades.
• La DGSV con base al informe emitido por la UV, podrá liberar el acto
de GCyR, marcando copia de la liberación a la OISA de ingreso y a
la Delegación de la SAGARPA en destino.
• Personal de la Delegación de la SAGARPA y la DGSV tendrán libre
acceso a las instalaciones en las cuales se encuentren sembrados
los materiales importados, a efecto de llevar a cabo las
verificaciones de fitosanidad.
Ing. Vicente Rosas Medina
Jefe del Departamento de Medidas Fitosanitarias
(55) 5090 3000 Ext. 51344
[email protected]