Inducción al Poder Judicial del Estado. M. D. Elsa Amalia Kuljacha

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PODER JUDICIAL
DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
1
CURSO DE INDUCCIÓN AL PODER JUDICIAL DEL ESTADO
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INTRODUCCIÓN
El Poder Judicial del Estado de Baja California, se estructura a partir de tres
órganos especializados:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL
CONSEJO DE LA JUDICATURA
A los tribunales del fuero común del Estado de Baja California, les
corresponde la facultad de aplicar las leyes en los asuntos civiles, penales,
familiares y de justicia para adolescentes, que sean de su conocimiento, así
como los casos en los que las demás leyes les concedan jurisdicción. Por
ejemplo los asuntos relacionados con la materia mercantil o la materia
electoral, a través del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial.
Estas facultades se ejercen por diversas autoridades, establecidas en el
artículo 1, de la LOPJ, que encarnan a los órganos jurisdiccionales señalados
en el artículo 2 de la misma ley, que también crea a los órganos auxiliares de
la administración de justicia en el artículo 4.
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Al Consejo de la Judicatura, le corresponde velar en todo momento, por la
autonomía de los órganos del Poder Judicial del Estado y por la
independencia e imparcialidad de sus miembros, correspondiéndole las
facultades de administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del
Poder Judicial.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
El Tribunal Superior de Justicia está integrado por 13 magistrados numerarios y
3 supernumerarios y funcionará en Pleno y por Salas.
También contamos con una Sala Unitaria especializada en justicia para adolescentes.
Su composición orgánica es la siguiente:
Catorce Magistrados,
Un Secretario General de Acuerdos,
Secretarios Auxiliares para la sección civil, la penal y la de amparos,
Secretarios de Estudio y Cuenta
Un Coordinador Administrativo de la Actuaría,
Actuarios.
De los Magistrados se elige a su Presidente.
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Tribunal Superior de Justicia del Estado
Organigrama Estructural
Tribunal Superior de
Justicia del
Poder Judicial del Estado
de Baja California
Pleno del Tribunal Superior
de Justicia
(Presidente y Magistrados)
Secretaría
Particular
Secretarios Auxliares
Presidencia
Sec. Civil(1), Sec.
Penal(1), Sec. Amparos(1)
Secretario General
de Acuerdos (1)
Coordinación de
Comunicación
Social
Juzgados Civiles
Mxli (5), Tij(9), Ens(3) Tec(1),
Gpe.Vic(1), San Quintin(1),
Rosarito(1)
Boletín
Judicial
Juzgados Penales
Sistema tradicional
Mxli (6), Tij(10),
Ens(3) Tec(1),
Gpe.Vic(1),
San Quintin(1),
Rosarito(1)
Salas Civiles
(2)
Salas Penales
(2)
Sala Unitaria para
Adolescentes
(1)
Secretarios de
Estudio y Cuenta
(18)
Secretarios de
Estudio y Cuenta
(24)
Secretarios de
Estudio y Cuenta
(1)
Juzgado Primera
Instancia
Especializado en
Justicia para
Adolescentes
Juzgados Mixtos
1ra Instancia
Cd. Morelos,
San Felipe
Juzgados de Paz
Civil
Mexicali (2)
Juzgados
Familiares
Mexicali(3),
Tijuana(3),
Ensenada(1)
Juzgado Mixto
de Paz
Ensenada (1)
Tribunal de
Juicio Oral
(1)
Jueces de
Garantía
(19)
Mxli(1), Tij(1), Ens(1)
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TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL
Este tribunal fue creado como figura de máxima autoridad jurisdiccional
en materia electoral, con autonomía, independencia e imperio suficiente
para hacer cumplir sus determinaciones, a fin de garantizar que los actos y
resoluciones de las autoridades electorales se sujeten invariablemente al
principio de legalidad, resolviendo las controversias que surjan durante los
procesos electorales locales, y las que surjan en los años no electorales.
El Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado, como la
mayoría de esta naturaleza, se constituyó en una época reciente y tiene
como antecedentes el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja
California, creado por Decreto 122, publicado el 14 de diciembre de 1994.
El actual tribunal de la materia, fue creado por Decreto 105, publicado el 6
de octubre de 1997, e incorporado al Poder Judicial de la entidad.
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Este Tribunal funciona en Pleno y en Salas. El Pleno se integra con tres
Magistrados Numerarios y, las Salas son Unitarias.
Su composición orgánica es la siguiente:
Tres Magistrados numerarios,
Un Secretario General de Acuerdos,
Secretarios de Estudio y Cuenta,
Coordinador Jurídico,
Coordinador Administrativo y titular de la Unidad de Transparencia,
Analista Financiero,
Jefe de Archivo Jurisdiccional,
Oficialía de Partes,
Personal administrativo,
Actuarios.
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Tribunal de Justicia Electoral
Organigrama Estructural
Tribunal de Justicia Electoral del
Poder Judicial del Estado
de Baja California
Pleno del Tribunal de Justicia
Electoral
(Presidente y Magistrados)
Magistrado
Magistrado
Secretaria
Comisión de
Secretarios de
Estudio y Cuenta
Administración
Secretarios de
Estudio y Cuenta
Coordinador
Jurídico
Secretario General
Secretario (3)
Coordinador de Organo
Administrativo
Jefe de Archivo
Jurisdiccional
Oficialia
de Partes
Analista
Financiero
Actuario
(3)
Secretaria
Ayudante de
Oficios Varios
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PARTIDOS JUDICIALES
Para efectos de nuestra organización, el Estado de Baja California se divide
en 5 partidos judiciales:
 Mexicali, que incluye Guadalupe Victoria, Ciudad Morelos y San
Felipe,
 Tijuana,
 Tecate,
 Playas de Rosarito y,
 Ensenada, que incluye San Quintin
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CONSEJO DE LA JUDICATURA. UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ÓRGANOS AUXILIARES
CONSEJO DE LA JUDICATURA
Órgano del Poder Judicial del Estado, con independencia técnica de gestión y
para emitir sus resoluciones, que tiene a su cargo la administración,
vigilancia, disciplina, carrera judicial y actividades académicas, que imparte
por conducto del Instituto de la Judicatura del Estado.
El Pleno del Consejo de la Judicatura está facultado para expedir los
acuerdos, resoluciones y reglamentos generales para su funcionamiento y de
sus organismos auxiliares.
Integración
El Consejo de la Judicatura se integra por 7 Consejeros:
El Presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien funge como
Presidente del Consejo de la Judicatura
Dos Magistrados
Un Juez,
Dos profesionales del derecho, nombrados por el Congreso del Estado, y
Un profesional del derecho nombrado por el Gobernador del Estado.
Los Consejeros designados por los Poderes Ejecutivo y Legislativo, no
representan a quienes los designan, por lo que el ejercicio de su cargo debe
realizarse de manera imparcial y con independencia de dichos poderes.
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Organización
El Consejo de la Judicatura, funciona en Pleno, Comisiones y Comités, pues
se organiza, para el cumplimiento de sus atribuciones en:
oComisión Administración;
oComisión Académica;
oComisión de Carrera Judicial;
oComisión de Vigilancia y Disciplina
oComisión de Valoración Documental.
Además de las comisiones, existen comités, encargados de actividades
específicas, tales como:
Comité Técnico de Acceso a la Información Pública del Poder Judicial
del Estado de Baja California;
Comité de Planeación para la Programación y Presupuestación del
Poder Judicial del Estado de Baja California;
Comité de Compras.
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Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado
de Baja California
Contraloría del
Poder Judicial
Pleno del Consejo de la
Judicatura
(Presidente y Consejeros)
Presidente del
Consejo de la
Judicatura
Administradores
Judiciales (2)
Secretaría
General
del Consejo
Oficialía de
Partes
Unidad
Jurídica
Centro Estatal de
Justicia Alternativa
Comisión de
Vigilncia
y Diciplina
Comisión de
Administración
Comisión de
Valoración
Documental
Unidad
Administrativa
Comité de
Compras
Servicio Médico
Forense
Archivo
Judicial
Comité de Planeación
para Programación
y Presupuestación
Unidad de
Transparencia
Comisión
Académica
Comité Técnico
de Acceso a la
Información
Comisión de
Carrera Judicial
Coordinación
de Peritos
Secretarios
Auxiliares
(2)
Instituto de la
Judicatura
Visitaduría
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COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN
Tiene a su cargo la administración y vigilancia de los asuntos relativos a
recursos humanos, bienes y servicios, informática, nóminas, oficialía de
partes, contabilidad y finanzas, presupuesto, compras y suministros,
servicios y mantenimiento, fondo auxiliar y archivo judicial.
El Consejo de la Judicatura, apoya a través de esta Comisión a dichas
dependencias, a los Juzgados, Tribunales y órganos especializados, con la
dotación de recursos materiales –oficinas, muebles, papelería- y el
personal administrativo capacitado para su adecuado funcionamiento.
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COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL
Es la encargada del sistema de ingreso y promoción de los servidores
públicos de carácter jurisdiccional, es decir, de quienes desempeñan
funciones materialmente relacionadas con la impartición de justicia, esto es,
con la facultad de aplicar las leyes de nuestra competencia con excepción de
Magistrados, quienes son designados por el Congreso Local, tanto del
Tribunal Superior de Justicia como los del Tribunal de Justicia Electoral.
Existen diversas categorías dentro del sistema de carrera judicial, todas con
un perfil específico, y para acceder a ellas, hay que cumplir con diversos
requisitos y en su caso, obtener el encargo a través de concursos de oposición
o de méritos.
Los cargos considerados dentro de la carrera Judicial se encuentran
enunciados en el artículo 7º. del Reglamento de Carrera Judicial, a saber:
Magistrados;
Jueces;
Secretario General de Acuerdos del Tribunal Superior de Justicia;
Secretarios de Estudio y Cuenta del TSJ;
Secretarios auxiliares del TSJ;
Secretarios de Acuerdos y:
Actuarios del Poder Judicial.
Controversias en materia de derecho civil, mercantil, familiar, justicia
para adolescentes y penal.
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COMISIÓN ACADÉMICA
Es la encargada de formular los dictámenes relativos a los planes y
programas que en materia de capacitación, actualización, formación,
desarrollo, difusión y edición, requieran autorización del Consejo de la
Judicatura del Estado.
Esta Comisión se auxilia del Instituto de la Judicatura del Poder Judicial de
la entidad.
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COMISIÓN DE VIGILANCIA Y DISCIPLINA
Esta Comisión, realiza las tareas necesarias para lograr la eficacia de las
acciones tendientes a impulsar y promover el debido cumplimiento de
la Ley, el Reglamento del Consejo de la Judicatura y demás
ordenamientos normativos en materia disciplinaria, de vigilancia, de
transparencia y acceso a la información pública.
Las tareas de vigilancia que le corresponden a esta Comisión, las realiza
a través de un órgano auxiliar llamado Visitaduría, competente para
inspeccionar el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales Y
supervisar la conducta de los servidores públicos de los órganos
jurisdiccionales. Su tarea la realiza mediante visitas ordinarias
previamente calendarizadas y visitas para efectos de ratificación de los
jueces.
Los procedimientos disciplinarios, corresponden a esta Comisión,
apoyándose para ello del Secretario General del Consejo y sus auxiliares.
Lo relativo a la transparencia, protección de datos personales y el
acceso a la información pública del Poder Judicial del Estado, se opera
a través del Comité Técnico de Acceso a la Información Pública y de la
Unidad de Transparencia.
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COMITÉ TÉCNICO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO
•Este Comité de carácter técnico, es un órgano colegiado y normativo en
materia de transparencia, protección de datos personales y acceso a la
información pública por los titulares de los sujetos obligados y demás
funcionarios que señale su reglamento, el cual está encargado de coordinar
y verificar las acciones tendientes a dar publicidad a la información. De las
atribuciones que se le confieren en el artículo 44 de la Ley de la materia,
destacan las siguientes:
Diseñar el sistema de información del Poder Judicial del Estado, vigilando
que se ajuste a la normatividad aplicable;
•Proponer las acciones necesarias para garantizar la protección de datos
personales;
•Elaborar y revisar los criterios de clasificación y resguardo de información;
•Supervisar el registro y actualización de las solicitudes de acceso a la
información, así como sus trámites y resultados;
•Proponer la política y la normatividad del Poder Judicial en materia de
transparencia, acceso a la información y datos personales;
•Validar el informe anual elaborado por la Unidad de Transparencia;
•Establecer la Unidad de Transparencia y las unidades receptoras que sean
necesarias y cuidar el efectivo cumplimiento de sus funciones;
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•Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos del
Poder Judicial y del personal adscrito a la Unidad de Transparencia el Poder
Judicial, conformada;
•Fomentar la cultura de la transparencia;
•Establecer los lineamientos para elaborar los formatos de solicitudes de
acceso a la información, así como los de acceso y corrección de datos
personales;
•Establecer los lineamientos y políticas generales para el manejo,
mantenimiento, seguridad y protección de los datos personales, que estén
en posesión del Poder Judicial de la entidad.
Las demás que confiera el reglamento respectivo.
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COMITÉ DE COMPRAS
Órgano del Poder Judicial, con atribuciones para conocer de las
adquisiciones, arrendamientos y servicios que deban contratarse en los
términos de la ley.
COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA LA PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN
DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFONIA
Tiene dentro de sus funciones:
•Promover la participación y coordinación con todas las áreas del Poder
Judicial, para la elaboración de los planes y programas del Presupuesto
de Egresos del Poder Judicial del Estado,
•Constituirse en el elemento de evaluación y factibilidad de proyectos de
innovación y crecimiento del PJBC, cuando así lo requiera el TSJ,
•Formular y proponer al Consejo de la Judicatura, programas de
innovación y desarrollo en beneficio de los usuarios del PJBC,
•Evaluar el Plan de Desarrollo Judicial y sus programas,
•Servir como órgano de consulta de estadística general, entre otras.
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UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS AUXILIARES
De acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, el Consejo de la
Judicatura cuenta con 7 unidades administrativas para su adecuado
funcionamiento, a saber:
Instituto de la Judicatura;
El Archivo Judicial;
El Boletín Judicial;
La Contraloría;
La Oficialía de Partes;
El Centro Estatal de Justicia Administrativa y;
El administrador Judicial.
Por otra parte, también se han creado:
Unidad de Transparencia,
Unidad Jurídica,
Unidad Administrativa
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INSTITUTO DE LA JUDICATURA
La formación en la carrera judicial y cuerpos de la administración, es la
finalidad esencial del Instituto de la Judicatura del Poder Judicial del
Estado, y actúa como uno de sus elementos imprescindibles de la
modernización de la justicia y una herramienta clave para ayudar a dotar a
nuestros profesionales de un alto nivel y formación técnica y humana cuyo
resultado se proyectará sobre a aquellos a quienes afecta directamente:
ciudadanos, quienes tienen derecho a una mayor calidad en la respuesta y
en la atención por parte de aquellos que conforman las instituciones
llamadas a resolver conflictos.
Las tareas del Instituto se emprenden a través de cinco programas:
•Programa de formación, capacitación y actualización,
•Programa de capacitación administrativa,
•Programa de investigación,
•Programa editorial,
•Programa de difusión y vinculación institucional.
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Estos programas tienden al fortalecimiento de la carrera judicial y a la
preparación de los servidores públicos en general, lo que constituye todo un
proceso social, pues, la formación y perfeccionamiento de los jueces y
servidores públicos relacionados con el quehacer judicial, constituye un
proceso de aculturación dentro del propio ejercicio profesional.
El propósito es profesionalizar a servidores públicos comprometidos y
responsables, que puedan asumir y sostener un proyecto de vida
profesional, en un marco de correcta aplicación de la ley y de vida personal
pacífica y de calidad.
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Poder Judicial del Estado
de Baja California
Consejo de la Judicatura
Instituto de la Judicatura
Organigrama Estructural
Comisión
Académica
Dirección
Programa de Formación,
Capacitación y Actualización
Jurídica
Programa de
Capacitación Administrativa
Programa de
Investigación
Coordinador
Coordinador
Investigador
(2)
(en funciones de
Investigador)
Profesionista
Especializado
(en funciones de
Investigador)
Programa
Editorial
Programa de Difusión y
Vinculación Institucional
Administrativo
Especializado
Coordinador
Profesionista
Especializado
(en funciones de
Investigador)
Administrativo
Especializado
Coordinador
Zona Costa
Soporte
Técnico
Programación y
Presupuesto
Analista de
Soporte Técnico
Profesionista
Especializado
Biblioteca
Coordinador
Auxiliar
Administrativo
Comisario
(1)
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ARCHIVO Y BOLETÍN JUDICIAL
Lograr que los documentos del Poder Judicial se resguarden y estén
debidamente organizados y conservados bajo criterios uniformes que
permitan la localización disponibilidad e integridad de los mismos, es la
misión que tiene esta jefatura. Al efecto, el Archivo Judicial, se organiza a
través de programas para la recepción, resguardo y préstamo de
expedientes, así como para la depuración de documentos, autorizados por
la Comisión de Valoración Documental.
Así, en el Archivo Judicial, se depositan todos los expedientes de los
Tribunales y juzgados del Poder Judicial, así como todos aquellos
documentos administrativos que remite el Consejo de la Judicatura.
El Boletín Judicial, es un órgano oficial de difusión del Poder Judicial del
Estado, que tiene por objeto la publicación de:
Listas de acuerdos dictados en materia civil, familiar y mercantil de los
juzgados que en esta materia existen en la entidad, así como del Tribunal
Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura;
Edictos;
Avisos Judiciales.
Este órgano de difusión, se aprovecha para dar publicidad a los diversos
eventos académicos, concursos de oposición y su seguimiento, así como lo
relacionado con convocatorias a peritos.
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Pleno del Consejo de la Judicatura
(Presidente y Consejeros)
Comisión de Administración
Archivo del Poder
Judicial del Estado
Jefatura
Comisario
(1)
Administrativo
Especializado (1)
Auxiliar Administrativo
(9)
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OFICIALÍA DE PARTES
Todos los órganos jurisdiccionales tienen un área para archivo y recepción de
escritos que se denominan Oficialías de Partes. Existen también, las Oficialías
de Partes Común, cuyas atribuciones legalmente establecidas consisten,
entre otras:
Recibir el escrito por el cual se inicia un procedimiento, mismo que deberá
ser turnado al juzgado que corresponda su conocimiento,
Recibir los escritos posteriores al inicial, si se presentaren fuera de las horas
de labores del TSJ y juzgados, los que deberán turnarse a la autoridad que
corresponda.
Fuera de la capital del Estado, recibir promociones que deben presentarse al
TSJ, o al Consejo de la Judicatura, turnándolos a su destinatario dentro de los
dos días hábiles siguientes a su presentación.
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CENTRO DE JUSTICIA ALTERNATIVA
El Centro Estatal de Justicia Alternativa, es el órgano auxiliar del Consejo de
la Judicatura del Estado, que tiene a su cargo la prestación de los servicios de
mediación y conciliación, como procedimientos alternativos de prevención y
solución de controversias, cuyo conocimiento esté encomendado a los
tribunales del Poder Judicial del Estado, con excepción de la materia penal.
Poder Judicial del Estado
de Baja California
Dirección
Jefatura de
Departamento
Comisario
Recepción
Coordinación
Mexicali
Mediadores
(2)
Conciliadores
(3)
Coordinación
Tijuana
Mediadores
(8)
Conciliadores
(7)
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CONTRALORÍA
Órgano dependiente y auxiliar del Consejo de la Judicatura, cuya función
consiste en practicar auditorías y la aplicación de las disposiciones relativas al
registro patrimonial y de responsabilidades administrativas de los servidores
públicos del Poder Judicial, tiene a su cargo el control y la inspección del
cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo que rigen a
los órganos, servidores públicos y empleados del Poder Judicial, con
excepción de los adscritos al TJE. Investiga presuntas responsabilidades de
servidores públicos y empleados de los órganos del Consejo de la Judicatura.
Para el ejercicio de su función, el artículo 195 de la LOPJ, establece sus
atribuciones.
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Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado
Pleno del Consejo de la
Judicatura
(Presidente y Consejeros)
Profesionista
Especializado
(1)
Jefe de
Responsabilidades
Y Control Patrimonial
Contralor
Auxiliar
Administrativo
Coordinador
Coordinador
Ensenada
Profesionista
Especializado
(3)
Profesionista
Especializado
(3)
Coordinador
Tijuana
Profesionista
Especializado
(3)
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ADMINISTRADOR JUDICIAL
Es el órgano administrativo adscrito a la presidencia del Consejo de la
Judicatura y entre sus principales funciones se encuentran las siguientes:
Dirigir y realizar las labores administrativas, que sean necesarias, para la
buena marcha del despacho y el desarrollo adecuado de las audiencias que
presidan los jueces de garantía y los tribunales de juicio oral.
Para ello deberá:
•Programar las audiencias mediante un sistema informático y,
•Establecer el orden de guardias de los jueces,
•Supervisar las funciones del personal que tenga adscrito y a su cargo,
así como evaluar su desempeño,
•Realizar las tareas administrativas relativas al abastecimiento de
recursos materiales y humanos, de diseño y análisis de información
estadística.
•Recibir, entregar y custodiar los bienes y valores que se encuentren a
disposición de los jueces, salas de audiencia y demás bienes asignados al
servicio, entre otras.
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UNIDAD DE TRANSPARENCIA
De acuerdo a la ley, la Unidad de Transparencia es el órgano operativo
encargado de difundir la información de oficio, recibir y tramitar las
solicitudes de acceso a la información y de protección de los datos
personales, que se formulen al Poder Judicial del Estado, así como servir de
vínculo entre éste y los solicitantes. Artículo 37 de la ley; es decir, la Unidad
de transparencia actúa como órgano de enlace entre los órganos
jurisdiccionales y administrativos y los solicitantes de la información que
genera, administra o tiene en posesión el Poder Judicial. Entre sus funciones
están las siguientes:
•Recibir, tramitar y poner a disposición del solicitante la información
requerida y acceso a los datos personales y en su caso, el documento o
acuerdo que exprese los motivos y fundamentos que se tienen para
otorgar el acceso parcial a la misma, o en su caso, para negarlo;
•Orientar a los interesados en la formulación de solicitudes de
información pública y de los medios de impugnación previstos por la ley;
•Realizar las notificaciones a los particulares, respecto de acuerdos,
prevenciones o resoluciones que recaigan a sus solicitudes;
•Recibir y enviar al órgano garante los recursos que se presenten para su
trámite, al día hábil siguiente en que se reciban;
31
•Llevar el registro de solicitudes de acceso a la información y sus
resultados;
•Elaborar el informe anual de acceso a la información, de acuerdo a los
lineamientos que expida el Órgano Garante, para que sea publicado en
el portal del sujeto obligado, a más tardar el día último del mes de
marzo del año siguiente al que se informa y remitirlo al Órgano
Garante;
Pleno del Consejo de la
•Fomentar la cultura de la
transparencia; y, las demás
obligaciones que señale la ley y
el reglamento respectivo.
Judicatura
(Presidente y Consejeros)
Comisión de
Vigilancia y
Disciplina
Unidad de Transparencia y
Acceso a la Información
Dirección
Coordinación
Auxiliar Administrativo
Comisario
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ÓRGANOS AUXILIARES
Son auxiliares de la Administración de Justicia, conforme a la LOPJ:
•La Dirección de Prevención y Readaptación Social del Gobierno del
Estado;
•Las Oficialías del Registro Civil;
•Los peritos médicos legistas;
•Los intérpretes oficiales y demás peritos en los ramos que se les
encomiende;
•Los síndicos e interventores de concursos y quiebras,;
•Los albaceas e interventores de sucesiones, los tutores, curadores y
notarios, en las funciones que les encomienda el Código de
Procedimientos Civiles;
•Los depositarios e interventores;
•Los Presidentes Municipales, los delegados municipales, los jefes y
agentes de los cuerpos policíacos del Estado y Municipios;
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SERVICIO MÉDICO FORENSE
Órgano auxiliar de la administración de justicia, organizado a través de una
jefatura y coordinaciones distribuidas en las jurisdicciones de Mexicali, que
incluye Guadalupe Victoria y San Felipe. Tijuana, Tecate, Playas de Rosarito,
Ensenada y San Quintín, Baja California. Opera con:
•26 peritos médicos legistas,
•3 peritos en toxicología,
•1 peritos en histopatología, y
•22 auxiliares administrativos.
Entre sus actividades están:
•Manejo de cadáveres, respecto de los cuales se practican autopsias y
reconocimientos, dictaminando respecto a las causas de muerte, tales
como: infartos, insuficiencia respiratoria, edema pulmonar, alteraciones
neurológicas y muertes sospechosas, entre otras;
•Elaboración de documentos legales, entre los que encontramos
dictámenes de sanidad, de edad, certificados de lesiones, ginecológicos
y de integridad física, así como documentos de comparecencias a
juzgados;
•Exámenes médicos legistas, a través de los cuales se practican estudios
de toxicología, histopatológicos y radiológicos.
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Servicio Médico Forense
Organigrama Estructural
Comisión de
Administración
Jefatura
Partido Judicial
Mexicali
Coordinador
(4) Perito Médico
Legista
(1) Toxicólogo
(1) Hisopatólogo
(3) Técnico Auxiliar de
necropcia
(4) Administrativos
(1) Comisario
(1) Velador
Valle de Mexicali
(1) Perito Médico
Legista
Partido Judicial
Tijuana
San Felipe
Coordinador
(1) Perito Médico
Legista
Coordinador
(8) Perito Médico
Legista *2c
(1) Toxicólogo
(6) Técnico Auxiliar de
necropcia *3c
(6) Administrativos 3c
(1) Comisario
(1) Velador
Partido Judicial
Ensenada
Coordinador
(3) Perito Médico
Legista
(1) Toxicólogo
(2) Técnico Auxiliar de
necropcia
(4) Administrativos
San Quintin
Coordinador
(1) Perito Médico
Legista
Partido Judicial
Tecate
Partido Judicial
Rosarito
Coordinador
Coordinador
(1) Perito Médico
Legista
(4) Administrativos
(1) Perito Médico
Legista
Estadística
35