Módulo 4. Clase Teórica Julieta Malagrina. Power Point

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Transcript Módulo 4. Clase Teórica Julieta Malagrina. Power Point

Facultad de Psicología. UNLP.
Curso de Ingreso Psicología.
Año: 2015.
Módulo 4:
Las posibilidades del ejercicio de la
profesión en nuestra sociedad hoy.
Profesora Titular Julieta Malagrina.
4.1. Los documentos e instituciones que regulan y
garantizan las prácticas psicológicas:
•
•
•
•
Colegio de Psicólogos. Provincia de Bs As.
Ley de Ejercicio Profesional (Ley: 10306).
Código de ética (Cap: II art: 15 inc: p de Ley 10306).
Declaración Universal de los Principios Éticos de los Psicólog@s.
IUPsyS. IAAP. 2008.
Legalizan y reglamentan:
Derechos y obligaciones gremiales y
profesionales.
Función, aplicación y alcances de nuestra práctica.
Espacios interdisciplinarios, ordenan vínculos con otras profesiones.
Construcción de Derechos y Obligaciones gremiales y
profesionales.
LUCHA:
ESPACIO GREMIAL.
CONSTRUCCIÓN DEL
EJERCICIO
PROFESIONAL.
CONDICIONES PARA
LA SALUD EN EL
AMBITO DE TRABAJO
DEL PSICÓLOGO.
•
•
•
Creación de las carreras de Psicología 50´.
Ley 12912 decreto 17132 prohibía a los no médicos realizar tratamientos
psicológicos y ocupar lugares jerárquicos en las instituciones de salud
mental.
25 años de ejercicio profesional sin regulación.
Construcción de Derechos y Obligaciones gremiales y
profesionales.
•
Ley 23277 Los psicólogos son habilitados a ejercer las psicoterapias. (aún
poca regulación del ejercicio profesional).
•
Ley Provincial 10306 Ejercicio Profesional y creación del Colegio
de Psicólogos Provincia BA. Organización por Distritos.1985.
•
Ley 448 de Salud Mental 2000
Ciudad Autónoma de BA. Regula
actividad profesional depende de
Ministerio de Salud y Acción Social,
sin Colegio de Psicólogos.
Interdisciplina y lugares jerárquicos
para psicólogos.
Instaura acuerdos de cuidados para la
praxis: entre colegas, sociedad, pacientes,
instituciones, etc.
Ley de Ejercicio Profesional Colegio de Psicólogos de
la Provincia de Buenos Aires. Ley 10306. Distritos.
•
EP: Actividades de enseñanza, aplicación e indicación del conocimiento
psicológico y técnicas específicas: Investigación y explicación de la
estructura psíquica/Cargos y funciones/ Emisión de consultas informes y
peritajes/ Enseñanza y
asesoramiento.
•
Título (Universidad) y
Matrícula (Colegio Profesional:
persona jurídica con derecho
público) Puede sancionarse la práctica.
•
Actuación personal
(no cesión de título o firma).
Personas con las que trabajamos, son
Sujetos de derecho no objetos de nuestra
práctica profesional.
Ley de Ejercicio Profesional Colegio de Psicólogos de
la Provincia de Buenos Aires. Ley 10306. Distritos.
Obligados a:
Prestar colaboración emergencias,
desastres y epidemias.
Asistir en urgencias.
Derivar de ser necesario.
Secreto profesional.
Prohibido:
Aplicar procedimientos
rechazados por la academia.
Publicar sin sometimiento
al saber científico.
Participar honorarios.
Prescribir medicamentos.
Colegio de Psicólogos: Resguardo ético de los colegas y la población.
Formación permanente. Con poder disciplinario, persigue y combate el ilegal
ejercicio de la profesión.
Código de Ética (Se crea a partir de Ley EP: Cap: II art. 15. inc.: p).
•
Responsabilidad en la ética profesional: Sin discriminación, competente y
humanista. Secreto profesional. Consentimiento de padres de menores.
Abstención de tratamiento con vínculos familiares, afectivos cercanos o en
vínculos de autoridad.
•
Deberes hacia los consultantes: Libertad de elección del psicólogo.
Comunicación de los procedimientos, métodos, honorarios y tiempos al
paciente. Asistir cuando la importancia lo imponga. Aceptar negativa a
proseguir.
•
Deberes hacia los colegas: Respeto mutuo,
sana competencia, solidaridad colaboración.
•
Deberes hacia el Colegio de Psicólogos:
Denunciar mala praxis.
•
Responsabilidad de las relaciones laborales:
No acatar instrucciones contra la ética prof.
•
Investigación. Docencia. Prevención.
Formación. Información al público. Promoción
de la Psicología.
4.2. Psicología y Sociedad.
• Los contextos de producción del saber psicológico y el ejercicio de
la psicología como profesión.
• Desempeño del psicólogo en las distintas áreas de aplicación:
Clínica, Educación, Comunitaria, Social, Orientación Vocacional,
Forense, Técnicas de evaluación, medición y exploración en
psicología, Laboral, etc.
• Nuevas áreas y desarrollos.
La construcción de derechos sociales vinculados a la
psicología (Ley de Salud Mental, Leyes Sociales: Niñez, Adopción,
Matrimonio Civil, Medios).
• Reconstrucción de roles (psicólogos/sujetos que participan de
nuestras prácticas).
Modificación de la circulación de saberes, de las teorías y de las
prácticas psicológicas
Nuevas áreas y desarrollos. La construcción de
derechos sociales vinculados a la psicología.
•
•
Ley Nacional sobre los Derechos del Niño. Convención sobre los
Derechos del Niño. Consenso de la Asamblea General de las Naciones
Unidas 1989. 23849.1990.
Los Estados Parte acuerdan la prioridad de los derechos de los niños por
sobre todos los demás derechos: Interés Superior del Niño.
Ley Provincial de Promoción y
Protección Integral de los
Derechos de los Niños.
13298. 2005.
Deroga el Régimen del Patronato de
Menores de 1919.
Los niños y adolescentes son titulares de
derechos. Contención en el núcleo familiar
(no pueden ser internados por un juez por
carencias económicas de sus padres)
implementación de planes y programas
de prevención e inserción social.
Opinión del niño.
Nuevas áreas y desarrollos. La construcción de
derechos sociales vinculados a la psicología
• Ley de Matrimonio Civil (Igualitario). 6618. 2010.
Pleno y libre consentimiento de ambos cónyuges para decidir y/o
permanecer en la unión civil (independiente de la identidad sexual de los
mismos).
• Ley de Adopción. Proyecto Cámara de Diputados . 2004.
Derecho de los menores de 18 años a vivir y desarrollarse en el seno
de una familia.
•
Ley Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual (Medios).
26522. 2009.
Democratización, abaratamiento y
universalización de las nuevas
tecnologías de la información y
comunicación. Desarrollo sociocultural
de la población, acceso y derecho a
expresar, recibir, difundir e investigar.
Ley Nacional de Salud Mental. 26657. 2011. (Aprobada por
unanimidad. Cambia el Código Civil y el paradigma de la Salud Mental).
•
Protección de la salud mental para todos. DH para las personas con
padecimiento mental.
•
La preservación y el mejoramiento de la salud mental implica una dinámica
de construcción social vinculada a los DH y sociales.
•
No pueden crearse nuevos manicomios,
implementación de acciones para que en
el 2020 ya no existan.
•
Parcialidad del diagnóstico: No puede apoyarse
en una pauta discriminatoria (cultura, político,
socioeconómico, racial o religioso), ni en
demandas de terceros, ni en una elección o
identidad sexual, ni en un diagnóstico previo
o antecedentes de tratamiento anterior.
Ley Nacional de Salud Mental.
Derechos de las personas con padecimiento mental (no “enfermo mental”).
Ser reconocido como sujeto de derecho (no tutelar). (Cap: IV).
•
Inclusión: atención sanitaria y social integral y
humanizada. Gratuito, igualitario y equitativo.
(Intenta combatir la medicalización de la
pobreza)
•
Atención basada en fundamentos
científicos y éticos.
•
Prescripción de medicación solo terapéutica ,
prescripción no automática, apoyada en la interdisciplina.
•
Acceso a antecedentes familiares, historias clínicas. Resguardo de su
identidad.
•
No ser discriminado por padecimiento mental actual o pasado.
Ley Nacional de Salud Mental
• Se debe partir de la presunción
de capacidad (no peligrosidad) del
paciente.
• Informado adecuadamente y
de forma comprensible de sus
derechos, de su situación de salud y
de los tratamientos posibles.
• Que pueda tomar decisiones relacionadas con su atención y tratamiento
(si no comprende se debe recurrir a un familiar, tutor, representante legal).
• Que el padecimiento no sea considerado como un estado
inmodificable. Construir salud: hacer profesional para que no necesite
más de los sistemas de salud: autonomía.
Ley Nacional de Salud Mental.
•
Abordaje interdisciplinario, profesionales
acreditados por una autoridad competente.
•
Tratamientos basados en APS reforzamiento,
restitución o promoción de los lazos sociales
(Implementar acciones de inclusión social, laboral
y de atención SM comunitaria). Redes: acciones
que posibiliten que permanezca saludable en su
espacio vital.
•
Profesionales con título de grado en igualdad de
condiciones para ocupar cargos de conducción y
gestión de servicios de SM (idoneidad y capacidad para
integrar distintos saberes del campo SM).
Muchas gracias por tu atención!...
Buen camino, que disfrutes tu formación y ejercicio en esta bella
profesión!...
Bibliografía obligatoria:
• Ley de Ejercicio Profesional de la Psicología.
• Código de Ética.
• Ley de Salud Mental N: 26.657.
• Ficha Módulo 4.
Asignaturas de la Licenciatura y del Profesorado de Psicología que
participaron de la Selección de parágrafos de materias del grado sobre
diferentes formas del ejercicio profesional y áreas de aplicación del
conocimiento psicológico para los alumnos del Curso de Ingreso.
Bibliografía complementaria:
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•
Declaración Universal de Principios Éticos para Psicólogos y Psicólogas
(2008).
Documento de la Asociación de Unidades Académicas de Psicología
(AUAPsi) Título de Licenciado en Psicología o Psicólogo. (2007).
Ley de Matrimonio Igualitario. Matrimonio Civil Código Civil Ley 26.618.
Modificaciones a la Ley de Adopción.
Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Ley Nacional de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes (ley 26.061/2005).
Ley Provincial de Protección Integral de Derechos de la Infancia.
Convención Internacional de los Derechos del Niño.
García, L. “Historia reciente de la investigación en psicoterapia”, Psiencia,
Revista de Psicología para estudiantes y jóvenes graduados, volumen 1,
número 1, septiembre 2008, pp. 34-36. ISSN: 22505490.http://www.psiencia.org/index.php/psiencia/article/view/13/13
García, L, “Perspectivas sobre el proyecto de ley de salud mental”,
Psiencia, Revista de Psicología para estudiantes y jóvenes graduados,
volumen 1, número 1, septiembre2008, pp. 26-28. ISSN: 22505490.http://www.psiencia.org/index.php/psiencia/article/view/10/10