el marco español de cualificaciones para la educación superior

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RECONOCIMIENTO DE
TÍTULOS EXTRANJEROS
NOVEDADES EN TORNO AL
PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN DE
TÍTULOS EXTRANJEROS
15 de septiembre de 2010
Subdirección General de Títulos y
Reconocimiento de Cualificaciones
CUESTIONES PREVIAS

PRINCIPIO GENERAL:
Los títulos extranjeros carecen de
efectos oficiales en España si no han
sido homologados o reconocidos por la
autoridad competente española de
acuerdo con alguno de los
procedimientos que existen en nuestro
ordenamiento.
15 de septiembre de 2010
Subdirección General de Títulos y
Reconocimiento de Cualificaciones
TIPOLOGÍA DE LOS SISTEMAS DE
HOMOLOGACIÓN Y RECONOCIMIENTO



Homologación a un título concreto del Catálogo de títulos
universitarios oficiales (ejemplo: Licenciado en Derecho,
Diplomado en Fisioterapia). Tiene los mismos efectos del
título oficial español con el que se homologa.
Homologación a un grado académico genérico (Diplomado,
Licenciado). Tiene los efectos del grado académico
(continuación de estudios, acceso a oposiciones en las que
no se pida título concreto, etc.).
Reconocimiento profesional de cualificaciones en
aplicación de normativa comunitaria inspirada en la libre
circulación de profesionales, la libertad de establecimiento
y la libre prestación de servicios.
15 de septiembre de 2010
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Reconocimiento de Cualificaciones
ELEMENTO SUSTANCIAL DE LOS PROCEDIMIENTOS DE
HOMOLOGACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS
EXTRANJEROS

En los procedimientos de homologación la
existencia de un Catálogo Oficial de Títulos.



Títulos creados por el Gobierno que fijaba sus
contenidos mínimos en forma de directrices.
Concepción singular del título oficial, con doble
efecto académico y profesional.
En el procedimiento de reconocimiento
profesional la existencia de una relación de
Profesiones Reguladas
15 de septiembre de 2010
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Reconocimiento de Cualificaciones
NUEVA ORDENACIÓN DE LA
ENSEÑANZA UNIVERSITARIA

La reforma universitaria se ve
especialmente afectada por tres
circunstancias que imprimen una
extraordinaria complejidad a la gestión
del cambio:



Profundidad de la reforma.
Ocurre en un momento de máximo grado de
descentralización (hacia la Universidad y CCAA).
Se desarrolla con el número de universidades
más elevado de nuestra historia.
15 de septiembre de 2010
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Reconocimiento de Cualificaciones
NUEVA ORDENACIÓN DE LA
ENSEÑANZA UNIVERSITARIA


La reforma recoge los principios inspiradores
del EEES pero incorpora importantes aspectos
ajenos a dicho proceso que afectan a
profundos cambios estructurales, a los que se
hace frente ahora pero que debieran haberse
afrontado hace ya tiempo.
El principio constitucional de autonomía
universitaria no puede entenderse hoy con el
alcance y contenido de su primera formulación
(LRU 1983).
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Reconocimiento de Cualificaciones
NUEVA ORDENACIÓN DE LA
ENSEÑANZA UNIVERSITARIA

Principal manifestación de la autonomía universitaria:
desaparición del Catálogo Oficial de Títulos




Frente a la concepción vigente el art. 35 LOMLOU introduce el
concepto de VERIFICACIÓN.
Principio fundamental: los títulos son ahora creados y propuestos
por las Universidades con arreglo a un marco muy genérico
establecido por el Real Decreto 1393/2007.
La intervención gubernamental previa desaparece con la
excepción de los supuestos de profesiones reguladas.
En su lugar interviene:


El Consejo de Universidades a quien corresponde la verificación de los
títulos.
La CCAA a quién corresponden los aspectos autorizatorios.
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NUEVA ORDENACIÓN DE LA
ENSEÑANZA UNIVERSITARIA



El principio general antes descrito solo encuentra una
excepción: supuesto de que el título pretenda habilitar
para el ejercicio de una profesión regulada.
En este caso el Gobierno interviene con carácter previo
mediante la adopción de un Acuerdo de Consejo de
Ministros que establece las condiciones a las que
habrán de ajustarse los títulos.
Esta intervención se completa con una Orden del
Ministerio de Educación fijando los requisitos mínimos
de formación.
15 de septiembre de 2010
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Reconocimiento de Cualificaciones
PROFESIÓN REGULADA

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

Concepto de PROFESIÓN REGULADA: aquella cuyo
ejercicio se reserva a los poseedores de un
determinado título.
Art. 35 de la Constitución española establece el
principio general de libre elección de profesión u oficio.
Art. 36 reserva de Ley para el ejercicio de las
profesiones reguladas.
Matización del Tribunal Constitucional:



Validez de normas preconstitucionales infralegales.
El tránsito de profesión libre a regulada solo por razón de interés
público.
La reserva de Ley es a favor del legislador nacional.
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Reconocimiento de Cualificaciones
ACUERDOS DE CONSEJO DE MINISTROS Y ORDENES
MINISTERIALES RELATIVAS A LOS TÍTULOS QUE HABILITAN
PARA EL EJERCICIO DE PROFESIONES REGULADAS

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
PROFESIÓN DE MAESTRO EN EDUCACIÓN INFANTIL
PROFESIÓN DE MAESTRO EN EDUCACIÓN PRIMARIA
PROFESIÓN DE PROFESOR DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y
BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE IDIOMAS
PROFESIÓN DE ARQUITECTO
PROFESIÓN DE ARQUITECTO TÉCNICO
PROFESIÓN DE MÉDICO
PROFESIÓN DE VETERINARIO
PROFESIÓN DE ENFERMERO
PROFESIÓN DE FISIOTERAPEUTA
PROFESIÓN DE DENTISTA
PROFESIÓN DE FARMACÉUTICO
PROFESIÓN DE LOGOPEDA
PROFESIÓN DE ÓPTICO-OPTOMETRISTA
PROFESIÓN DE PODÓLOGO
PROFESIÓN DE TERAPEUTA OCUPACIONAL
PROFESIÓN DE DIETISTA-NUTRICIONISTA
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Reconocimiento de Cualificaciones
ACUERDOS DE CONSEJO DE MINISTROS Y ORDENES
MINISTERIALES RELATIVAS A LOS TÍTULOS QUE HABILITAN
PARA EL EJERCICIO DE PROFESIONES REGULADAS

PROFESIONES DE INGENIERO:








Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
Ingeniero de Minas
Ingeniero Industrial
Ingeniero Aeronáutico
Ingeniero Agrónomo
Ingeniero de Montes
Ingeniero Naval y Oceánico
Ingeniero de Telecomunicación
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Reconocimiento de Cualificaciones
ACUERDOS DE CONSEJO DE MINISTROS Y ORDENES
MINISTERIALES RELATIVAS A LOS TÍTULOS QUE HABILITAN
PARA EL EJERCICIO DE PROFESIONES REGULADAS

PROFESIONES DE INGENIERO TECNICO:









Ingeniero Técnico de Obras Públicas
Ingeniero Técnico de Minas
Ingeniero Técnico Industrial
Ingeniero Técnico Aeronáutico
Ingeniero Técnico Agrícola
Ingeniero Técnico Forestal
Ingeniero Técnico Naval
Ingeniero Técnico de Telecomunicación
Ingeniero Técnico en Topografía
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Reconocimiento de Cualificaciones
HOMOLOGACIÓN vs RECONOCIMIENTO

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HOMOLOGACIÓN DE
TÍTULOS EXTRANJEROS
DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Homologación a un título
concreto del Catálogo de
títulos universitarios
oficiales. Tiene los mismos
efectos del título oficial
español con el que se
homologa.
Homologación a un grado
académico genérico. Tiene
los efectos del grado
académico (continuación
de estudios, acceso a
función pública.
15 de septiembre de 2010
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RECONOCIMIENTO DE
TÍTULOS EXTRANJEROS
DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Al no existir Catálogo de
títulos universitarios
oficiales sólo deben
reconocerse los títulos que
conduzcan al ejercicio de
profesiones reguladas.
Reconocimiento a nivel
académico genérico de
Graduado para los títulos
que no conduzcan al
ejercicio de profesiones
reguladas.
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Reconocimiento de Cualificaciones
REGIMEN COMPETENCIAL



HOMOLOGACIÓN Y
RECONOCIMIENTO
Ministerio de Educación:
homologación a Títulos
españoles del Catálogo, y a
grado académico de
Diplomado o Licenciado.
Universidades: homologación
al título y grado de Doctor, a
los títulos de Máster
implantados, y al grado
académico de Máster.
Departamentos Ministeriales:
para el reconocimiento por
directivas en aquellas
profesiones reguladas que
tutelan.
15 de septiembre de 2010

RECONOCIMIENTO DE
TÍTULOS
Reconocimiento de Títulos
para profesiones reguladas:




Ministerio de Educación
Ministerios de tutela de cada
una de las profesiones. En
similitud al procedimiento de
Directivas
Reconocimiento a grado
académico: el Ministerio de
Educación.
Universidades:


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Reconocimiento de Cualificaciones
títulos de postgrado
títulos que no conduzcan al
ejercicio de profesiones
reguladas.
CRITERIOS
Comparación académica entre
la formación superada para
obtener el título extranjero y la
que se exige en España para
obtener el título español con el
que se pretende homologar:

Correspondencia entre los
niveles académicos.

Duración y carga horaria
del período de formación.

Contenidos formativos
superados.

Requisitos mínimos de
formación establecidos
por Directivas
comunitarias (en su caso).
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


Comprobación de la
adquisición de
habilidades, destrezas
y competencias
inherentes al título
español
Correspondencia entre
los niveles
académicos.
Extensión en créditos
ECTS.
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Reconocimiento de Cualificaciones
DIFERENCIAS SUSTANCIALES

Homologación

Reconocimiento

Equiparación de enseñanzas

Transferencia de créditos

Efectos académicos y
profesionales

Efectos académicos.
¿Atribuciones profesionales?

Necesidad de reconocimiento
académico previo por el
Ministerio para proseguir
estudios en la Universidad
española

El acceso a otras enseñanzas de
posgrado en las Universidades
españolas no precisa de ningún
trámite de reconocimiento por el
Ministerio

Ausencia de criterios
relacionados con la calidad y
acreditación de instituciones

Presencia importante de criterios
establecidos por Agencias de
Acreditación de Centros y
Enseñanzas
15 de septiembre de 2010
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Reconocimiento de Cualificaciones
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
El marco de cualificaciones da coherencia formal al cambio
metodológico que va desde un modelo de enseñanza en el que el
alumno
es
receptor
pasivo,
al
paradigma
de
enseñanza/aprendizaje que fundamenta las reformas educativas
actuales, donde el estudiante es el centro del proceso.
El objetivo de un marco de cualificaciones es doble:

Por un lado informar a la propia sociedad: a los estudiantes
sobre cuáles son las exigencias de aprendizaje de cada nivel; a los
empleadores sobre cuáles son las competencias de quienes
emplean; a los formadores sobre las características de la
formación que deben proporcionar.

Por otro lado, un marco de cualificaciones permite la movilidad
internacional y facilita el reconocimiento internacional de los
títulos y de la formación.
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Reconocimiento de Cualificaciones
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Para la sociedad …
MECES proporciona una explicación clara y precisa sobre en términos genéricos
para los nuevos títulos en la educación superior de nuestro país.
Para los estudiantes …
El MECES se define en términos de lo que se espera a priori que aprenda un
estudiante y lo que será capaz de hacer al finalizar sus estudios
independientemente de su campo de estudio.
Para los empleadores …
El MECES explica de forma clara y directa lo que se puede esperar de los
nuevos egresados y las diferencias entre estos cuando su título es de Grado o
de Master (por poner un ejemplo).
Para los profesores …
El MECES proporciona un documento de referencia para el diseño de planes de estudios
y una herramienta para la puesta en marcha de los sistemas externos e internos de
garantía de calidad.
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EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Marcos de
cualificaciones
Objetivos
Marco Europeo de
Cualificaciones para el Espacio
Europeo de Educación Superior
(QF-EHEA)
Marco Español de
Cualificaciones para la
Educación Superior (MECES)
Marco Europeo de
Cualificaciones para el
aprendizaje permanente
(EQF)
Marco Español de
Cualificaciones (MECU)
Comparabilidad
Transparencia
Movilidad
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Marcos Europeos
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Reconocimiento de Cualificaciones
Marcos Nacionales
Marcos
Sectoriales
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
MARCO CUALIFICACIONES DEL ESPACIO
EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Cualquier título, diploma o certificado emitido por
una institución educativa acreditando que cierto
conjunto de resultados del aprendizaje ha sido
adquirido, por un estudiante, después de haber
superado satisfactoriamente un programa de
formación
en
una
institución
legalmente
reconocida en el ámbito de la educación superior.
MARCO EUROPEO CUALIFICACIONES PARA EL
APRENDIZAJE PERMANENTE
Cualquier grado, diploma o certificado emitido por
una institución educativa, o entidad autorizada,
dando fe de que cierto conjunto de resultados del
aprendizaje ha sido adquirido, normalmente
después de haber superado satisfactoriamente un
programa de formación en una institución del
ámbito de la educación.
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Reconocimiento de Cualificaciones
Títulos
formales
adquiridos en
el sistema de
educación
superior.
Acreditaciones
de
aprendizajes
adquiridos en
los ámbitos
formal,
no
formal
e
informal, a lo
largo de la
vida.
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

El Marco Europeo de Cualificaciones para el
EEES consta de 3 niveles referidos
exclusivamente a educación formal, pero en
algunos países se ha adoptado un cuarto,
denominado “ciclo corto”, que sería
equivalente a los 120 primeros ECTS del
nivel 1 (grado) o, en el caso de España,
correspondería a los CFGS.
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EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
NIVEL
DESCRIPTORES
CRÉDITOS
Ciclo 1
Las cualificaciones que indican la consecución del primer ciclo se
otorgan a los estudiantes que:
hayan demostrado poseer y comprender conocimientos en un área de
estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se
suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto
avanzados,
incluye
también
algunos
aspectos
que
implican
conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio;
sepan aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma
profesional y posean las competencias que suelen demostrarse por
medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de
problemas dentro de su área de estudio;
tengan la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes
(normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que
incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social,
científica o ética;
puedan transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un
público tanto especializado como no especializado;
hayan desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias
para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía.
180-240
créditos
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Reconocimiento de Cualificaciones
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
NIVEL
DESCRIPTORES
CRÉDITOS
Ciclo 2
Las cualificaciones que indican la consecución del primer ciclo se
otorgan a los estudiantes que:
posean y comprendan conocimientos que se basan en los típicamente
asociados al primer ciclo y, los amplían y mejoran, lo que les aporta una
base o posibilidad para ser originales en el desarrollo y/o aplicación de
ideas, a menudo en un contexto de investigación;
sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de
resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro
de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su
área de estudio;
sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la
complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo
incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades
sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y
juicios;
sepan comunicar sus conclusiones –y los conocimientos y razones
últimas que las sustentan– a públicos especializados y no
especializados de un modo claro y sin ambigüedades;
posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar
estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o
autónomo.
60-120
créditos
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Reconocimiento de Cualificaciones
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
NIVEL
DESCRIPTORES
CRÉDITOS
Ciclo 3
Las cualificaciones que indican la consecución del primer ciclo se
otorgan a los estudiantes que:
hayan demostrado una comprensión sistemática de un campo de
estudio y el dominio de las habilidades y métodos de investigación
relacionados con dicho campo;
hayan demostrado la capacidad de concebir, diseñar, poner en
práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación con seriedad
académica;
hayan realizado una contribución a través de una investigación
original que amplíe las fronteras del conocimiento desarrollando un
corpus sustancial, del que parte merezca la publicación referenciada a
nivel nacional o internacional;
sean capaces de realizar un análisis crítico, evaluación y síntesis de
ideas nuevas y complejas;
sepan comunicarse con sus colegas, con la comunidad académica en
su conjunto y con la sociedad en general acerca de sus áreas de
conocimiento;
se les suponga capaces de fomentar, en contextos académicos y
profesionales, el avance tecnológico, social o cultural dentro de una
sociedad basada en el conocimiento.
---------
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EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
El Marco Español de Cualificaciones para
la Educación Superior se estructura en
cuatro niveles:




Nivel 1: Ciclo corto de la enseñanza
superior.
Nivel 2: Grado
Nivel 3: Máster
Nivel 4: Doctor
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Reconocimiento de Cualificaciones
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
El ámbito de aplicación del Marco lo constituyen
cualificaciones procedentes de
la enseñanza universitaria,
las enseñanzas artísticas superiores,
la formación profesional de grado superior,
las enseñanzas profesionales de artes plásticas y
diseño de grado superior y
las enseñanzas deportivas de grado superior.
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EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
NIVELES
Créditos ECTS
1
CICLO CORTO DE
EDUCACION
SUPERIOR
120 ECTS
CUALIFICACIONES
Ciclos
formativos de la formación profesional de grado superior (de acuerdo con el apartado 5 del Artículo 3 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Grados
2
GRADO
240 ECTS
3
MASTER
60 a 120 ECTS
4
DOCTOR
(de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales).
Grado de las enseñanzas artísticas superiores: Música, Danza, Arte Dramático, Conservación y Restauración de Bienes
Culturales, Diseño y Artes Plásticas (de acuerdo con el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se
establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación).
Másteres
15 de septiembre de 2010
universitarios (Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales).
Máster en Enseñanzas Artísticas de las enseñanzas artísticas superiores (de acuerdo con el Real Decreto 1614/2009, de
26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
Doctorados
(de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales)
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Reconocimiento de Cualificaciones
Un ejemplo: el marco irlandés
15 de septiembre de 2010
Subdirección General de Títulos y
Reconocimiento de Cualificaciones
Equivalencias de los niveles de los marcos
EQF
MECU
MECES
QF - EHEA
8
8
Ciclo 3
Ciclo 3
7
7
Ciclo 2
Ciclo 2
6
6
Ciclo 1
Ciclo 1
15 de septiembre de 2010
5
5
Ciclo Corto
4
4
-
3
3
-
2
2
-
1
1
-
Subdirección General de Títulos y
Reconocimiento de Cualificaciones
EL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES
PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Cualificaciones
País A
Marco Nacional
(MNC) País A
MNC Nivel 9
EQF Nivel 8
Marco Nacional
(MNC) País B
EQF Nivel 7
MNC Nivel 6
MNC Nivel 8
EQF Nivel 6
MNC Nivel 5
MNC Nivel 7
MNC Nivel 6
MNC Nivel 5
EQF Nivel 5
MNC Nivel 4
EQF Nivel 4
MNC Nivel 3
MNC Nivel 4
EQF Nivel 3
MNC Nivel 2
MNC Nivel 3
EQF Nivel 2
MNC Nivel 2
MNC Nivel 1
15 de septiembre de 2010
MNC Nivel 1
EQF Nivel 1
Subdirección General de Títulos y
Reconocimiento de Cualificaciones
Cualificaciones
País B
FUTURO DEL RECONOCIMIENTO DE
TÍTULOS EXTRANJEROS



La nueva ordenación de la enseñanza universitaria en
España comportará un cambio sustancial en los
procedimientos para el reconocimiento de títulos
extranjeros.
Con carácter general el reconocimiento será
determinante para el ejercicio de profesiones
reguladas.
La prosecución de estudios en el ámbito universitario
no precisa del previo reconocimiento de los títulos. Las
Universidades, directamente, pueden admitir a titulados
extranjeros en todas sus enseñanzas (Grado, Máster o
Doctor)
15 de septiembre de 2010
Subdirección General de Títulos y
Reconocimiento de Cualificaciones
FUTURO DEL RECONOCIMIENTO DE
TÍTULOS EXTRANJEROS

El MECES se constituye en un elemento
imprescindible y de extraordinaria utilidad
para el reconocimiento de titulaciones.

Se ha de preparar a la sociedad para
asumir esta nueva realidad propia en un
mundo globalizado.
15 de septiembre de 2010
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Reconocimiento de Cualificaciones
Gracias por su atención
15 de septiembre de 2010
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Reconocimiento de Cualificaciones