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I Congreso Internacional de Mobbing y Bullying .

Montevideo (Uruguay), 8, 9 y 10 de mayo de 2013 Roberto Tejero Acevedo Psicólogo Tribunal Superior de Justicia de Madrid (España) Coordinador del Máster de Psicología Legal y Forense. Instituto Superior de Estudios Psicológicos, ISEP ( www.isep.es

)

El

Acoso Sexual (AS)

es una forma de

victimización

específica, que incluye

connotaciones sexuales

. Al menos

dos planos de análisis: 1) 2) Científico-técnico:

dede las primeras definiciones feministas a finales de los 70 en los EE.UU (MacKinnon, 1979), ha generado un importante volumen de estudios (McDonald, 2012).

Jurídico-legal: Prohibido expresamente en más de 50 países

(McCann , 2005), y ha generado leyes específicas en diferentes jurisdicciones .

Se diferencia de otras formas de victimización: Abuso/agresión sexual Acoso por razón de sexo - Acoso legal - Mobbing - Bullying

El AS como constructo técnico

AS: “

Imposición indeseada de requerimientos sexuales en el concepto de una relación de poder desigual

” (MacKinnon, 1979).

AS: “

Toda conducta verbal o física de naturaleza sexual, cuyo autor supiera o debiera haber sabido que es ofensiva para la víctima

.” (Rubinstein, 1987).

AS: “

Conducta no deseada en el entorno laboral relacionada con el sexo, que es percibida por el receptor como ofensiva, excediendo sus recursos o amenazando su bienestar

” (Fitzgerald

et al. 1997)

TIPOLOGÍA

(influencia en la jurisprudencia norteamericana e internacional, MacKinnon, 1979; Rubinstein, 1987):

A)AS QUID PRO QUO

trabajo de la víctima.

: CHANTAJE. Se amenaza a la víctima con utilizar su aceptación/rechazo, para decidir sobre el empleo o condiciones de

B)AS AMBIENTAL

: ENTORNO HOSTIL y HUMILLANTE. La víctima está en condiciones (razonables) de denunciar que tal conducta ha ocasionado un perjuicio a su ambiente de trabajo.

Puntos de discusión asociados al constructo de AS

• ¿AS sólo en el contexto laboral? (CP, 1995; Fitzgerald, 1997; Rubinstein, 1987) • ¿AS “unisexual” o AS femenino? (Wise y Stanley, 1992) • ¿AS como discriminación sexual? (LOIEHM, 3/2007; ONU, 1992) • ¿AS masculino? (McCann, 2005) • ¿AS homosexual? (McCann, 2005) • ¿AS sólo jerárquico? (CP, 1995) • ¿AS como conducta sexual “no deseada” o “no buscada”? (Nicholson y Ussher, 1992; 2002/73/CE) • ¿AS como conducta sexual “razonablemente” hostil o humillante? (Rubinstein, 1987) • ¿AS como conducta habitual o continuada? (CP, 1995)

El AS como constructo técnico, operativización

Tipos de conductas que pueden conformar una situación de AS (e.g. Bustamante, 2011;

European Comission

, 1999; McCann, 2005; McDonald, 2012, Rubinstein, 1987) Tipo de Conducta Ejemplos de AS Verbales No verbales Físicas • Bromas o chistes de contenido sexual • Insinuaciones • Comentarios de contenido sexual • Comentarios sobre el cuerpo (aspecto y órganos sexuales) • Comentarios sobre la vida sexual de la otra persona • Difundir rumores sobre la vida sexual • Amenazas y coacciones • Petición de favores sexuales • Miradas lascivas • Silbidos • Calendarios o imágenes pornográficas en el centro de trabajo • Gestos y exhibiciones lascivas • Envío de e-mails, cartas, dibujos, etc. de contenido sexual • Espiar/grabar sin consentimiento • Contacto físico no deseado • Agresión física • Tocamientos • Besos • Abrazos • Acorralamientos • Agresión sexual/violación

El AS y sus consecuencias jurídicas

Algunos ejemplos de sentencias judiciales relacionadas con AS (Peñacoba y Carbonell, 2012) : Tipos de conducta Bromas y comentarios sobre la apariencia sexual Verbales No verbales Físicas Invitaciones o peticiones de favores sexuales amenazantes ( quid pro quo ) Represalias laborales Comportamientos vejatorios y humillantes Observar o espiar en situaciones íntimas Fotografiar partes del cuerpo de la víctima Contacto físico deliberado y no solicitado o un acercamiento físico excesivo o innecesario Resolución judicial STSJ Andalucía, Granada n 1581/2005; STSJ Cantabria n. 218/2008; STJS Islas Canarias, Las Palmas n. 2137/2007 STJS Islas Canarias, Las Palmas n.

2137/2007 STSJ Galicia n.

320/2010; STSJ Cataluña 1588/2010 STSJ Cataluña n. 3732/2006 STJS Asturias n 1450/2003 STSJ Andalucía, Sevilla n. 531/2008; STSJ Cataluña n. 3732/2006 STSJ Cataluña 1588/2010; STSJ Andalucía, Granada n. 1581/2005

LEGISLADOR DERECHOS FUNDAMENTALES Constitución Española (Arts. 10, 14, 15, 18, 35) LEGISLACIÓN ESPECÍFICA -Ley de Igualdad (LOIEHM, 3/2007) -Jurisdicción PENAL Código Penal (Arts. 184, 316, 147).

Jurisdicción SOCIAL -Ley sobre infracciones (R.D. 5/00) (LISOS), Art. 8) - E. Trabajadores (Art. 4 y 54) - Ley de Prevención de Riesgos laborales (Art. 14) Jurisdicción CIVIL - Código Civil (Art. 1902) - Ley honor e intimidad (L.O. 1/82) FORENSE JUZGADOR CIENTÍFICO CONSTRUCTO CIENTÍFICO DE AS MODELOS TEÓRICOS CONSECUENCIAS CLÍNICO ORGANIZACIONALES MEDICIÓN PREVALENCIA PREVENCIÓN TRATAMIENTO

Tour de Flandes 2013 Vencedor: Fabian Cancellara Segundo clasificado: Peter Sagan

La medición y la prevalencia del AS Dificultad en la medición del fenómeno Definición

del constructo (McDonald, 2012; Pérez, 2012) :

-

Ausencia de

instrumentos de medida

.

Los

rangos

son

exageradamente amplios

, en función de los estudios:

0,4%-91%

(e.g.

McDonald, 2012, Comisión Europea, 1999) .

Principales distorsiones metodológicas

( Pernás y Ligero, 2003) :

I.

MUESTREOS PROBABILÍSTICOS

: Los estudios con muestreo no aleatorio tienden a sobre-estimar el AS

II.

FORMULACIÓN DE LA PREGUNTA

: (

AS DECLARADO Vs AS TÉCNICO)

Si se pregunta directamente al trabajador/a si ha sufrido AS (

AS DECLARADO

), la prevalencia es mucho menor que si se indaga por la presencia de conductas aisladas de AS (

AS TÉCNICO

)

III. PERIODO TEMPORAL

: Si se pregunta por la presencia de AS en periodos largos de tiempo, la prevalencia aumenta.

Algunos datos de prevalencia del estudio de la Comisión Europea (1999)

Muestra Período referencia Tipo acoso Adjetivo conducta

Prevalencia de AS en estudios españoles (Pérez, 2012)

UGT (1988) Institut Dona (1994) CC.OO (2000) Instituto Mujer (2007) Ibáñez et al.

(2007) 772 M (Madrid) Empleo actual 1.140 M (Comunidad Valenciana) Vida laboral 1.004 M y H (España) 2.007 M (España) H 600 M y (País Vasco) Técnico Indeseada GRADO DE ACOSO (M) : Técnico Indeseada GRADO DE ACOSO (M) : Vida laboral Técnico / Declarado Indeseada Acoso Técnico Último año Técnico / Declarado Indeseada Acoso Técnico Vida laboral Técnico / Declarado Indeseada Acoso Técnico Leve: 57% Moderado: 31% Medio: 14% Fuerte: 10% Muy Fuerte: 4% Leve: 75% Moderado: 58% Medio: 41% Fuerte: 20% Muy Fuerte: 12% 18,3% M 8,8% H Acoso Declarado 6,6% M 2% H 14,4% M Acoso Declarado 9,9% M 24,1% M 12,7% H Acoso Declarado 1,8% M 0% H

EL AS y otras formas de violencia laboral, según las Encuestas Nacionales de Condiciones de Trabajo (INSHT) (datos en %)

CONDUCTAS VIOLENTAS EN EL TRABAJO Agresiones verbales, rumores o aislamiento social Amenazas de violencia física Violencia física cometida por personas no pertenecientes a su lugar de trabajo Discriminación sexual Discriminación por la nacionalidad Discriminación por la edad Violencia física cometida por personas pertenecientes a su lugar de trabajo Pretensiones sexuales no deseadas (Acoso sexual) Discriminación por raza o etnia Discriminación por una minusvalía/discapacidad Discriminación por religión Discriminación por la orientación sexual V ENCT (2003) 1,93 0,73 0,15 0,57 0,55 0,36 0,15 0,31 0,11 VI ENCT (2007) 3,8 3,8 0,9 1,1 0,8 0,8 0,7 0,7 0,1 0,2 0,1 VII ENCT (2012) 7,3 3,8 2,4 0,6 0,8 0,6 0,6 0,4 0,4 0,1 0,1 0,1

FUENTE

: Elaboración propia a partir de las

Encuestas Nacionales de Condiciones de Trabajo.

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), Madrid: I (1987); II (1993); III (1997); IV (1999);

V (2003); VI (2007) y VII (2012)

EL AS y otras formas de violencia laboral, según las Encuestas Europeas sobre Condiciones de Trabajo (UE) (datos en %)

CONDUCTAS VIOLENTAS EN EL TRABAJO Intimidación Amenazas de violencia física Violencia física cometida por personas pertenecientes a su lugar de trabajo 1995 8 4 2000 (EU15) 9 2 2005 (EU25) 6 2 2010 (EU34) Violencia física cometida por personas no pertenecientes a su lugar de trabajo Bullyin y/o acoso laboral Discriminación sexual Discriminación por la nacionalidad Discriminación por la edad Pretensiones sexuales no deseadas Discriminación por raza o etnia 2 1 3 2 1 1 4 2 1 3 2 1 1 4 5 1 1 3 2 1 1 4 1 Discriminación por una minusvalía/discapacidad

FUENTE

: Elaboración propia a partir de las

European Working Conditions Survey

, Publications Office of the European Union, Luxembourg: I (1992); II (1996); III (2000); IV (2007) y V (2012)

Desglose del AS por género y ocupación, según la IV Encuesta Europea sobre Condiciones de Trabajo (2007) (datos en %)

Trabajadores a tiempo parcial Trabajadores a tiempo completo Obreros y operarios (cuello azul) Artesanía y manufactura (cuello azul) 0 0 Oficina y Servicios (cuello blanco) Profesionales (cuello blanco) Directivos (cuello blanco) Total 0 Mujeres 1 2 2 2 3 3

La última EECT (2012) también refleja que las mujeres tienen una probabilidad 3 veces mayor de sufrir AS

3 3 1 1 1 1 1 2 Hombres 3 3 4 5 6 6 7

Características del acosador en situaciones de AS

Los estudios se han centrado más en las víctimas que en los acosadores (McDonald, 2012) , y resultan

muy escasos

(Pina, 2009).

Principales características (Begany y Milburn 2002; Kosson

et al

. 1997; Pryor y Whalen 1997) : - Falta de apoyo social - Concepciones ingenuas respecto a las relaciones heterosexuales - Actitudes inmaduras, manipuladoras, irresponsables o abusivas - Tendencia a infra estimar las críticas o el rechazo de las mujeres (Schweinle

et al

. 2009)

Características del acosador en situaciones de AS Estrategias seguidas por el acosador

, según el modelo de Scott y Martin (2006),

Modelo de Gestión de la Indignación

(una o más de las 5 tácticas): •

Encubrimiento

: actúa lejos de testigos o en condiciones poco visibles.

Devaluación de la víctima

: desacredita a la víctima (e.g. deshonesta o incompetente).

Reinterpretación

: niega o minimiza la gravedad de sus actos, o culpa a otros.

Canales oficiales

: alega que sus actos ya han sido valorados justamente desde la organización, y acude a formalismos o tecnicismos legales para enlentecer el proceso.

Intimidación y soborno

: amenaza con consecuencias desfavorables para la víctima (e.g. despidos, descensos, traslados) o soborna con elementos favorables o promociones.

Características de la víctima de AS Controversia

víctima sobre el perfil victimológico en AS por el peligro de culpar a la (Blackstone

et al

. 2009) .

CUALQUIERA PUEDE SER VÍCTIMA

.

Victimización por AS

mucho más frecuente en mujeres

que en hombres.

Se han aislado algunos elementos asociados de

vulnerabilidad

(Chamberlain

et al

. 2008; European Commission 1999; Fredman 1997; McCann 2005; O’Neill y Payne 2007; Takao 2001) :  Mujeres divorciadas o separadas .  Mujeres trabajadoras con discapacidad .

 Mujeres en trabajos no asociados al rol femenino (e.g.

bomberos, construcción o militares) ;  Mujeres con contrato precario o irregular .  Mujeres de minorías étnicas .

 Mujeres y hombres jóvenes .

 Mujeres y hombres homosexuales . Cuantas más características se compartan, más aumenta la probabilidad de sufrir AS (Buchanan y Fitzgerald, 2008).

Consecuencias para la víctima de AS (I) Consecuencias relacionadas con la salud mental

(Bergman

et al

. 2002; Crocker y Kalembra 1999; Magley

et al

. 1999; Stockdale 1998; Willness

et al

. 2007) :  Inestabilidad emocional (irritabilidad, ira)  Trastornos de ansiedad y TEPT  Trastornos del estado de ánimo (depresión)  Se han descrito casos de suicidio y autolisis (Merino y Cruceta, 2009) Elementos que

agravan

Woods

et al

. 2009)

los síntomas clínicos

(Collinsworth

et al

. 2009;  El acosador es un superior  El acto implica violencia o intimidación  Incluye elementos inter-raciales  Se cronifica en el tiempo  Hay un contexto de dominación masculina (profesiones de rol masculino)

Consecuencias para la víctima de AS (II) Consecuencias asociadas al rendimiento y actividad laboral

(Chan

et al

. 2008; Charlesworth 2006; Fitzgerald

et al

. 1999; Hayes 2004; Raver y Gelfand 2005) :  Estrés laboral  Descenso de rendimiento  Conflicto de equipo (incluso puede generar consecuencias en compañeros/as no acosados/as: “estrés del espectador”) (Schneider, 1996)  Absentismo  Insatisfacción laboral  Abandono del empleo

Entorno organizacional asociado al AS

Aunque se puede dar en

CUALQUIER ENTORNO LABORAL

(e.g. Ellis

et al

. 1991; McCabe y Hardman 2005) , existen algunos

factores que aumentan la probabilidad

: 

Menos

incidencias de

AS

en el

entorno académico

(Illies et al. 2003).

Más

incidencias de

AS

en entornos con fuerte

poder y jerarquía

, e.g

. el Ejército (Estrada y Berggren 2009; Fitzgerald et al. 1999).

Más

incidencias en

profesiones asociadas al rol masculino

(e.g.

bomberos, ejército, policía, construcción) (Gruber 1998; McCabe y Hardman 2005; Willness et al. 2007).

“Doble dominación”

(Hass y Timerman, 2010) : Además de ser más prevalente en profesiones asociadas a rol masculino , el AS

es más problemático en trabajos de cuello azul

(con fuerte carga física) (Chamberlain et al. 2008; de Haas yTimmerman 2010).

Consecuencias del AS para la organización

La presencia de AS en las organizaciones implica

efectos negativos

bien documentados (McDonald, 2012) :  Descenso de

resultados

y volumen de negocio  Dificultades en

selección, formación y desarrollo

empresarial 

Costes legales

asociados a las denuncias por acoso En 2010, en los EE.UU., la Comisión para la Igualdad de Oportunidades informó de haber iniciado cerca de 12.000 expedientes por AS, con un coste de 48 millones de $ (sin incluir los litigios) (McDonald, 2012) .

¿Por qué ocurre el AS? Modelos explicativos (I) MODELO BIOLÓGICO-NATURAL

: El AS obedecería al

deseo natural e inevitable de los hombres hacia las mujeres

, en el modelo tradicional donde el hombre/acosador era el jefe (Berdahl 2007) .

Fuertemente criticado

(Goodman-Delahunty 2005) por: 1) falta de rigor científico y, 2) dificultad para explicar determinadas formas de acoso (e.g. acosadores del mismo sexo; AS ejercido por mujeres sobre trabajadores).

¿Por qué ocurre el AS? Modelos explicativos (II) MODELO SOCIOCULTURAL

:

Concepción del hombre como agente sexual y la mujer como objeto sexual.

El AS sería un

rol sexual indirecto (colateral)

, un comportamiento socio sexual más en el trabajo (Gutek

et al

. 1990) .

Trabajos asociados al rol masculino fomentan valores como el poder, la competitividad, la agresividad ,… L

a mujer

y

las minorías étnicas

pueden ser percibidos como

intrusos sociales

, por interrumpir el desarrollo de valores masculinos.

Parece que hay

evidencia contradictoria y dificultades metodológicas

para poder explicar el papel del AS únicamente como efecto colateral del rol sexual (McDonald, 2012) .

¿Por qué ocurre el AS? Modelos explicativos (III) MODELOS BASADOS EN EL PODER

: Enfatizan el

poder económico del hombre sobre la mujer

, como facilitador para la coacción y explotación sexual de la mujer (MacKinnon 1979; Zalk 1990).

Explicaría las formas de AS sobre la mujer,

aunque ocupe puestos no subordinados

(Samuels, 2003).

También explicaría el

AS sobre la mujer por parte de clientes o usuarios

, abusando de su poder sobre el negocio económico/comercial (Gettman y Gelfand 2007; Pfeffer y Salancik 2003).

Dificultades para explicar el AS sufrido por los hombres o ejercido por mujeres, bien sea hétero u homosexual (McDonald, 2012).

El HETEROSEXISMO

( Brogan

et al

. 1999; Pryor y Whalen 1997)

¿Por qué ocurre el AS? Modelos explicativos (IV) MODELOS DE PERSPECTIVA ORGANIZACIONAL

(McDonald, 2012,

European Comission

, 1999) :

Cultura de la organización

, organizaciones que toleran el AS aumenta la probabilidad de AS (Fitzgerald

et al

. 1995; Fitzgerald

et al

. 1997) .

Importancia de aspectos organizacionales

: solidaridad entre compañeros; supervisión adecuada; control de la tarea (Chamberlain et al. 2008) .

Contexto de género en el trabajo

, estructuras jerárquicas basadas en el rol de género fomentan el AS (Fitzgerald et al. 1995) .

¿Por qué ocurre el AS? Modelos explicativos (V) MODELOS BASADOS EN LA CONCIENCIA LEGAL O JURÍDICA

: Las percepciones sobre el AS condicionan su forma y sus consecuencias (Blackstone

et al

. 2009) .

Modelo del ‘

Identificar, culpar, reclamar

’ (Felstiner

et al

. 1980 –1981) : El trabajador toma conciencia de que está siendo discriminado y puede interponer quejas formales y reclamar sus derechos mediante un

proceso complejo de conciencia legal

: 

Nombrar/identificar

: la persona identifica (percibe) una acción o experiencia como perjudicial 

Culpar

: atribuye a otra persona o entidad el perjuicio causado.

Reclamar

: expresa su queja y busca/reclama una solución

Marco normativo y legal (antecedentes internacionales)

La

OIT

y la

ONU

han declarado expresamente que el AS constituye una

forma de violencia y de discriminación hacia el trabajador

(especialmente en hacia la mujer) (Bustamante, 2012; McCann, 2005) . La

Unión Europea

ha mantenido interés activo en el abordaje del AS:

1986 y 87

: La UE alarma sobre la importancia del AS como forma de discriminación y violencia.

1987

: Se elabora el

informe Rubinstein

(solicitado por la Comisión), y se resalta la ausencia de mecanismos de protección frente al AS.

1991

: Se elabora el

Código Práctico para combatir el AS

aportando la primera definición sobre AS de la UE.

en el trabajo,

1998

: La UE publica un

importante estudio sobre el AS

en todos los países miembros (Comisión Europea, 1999)

2002

: Se emite la

Directiva 2002/73/CE

(Actual 2006/54/CE5) relativa a la aplicación del

principio de igualdad entre hombres y mujeres

. Se aporta la definición actual de AS en la UE.

Marco normativo y legal en España (I)

Antecedentes genéricos en la

Constitución de 1978

, Derechos fundamentales:

Dignidad

de la persona (Art. 10.1)

Igualdad

y no discriminación (Art. 14)

Integridad

física y moral, sin tratos degradantes (Art. 15)

Honor

,

intimidad

y propia imagen (Art.18.1)

Ausencia de discriminación sexual

en el entorno de trabajo (Art. 35.1)

1995

, Introducción del AS como ilícito en el

Código Penal

(Art. 184).

1995

, El

Estatuto de los Trabajadores

(R.D. 1/1995) incluye la

protección frente al AS

como

derecho del trabajador

(Art. 4.2.e), y lo sanciona

como causa de despido disciplinario

(Art. 54.2.g) en 2003 y 2007 (Ley 62/2003 y L.O. 3/2007) .

2000

, La

Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social

(R.D. 5/00, LISOS) introduce el AS como

infracción laboral muy grave

(Art. 8.13) .

2007

, La Ley 7/2007, de 12 de abril, del

Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)

incluye la

protección frente al AS

como

derecho del empleado

público (Art. 14.h), e introduce el AS como

falta muy grave

para empleados públicos (Art. 95).

Marco normativo y legal en España (II) 2007: Ley O. 3/2007 de para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres (LOIEHM) Definición amplia: AS AMBIENTAL

No existe el requisito “NO DESEADO” por la víctima de la directiva Directiva 2002/73/CE

Definición AS (Art. 7.1)

: “

cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo

” No existe el requisito de “CONTINUADO o HABITUAL” del C. Penal

Marco normativo y legal en España (III) Ley O. 3/2007 de para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres (LOIEHM)

(Traspone la Directiva Europea 2002/73/CE) 

Impulsa la regulación y protección

frente al AS, desde el plano de la

igualdad de género

.

Invierte la carga de la prueba (salvo en penal)

(Art. 13), y

modifica las leyes procesales

: el demandado tendrá que probar la ausencia de AS 

Obliga

a las empresas a

desarrollar planes específicos de prevención del AS

(Art. 48).

 Obliga a las

Administraciones públicas

a

desarrollar protocolos de actuación

ante el AS (Art. 62)

El AS como forma de VICTIMIZACIÓN SEXUAL

Definición actual en el

Código Penal español, Art. 184

(última modificación: L.O. 15/ 2003):

184.1

El que solicitare

favores de naturaleza sexual

, para sí o para un tercero, en el ámbito de una

relación laboral, docente o de prestación de servicios

,

continuada o habitual

, y con tal comportamiento provocare a la

víctima

situación objetiva y

gravemente intimidatoria, hostil o humillante

, será una castigado, como autor de

acoso sexual

, , con la pena de

prisión

de tres a cinco meses o

multa

de seis a 10 meses.

184.2

Si el culpable de acoso sexual hubiera cometido el hecho

prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica

, o con el

anuncio expreso

o tácito de

causar a la víctima un mal

relacionado con las legítimas expectativas que aquélla pueda tener en el ámbito de la indicada relación, la pena será de

prisión

de cinco a siete meses o multa de 10 a 14 meses.

Penas para el

Tipo agravado

( víctima especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad o situación) (Art. 184.3): Para el 184.1:

prisión

Para el 184.2:

prisión

de cinco a siete meses o de seis meses a un año

multa

de 10 a 14 meses

Evolución histórica del AS en el Código Penal español

 El AS se introduce en el C. Penal en

1995

(antes era perseguido como ilícito contra la integridad moral).

 La

primera definición

(L.O 10/1995) sólo

incluía el AS quid pro quo

(

Art. 184

), y la pena era de

arresto

o de

multa

.

 En

1999

(L.O. 11/1999), se

incluye el AS Ambiental

(

Art. 184.1

), se

endurecen las penas

y se crea

el tipo agravado

para víctimas especialmente vulnerables (incluye

prisión

sólo para el tipo agravado

quid pro quo

(6 meses a 1 año)

,

y arresto o multa en los otros casos)  En

2003

(redacción vigente, L.O. 15/2003), se mantienen las definiciones, y se

endurecen las penas

: prisión tanto para AS

quid pro quo

como AS Ambiental (incluso en tipos no agravados) , y aumento de las penas. REDACCIÓN ACTUAL

El AS y otras formas de VICTIMIZACIÓN SEXUAL AGRESIÓN SEXUAL

(Art. 178, CP): Atentado contra la libertad sexual, CON violencia o intimidación. PENAS: Prisión 1-5 años (5-10 años, tipo agravado)

VIOLACIÓN

(Art. 179, CP): Agresión sexual con penetración. PENAS: Prisión 6-12 años (12-15 años, tipo agravado)

ABUSO SEXUAL

(Art. 181, CP): Atentado contra la libertad sexual, SIN violencia NI intimidación, pero SIN CONSENTIMIENTO. PENAS: Prisión 1-3 años o multa (mitad superior, tipo agravado).

ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN

: PENAS: Prisión 4-10 años (mitad superior, tipo agravado)

ABUSO SEXUAL A MENORES DE 13 16 AÑOS

(con engaño): Prisión 1 2 años (2-6 años con penetración; mitad superior, tipo agravado)

ABUSO SEXUAL A MENORES DE 13 AÑOS

: Prisión 2-3 años (5-10 años si hay agresión; 8-12 años con penetración)

OTRAS FORMAS DE VICTIMIZACIÓN SEXUAL

:

EXHIBICIONISMO Y PROVOCACIÓN SEXUAL PROSTITUCIÓN Y CORRUPCIÓN DE MENORES

4 500 4 000 3 500 3 000 2 500 2 000 1 500 1 000 500 0

Formas de victimización sexual denunciadas en España (1997-2009)

Fuente: Instituto de la Mujer (ww.inmujer.es) 374 433

EL AS se denuncia una media

362

de 379

348 364

veces al año

357 313 419 402 409 431

Ẋ= 3.797

Ẋ= 2.228

390 330 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Agresión Sexual Abuso Sexual Acoso Sexual

LIMITACIONES

: - No hay desglose por sexos No se incluyen datos de algunas policías autonómicas.

1200

Condenas firmes por victimización sexual en España (2007-2011)

Fuente: Instituto nacional de Estadística (ww.ine.es) 1000 800 600 400 200 0

Ẋ= 877 Ẋ= 726 Ẋ= 457 Ẋ= 282 El AS se condena una media de 30,6 veces al año (aprox. un 8% de las veces que se denuncia)

35 43 13 41 21 2007 2008 2009 2010 2011 Agresiones sexuales Acoso sexual Prostitución y corrupción menores Abusos sexuales Exhibicionismo y provocación sexual

Desglose por sexos . Condenas penales firmes por victimización sexual en España (2007-2011)

Fuente: Instituto nacional de Estadística (ww.ine.es) Total condenados Contra la libertad e indemnidad sexuales Abusos sexuales Agresiones sexuales Prostitución y corrupción menores Exhibicionismo y provocación sexual Acoso sexual Varón 1.186.617

11.444

4.323

3.608

1.978

1.383

152 Mujer Total 113.186 1.299.803

% Hombres %Mujeres 91,29 8,71 414 11.858

96,51 3,49 60 20 307 26 1 4.383

3.628

2.285

1.409

153 98,63 99,45 86,56 98,15 99,35 1,37 0,55 13,44 1,85 0,65

Denuncias y sanciones administrativas. INSPECCIÓN LABORAL

Fuente: Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), Informes anuales 2005-2011 400 300 200 100 0 900 800 700 600 500

Promedio

anual de

378,9

expedientes por AS

iniciados Promedio

anual de AS

sancionados 4,86

expedientes por (

un 2,76% de los expedientes iniciados

) 101 4 2005 108 85 4 2006 7 2007 Actuaciones/denuncias 478 4 2008 805 la L.O. 3/2007) 577

2008:

se inicia el

Plan de actuación para la vigilancia de la igualdad

de la ITTS (por 4 2009 5 2010 Infracciones sncionadas 498 6 2011

La CIFRA NEGRA del AS Cifra negra

de la criminalidad (la tasa de delito desconocido y que, en consecuencia, no aparece en la estadística): A) Delitos no denunciados B) Delitos no condenados (por falta de prueba) Las

víctimas de AS no denuncian por diferentes motivos

(e.g.

Pérez, 2012) : Prefieren no difundir aspectos de su intimidad (victimización secundaria) - Temen represalias Desconfían del sistema y la utilidad de denunciar Puede haber dificultades de identificación/percepción por la normalización del fenómeno - Pueden preferir olvidarlo A los problemas relacionados con la silenciación, se suman las DIFICULTADES METODOLÓGICAS de investigación….

Acoso sexual LIMITACIONES METODOLÓGICAS (Dificultades de constructo, de muestreo, de medición) LIMITACIONES DE DETECCIÓN (Cifra negra, falta de transparencia, normalización socio-cultural)

JURISDICCIÓN PENAL JURISDICCIÓN CIVIL

-Responsabilidad penal para el agresor por AS (Art. 184, C. Penal) - Existencia de lesiones/secuelas psicológicas en la víctima (Art. 147, CP) -Responsabilidad civil del agresor y resarcimiento a la víctima por daño psicológico y moral para el agresor intimidad) .

(Art. 1.902, C. Civil; L.O. 1/82 Derecho al honor e - Responsabilidad del empresario por ausencia de prevención de riesgos laborales Implicaciones jurídicas y forenses del Acoso

JURISDICCIÓN SOCIAL Y CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

Sexual - Denuncia a Inspección de Trabajo por Infracción laboral (falta grave) (Art. 8, LISOS) .

- Tutela de derechos fundamentales del trabajador (Art. 4.2.e Estatuto de los Trabajadores; Art. 14.h, EBEP, y Art. 15 y 18 de la Constitución) .

- Nulidad del despido si existe AS quid pro quo (Art. 55.5, EE.TT) .

- Despido disciplinario del acosador (Art. 54.2.g, EE.TT.; Art. 95.b, EBEP) .

- Responsabilidad por ausencia de Prevención de riesgos laborales específica en AS (Art. 14, LPRL; Art. 48 LOIEHM) .

Probar el AS en los procedimientos judiciales

El AS se sitúa en una esfera íntima, y por eso resulta

muy difícil de probar

( Peñacobas y Carbonell, 2012):

A) PRUEBA DIRECTA DEL AS

 Declaración de la víctima (valorada como prueba suficiente de AS por los jueces en todas las jurisdicciones, e.g. STS de 16/06/99; 28/06/00; 11/05/01)   Testigos directos (han presenciado el AS) Testigos por referencia (les han referido el AS)

B) INDICIOS QUE SUGIEREN AS

 Características de la víctima y consecuencias psicológicas   Características del entorno organizacional Ausencia de un plan de prevención del AS como riesgo psicosocial

EL INFORME PERICIAL PUEDE APORTAR AL JURISTA FUERTE CARGA INDICIARIA

Probar el AS en los procedimientos judiciales

El caso de las

pruebas preconstituidas

( Peñacobas y Carbonell, 2012) Se recoge información (no pre-existente) con intencionalidad de probar el AS posteriormente 

Grabación Sonora

- Conflicto con el derecho a la intimidad. Se puede aceptar siempre que esté realizada por la víctima (no por un tercero) (e.g. STC 16/11/92) 

Grabación audiovisual

(igual que la sonora) 

Testigos preconstituidos

(avisar a un compañero para que presencie oculto las manifestaciones de AS) .

Metodología en la elaboración del Informe pericial

-

ANÁLISIS DE DOCUMENTACIÓN

, por ejemplo: Informes clínicos - Historia laboral - Declaraciones obrantes en autos (procedimiento) - Resoluciones judiciales Protocolos de actuación preventiva en la empresa -

ENTREVISTAS Y OBSERVACIONES

A)

Sobre la víctima

: - Anamnesis y psico biografía Exploración psicopatológica B)

Sobre el/los responsables de la organización

Planes de actuación frente al AS -

PRUEBAS PSICOMÉTRICAS

- Estructura de personalidad Estado psicológico actual Simulación/disimulación Listados “ad hoc” (no existen instrumentos validados)

Áreas de interés pericial

Diagnóstico y manifestaciones clínicas Vulnerabilidad y estado anterior de la víctima Etiología. Causalidad y concausalidad Simulación/Sobre-simulación/Disimulación - Curso y desarrollo del proceso de AS Características ambientales (Organización) Victimizaciones paralelas (victimización secundaria)

EL INFORME PERICIAL COMO RESULTADO DE UN PROCESO DE EVALUACIÓN

Escrito

Solicitante

a) Oficial b) Privado Informe Pericial

JURISDICCIÓN

- Civil - Penal - Contencioso Administrativo - Social - Militar -Canónica Objetivos Periciales Metodología Forense Oral (Ratificación)

Gracias por su atención [email protected]

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