Feminicidio crimen de lesa humanidad

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Transcript Feminicidio crimen de lesa humanidad

Sara Yaneth Fernández M
[email protected]
Grupo de Investigación Género, Subjetividad y
Sociedad. INER UdeA
Coordinadora Red Género y Salud ALAMES
Medellín, 7 de Octubre de 2011
El Feminicidio como expresión gramatical es un
neologismo, derivado de la traducción de los
vocablos ingleses "femicide" o "gendercide".
Significa en su voz homologa muerte a
mujeres como crimen por el hecho de ser
mujer. Muerte física, mental, sexual,
patrimonial, histórica, lingüística, política,
social, cultural, intelectual, laboral, entre
otras, para controlar su participación en las
esferas pública y privada.
Control que discrimina, violenta y atenta a
toda
la
humanidad
por
su
forma
generalizada, sistemática y caracterizada
que lo constituye como un grave delito
tipificado en el derecho penal internacional.
Marcela Lagarde eligió la voz feminicidio como
genocidio contra las mujeres por ser
precisamente un crimen que por su atroz
naturaleza ofende, desconoce y niega la
humanidad femenina.
El feminicidio como concepto de significación
política, resulta ser un crimen de Estado, por
develarse precisamente como un crimen de
lesa humanidad que hace evidente no solo la
falta de políticas públicas, programas,
normatividades
y
presupuestos
con
perspectiva de género sino también la falta
de respuesta efectiva en la prevención y
atención integral a las mujeres en su calidad
de sujetas de derechos.
En el caso específico de Colombia, sabemos por el
Primer
Informe
de
mujeres,
“Forensis”
del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias
Forenses a Abril 8/ 2010, que:
Entre los años 2.004 y 2.008, 6.603 mujeres fueron
víctimas de homicidio.
4.000 asesinadas con arma de fuego;
811 casos fueron debido a venganzas, riñas o delitos
sexuales;
694 por acción de los actores armados del país, entre
guerrilleros, paramilitares, terroristas o militares;
y
238 por atraco callejero, robo a residencias o a
vehículos.
Entre 2004 y 2009, cada hora cerca de 9 mujeres sufrieron
agresiones sexuales, en su mayoría niñas y adolescentes
menores de 18 años, (84% de los casos). “534 mujeres
fueron víctimas de violencia sexual en casos asociados a
violencia sociopolítica y a prácticas criminales como el
secuestro y las acciones bélicas”.
2.623 mujeres mayores de 60 años fueron maltratadas,
principalmente por sus hijos,
80 mil casos de maltrato son a niñas menores de edad.
1.671 de los casos de homicidio de mujeres se han
presentado en sus hogares,
El 2008 fue el año que registró un alto porcentaje de
violencias a las mujeres, con un total de 73.395 casos
reportados, de los cuales 15.894 fueron por delitos
sexuales.
En 2004, 52.000 mujeres sufrieron violencia, 91% a manos
de sus maridos, compañeros, o novios.
Cerca de 2.500 de esas mujeres sufrieron violencia sexual.
Los ataques sexuales contra mujeres también ocurren
en hospitales, cuarteles de policía, colegios y
sanatorios.
La guerra interna de Colombia es una fuente de violencia
de género.
En 2007, 90 mujeres de zonas en conflicto fueron
condenadas a muerte sin intervención de la justicia. Las
mujeres son cabezas del hogar en 67,8% de las familias
desplazadas. Hay tráfico de mujeres y niñas en las
zonas de conflicto, donde se ven obligadas a unirse a
las partes de dicho conflicto.
En 2007, había entre siete mil y ocho mil niños y niñas
incorporados a las fuerzas armadas en conflicto.
las entidades estatales, responsables de generar,
actualizar y analizar la información, no han
cumplido con una de sus responsabilidades:
generar información confiable, actualizada y
verificable; “la precariedad de la información
producida por las autoridades gubernamentales
territoriales y la insuficiencia de la misma,
refleja un desconocimiento del marco jurídico
internacional y nacional vigente para Colombia,
frente a la garantía de los derechos de las
mujeres, especialmente en lo referente al
derecho a la igualdad, a los derechos sexuales y
reproductivos
La costumbre de que los delitos contra las
mujeres se mantengan impunes es habitual,
la condición de género no se cuenta como
agravante a manera de causal al momento de
imponer las penas, pese a estar consagrado
en el Artículo 58-3 del Código Penal, por el
contrario, para disminuir penas se tienen en
cuenta elementos como lo pasional, el honor,
la emoción, la ira e intenso dolor, entre
otros.
La estructura de “relaciones de género” es por
sí misma, violentogénica y potencialmente
genocida por el hecho de que la posición
masculina sólo puede ser alcanzada y
reproducirse como tal, ejerciendo una o más
dimensiones de formas de dominio
entrelazadas:
sexual,
intelectual,
económica, política y bélica.
Hay mucho que hacer para que las formas de
dominación entre hombres y mujeres deje de
ser naturalizado e invisibilizado.
No hay razón alguna para que un feminicidio
quede impune.
El Estado tiene responsabilidad directa en la
impartición de Justicia en el caso de los
feminicidios.
La disponibilidad y desagregación de la
información por parte de las organizaciones
de Justicia del Estado son un paso
fundamental para lograr el reconocimiento y
su visibilización de los feminicidios.
http://correvedile.com/feminicidio
http://www.mulheresrebeldes.org/publica%C
3%A7%C3%B5es/livros/c%C3%B3mplices/tesi
s%20sobre%20feminicidio.pdf
http://www.mujeresdejuarez.org/
http://colombia.indymedia.org/news/2008/0
7/89374.php
http://www.cawn.org/assets/Feminicidio%20
de%20Lima%20a%20Madrid.pdf