Aplicación del IVA (Enero 2014)

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Transcript Aplicación del IVA (Enero 2014)

Aplicación del IVA
Enero de 2014
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Contenido
Características del IVA
Traslación y Acreditamiento
Actos gravados por la U de G
De los ingresos U de G
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Características del IVA
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Características del IVA
Objeto:
Enajenación de bienes
Prestación de servicios independientes
Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes
Importación de bienes o servicios
Sujetos:
Las personas físicas o morales que en territorio nacional realicen actos o actividades
objeto del impuesto
Base:
Valores que señale la ley
Tasa:
16% y 0%
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Traslación y Acreditamiento
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Traslación y Acreditamiento
Traslación del impuesto:
Es el cobro del IVA que hace un contribuyente que enajena un bien, le presta un servicio o
le concede el uso o goce temporal de un bien
Acreditamiento:
Consiste en restar del impuesto trasladado por el contribuyente, el propio impuesto que
este hubiese pagado
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Traslación y Acreditamiento
Traslación del impuesto a organismos descentralizados
El art. 3º señala que la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los
organismos descentralizados, las instituciones y asociaciones de beneficencia privada, las
sociedades cooperativas o cualquiera otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos
no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación a que se
refiere el artículo 1º y, en su caso, pagar el impuesto al valor agregado y trasladarlo, de acuerdo
con los preceptos de esta Ley.
Causación del impuesto y acreditamiento
La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, así como sus organismos
descentralizados y las instituciones públicas de seguridad social, tendrán la obligación de pagar
el impuesto únicamente por los actos que realicen que no den lugar al pago de derechos o
aprovechamientos, y sólo podrán acreditar el impuesto al valor agregado que les haya sido
trasladado en las erogaciones o el pagado en la importación, que se identifique exclusivamente
con las actividades por las que estén obligados al pago del impuesto establecido en esta Ley o
les sea aplicable la tasa del 0%.Para el acreditamiento de referencia se deberán cumplir con los
requisitos previstos en esta Ley.
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Traslación y Acreditamiento
…Traslación del impuesto a organismos
descentralizados
Retención del IVA sujetos exentos
La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención
en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o
gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el
extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la
fracción III del mismo artículo. También se efectuará la retención en los términos del
artículo 1o.-A de esta Ley, en los casos en los que la Federación y sus organismos
descentralizados reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por
personas morales. Los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como sus
organismos descentralizados no efectuarán la retención a que se refiere este párrafo.
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Traslación y Acreditamiento
…Traslación del impuesto a organismos
descentralizados
El art. 3º señala que los organismos descentralizados (U. de G.) deberán aceptar el
traslado del impuesto y, en su caso trasladarlo y pagarlo de conformidad con lo
establecido
en
la
ley.
Ejemplo:
CUCEI presta servicios a terceros, por concepto de análisis fisicoquímicos, con un
importe de $ 10,000.00
En este caso la U. de G. debe trasladar el IVA toda vez que esta prestando un servicio
gravado por la ley.
Detalle del cálculo:
10,000 x 16% = 1,600 importe del IVA
10,000 + 1,600 = 11,600 importe total de la factura
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Traslación y Acreditamiento
…Acreditamiento del impuesto de organismos
descentralizados
Como antes se mencionó, el Art. 3º en su segundo párrafo señala que los organismos
descentralizados, solo podrán acreditar el impuesto que les haya sido trasladado en las erogaciones
o el pagado en la importación, que se identifique exclusivamente con las actividades por las que
se este obligado al pago del impuesto o les sea aplicable la tasa del 0%.
Ejemplo:
CUCEI adquiere una computadora en la cantidad de $ 5,000.00 mas IVA, la cual utiliza
exclusivamente para prestar servicios a terceros, por concepto de análisis fisicoquímicos.
En este caso el CUCEI acreditara contra el impuesto que haya trasladado a terceros, el IVA que a su
vez le trasladaron al adquirir la computadora.
Detalle del cálculo:
5,000 x 16% = 800 importe del IVA acreditable
5,000 + 800 = 5,800 importe total de la factura
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Traslación y Acreditamiento
…Traslación del impuesto a organismos
descentralizados
Detalle del calculo del impuesto a pagar:
IVA trasladado
$ 1,600.00
IVA Acreditable
$
800.00
IVA a pagar
$
800.00
Es conveniente señalar que de conformidad con el Art. 3º mencionado los organismos
descentralizados deberán aceptar el traslado del impuesto en las erogaciones que realicen que
den lugar al pago del mismo.
Ejemplo:
CUCEI adquiere una computadora para uso de la secretaria del director.
En este caso, se deberá aceptar el traslado del impuesto y no se podrá acreditar, toda vez que la
computadora adquirida no es posible identificarla para la realización de actos gravados por la
ley, independientemente que se hayan adquirido con recursos autogenerados.
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Traslación y Acreditamiento
…Traslación del impuesto a organismos
descentralizados
El art. 15 señala que no se pagará el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:
IV.- Los de enseñanza que preste la Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, y
los establecimientos de particulares que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la
Ley General de Educación, así como los servicios educativos de nivel preescolar.
Por las actividades de enseñanza, debemos entender los servicios académicos de educación continua, los cursos que demanden
los diversos sectores de la sociedad, los de enseñanza de idiomas extranjeros y computación, así como cualquier otro servicio
complementario a la actividad académica de la Universidad, tales como talleres de canto, guitarra, cocina, gimnasia, natación,
pintura, etc., toda vez que de acuerdo con el criterio sostenido por la autoridad Hacendaria, la Universidad se rige por lo dispuesto
en el Art. 3º. y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la particular del Estado de Jalisco,
toda vez que la Universidad forma parte del Sistema Educativo Nacional, de conformidad con el Art. 10º. Fracciones IV y VI de la
Ley Federal de Educación.
Entre los servicios de enseñanza exentos, que la Universidad de Guadalajara presta, se encuentran, los detallados en las láminas
18, 19 y 20.
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Traslación y Acreditamiento
Requisitos para el acreditamiento del impuesto
1.Que el IVA trasladado a la U. de G. corresponda a la adquisición de bienes o servicios,
al uso temporal de bienes o a la importación, que se identifiquen exclusivamente con
las actividades por las que este obligada al pago del impuesto establecido en esta Ley o
le sea aplicable la tasa del 0%
2.Que el IVA se traslade expresamente en el comprobante fiscal
3.Es acreditable en la fecha de cobro de la contraprestación.
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Actos gravados por la U de G
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Actos gravados por la U de G
El art. 3º segundo párrafo, señala que los organismos descentralizados, tendrán la
obligación de pagar el impuesto por los actos que realicen que no den lugar al pago de
derechos.
1.Derechos:
Son las contribuciones que cobran los organismos públicos descentralizados
por prestar servicios exclusivos del estado.
La U. de G. establece un arancel por los servicios que presta, en su
presupuesto de ingresos.
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Actos gravados por la U de G
En consecuencia la U. de G. no esta obligada al pago del impuesto por los siguientes
actos o actividades:
1.Los que no sean objeto del impuesto.
2.Los que siendo objeto del impuesto, se encuentren expresamente exceptuados del
mismo (enseñanza).
3.Los que den lugar al pago de derechos (aranceles).
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De los ingresos U de G
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De los ingresos U de G
Los ingresos autogenerados por la Universidad de Guadalajara; provienen
generalmente de:
Servicios en general.
Servicios de apoyo técnico.
Concesiones.
Arrendamiento de instalaciones.
Arrendamiento de equipo técnico.
Venta de productos.
CENCAR.
Actos o Actividades gravados de las Empresas Universitarias.
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De los ingresos U de G
…Clasificador de ingresos afectos a IVA
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De los ingresos U de G
…Clasificador de ingresos afectos a IVA
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De los ingresos U de G
…Clasificador de ingresos afectos a IVA
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De los ingresos UdeG
Ingresos referenciados
Referencias
Ligadas a:
Ures
Fondo
Concepto o arancel
Cuenta contable
% de rembolso
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De los ingresos UdeG
…Ingresos referenciados
Necesidades
Las entidades de la red deberán identificar las referencias sujetas a IVA.
Referencia actual
90000048513
Se registra al
100%
Referencia nueva
90000054302
16%
Entidad solicita
desglose de IVA
Referencia nueva
90000082331
0%
DF desglosa y aplica a
referencia 90000…2324
IVA trasladado de
c/dependencia
Referencia nueva
90000093658
Exento
DF desglosa y aplica a
referencia 90000…2324
IVA trasladado de
c/dependencia
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De los ingresos U de G
Solicitud de referencia
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De los ingresos U de G
Ingresos no referenciados (cuenta general)
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De los ingresos U de G
Informe de impuestos
propios y retenciones a
terceros
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De los ingresos U de G
…Informe de impuestos propios y retenciones a terceros
Al presentar el trámite ante la Dirección de Finanzas se deberá anexar:
1. Relación y/o copia de factura(s) de ingresos cobrados en el mes, (mes
natural y meses anteriores) .
2. Copia de ficha de depósito y/o transferencia bancaria debidamente
depositada a la referencia correspondiente.
3. Para acreditamiento del IVA; copia fotostática de los comprobantes
fiscales con el trasladado del IVA acreditable en forma expresa y por
separado .
4. Copia fotostática del estado de cuenta bancario del mes que se trate
con la finalidad de verificar la aplicación del flujo de efectivo.
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De los ingresos U de G
…Informe de impuestos y retenciones
5. Formato solicitud de recursos y/o pólizas de egresos de acuerdo al tipo de
solicitud, como a continuación se detalla:
Nota:
Para el caso de vale, se deberá adjuntar la solicitud de comprobación.
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De los ingresos UdeG
Procedimiento para registro del IVA
Comprobaciones ejercicio en curso, fondo 1102 y 1210 cuando
corresponda a proyectos y/o convenios con personas físicas o
morales, relacionado con actos gravados, para lo cuál deberá anexar
en la primera solicitud los siguientes documentos en fotocopia:
Impresión del reporte proyecto P3e.
Contrato de prestación de servicios.
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De los ingresos UdeG
Procedimiento para registro del IVA Acreditable
Requisitos para acreditarse el IVA identificado:
Los comprobantes deben reunir todos los requisitos fiscales establecidos en ley.
Corresponder a actos identificados, en los que se haya trasladado el impuesto o se
aplique tasa 0%.
Traslado expreso del IVA.
Que este efectivamente cobrada la contraprestación.
Deberá acreditarse el pago con el flujo de efectivo como lo establece la Ley del IVA.
Ingresar la comprobación a esta Dirección antes de los primeros 10 días naturales del mes
inmediato siguiente a que corresponda (Procedimientos del Presupuesto de Ingresos y
Egresos 2014 2.7).
El registro del IVA identificado exclusivamente con las actividades por las que estén
obligados al pago de este impuesto se efectuará por esta Dirección de Finanzas previo a la
verificación de la Unidad de Control Interno.
Una vez que esté acreditado el IVA identificado la entidad responsable podrá solicitar el
saldo a favor como una ampliación al proyecto que lo generó ó en un nuevo proyecto.
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Guadalajara, Jal. México, enero 2014
Guadalajara, Jal., México, a 23 de febrero de 2009
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