CUENCAS HIDROGRAFICAS

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CUENCAS

CUENCAS HIDROGRAFICAS

   En el esquema de ciclo del agua, vemos que parte del agua escurre en superficie, encauzándose conforma de pequeños arroyos que, al desembocar unos en otros y en arroyos mayores, forman una red fluvial o red de drenaje que desemboca en un curso principal o colector.

El agua que se infiltra también sigue las pendientes generales de escurrimiento del agua superficial, aunque es menos lineal y fluye en forma de manto.

El conjunto de áreas drenadas por los cursos superficiales y subterráneos se denomina cuenca hidrográfica

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      En una cuenca hidrográfica se distinguen: los cuerpos de agua que constituyen la red hidrográfica.

la superficie ubicada entre los cauces, denominada interfluvios.

las subcuencas o divisiones internas de la cuenca considerando los colectores menores.

las cabeceras donde se inician los pequeños afluentes.

la divisoria de aguas o línea superior que separa una cuenca de las cuencas vecinas.

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Mar - Lago Esquema Laguna Afluente Interfluvio Sub cuenca

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Cuencas Hidrográficas

El concepto de cuenca como unidad geográfica tiene una serie de complejas implicancias: desde el punto de vista ecológico, todo lo que ocurra con el río en el tramo superior, repercutirá de alguna manera en el tramo inferior ya sea aumentando o disminuyendo el caudal, agregando sedimentos o contaminantes, afectando las poblaciones de peces y anfibios aguas abajo. Desde el punto de vista jurídico, los límites de una cuenca no suelen coincidir con los límites políticos de países, estados o provincias, los que no necesariamente se manejan con criterios que respeten la unidad e interdependencia ecológica de la cuenca y los intereses que van a explotar el recurso.

Ejercicio 1:Ensaye delimitar sobre un mapa la Cuenca del Río Colorado  Ejercicio 2: Indique la denominación de cada una de las cuencas

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  Luego de leer "Puja por el Manejo del Agua", artículo aparecido en el Diario Clarín del 20-Il-93, liste todas las circunstancias que generan el problema, ordénelas según una secuencia lógica (comenzando por "escasez de energía en verano" y terminando por "pérdida de producción frutícola") e indique cuáles son los intereses en conflicto .

"EI Comité ejecutivo de Ia Autoridad Inter jurisdiccional de la Cuenca de los ríos Negro, Neuquén y Limay, denunció que las empresas que adquirieron las centrales hidroeléctricas de Hidronor no cumplen con Ia erogación de caudales que se les asigna. Las provincias reclamaron la urgente intervención del Ministerio del Interior -que también integra el organismo- para que las autoridades nacionales del área de Energía hagan cumplirlo pactado .

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Cuando se fijó el marco privatizador de las centrales que Hidronor tenía sobre los ríos Limay y Neuquén ( que al juntarse forman el Negro), se determinó que la producción de electricidad quedaba supeditada aI manejo del agua que indicaba el Comité de Cuenca. Este ente lo integran representantes del Ministerio del Interior y las provincias de Neuquén, Río Negro y Buenos Aires. Sin embargo, ahora el comité ejecutivo del organismo afirma que no se acatan las indicaciones, a pesar que habían sido incluso pactadas la semana anterior por las partes en la Secretaría de Energía de la Nación.

El problema se produce ahora por la capacidad del embalse que el Comité pretende que tenga los dique de Alicurá El Chocón y Cerros Colorados (planicie Banderita) para los mese de enero, febrero, marzo y abril. Hidronor siempre tuvo cotas bajas de agua para detener cualquier creciente en lo ríos y evitar que hubiera grandes caudales en la zona de producción frutícola. Es que en ese momento los manzanos perales y otros árboles del tipo están en producción y si el torrente del río levanta la napa.freática se producen grandes pérdidas en calidad y cantidad de cosecha.

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   La cuestión es que las empresas están erogando mucho menos caudal de agua del ordenado por el Comité de Cuenca. Si bien las autoridades han evitado declaraciones duras, en niveles técnicos se indica que los concesionarios prefieren tener el agua en los diques en un momentos de valores de venta deprimido, para producir más energía en los meses de verano.

Pero esto significa un peligro para Ia producción frutícola, que podría tener grandes pérdidas si los embalses no pueden parar las crecidas de esa época y las compañías tienen que levantar en ese momento los caudales.

Este es el primer enfrentamiento concreto por el manejo del agua que se produce luego de la privatización”

      Organismos Interjurisdiccionales de Cuencas Hídricas La manera que se ha encontrado de poder superar las dificultades interpretativas sobre los ríos interprovinciales fue la constitución de organismos interjurisdiccionales de cuenca, llamados comités o autoridad de cuenca. Frías llamaba a este proceso Federalismo de Concertación. Sin embargo este mecanismo no se desarrolló de la manera que tendría que haberlo hecho. Nos encontramos entonces con distintos grados de organización institucional de organismos de cuencas hídricas interjurisdiccionales. La primer clasificación la podemos hacer de los organismos interjurisdiccionales de cuenca es en dos categorías: las que tienen personería jurídica y las que no. Tienen personería jurídica de derecho privado y público la Comisión Regional del Río Bermejo (COREBE), el COIRCO Comité Interjurisdiccional del Río COLORADO y la Autoridad de Interjurisdiccional de la Cuenca de los Ríos Limay Negro y Neuquen. Estos organismos de cuenca son los únicos que pueden ser llamados comités de cuenca o autoridad de cuenca, pues son organismos distintos de las jurisdicciones que la forman, con personalidad jurídica propia y con competencia delegada en algunas materias o usos del agua.

Existen , asimismo, otros ríos que tienen acuerdos institucionales diversos, instrumentados entre las provincias de la cuenca, que versan sobre temas puntuales, pero que no han creado una organización institucional distinta de las jurisdicciones que la componen. Igualmente se las designa con el nombre de Comité o Comisión, pero no cuentan con personería propia.

Comité Interjurisdiccional del Río Colorado. COIRCO      En Santa Rosa, La Pampa, en agosto de 1956, las provincias ribereñas Buenos Aires, La Pampa, Mendoza, Neuquén. y Río Negro, declararon: “Que es de su derecho exclusivo reglar el uso de las aguas del Río Colorado, mediante pactos interprovinciales entre todas ellas”. También acordaron la designación de: “Una Comisión Técnica Interprovincial Permanente encargada de estudiar todo lo relativo a la regulación, aprovechamiento y distribución de las aguas del Río Colorado”. En 1976 se firma un Acuerdo entre las provincias y la Nación representada por el Ministro del Interior, por el que se aprueba el “Programa Único de Habilitación de Areas de Riego y Distribución de Caudales del Río Colorado”, elaborado por la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación con la activa participación de las cinco provincias ribereñas.

Se decide, asimismo, la creación de una entidad interjurisdiccional a efectos de asegurar la ejecución del Programa Único acordado y su adecuación al grado de conocimiento de la cuenca y su comportamiento.

En el mes de febrero de 1977 se aprueba el “Estatuto del Comité Interjurisdiccional del Río Colorado” que rige al COIRCO.

Comité Interjurisdiccional del Río Colorado. COIRCO    Dicho acto fue convalidado por las siguientes leyes: Ley N- 8.749 de la Provincia de Buenos Aires (3/3/77)Ley N- 775 de la Provincia de La Pampa (15/2/77)Ley N- 4.154 de la Provincia de Mendoza ( 3/2/77)Ley N- 982 de la Provincia de Neuquén (25/2/77) Ley N 1.210 de la Provincia de Río Negro (3/3/77) y Ley N- 21.611 de la Nación (1/8/77) Control ambiental.

En el año 1997 se crea en el marco de COIRCO una Comisión Técnica . Esta Comisión ejerce las funciones de la Autoridad de Aplicación de las atribuciones que como órgano es titular la Secretaría de Energía exclusivamente en los aspectos referentes en la preservación del recurso hídrico compartido en el ámbito de la Cuenca del RÍO COLORADO, verificando técnicamente las actividades de exploración, explotación y transporte de hidrocarburos que desarrollen en la Cuenca, pudiendo coordinar con cada provincia productora ribereña, según sea el caso y en particular los siguientes aspectos:

Comité Interjurisdiccional del Río Colorado. COIRCO     1. Verificar el cumplimiento en tiempo y forma de las instrucciones emanadas de la Secretaría de Energía, de la Provincia o de la Comisión Técnica sobre la obligatoriedad de los trabajos necesarios para evitar los probables siniestros.

2. Solicitar y obtener información a los permisionarios y concesionarios relacionada con el cumplimiento de las normativas ambiental mencionada, vinculada a la Cuenca del RÍO COLORADO.

3. Aprobar y monitorear el PLAN DE CONTINGENCIA REGIONAL para el RÍO COLORADO, proponer su modificación y emitir instrucciones de servicio para el mejor cumplimiento de dicho plan, debiendo informar a la Secretaría de Energía. Dicho plan deberá contemplar los trabajos necesarios y cronogramas de obras para la protección y preservación de las infraestructuras vinculadas a la explotación y transporte de hidrocarburos.

Reglamento del COIRCO