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Parte 3: Aspectos tributarios.
Convenios para evitar la doble imposición.
A. Rafael Faillace
Socio
08.IV.2005
Carlos Anavia
Gerente
www.jebsen.com.ar
“¿Cómo vender mis productos en la Unión
Europea y en Suiza?
Posibilidades de comercialización directa
en mercados líderes”
Temario
• Aspectos Tributarios:
• Convenios de Doble Imposición (CDI):
-
Su importancia.
CDI vigentes con países europeos.
Potestad tributaria.
Establecimiento Permanente.
Tratamiento aplicable a Dividendos, Intereses y Regalías.
Impuestos sobre los Bienes Personales.
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- Impuesto a las Ganancias, IVA y Tributos Aduaneros.
- Precios de Transferencia.
- Jurisdicciones “onshore” en Europa.
Aspectos Tributarios
• Impuesto a las Ganancias
Establecimiento Permanente.
Retenciones en el país europeo sobre pagos al exterior.
Precios de Transferencia.
Normas de capitalización exigua.
• Impuesto al Valor Agregado
- Exportaciones (Argentina).
- Importaciones (País europeo).
• Tributos Aduaneros
- Derechos de exportación (Argentina).
- Derechos de importación (País europeo).
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-
Precios de Transferencia
• Operaciones con paraísos fiscales (En Europa: Mónaco,
Malta, Isla de Man, Islas del Canal, etc.)
• Vinculación de control y vinculación funcional.
• Principio de “arms’s length”.
• Métodos tradicionales y no tradicionales.
• Ajuste correlativo.
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• Operaciones internacionales entre empresas vinculadas
(transferencia de bienes tangibles, transferencia o uso de
bienes intangibles, prestación de servicios, intereses, etc.).
Jurisdicciones “onshore” en Europa
Países Bajos, España, Suiza, Dinamarca, Austria, Bélgica.
• Características:
- Regímenes impositivos especiales (“Sociedades holdings”, etc.).
- Posibilidad de obtener “Rulings”.
- Diferente concepto de residencia fiscal, respecto de Argentina
(Lugar de incorporación vs. Lugar de dirección y control).
- Red de Convenios de Doble Imposición.
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• Algunos ejemplos:
Convenios de Doble Imposición
Su importancia
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• Fijan en forma precisa la soberanía tributaria de cada país:
- Estado de la fuente (País europeo).
- Estado de residencia (Argentina).
• Evitan efectos negativos ante cambios en las legislaciones
tributarias.
• Evitan la discriminación.
• Eliminan o reducen las retenciones impositivas.
• Establecen sistemas de información recíproca.
• Posibilitan ajustes correlativos de Precios de Transferencia.
CDI vigentes con países europeos
Ley
Vigencia
Alemania
22.025
23.11.79
Austria
22.589
18.01.83
Bélgica
24.850
21.07.99
Países Bajos
24.933
11.02.98
Protocolo
01.01.01
22.357
01.03.81
Suiza
Francia
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País
CDI vigentes con países europeos
Ley
Vigencia
Italia
22.747
15.12.83
España
24.258
28.07.94
Finlandia
24.654
05.12.96
Reino Unido
24.727
01.08.97
Noruega
25.461
30.12.01
Dinamarca
24.838
03.09.97
Suecia
24.795
10.05.97
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País
Potestad tributaria
Variantes según los CDI
- En el Estado de la fuente (País europeo); o
- En el Estado de residencia (Argentina).
• Poder compartido de tributación:
- En el Estado de la fuente (País europeo), en forma
limitada o sin limitación; y
- En el Estado de la fuente (Argentina), con cómputo
de “tax credit”.
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• Poder exclusivo de tributación:
Establecimiento Permanente
Un lugar fijo de negocios en el cual una empresa realiza
toda o parte de su actividad.
Excepción:
Un lugar fijo para almacenar, exponer, entregar o adquirir
mercaderías, recoger información o desarrollar otras
actividades de carácter preparatorio o auxiliar para la
empresa.
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Definición:
Establecimiento Permanente
Su importancia
Grava las ganancias empresariales, aunque no exista EP.
• País con CDI con Argentina:
No grava las ganancias empresariales, salvo que haya EP
(en cuyo caso, puede gravarlas, pero sólo en la medida en
que tales ganancias sean atribuibles al EP).
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• País sin CDI con Argentina:
Establecimiento Permanente - Ejemplos
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• Sede de dirección; Sucursal; Oficina; Fábrica; Taller;
• Mina, cantera u otro lugar de extracción de recursos natulares;
• Lugar de exploración de recursos naturales, si las actividades de
exploración continúan por más de 6 ms. (Bélgica y P. Bajos);
• Obra de construcc. o montaje, si excede 6 ms. (Alemania y Austria);
• Obra, construcc., proyecto de montaje o de instalación o activ. de
supervisión, si exceden 6 ms. (Bélgica, P. Bajos y Suiza);
• Prestac. de servicios, si exceden (por un mismo proyecto o proyecto
conexo) 6 ms. en cualq. período de 12 ms. (Bélgica, P. Bajos y Suiza);
• Activ. pesquera, si excede 3 ms. en cualq. período de 12 ms. (Bélgica).
• Activ. pesquera, si excede 90 días en cualq. período de 12 ms. (Suiza);
• Activ. off-shore, si excede 30 días en cualq. período de 12 ms. (P. Bajos).
Establecimiento Permanente - Agentes
Se considera un EP (aunque la empresa no posea un lugar fijo),
si tiene y habitualmente ejerce poderes para concluir contratos a
nombre de la empresa, salvo que se limiten a activ. de carácter
preparatorio o auxiliar (Alemania: se limiten a compra de bienes
o mercaderías).
Agente independiente:
No constituye EP, siempre que actúe dentro del marco habitual
de sus negocios (corredor, comisionista general u intermediario).
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Agente dependiente:
Dividendos - Tasas Máximas de Retención
25%
o más
Menos del
25%
Alemania Austria
15%
Bélgica P. Bajos
Suiza
10%
10%
10%
15%
15%
15%
15%
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Acciones
Intereses - Tasas Máximas de Retención
(1)
Otros
10%
15%
12,5%
12%
12%
12%
(1) Créditos originados en la venta de equipos ind., com. o científicos;
préstamos otorgados por bancos; o financiam.. de obras públicas.
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Intereses Alemania Austria Bélgica P. Bajos Suiza
Intereses - Exenciones
Alemania:
• Pagados al gobierno argentino o al Banco Central de la Rep. Arg.
• Crédito otorgado por banco perteneciente al gobierno argentino.
Bélgica:
• Originados por venta a crédito de maquinarias o equipos (salvo
entre empresas vinculadas).
• Crédito otorgado, asegurado o garantizado por entidad financiera
o pública, para promover la exportación de maquinarias o equipos.
• Préstamo bancario en términos preferenc. y por no menos de 3 años.
• Pagados al estado argentino o entidad controlada por éste.
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Austria:
Intereses - Exenciones (Cont.)
Países Bajos:
Suiza:
• Préstamo efectuado, garantizado o asegurado por el Banco Central de
la Rep. Arg., Banco de la Nac. Arg. o Banco de la Pcia. de Bs. As.
• Originados por venta a crédito de cualq. maquinaria o equipo ind.
• Crédito de fomento otorgado por banco con tasas preferenc. y por no
menos de 5 años.
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• Pagados al estado argentino o entidad controlada por éste.
• Préstamo en térm. preferenc. y por no menos de 3 años, garantizado
o asegurado por el estado argentino o entidad controlada por éste.
• Importación de maquinaria o equipos ind., comerc. o científicos.
Regalías - Tasas Máximas de Retención
Alem.
Derechos de autor
15%
Patentes, marcas, (1) 15%
Películas y cintas
15%
Equipos
Sin tope
Asistencia técnica
Noticias
Software
Otros bienes intang.
Austria Bélgica P. Bajos
15%
15%
15%
15%
5%
10%
15%
10%
10% (2)
3%
10%
5%
10%
15%
10%
10% (2)
3%
10%
Suiza
5%
10%
15%
10%
10% (2)
3%
15%
15%
(1) Diseños o modelos, planos, fórmulas o procesos secretos o información relativa
a experiencias ind., com. o científicas.
(2) Aplicable sobre el importe de la asistencia técnica neta de los gastos directos.
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Regalías
Impuesto sobre los Bienes Personales
Acciones y participaciones sociales
Integran el patrimonio neto de la sociedad argentina gravado al 0,5%.
Exención en virtud de CDI (Austria):
- Acciones emitidas por una sociedad residente en Austria.
- Otras participaciones sociales en una sociedad constituida bajo la
legislación de Austria.
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Según la ley del impuesto:
A. Rafael Faillace
Carlos Anavia
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Muchas gracias
por vuestra atención.