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Transcript PARTICIPACION DE ELEMENTOS DE

PARTICIPACION DE ELEMENTOS DE
SEGURIDAD PÚBLICA EN
PROCESAMIENTO DE UN SITIO
RELACIONADO A UN POSIBLE
EVENTO DELICTIVO O SITIO DE
HALLAZGO.
TRIADA
 COMPONENTES
VICTIMARIO
LUGAR
DE
HECHOS
VÍCTIMA
Escena del Crimen.
 Cualquier locación física en la que se
lleve a cabo un acto ilegal
Abiertas
Cerradas
EVIDENCIA
 Se puede definir como algo
legalmente sometido a juicio como
medio para comprobar la verdad.
 Evidencia Oral (TESTIMONIOS)
 Evidencia Física (TODO LO QUE OCUPA
UN LUGAR EN EL ESPACIO).
Evidencia Oral
 VICTIMA
 SOSPECHOSOS
 TESTIGOS
 PERSONAS FÌSICAS QUE PUDIERAN
TENER RELACIÒN CON EL HECHO QUE
SE INVESTIGA
Por que es importante
la Evidencia Física
 La evidencia física puede probar que se ha
cometido un crimen o establecer elementos
claves del crimen.
 La evidencia física puede conectar a un
sospechoso con la víctima o con la escena
del crimen.
 La evidencia física puede establecer la
identidad de las personas asociadas
con un crimen dado.
Por que es importante
la Evidencia Física
 La evidencia física puede exonerar a
un inocente.
 La evidencia física puede corroborar
el testimonio de la víctima.
 Un sospechoso confrontado con
evidencia física puede llegar hasta la
confesión del hecho por parte de este
Por que es importante
la Evidencia Física
 La evidencia física puede ser mas confiable que
los testigos de un crimen.
 Las decisiones de la corte
realizadas sobre la evidencia
física son mas importantes.
 El jurado de casos criminales espera ver
evidencia física durante el juicio
EVIDENCIA
QUIEN TIENE EL PRIMER CONTACTO?
ESCENA DEL CRIMEN
EVIDENCIA
EVIDENCIA ORAL
EVIDENCIA
EN GENERAL
EVIDENCIA
TRAZA O
PERECEDERA
POLICÍA MUNICIPAL
POLICÍA MINISTERIAL INVESTIGADORA
AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO
POLICÍA MUNICIPAL
(OBSERVACIÓN
Y
PRESERVACIÓN)
PERITO
(EMBALAJE
CON
CADENA DE CUSTODIA
1. POLICÍA MUNICIPAL
(OBSERVACIÓN, PRESERVACIÓN
EMBALAJE-PROTECCIÓN)
PERITO
(RECEPCIÓN
CON
CADENA DE CUSTODIA)
Evidencia Traza o Perecedera
 Evidencia que se puede perder
fácilmente.
Evidencia Traza o Perecedera
 Evidencia que se puede perder
fácilmente.
PRIORIDADES DE
PROTECCIÓN
1. Establecer ruta de acceso.
2. Establecer un Perímetro Interno.
3. Asegurar a Testigos, Sospechosos y
Víctimas.
4. Establecer Perímetro Externo.
5. Embalaje de evidencia traza o perecedera
ACORDONAMIENTO
Establecer ruta
de acceso
1. La ruta de acceso la establece quien brinda la
respuesta inicial.
Perímetro Interno
 Se establece mediante barreras físicas (cuerdas, conos,
cinta de protección, etc.).
 Es el mas importante de la escena, considerando que
presenta el 50% de la evidencia en su centro, y el otro
50% a sus alrededores.
 Se debe crear una sola vía de acceso y salida de este
perímetro una vez establecido (puede utilizar algún
material de referencia para crearlo).
 Documente la entrada y salida de cualquier persona del
mismo.
Asegurar a Testigos,
Sospechosos y Victimas.
 Toda persona dentro del perímetro
interno (sospechoso(s), Víctima(s) o
Testigo(s) presentes al momento de
prestar el primer llamado deben ser
retirados del mismo inmediatamente.
 Pueden permanecer en el perímetro
externo-).
Perímetro Externo
 Al igual que el perímetro interno se establece mediante
barreras físicas (cuerdas, conos, cinta de protección,
etc.).
 En esta zona no se encuentra ninguna evidencia.
 Zona en la que autoridades y personas no autorizadas
pueden permanecer.
 Documente la entrada y salida de cualquier persona del
mismo.
Buen Perímetro?
Buen Perímetro?
Buen Perímetro?
Quien puede contaminar
la escena
Oficiales de Policía*.
Personal médico y de emergencia.
Bomberos.
Otros oficiales responsables de la seguridad y
preservación de la vida.
 Reporteros
 Curiosos




Todos potencialmente pueden contaminar la escena
del crimen si no se actúa con cautela.
Cuerpos de Seguridad Pública
• Artículo 113 del Código de Procedimientos
Penales del Estado refiere: “Función de los
cuerpos de seguridad pública”.
• Los integrantes de los cuerpos de seguridad
pública, distintos a la policía ministerial,
recabarán la información necesaria de los
hechos delictuosos de que tengan noticia,
dando inmediato aviso al Ministerio Público;
impedirán que los hechos se lleven a
consecuencias
ulteriores;
detendrán
en
flagrancia a quien realice un hecho que pueda
constituir
un
delito;
identificarán
y
aprehenderán, por mandamiento judicial o
ministerial, a los imputados…
Cuerpos de Seguridad Pública (Cont.)
…Artículo 113. Función de los cuerpos de seguridad
pública.
…Cuando los cuerpos de seguridad pública
mencionados sean los primeros en conocer de un
hecho delictuoso, deberán ejercer las facultades
previstas en el Artículo 114, fracciones I, III, IV,
V, VII y VIII de este Código, hasta que el
Ministerio Público o la policía ministerial
intervengan.
• Interviniendo éstos, les informarán de lo actuado
y les entregarán los instrumentos, objetos y
evidencias materiales que hayan asegurado, de
todo lo actuado deberán elaborar un parte
informativo.
• Asimismo,
actuarán
como
auxiliares
del
Ministerio Público o de la autoridad judicial, y por
instrucciones expresas reunirán los antecedentes
que aquél les solicite…
La Policía Ministerial
Artículo 114. Facultades y obligaciones de la policía
ministerial.
La policía ministerial tendrá las siguientes facultades
y
obligaciones:
• I. Recibir noticias de los hechos presuntamente
constitutivos del delito y recopilar información
sobre los mismos. En estos casos, la policía deberá
informar al Ministerio Público inmediatamente;
• III. Prestar el auxilio que requieran las víctimas u
ofendidos y proteger a los testigos; en los casos de
violencia familiar y delitos contra la libertad y
seguridad sexuales deberán aplicar los protocolos
o
disposiciones
especiales
que
emita
la
Procuraduría General de Justicia del Estado, para el
adecuado resguardo de los derechos de las
víctimas;
La Policía Ministerial
(Cont)
• IV. Cuidar que los rastros e instrumentos del
delito sean conservados. Para este efecto,
impedirá el acceso a toda persona ajena a las
diligencias de recopilación de información y
procederá a su clausura, si se trata de local
cerrado, o a su aislamiento, si se trata de lugar
abierto. Evitará que se alteren o borren de
cualquier forma los rastros o vestigios del
hecho o se remuevan los instrumentos usados
para llevarlo a cabo, mientras no interviniere
personal experto;
• V. Entrevistar a los testigos presumiblemente
útiles para descubrir la verdad. Las entrevistas
se harán constar en un registro de las
diligencias policiales efectuadas, el cual no
tendrá por sí mismo valor probatorio alguno;
La Policía Ministerial
(Cont)
• VII. Recabar los datos que sirvan
para
la
identificación
del
imputado;
• VIII. Reunir toda la información
de urgencia que pueda ser útil al
agente del Ministerio Público; y