La Conferencia Intergubernamental, compuesta de los Jefes de Estado y de Gobierno de los 25 Estados miembros adoptó, el 18 de junio.

Download Report

Transcript La Conferencia Intergubernamental, compuesta de los Jefes de Estado y de Gobierno de los 25 Estados miembros adoptó, el 18 de junio.

La Conferencia Intergubernamental, compuesta de los Jefes de
Estado y de Gobierno de los 25 Estados miembros adoptó, el 18 de
junio de 2004, el Tratado por el que se establece una Constitución
para Europa.
La presentación adjunta tiene por objeto presentar las
disposiciones principales de la Constitución y muestra, así, las
modificaciones introducidas al Tratado de Niza.
Este documento fue elaborado por los servicios de la Comisión
Europea con fines de información y no compromete a la Institución.
Comisión europea
DE LA CONVENCIÓN A LA CONSTITUCIÓN
DICIEMBRE DE
DICIEMBRE DE
2000
2001
DECLARACIÓN
DECLARACIÓN
DE
DE
NIZA
LAEKEN
2002
2003
CONVENCIÓN
2004
Proyecto de
Constitución
Base de trabajo para
la CIG
FORO
CIG
Debates nacionales
Comisión europea
DE LA ADOPCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN A SU
ENTRADA EN VIGOR
2004
2005
Elecciones
POR LA VÍA
PE
PARLAMENTARIA
CIG
CONSTITUCIÓN
1 de MAYO
EUR 25
Nueva
Comisión
Firma por los
Ratificaciones por
Jefes de
los Estados
Estado y de Gobierno
miembros
ENTRADA
EN VIGOR
POR
REFERENDUM
1/11/2004
Comisión europea
¿CÓMO VALORAR LA CONSTITUCIÓN?
• Simplificación
• Democracia
• Transparencia
• Eficacia
• Legitimidad
Comisión europea
• UN TEXTO ÚNICO
• UNA PERSONALIDAD JURÍDICA PARA LA UNIÓN
• GENERALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
• UN NÚMERO REDUCIDO DE INSTRUMENTOS
• UNA DISTRIBUCIÓN MÁS CLARA DE LAS COMPETENCIAS
Comisión europea
• LA CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL TRATADO
• SESIONES PÚBLICAS DEL CONSEJO CUANDO ACTÚE
EN SU FUNCIÓN LEGISLATIVA
• UN PAPEL MÁS RELEVANTE PARA LOS PARLAMENTOS NACIONALES
(Control del principio de subsidiariedad)
• RECONOCIMIENTO DEL PAPEL DE LA SOCIEDAD CIVIL
Comisión europea
• UN SISTEMA INSTITUCIONAL EQUILIBRADO
• REDUCCIÓN DEL DERECHO DE VETO
• PROGRESOS EN MATERIA DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA
• AFIRMACIÓN DEL PAPEL DE LA UNIÓN EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL
(Un Ministro de Asuntos Exteriores)
Comisión europea
ACLARACIONES
Relaciones Unión / Estados miembros
• Principio de cooperación leal
VALORES
COMPARTIDOS
• Respeto de la igualdad de los Estados
miembros ante la Constitución
• Principio de atribución de competencias
OBJETIVOS DE
(Protocolo sobre la aplicación de los princi-
LA UNIÓN
pios de subsidiariedad y proporcionalidad)
EXTERNOS
INTERNOS
• Primacía del Derecho comunitario
Comisión europea
Características del procedimiento legislativo
•
La Comisión consulta y propone
•
El Consejo y el Parlamento Europeo
legislan
•
El Tribunal de Justicia garantiza el
respeto del Derecho
•
Los Parlamentos nacionales tienen
la oportunidad de pronunciarse
•
El Comité Económico y Social
Europeo y el Comité de las Regiones
también intervienen
Comisión europea
INTERVENCIÓN DE LOS PARLAMENTOS NACIONALES
COMISIÓN
Propuesta legislativa motivada en relación con el principio de subsidiariedad
EUROPEA
(Indicadores cualitativos y cuantitativos)
PARLAMENTOS
NACIONALES
Reexamen de la propuesta
(Mantenimiento, modificación o
6 semanas
retirada de la propuesta)
Dictamen motivado a
1/3 de los Parlamentos nacionales
• Procedimiento
los Presidentes del Consejo, del
PE y de la Comisión
semejante durante el procedimiento legislativo
• Possibilidad de recurso (Estados miembros) ante el Tribunal de Justicia
Comisión europea
Antes de la Constitución
Más de 15 instrumentos
jurídicos….
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Reglamento
Convención (Tratado CE)
Convención (Tratado UE)
Directiva
Decisión marco
Decisión
Decisión (Título V TUE)
Decisión (Título VI TUE)
Principios y orientaciones generales
Estrategia común
Acción
Posición común (Título V TUE)
Posición común (Título VI TUE)
Recomendación
Dictamen
Constitución
6 instrumentos jurídicos
Ley
Ley marco
Actos
legislativos
Vinculantes
Reglamento
Decisión
Actos
no legislativos
Recomendación
Dictamen
Comisión europea
CLARIFICACIÓN DE LAS COMPETENCIAS
• Competencias exclusivas
• Competencias compartidas
• Acciones de apoyo, coordinación
o complemento
Solo la UE legisla
Legislación de la UE o
de los Estados
miembros
La UE no armoniza
• Coordinación de las políticas
económicas y de empleo
• Política exterior y de seguridad común
Comisión europea
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LA UNIÓN
• Establecimiento de las normas de competencia necesarias para el funcionamiento
del mercado interior
• Unión aduanera
• Política comercial común
• Política monetaria para los Estados €
• Conservación de los recursos biológicos del mar
- En el marco de la política pesquera común
• Celebración de acuerdos internacionales cuando :
- Esta conclusión está prevista en un acto legislativo de la UE
- Esta conclusión es necesaria para ejercer una competencia interna
- Esta conclusión puede afectar a normas comunes
Comisión europea
COMPETENCIAS COMPARTIDAS DE LA UNIÓN
• Mercado interior
• Política social para los aspectos definidos en la parte III de la Constitución
• Cohesión económica, social y territorial
• Agricultura, pesca
• Medio ambiente
• Protección de los consumidores
• Transporte y redes transeuropeos, energía
• Espacio de libertad, seguridad y justicia
• Aspectos comunes de seguridad pública en cuanto a la salud pública para los
aspectos definidos en la parte III de la Constitución
• Investigación, desarrollo tecnológico, espacio
• Desarrollo, ayuda humanitaria
Comisión europea
ACCIONES DE APOYO, COORDINACIÓN O COMPLEMENTO
• Protección y mejora de la salud humana
• Industria
• Cultura
• Turismo
• Educación, juventud, deporte y formación profesional
• Protección civil
• Cooperación administrativa
Comisión europea
COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS ECONÓMICAS Y DEL EMPLEO
Coordinación de las
políticas económicas
Adopción de las orientaciones
generales
Coordinación de las
políticas de empleo
Directrices
Coordinación de las
políticas sociales
Iniciativas de la UE
Interés común y consecución
de los objetivos de la UE
Disposiciones específicas para los
Estados miembros de la ona del euro
Comisión europea
LA CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Constitución
Incorporación de la Carta
de los Derechos Fundamentales a la
Parte II de la Constitución
Fuerza jurídica
Comisión europea
UN SISTEMA INSTITUCIONAL EQUILIBRADO
CONSEJO EUROPEO
PRESIDENTE
ORIENTACIONES GENERALES
PRESIDENTE
COMISIÓN
PRESIDENTE
Ministro de Asuntos Exteriores
• Vicepresidente de la Comisión
EUROPEA
• Presidente del Consejo de Asuntos Exteriores
CONSEJO
•
PRESIDENTE
PARLAMENTO
EUROPEO
FUNCIÓN LEGISLATIVA
FUNCIÓN PRESUPUESTARIA
Comisión europea
EL PARLAMENTO EUROPEO
LA REPRESENTACIÓN DE LOS CIUDADANOS EUROPEOS
Comisión europea
SUFRAGIO
5 AÑOS
UNIVERSAL
DIRECTO
Elección del Presidente
de la Comisión
PARLEMENTO
EUROPEO
750 Miembros
como máximo
Elección del Presidente
del Parlamento
Votación para la aprobación
del Colegio de la Comisión
Mesa
Moción de censura
contra la Comisión
FUNCIÓN
CONSULTIVA
FUNCIÓN
AUTORIDAD
LEGISLATIVA
PRESUPUESTARIA
COMPARTIDA CON EL CONSEJO
COMPARTIDA CON EL CONSEJO
CONTROL
POLÍTICO
Comisión europea
El CONSEJO EUROPEO
ÓRGANO IMPULSOR DE LAS POLÍTICAS DE LA UE
Comisión europea
PRESIDENTE DEL CONSEJO EUROPEO
JEFES DE ESTADO O DE GOBIERNO
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN
MINISTRO DE ASUNTOS
EXTERIORES
Participará en los trabajos
CONSEJO EUROPEO
FUNCIÓN
• Impulso necesario para el
1 reunión por trimestre
ELECCIÓN DEL
El Consejo Europeo se
PRESIDENTE
desarrollo y para la
pronunciará por consenso
definición de las orientaciones y
prioridades políticas generales de la UE
El Presidente del Consejo Europeo y el de la
Comisión no participarán en las votaciones del Consejo
• No ejercerá ninguna función legislativa
Comisión europea
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO EUROPEO
Comisión europea
CONSEJO
EUROPEO
ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO POR 2,5 AÑOS, RENOVABLE 1 VEZ
Mayoría cualificada
No podrá ejercer un mandato nacional
Representación en materia de
PESC sin perjuicio
de las atribuciones de
Ministro de Asuntos
Exteriores
• Preparación y continuidad
de los trabajos del Consejo en colaboración
con el Presidente de la Comisión, basándose
en los trabajos del Consejo de Asuntos Generales
• Facilitará la cohesión y el consenso
Presentación de un
informe al PE
después de
cada reunión
en el seno del Consejo Europeo
Comisión europea
EL CONSEJO DE MINISTROS
Comisión europea
Un representante por Estado
El voto y el debate sobre un
miembro
CONSEJO DE
para cada una de las
MINISTROS
proyecto de acto
legislativo son públicos
formaciones
CONSEJO ASUNTOS
FORMACIONES del CONSEJO
CONSEJO DE ASUNTOS
EXTERIORES
DECIDIDAS POR EL CONSEJO
GENERALES
• Presidido por el Ministro de Asuntos
Exteriores
• Elaboración de la acción exterior de la
UE según las líneas estratégicas fijadas
por el Consejo Europeo
• Coherencia de la acción de la UE
EUROPEO POR MAYORIA
CUALIFICADA
• Garantiza la coherencia de los
trabajos de las distintas
formaciones del Consejo
• Prepara las reuniones del
Consejo Europeo y garantiza el
seguimiento con el Presidente
del Consejo y de la Comisión
Comisión europea
LA PRESIDENCIA DE LAS FORMACIONES DEL CONSEJO
DE MINISTROS
• Consejo de Asuntos Exteriores presidido por
el Ministro de Asuntos Exteriores
• Presidencia de las otras formaciones del Consejo asegurada por grupos
predeterminados de 3 Estados miembros según un sistema de rotación igual
•
•
•
Presidencia por un período de 18 meses
Sistema de rotación que tiene en cuenta la diversidad
y los equilibrios geográficos en la Unión
Cada Estado miembro preside las formaciones del
Consejo durante 6 meses
Comisión europea
LA COMISIÓN EUROPEA
PROMOCIÓN DEL INTERÉS GENERAL EUROPEO
Comisión europea
Representación
Promoción del interés
exterior de la UE
general europeo
Poder de iniciativa
Funciones
• Con excepción de la PESC • Velará por la aplicación • Propuesta legislativa excepto • Coordinación
y de los demás casos
de las disposiciones
cuando la Constitución
• Ejecución
previstos por la Constitución
de la Constitución
disponga otra cosa
• Gestión
INDEPENDENCIA
Ninguna instrucción de los gobiernos ni de otros órganos
Comisión europea
COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA
HASTA 2014
ÓRGANO COLEGIADO DE
LA COMISIÓN
1 COMISARIO ORIGINARIO
DE CADA ESTADO MIEMBRO
DESPUÉS DE 2014
ÓRGANO COLEGIADO DE LA
COMISIÓN
2/3 DEL NÚMERO DE LOS ESTADOS
MIEMBROS
• Presidente de la Comisión
• Ministro de Asuntos Exteriores
• Presidente de la Comisión
• Ministro de Asuntos
Exteriores
• Comisarios
• Comisarios
- Sistema de rotación igual entre Estados
miembros
- Reflejo del abanico demográfico y geográfico
de los Estados miembros de la UE
Comisión europea
El Presidente de la Comisión
CONSEJO
EUROPEO
• DEFINICIÓN DE LAS ORIENTACIONES PARA LA ACTUACIÓN
Propondrá un candidato,
• COHERENCIA, EFICACIA Y COLEGIALIDAD
por mayoría cualificada
• NOMBRAMIENTO DE LOS VICEPRESIDENTES
PARLAMENTO
Elección del Presidente de la
EUROPEO
Comisión por mayoría de sus miembros
Aprobación, por
el Presidente
y el Consejo, de
la lista de Comisarios
COLEGIO
• Aprobación por el Parlamento
• Responsable ante el Parlamento
• Dimisión colectiva en caso de aprobación
de una moción de censura por el Parlamento
Comisión europea
EL MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES
CONSEJO
EUROPEO
Mayoría cualificada
COMISIÓN
CONSEJO
EUROPEA
Contribución a la
elaboración de la
PESC y la PESD
Vicepresidente encargado de
las relaciones exteriores en
el ámbito que incumbe a la Comisión
MINISTRO
Conduce la PESC y la
PESD
Preside el Consejo de
Asuntos Exteriores
DE ASUNTOS EXTERIORES
Comisión europea
LA UNIÓN EUROPEA Y LA DEMOCRACIA
CONSEJO
EUROPEO
COMISIÓN
PARLAMENTO
EUROPEO
CONSEJO DE
MINISTROS
GOBIERNOS
Defensor
Europeo
del Pueblo
RESPONSABLES
Comité Económico
y Social
Diálogo
Consultas
Elecciones
directas
CIUDADANOS EUROPEOS
ASOCIACIONES, SOCIEDAD CIVIL
REGIONES
Comité de las Regiones
PARLAMENTOS
NACIONALES
Comisión europea
AMPLIACIÓN DEL VOTO POR MAYORÍA CUALIFICADA……..
….PERO MANTENIMIENTO DEL DERECHO DE VETO EN DETERMINADOS ÁMBITOS
Comisión europea
PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
EN EL CONSEJO DE MINISTROS SE APLICARÁ LA MAYORÍA CUALIFICADA *
55% DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO QUE INCLUYAN AL MENOS
15 DE LOS ESTADOS MIEMBROS
+
65% de la POBLACIÓN de la UE
A partir del 1 de noviembre de 2009
* Con excepción de ciertos casos en los que se aplicará siempre la regla de la
unanimidad (ejemplos: política de seguridad y defensa común; fiscalidad)
Con algunas condiciones suplementarias
Comisión europea
PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
MINORÁ DE BLOQUEO
DEBE INCLUIR AL MENOS A 4 ESTADOS MIEMBROS
Comisión europea
LA «CLÁUSULA PUENTE»
CONSEJO EUROPEO
Por unanimidad, posibilidad de reducir los ámbitos que requieren unanimidad por
mayoría cualificada (procedimiento normal)
• Transmisión de la iniciativa a
los Parlamentos nacionales
• Imposibilidad de utilizar esta
cláusula si un Parlamento
nacional se opone
Imposibilidad de tomar esa
iniciativa en las decisiones
que tienen implicaciones
militares o en el ámbito de la
defensa
Comisión europea
AVANCES EN MATERIA DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA
Visados, asilo, controles
en las fronteras
Cooperación judicial
en materia civil y penal
Cooperación policial
• Generalización casi total del método comunitario y del voto por mayoría cualificada
• Mantenimiento de métodos específicos para la cooperación policial y judicial
• Mantenimiento del voto por unanimidad en determinados ámbitos
•Mantenimiento del derecho de iniciativa legislativa de los Estados, juntamente
con la Comisión, en ciertos ámbitos
Comisión europea
Papel de la Unión en el ámbito
internacional
•
•
•
Un Ministro de Asuntos
Exteriores / Vicepresidente de
la Comisión
Toma de decisiones
unanimidad, a veces
mayoría cualificada
por
por
Posibilidad de ir más lejos,
para los Estados que lo deseen
Defensa
•
•
•
•
Agencia
Europea
de
Armamento, Investigación y
Capacidades Militares
Acciones conjuntas en materia
de desarme
Solidaridad: Ataque terrorista a
un
Estado
miembro
o
catástrofe natural o de origen
humano
Posibilidad de ir más lejos,
para los Estados que lo deseen
Comisión europea
Vuelta al espacio "Futuro de la Unión Europea" de la Comisión Europea
http://europa.eu.int/futurum
Comisión europea