Importancia de la Contabilidad Pública en los Entes Territoriales Herramienta para la gestión y la rendición de cuentas Jairo Alberto Cano Pabón, Contador General de.
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Importancia de la Contabilidad Pública en los Entes Territoriales Herramienta para la gestión y la rendición de cuentas Jairo Alberto Cano Pabón, Contador General de la Nación ©2007 Contaduria General de la Nación ¿Que es la contabilidad? Se piensa en la contabilidad, como un área altamente técnica que debe ser interpretada sólo por contadores. Actualmente todo el mundo de una u otra manera tiene que ver con la contabilidad en su quehacer cotidiano . La contabilidad es simplemente el medio por el cual identificamos, medimos, registramos y describimos el resultado de la actividad económica, financiera y social del ente contable público. Una definición de Contabilidad Pública Contabilidad Pública: “rama especializada de la contabilidad que permite desarrollar los diversos procesos de medición, registro, revelación y control de la actividad financiera económica y social de la administración pública”. CONTABILIDAD PÚBLICA Fortalecer la credibilidad del Estado=> Gobernabilidad Garantizar la Respondabilidad: OBJETIVOS “Obligación que tiene el servidor electo o designado, así como todo ser humano que actúa por delegación de terceros, de rendir cuentas económicas y morales y responsabilizarse por los resultados de su gestión”. Proporcionar información de calidad: -Oportuna -Razonable -Útil Apoyar la adecuada toma de decisiones ¿Cual es su propósito? Su propósito fundamental es suministrar información valiosa para la toma de decisiones a las personas encargadas de tomarlas. El gobierno central, los departamentos, los distritos y los municipios usan la información contable como la base para controlar sus recursos y medir sus realizaciones. Su importancia radica en la habilidad del gerente público para usarla con efectividad. Contabilidad pública en las entidades territoriales “Además de la Contabilidad General de la Nación, comprende la de las entidades u organismos descentralizados, territorialmente o por servicios cualquiera que sea el orden a que pertenezcan y la de cualquier otra entidad que maneje o administre recursos públicos y sólo en lo relacionado con éstos” (Ley 298 de 1996) La rendición de cuentas y el concepto de “Respondabilidad” La “Respondabilidad” es un concepto que incorpora la responsabilidad de los gerentes públicos hacia los distintos grupos de interés y ante los ciudadanos haciendo énfasis en la transparencia y la lucha contra la corrupción como un mecanismo para mejorar la gobernabilidad. Actualmente “los ciudadanos son conscientes, como nunca antes, de la importancia de la transparencia y rendición de cuentas gubernamental y sus derechos de exigir a sus funcionarios público” (1). ___ *(1) Proyecto ResponDabilidad/Anti-Corrupción y Accountability/Anti-Corruption para las Américas, financiado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). www.respondanet.com El Proceso Contable Soportes internos y externos Actividades Financieras Económicas Y sociales La contabilidad “vincula” a quien toma las decisiones con las actividades financieras, Información contable Económicas y sociales y con los resultados de sus decisiones Toma de decisiones La Contabilidad Pública permite Registrar, información revelar, conservar financiera, e interpretar económica y la social facilitando la toma de decisiones y garantizando el manejo ordenado de sus obligaciones, derechos, bienes y recursos Ventajas Tomar adecuadas decisiones Ser eficientes en el manejo de los recursos Apoyo financiero de la Nación Acceso a nuevos recursos del crédito Evita sanciones y procesos disciplinarios Obtener buenos resultados Temas clave Empalme Contable Saneamiento Contable Control Interno Contable Sistema General de participaciones Categorización Corrupción Empalme Contable Circular Externa 052 del 03 de marzo de 2003 Los alcaldes y gobernadores salientes deben garantizar la entrega a su sucesor de la información sobre los bienes, derechos y obligaciones de la alcaldía o gobernación, mediante la suscripción del acta respectiva. Momentos Elección Posesión Acceso a la información contable. Entrega física de Estados Contables y Formatos a 30 de Noviembre Entrega física de documentos Entrega de información y documentos Estados Contables e información básica Libros de Contabilidad Movimientos contables Corte al último día del mes anterior al cambio (Nov.) Al día del cambio Al día del cambio Balance General Estado de Actividad Fra Estado Cambios Patrimonio. Formatos CGN96.001-2-3 Notas a Estados Contables. Principales - Al último corte Auxiliares - al día (31/12) Documentos Soporte Medios Magnéticos Operaciones de las diferentes áreas que integran el Sistema Financiero-Contable. (1 a 31/12) Entrega de información y documentos Otros Documentos Archivo Documental Auxiliares y Archivos Deben permitir la verificación de los recursos y obligaciones Infome de control interno Informe Ejecución presupuestal Correspondencia con la CGN Requerimientos de la CGN Informe de gestión sobre el Saneamiento contable Efectivo, propiedades, inversiones, fiducias, fondos cuenta obligaciones y pensiones operaciones de crédito etc. Según lo establecido en las Res.196/01, res.420/02 y C.E.042/02, C.E.48/02 a la fecha del cambio (31/12) Indicar si se dio cumplimiento Al empalme Las entidades territoriales y la Contabilidad Otros Informes Acta de entrega Necesarios Para la gestión Empalme Pasivos pensionales obligaciones laborales Bienes inmuebles Reclamaciones y demandas Proyectos de sistemas en marcha Saneamiento fiscal Saneamiento contable Estructura área financiera Acuerdos de reestructuración Programas de desempeño Suscrita por mandatarios Entrante y saliente y por Responsables de cada área. Debe contener los solicitado En la CE.52/03. Sistema General de Participaciones Fortalecimiento de la Descentralización Categorización de gobernaciones y municipios Categorización Los Gobernadores y alcaldes determinarán anualmente, mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre, la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente, el respectivo departamento, distrito o municipio. Si no se expide la certificación sobre categorización en el término señalado en la Ley, dicha certificación será expedida por el Contador General de la Nación en el mes de noviembre. Categorización Se determinará teniendo en cuenta su capacidad de gestión administrativa y fiscal y de acuerdo con su población e ingresos corrientes de libre destinación ICLD. Según indicadores proporcionados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadisticas – DANE y la Contraloría General de la República – CGR. Ley 358 de 1997 Cálculo del ahorro operacional ARTÍCULO 7. “ (…) El cálculo del ahorro operacional y los ingresos corrientes de la presente Ley se realizará con base en las ejecuciones Presupuéstales SOPORTADAS EN LA CONTABILIDAD PÚBLICA del año inmediatamente anterior, con un ajuste correspondiente a la meta de inflación establecida por el Banco de la República para la vigencia presente Ley 510 de 1999 Capacidad de pago “Artículo 47: (....) Las entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria deberán exigir a las entidades y organismos del sector público que presenten solicitudes de créditos, los estados financieros, presupuestos, notas explicativas, y demás información pertinente que permita acreditar su capacidad de pago, en los plazos y condiciones del crédito solicitado, disposiciones legales que les rigen”. de conformidad con las Ley 1116 de 2007 (Régimen de insolvencia) Inventario de Acreencias “Artículo 26: Las acreencias que, a sabiendas, no hubieren sido relacionadas en el proyecto de reconocimiento y graduación de créditos y que no estuvieren registradas en la contabilidad, darán derecho al acreedor de perseguir solidariamente, en cualquier momento, a los administradores, contadores públicos y revisores fiscales, por los daños que le ocasionen, sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar”. Ley 617 de 2000 Funciones contables “Artículo 75: (…) Las funciones de control interno y de contaduría podrán ser ejercidas por dependencias afines dentro de la respectiva entidad territorial en los municipios de 3°, 4°, 5° y 6° categorías (los cuales) no están obligados a nombrar en los cargos directivos o secretarios de despacho a personas con título profesional, excepción del Contador que debe ser titulado.” Ley 617 de 2000 Recursos financieros y a garantías de la Nación “Artículo 80: (…) Tampoco podrán recibir los apoyos a que se refiere el presente artículo, ni tener acceso a los recursos del sistema financiero, las entidades territoriales que no cumplan con las obligaciones en materia de contabilidad pública y no hayan remitido oportunamente la totalidad de su información contable a la Contaduría General de la Nación(…)” Ley 617 de 2000 Contadores Generales de los Departamentos “Artículo 94: (…) “Los contadores generales de los departamentos (…) deberán cumplir aquellas relacionadas con los procesos de consolidación, asesoría y asistencia técnica, capacitación y divulgación, y demás que el Contador General de la Nación considere necesarias para el desarrollo del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (…)”. Participación de propósito general 10% Por eficiencia fiscal 10% Por eficiencia administrativa FORMATO A Ingresos tributarios Su crecimiento promedio Per capita 3 últimas vigencias fiscales FORMATO C3 Aumento de su relación: Inversión con ICLD, por persona En dos vigencias sucesivas No podrán acceder a éstos recursos quienes no envíen información contable a la CGN Ley 715 de 2001 Criterios de distribución de los recursos de la participación de propósito general “Artículo 79: 10% por eficiencia fiscal, entendida como el crecimiento promedio de los ingresos tributarios per cápita de las tres últimas vigencias fiscales. La información sobre la ejecución de ingresos tributarios será la informada por la entidad territorial y refrendada por el Contador General antes del 30 de junio de cada año.” “(…) 10% por eficiencia administrativa, entendida como el incentivo al distrito o municipio que conserve o aumente su relación de inversión, con ICLD, por persona, en dos vigencias sucesivas. La información para la medición de este indicador, será la remitida por el municipio y refrendada por el Contador General antes del 30 de junio de cada año(…) Ley 734 de 2002 “Artículo 48: Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes: (...) 26. No llevar en debida forma los libros de registro de la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, ni los de contabilidad financiera. 52. No dar cumplimiento injustificadamente a la exigencia de adoptar el Sistema Nacional de Contabilidad Pública de acuerdo con las disposiciones emitidas por la Contaduría General de la Nación y no observar las políticas, principios y plazos que en materia de contabilidad pública se expidan con el fin de producir información confiable, oportuna y veraz”. Gracias Contaduría General de la Nación Cuentas Claras, Estado Transparente www.contaduria.gov.co