Importancia de la Contabilidad Pública en los Entes Territoriales Herramienta para la gestión y la rendición de cuentas Jairo Alberto Cano Pabón, Contador General de.

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Transcript Importancia de la Contabilidad Pública en los Entes Territoriales Herramienta para la gestión y la rendición de cuentas Jairo Alberto Cano Pabón, Contador General de.

Importancia de la
Contabilidad Pública en
los Entes Territoriales
Herramienta para la gestión y la rendición de cuentas
Jairo Alberto Cano Pabón,
Contador General de la Nación
©2007 Contaduria General de la Nación
¿Que es la contabilidad?
Se piensa en la contabilidad, como un área altamente
técnica que debe ser interpretada sólo por
contadores.
Actualmente todo el mundo de una u otra manera
tiene que ver con la contabilidad en su quehacer
cotidiano .
La contabilidad es simplemente el medio por el cual
identificamos, medimos, registramos y describimos el
resultado de la actividad económica, financiera y
social del ente contable público.
Una definición de Contabilidad Pública
Contabilidad Pública:
“rama especializada de la contabilidad que permite
desarrollar los diversos procesos de medición,
registro, revelación y control de la actividad
financiera económica y social de la administración
pública”.
CONTABILIDAD PÚBLICA
 Fortalecer la credibilidad del Estado=>
Gobernabilidad
 Garantizar la Respondabilidad:
OBJETIVOS
“Obligación que tiene el servidor electo o designado,
así como todo ser humano que actúa por delegación
de terceros, de rendir cuentas económicas y morales
y responsabilizarse por los resultados de su
gestión”.
 Proporcionar información de calidad:
-Oportuna
-Razonable
-Útil
Apoyar la adecuada toma de decisiones
¿Cual es su propósito?
Su propósito fundamental es suministrar información
valiosa para la toma de decisiones a las personas
encargadas de tomarlas.
El gobierno central, los departamentos, los distritos y los
municipios usan la información contable como la base
para controlar sus recursos y medir sus realizaciones.
Su importancia radica en la habilidad del gerente público
para usarla con efectividad.
Contabilidad pública en las entidades territoriales
“Además de la Contabilidad General de la Nación,
comprende la de las entidades u organismos
descentralizados, territorialmente o por servicios
cualquiera que sea el orden a que pertenezcan y la
de cualquier otra entidad que maneje o administre
recursos públicos y sólo en lo relacionado con
éstos”
(Ley 298 de 1996)
La rendición de cuentas y el concepto de “Respondabilidad”
La “Respondabilidad” es un concepto que incorpora la responsabilidad de los
gerentes públicos hacia los distintos grupos de interés y ante los ciudadanos
haciendo énfasis en la transparencia y la lucha contra la corrupción como un
mecanismo para mejorar la gobernabilidad.
Actualmente “los ciudadanos son conscientes, como nunca antes, de la
importancia de la transparencia y rendición de cuentas gubernamental y sus
derechos de exigir a sus funcionarios público” (1).
___
*(1) Proyecto ResponDabilidad/Anti-Corrupción y Accountability/Anti-Corruption para las Américas,
financiado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).
www.respondanet.com
El Proceso Contable
Soportes
internos y
externos
Actividades
Financieras
Económicas
Y sociales
La contabilidad “vincula”
a quien toma las decisiones
con las actividades financieras, Información
contable
Económicas y sociales
y con los resultados de sus
decisiones
Toma de
decisiones
La Contabilidad Pública permite
Registrar,
información
revelar,
conservar
financiera,
e
interpretar
económica
y
la
social
facilitando la toma de decisiones y garantizando el
manejo ordenado de sus obligaciones, derechos,
bienes y recursos
Ventajas
 Tomar adecuadas decisiones
 Ser eficientes en el manejo de los recursos
Apoyo financiero de la Nación
Acceso a nuevos recursos del crédito
Evita sanciones y procesos disciplinarios
Obtener buenos resultados
Temas clave






Empalme Contable
Saneamiento Contable
Control Interno Contable
Sistema General de participaciones
Categorización
Corrupción
Empalme Contable
 Circular Externa 052 del 03 de marzo de 2003
Los alcaldes y gobernadores salientes deben
garantizar la entrega a su sucesor de la información
sobre los bienes, derechos y obligaciones de la
alcaldía o gobernación, mediante la suscripción
del acta respectiva.
Momentos
Elección
Posesión
 Acceso a la
información contable.
 Entrega física de
Estados Contables y
Formatos a 30 de
Noviembre
Entrega física
de documentos
Entrega de información y documentos
Estados
Contables e
información
básica
Libros de
Contabilidad
Movimientos
contables
Corte al último
día del mes anterior
al cambio (Nov.)
Al día del
cambio
Al día del
cambio





Balance General
Estado de Actividad Fra
Estado Cambios Patrimonio.
Formatos CGN96.001-2-3
Notas a Estados Contables.




Principales - Al último corte
Auxiliares - al día (31/12)
Documentos Soporte
Medios Magnéticos
 Operaciones de las diferentes
áreas que integran el Sistema
Financiero-Contable.
(1 a 31/12)
Entrega de información y documentos
Otros
Documentos
Archivo
Documental
Auxiliares y
Archivos
Deben permitir la
verificación de los
recursos y
obligaciones
Infome de
control interno
Informe




Ejecución presupuestal
Correspondencia con la CGN
Requerimientos de la CGN
Informe de gestión sobre el
Saneamiento contable





Efectivo, propiedades,
inversiones, fiducias,
fondos cuenta
obligaciones y pensiones
operaciones de crédito etc.
 Según lo establecido en las
Res.196/01, res.420/02 y
C.E.042/02, C.E.48/02
 a la fecha del cambio (31/12)
 Indicar si se dio cumplimiento
Al empalme
Las entidades territoriales y la Contabilidad
Otros
Informes
Acta de entrega
Necesarios
Para la gestión
Empalme










Pasivos pensionales
obligaciones laborales
Bienes inmuebles
Reclamaciones y demandas
Proyectos de sistemas en marcha
Saneamiento fiscal
Saneamiento contable
Estructura área financiera
Acuerdos de reestructuración
Programas de desempeño
 Suscrita por mandatarios
Entrante y saliente y por
Responsables de cada área.
Debe contener los solicitado
En la CE.52/03.
Sistema General de Participaciones
Fortalecimiento de la
Descentralización
Categorización de gobernaciones
y municipios
Categorización
Los Gobernadores y alcaldes determinarán
anualmente, mediante decreto expedido
antes del treinta y uno (31) de octubre, la
categoría en la que se encuentra clasificado
para el año siguiente, el respectivo
departamento, distrito o municipio.
Si no se expide la certificación sobre
categorización en el término señalado en la
Ley, dicha certificación será expedida por el
Contador General de la Nación en el mes de
noviembre.
Categorización
Se determinará teniendo en cuenta su capacidad de
gestión administrativa y fiscal y de acuerdo con su
población e ingresos corrientes de libre destinación ICLD.
Según indicadores proporcionados por el Departamento
Administrativo Nacional de Estadisticas – DANE y la
Contraloría General de la República – CGR.
Ley 358 de 1997
Cálculo del ahorro operacional
ARTÍCULO 7.
“ (…) El cálculo del ahorro operacional y los ingresos corrientes de la
presente
Ley
se
realizará
con
base
en
las
ejecuciones
Presupuéstales SOPORTADAS EN LA CONTABILIDAD PÚBLICA
del año inmediatamente anterior, con un ajuste correspondiente
a la meta de inflación establecida por el Banco de la República
para la vigencia presente
Ley 510 de 1999
Capacidad de pago
“Artículo 47: (....) Las entidades sujetas al control y vigilancia de la
Superintendencia Bancaria deberán exigir a las entidades y organismos
del sector público que presenten solicitudes de créditos, los estados
financieros, presupuestos, notas explicativas, y demás información
pertinente que permita acreditar su capacidad de pago, en los plazos y
condiciones
del
crédito
solicitado,
disposiciones legales que les rigen”.
de
conformidad
con
las
Ley 1116 de 2007 (Régimen de insolvencia)
Inventario de Acreencias
“Artículo 26: Las acreencias que, a sabiendas, no hubieren sido
relacionadas en el proyecto de reconocimiento y graduación de créditos y
que no estuvieren registradas en la contabilidad, darán derecho al acreedor
de perseguir solidariamente, en cualquier momento, a los administradores,
contadores públicos y revisores fiscales, por los daños que le ocasionen,
sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar”.
Ley 617 de 2000
Funciones contables
“Artículo 75: (…) Las funciones de control interno y
de
contaduría
podrán
ser
ejercidas
por
dependencias afines dentro de la respectiva entidad
territorial en los municipios de 3°, 4°, 5° y 6°
categorías (los cuales)
no están obligados a
nombrar en los cargos directivos o secretarios de
despacho a personas con título profesional,
excepción del Contador que debe ser titulado.”
Ley 617 de 2000
Recursos financieros y a garantías de la Nación
“Artículo 80: (…) Tampoco podrán recibir los apoyos a que se
refiere el presente artículo, ni tener acceso a los recursos del
sistema financiero, las entidades territoriales que no cumplan
con las obligaciones en materia de contabilidad pública y no
hayan remitido oportunamente la totalidad de su información
contable a la Contaduría General de la Nación(…)”
Ley 617 de 2000
Contadores Generales de los Departamentos
“Artículo 94: (…)
“Los contadores generales de los
departamentos (…) deberán cumplir aquellas relacionadas con
los procesos de consolidación, asesoría y asistencia técnica,
capacitación y divulgación, y demás que el Contador General de
la Nación considere necesarias para el desarrollo del Sistema
Nacional de Contabilidad Pública (…)”.
Participación de propósito general
10% Por eficiencia
fiscal
10% Por eficiencia
administrativa
FORMATO A
 Ingresos tributarios
 Su crecimiento promedio
 Per capita 3 últimas vigencias fiscales
FORMATO C3
 Aumento de su relación:
 Inversión con ICLD, por persona
 En dos vigencias sucesivas
No podrán acceder a éstos recursos quienes
no envíen información contable a la CGN
Ley 715 de 2001
Criterios de distribución de los recursos de la participación de propósito general
“Artículo 79:
10% por eficiencia fiscal, entendida como el crecimiento promedio de los ingresos
tributarios per cápita de las tres últimas vigencias fiscales. La información sobre la
ejecución de ingresos tributarios será la informada por la entidad territorial y
refrendada por el Contador General antes del 30 de junio de cada año.”
“(…) 10% por eficiencia administrativa, entendida como el incentivo al distrito o municipio que
conserve o aumente su relación de inversión, con ICLD, por persona, en dos vigencias sucesivas.
La información para la medición de este indicador, será la remitida por el municipio y refrendada
por el Contador General antes del 30 de junio de cada año(…)
Ley 734 de 2002
“Artículo 48: Faltas gravísimas.
Son faltas gravísimas las siguientes: (...)
26. No llevar en debida forma los libros de registro de la ejecución
presupuestal de ingresos y gastos, ni los de contabilidad financiera.
52. No dar cumplimiento injustificadamente a la exigencia de adoptar
el Sistema Nacional de Contabilidad Pública de acuerdo con las
disposiciones emitidas por la Contaduría General de la Nación y no
observar las políticas, principios y plazos que en materia de
contabilidad pública se expidan con el fin de producir información
confiable, oportuna y veraz”.
Gracias
Contaduría General de la Nación
Cuentas Claras, Estado Transparente
www.contaduria.gov.co