WCO workshop on HS 2012

Download Report

Transcript WCO workshop on HS 2012

SEMINARIO CAAAREM
“CASOS PARTICULARES DE
CLASIFICACION DE CAAAREM EN
EL SA 2012”
Alvaro FERNANDEZ-ACEBES
OMA - Directorado de Arancel y Asuntos Comerciales
Seminario CAAAREM – México – Diciembre 2011
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
1
SA 2012 : Casos Particulares
Clasificación de Lámparas LED :
Estas bombillas producen luz “fría” con una estrecha banda
de radiación. Puede ser instaladas remplazando
directamente las bombillas tradicionales.
De la sigla inglesa LED: LightEmitting Diode: "diodo emisor de
luz", también "diodo luminoso")
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
2
SA 2012 : Casos Particulares
Clasificación de Lámparas LED :
Analizando bombillas LED. Laboratorio de Estándares.
Addis Abeba. Etiopía. Octubre 2011.
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
3
SA 2012 : Casos Particulares
Clasificación de Lámparas LED :
Las lámparas LED no responden a la descripción de la
partida 85.39 y deben ser clasificadas en la partida residual
85.43 (8543.70).
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
4
SA 2012 : Casos Particulares
Clasificación de Lámparas LED :
HS 2012
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
5
SA 2012 : Casos Particulares
Clasificación de Lámparas LED :
EJEMPLO de la NOMENCLATURA
MEXICANA
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
6
SA 2012 : Casos Particulares
Clasificación de Lámparas LED :
HS 2012
Nueva subpartida en HS 2017?
8543.40 - Lámparas de tipo diodo emisor de luz (LED)
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
7
SA 2012 : Casos Particulares
HS 2012
Nueva subpartida en HS 2017 ? : modificación de
;Lámparas de tipo diodo emisor de luz (LED)
texto de partida :
8539.50 - Lámparas de tipo diodo emisor de luz (LED)
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
8
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
9
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
•CRITERIO INTERNO DE MEXICO :
“Se entiende que los aparatos electrodomésticos son aquellos que
su consumo de potencia eléctrica está por debajo de los 3600
Watt, son monofásicos a 127 Volts y por ningún motivo deben de
superar los 30 amperes;
(La Comisión Federal de Electricidad en México; ofrece el servicio doméstico
hasta un consumo máximo de potencia de 5000Watt (consultar la página
electrónica) http://www.cfe.gob.mx )
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
10
SA 2012 : Casos Particulares
•CRITERIO DE MEXICO:
Las características físicas y eléctricas especiales que identifican a
un aparato de uso industrial están muy por encima de las
características que presentan las maquinas de uso doméstico;
entre las que destacan son:
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
11
SA 2012 : Casos Particulares
•PROPUESTA DE MEXICO (CAAAREM) :
LAS ESPECIFICACIONES PUEDEN CAMBIAR
DE UN PAIS A OTRO : DIFICIL DE ACEPTAR PARA EL CSA?
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
12
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
•El CSA ha adoptado una interpretación restrictiva de la partida
85.09, la cual limita el alcance de la partida a los artículos
normalmente utilizados en los hogares. Esa es la razón de que la
Nota explicativa de la partida 85.09 afirme:
“la cual (la importancia de la función) no debe sobrepasar la
necesaria para satisfacer las necesidades o exigencias del
ámbito doméstico.”
•En la opinión de la Secretaría, aparatos fabricados para uso
comercial (en hospitales, hoteles, restaurantes, y otros
establecimientos de restauración) se deben clasificar como
aparatos industriales.
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
13
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : MARCO LEGAL
•Nota 3 de CAPITULO 85 :
•Nota Explicativa de partida 85.09 :
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
14
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : MARCO LEGAL
•Nota Explicativa de partida 85.09
Esta partida comprende:
Que dice el manual respecto a su uso?
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
15
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : MARCO LEGAL
•Nota Explicativa de partida 85.09
Esta partida comprende:
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
16
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : MARCO LEGAL
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
17
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : MARCO LEGAL
•Nota Explicativa de partida 85.16.
•Esta partida comprende :
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : MARCO LEGAL
•Nota Explicativa de partida 85.16.
•Esta partida comprende :
Sin indicaciones de potencia, peso….
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : 8438.80 (industrial)
HSC/48, Anexo G/7
Un emulsor-mezclador con un motor eléctrico en acero
inoxidable. Las características técnicas del aparato, concebido
para un uso comercial (hospitales, restaurantes y laboratorios
farmacéuticos y químicos), son las siguientes:
Velocidad del motor: 1.500/3.000 RPM;
Potencia del motor: 950/1.300 W;
Conexión eléctrica: 230-400 V/50 hz;
Capacidad del caldero: unos 6,6 litros;
Peso: 26 kg aprox.;
Dimensiones: 520 mm x 280 mm x 340 mm.
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
20
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : 8438.60 (industrial)
HSC/48, Anexo G/7
Una máquina para la preparación de hortalizas dotada de un motor
eléctrico autónomo, trifásico, usado para rebanar, cortar, desmenuzar
y rallar las hortalizas que se añaden de manera continua, y preparar
las patatas fritas y la sopa juliana. Contiene una boca de
alimentación con dos aberturas y empujadores, disco rebanador y un
tablero de control.
Velocidad del motor: 375 RPM;
Potencia del motor: 600 W;
Conexión eléctrica: 400 V/50 hz;
Prepara 1.200 porciones en un máximo de 3 horas;
Peso: unos 15 kg;
Dimensiones: 745 mm x 610 mm x 310 mm.
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
21
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : 8435.10 (no doméstico)
HSC/48, Anexo G/7
Un exprimidor centrífugo con motor eléctrico de acero inoxidable
usado para extraer el jugo de las frutas/las hortalizas. Diseñado para
uso en el comercio (cafés, restaurantes, cantinas, guarderías,
clínicas, comedores comunitarios, etc.).
Características :
-
Velocidad del motor: 3.000 rpm;
Potencia del motor: 700 W; Intensidad: 7 amperios;
Conexión eléctrica: 230 V/50 hz;
Rendimiento: 100-120 kg de fruta/hortalizas por hora;
Capacidad del recipiente para residuos: unos 6 litros;
Peso: 11 kg aprox.; Dimensiones: 505 mm x 235 mm x 420 mm.
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
22
SA 2012 : Casos Particulares
•PROPUESTA DE TURQUIA:
a) La introducción de una definición de la expresión “preparación o
• fabricación industrial” en las Notas Explicativas de la partida 84.38;
b) La introducción de una definición de la expresión “las necesidades
o exigencias del ámbito doméstico” en las Notas explicativas de la
partida 85.09 a efectos de precisar la clasificación de aquellos
aparatos que sobrepasan la necesaria (potencia, capacidad…) para
satisfacer las necesidades o exigencias del ámbito doméstico pero
que no se diferencian de los aparatos electrodomésticos en cuanto
a su dimensión, aspecto y funcionamiento y son apropiado para
ser utilizados en los lugares tales como cafés y restaurantes.
PROPUESTA ADICIONAL DE LA OMA : una exclusión en la Nota explicativa
de la partida 85.09 que excluiría de esta partida las “trituradoras y mezcladoras
de alimentos y extractoras de jugo de frutos u hortalizas, de uso industrial o
comercial, del tipo usado en los restaurantes o establecimientos similares ”
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
23
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial : Cuestiones de México
Especificaciones eléctricas
Voltaje: 110V, 60 Hz., Potencia: 850 W / 1,300 W
Longitud del cable: 1.8 m
Características:
- Licuadora profesional para la elaboración de bebidas a base de
hielo, así como todo tipo de licuados y salsas.
- Muele hielo y puede usarse con otros productos alimenticios,
salsas, jugos, etc.
- Tres aspas de acero inoxidable.
- Motor de 2.5 caballos de fuerza (hasta 37,000 revoluciones).
- Vaso de policarbonato de alta resistencia con capacidad de 2
litros.
- Ideales para cafeterías, restaurantes y hoteles que busquen la
eficiencia en la elaboración de bebidas frías a base de hielo
Dimensiones
Frente: 20.5 cm, Fondo: 23.0 cm, Altura: 51.0 cm, Peso: 4.2 Kgs
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
Licuadora
SANSON
84.35 o 85.09
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
25
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
Cocedoras de pan :
Ch. 84 .17 o 85.14 o 85.16
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
26
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
Calentadores de alimentos
Autoclaves :
Ch. 84 .19 o 85.16
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
27
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
Cafeteras
Fuentes de Chocolate :
Ch. 84 .19 o 85.16
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
28
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
Calentadores eléctricos de agua:
Ch. 84 .19 o 85.16
Calentadores eléctricos de agua siempre en
85.16 independientemente del uso
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
29
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
Peso?
Indicaciones del manual?
Molinos para carne :
Ch. 84 38 o 85.09
México, Diciembre 2011
Batidora para pan
Ch. 84 .38 o 85.0930
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
SA 2012 : Casos Particulares
Doméstico vs Industrial
•INFORME CSA (CSA/48, Anexo G/7):
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
31
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE GENERADORES ELECTRICOS
DE CELDAS FOTOELECTRICAS : Nueva partida?
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
32
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE GENERADORES ELECTRICOS
DE CELDAS FOTOELECTRICAS : Nueva partida?
WIKIPEDIA : El tipo de corriente
eléctrica que proporcionan
normalmente es corriente continua,
•Nota Explicativa de partida 85.01 :
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
33
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE GENERADORES ELECTRICOS
DE CELDAS FOTOELECTRICAS : Nueva partida?
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
34
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE GENERADORES ELECTRICOS
DE CELDAS FOTOELECTRICAS : Nueva partida?
Excluyendo los de celdas fotovoltaicas
Excluyendo los
de celdas
fotovoltaicas
8501.70 - Generadores eléctricos de celdas fotovoltaicas
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
35
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP”
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP”
Nota Explicativa de 87.03 :
Nota Explicativa de 87.04 :
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP”
Nota Explicativa de 87.03 :
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP”
Nota Explicativa de 87.04 :
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP”
OTROS CRITERIOS POSIBLES :
•
•
•
•
Proporción entre peso pasajeros (1 x 70 kg) y
capacidad de carga. (OMA)
Proporción de la superficie para cargo y para
pasajeros (UE)
Lujosos neumáticos y guardabarros (UE)
Equipo de música y acabados internos lujosos.
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP” : 87.03
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP” : 87.04
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP” : 87.03
SA 2012 : Casos Particulares
CLASIFICACION DE VEHICULOS “PICK UP” : 87.04
GRACIAS POR SU ATENCION
www.wcoomd.org
Auditorium - Bilbao/Spain
México, Diciembre 2011
Copyright© 2011 ORGANIZACION MUNDIAL DE ADUANAS. Todos los derechos reservados.
45