Sistema de Proteccion al Consumidor

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Transcript Sistema de Proteccion al Consumidor

Curso Virtual de Protección al
Consumidor en Materia de
Servicios financieros y Transparencia
de la Información.
Preparado por:
SISTEMA DE PROTECCION
AL CONSUMIDOR

Palmiro Zambrano Prieto es licenciado en Economía,
con mas de 25 años de experiencia en el sector
financiero.

Especialista en gestión del talento humano, planeación
estratégica, control de gestión y ejecución de proyectos.

Ha liderado importantes proyectos en el sector
financiero, y ha sido consultor de PYMES en gestión de
calidad.

Expositor sobre diversos temas, como Lavado de
Activos, Protección al Consumidor, Planeación
Estratégica, y otros, en diversas empresas del sistema
financiero nacional.
Temas
Legislación
Conceptos
Principios y Políticas
Derechos de los Consumidores
Protección al Consumidor frente a la publicidad
Idoneidad de los Productos y Servicios
Métodos comerciales abusivos
Marco legal e Institucional relacionados con la Protección
del Consumidor
LEY Nº 28587 - LEY COMPLEMENTARIA A LA LEY DE PROTECCIÓN
AL CONSUMIDOR EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS, 21Julio-2005
LEY Nº 29571 CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL
CONSUMIDOR, 01-Setiembre-2010
CONCEPTOS
Consumidores o Usuarios

Las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o
disfrutan como destinatarios finales productos o servicios materiales
e inmateriales, en beneficio propio o de su grupo familiar o social,
actuando así en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o
profesional.

No se considera consumidor quien adquiere, utiliza o disfruta de un
producto o servicio normalmente destinado para los fines de su
actividad como proveedor.

Excepcionalmente, se considera a los microempresarios que
evidencien una situación de asimetría informativa con el proveedor
respecto de aquellos productos o servicios no relacionados con el
giro propio del negocio.
Proveedores

Las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, que de
manera habitual fabrican, elaboran, manipulan, acondicionan, mezclan,
envasan, almacenan, preparan, expenden, suministran productos o prestan
servicios de cualquier naturaleza a los consumidores.

Se consideran proveedores:
 Distribuidores o comerciantes.- Las personas naturales o jurídicas
que venden o proveen de otra forma al por mayor, al por menor,
productos o servicios destinados finalmente a los consumidores, aun
cuando ello no se desarrolle en establecimientos abiertos al público.
 Productores o fabricantes.- Las personas naturales o jurídicas que
producen, extraen, industrializan o transforman bienes intermedios o
finales para su provisión a los consumidores.
 Importadores.- Las personas naturales o jurídicas que importan
productos para su venta o provisión en otra forma en el territorio
nacional.
 Prestadores.- Las personas naturales o jurídicas que prestan servicios
a los consumidores.
¿ Las empresas también pueden ser
consideradas como consumidores finales?

Si, Cuando adquieren, utilizan o disfrutan bienes
o servicios que no se incorporan al desarrollo de
su actividad.
Producto

Es cualquier bien mueble o inmueble,
material o inmaterial, de origen nacional o
no.

Son aquellos colocados en el mercado con
la expectativa de una retribución económica.
Es cualquier actividad de
prestación de servicios que se
ofrece en el mercado.
Servicio
No están incluidos los
servicios que prestan las
personas bajo relación de
dependencia.
¿ Qué es una relación de consumo?
Es la relación por la cual un consumidor adquiere un producto o
contrata un servicio con un proveedor a cambio de una
contraprestación económica.
Está determinada por la concurrencia de tres (3) componentes:
+
PROVEEDOR
+
PRODUCTO
O SERVICIO
CONSUMIDOR O USUARIO
¿Qué es la asimetría informativa?

Característica de la transacción comercial por la cual uno de los
agentes, el proveedor, suele tener mayor y mejor información sobre
los productos y servicios que ofrece en el mercado a los
consumidores.
El consumidor a pesar de ser quien mejor sabe qué le interesa,
no necesariamente tiene a su disposición la información que le
permita adoptar las decisiones más convenientes.
Problema de asimetría informativa entre proveedores y
consumidores puede llegar a generar distorsiones que sitúen al
consumidor en la incapacidad de elegir soluciones adecuadas.
¿Qué es la habitualidad?

Se considera habitual aquella actividad que
se realiza de manera común y reiterada de
tal forma que pueda presumirse que se
desarrolla para continuar en el mercado. Este
concepto no está ligado a un número
predeterminado de transacciones que deban
realizarse.
Las actividades de venta de productos
o contratación de servicios que se
realicen en locales abiertos son
consideradas habituales por ese
simple hecho.
¿Qué se entiende por Información
Relevante?

Información necesaria para que el bien o servicio que
adquiera resulte idóneo para el fin ordinario para el cual se
suele adquirir o contratar el bien o el servicio, de modo tal
que ésta le permite tomar una adecuada decisión de
consumo.
Ejemplo: precio, características del servicio,

La información relevante debe estar expresada en
idioma español.

Pueda ser conocida o conocible por un consumidor
razonable usando su DILIGENCIA ordinaria.
¿ Qué se entiende por consumidor
razonable?

Aquel que actúa con la diligencia ordinaria previsible en
ciertas circunstancias.

No es un consumidor experto, pero tampoco es aquel
descuidado.

El derecho común protege la actuación del responsable.

Es el estándar utilizado por INDECOPI para la solución de
cada caso concreto, analizando qué es lo que esperaría
un consumidor razonable en la circunstancia
controvertida.
PRINCIPIOS
Y
POLITICAS
Principios del Código

Principio de Soberanía del Consumidor

Principio Pro Consumidor

Principio de Transparencia

Principio de Corrección de la Asimetría

Principio de Buena Fe

Principio de Protección Mínima

Principio Pro Asociativo

Principio de Primacía de la Realidad
Políticas públicas  obligaciones del estado

Proteger la salud y seguridad de los consumidores

Garantizar el derecho a la información

Orientar sus acciones a defender los intereses de los Consumidores

Reconocer la vulnerabilidad de los consumidores en el mercado

Formular programas de educación

Garantizar mecanismos eficaces y expeditivos para la solución de conflictos

Promover la participación ciudadana

Procurar y promover una cultura de protección al consumidor

Promover el consumo libre y sostenible de productos y Servicios

Promover la calidad en la producción

Orientar sus acciones para que la protección al consumidor sea una política transversal

Promover el acceso universal a los productos de salud
DERECHOS DE LOS
CONSUMIDORES
Derechos de los Consumidores
Derecho a una protección eficaz respecto de los productos y
servicios que, en condiciones normales o previsibles,
representen riesgo o peligro para la vida, salud e integridad
física.
Derecho a acceder a información oportuna, suficiente,
veraz y fácilmente accesible, relevante para tomar una
decisión.
Derecho a un trato justo y equitativo en toda
transacción comercial y a no ser discriminados por
motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,
condición económica o de cualquier otra índole.
Derecho a la protección de sus intereses económicos y en
particular contra las cláusulas abusivas y métodos
comerciales coercitivos.
Derechos de los Consumidores
Derecho a la reparación o reposición del producto, a una nueva
ejecución del servicio, o a la devolución de la cantidad pagada.
Derecho a elegir libremente entre productos y servicios idóneos y
de calidad.
Derecho a ser escuchados de manera individual o colectiva a fin
de defender sus intereses por intermedio de entidades públicas
o privadas de defensa del consumidor, empleando los medios
que el ordenamiento jurídico permita.
Derechos de los Consumidores
A la protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces,
ágiles, con formalidades mínimas, gratuitos o no costosos, para la
atención de sus reclamos o denuncias ante las autoridades
competentes.
Derecho a asociarse con el fin de proteger sus derechos e intereses
de manera colectiva en el marco de las relaciones de consumo.
Derecho al pago anticipado o prepago de los saldos en
toda operación de crédito, en forma total o parcial, con
la
consiguiente
reducción
de
los
intereses
compensatorios generados al día de pago y liquidación
de comisiones y gastos derivados de las cláusulas
contractuales pactadas entre las partes, sin que les
sean aplicables penalidades de algún tipo o cobros de
naturaleza o efecto similar.
PROTECCION AL
CONSUMIDOR FRENTE
A LA PUBLICIDAD
La información y la publicidad

La información constituye el primer contacto que el consumidor
tiene con el producto o servicio que desea o pretende adquirir.
MEDIOS
SATISFACCION DE
DESEOS, ESPECTATIVAS O
NECESIDADES
ALTERNATIVAS
PROVEEDORES
MEDIOS
CONSUMIDORES
Noción de Publicidad

La publicidad es la comunicación comercial impersonal,
que a través de la utilización de medios de difusión,
pretende dar a conocer a sus destinatarios, la marca, el
producto o un servicio que ofrece un anunciante, con el fin
de informar acerca de su existencia, persuadir o influir en
su compra, o generar su aceptación o recordación.

El principio general que rige la información comercial, se
centra en que aquello que se diga sobre un producto no
debe inducir a engaño al consumidor.
IDONEIDAD DE LOS
PRODUCTOS Y
SERVICIOS
¿Qué se entiende por Idoneidad?

Idoneidad es la correspondencia entre lo que un consumidor espera y
que efectivamente recibe, en función a lo que se le hubiera ofrecido,
publicidad e información transmitida, las condiciones y circunstancias de
transacción, las características y naturaleza del producto o servicio,
precio, entre otros factores, atendiendo a las circunstancias del caso.
lo
la
la
el

La idoneidad es evaluada en función a la propia naturaleza del producto o
servicio y a su aptitud para satisfacer la finalidad para la cual ha sido
puesto en el mercado.

Reunión de las condiciones necesarias para desempeñar una función. 
coincidencia entre lo que el consumidor espera y lo que realmente
recibe. Depende de la información que haya recibido previamente.
Responsabilidades de los Proveedores

Por la idoneidad y calidad de los productos y servicios
ofrecidos.

Por la autenticidad de las marcas y leyendas que
exhiben sus productos o del signo que respalda al
prestador del servicio.

Por la falta de conformidad entre la publicidad comercial
de los productos.
MÉTODOS COMERCIALES
ABUSIVOS
Métodos comerciales coercitivos

Condicionar la venta de un bien o la prestación de un servicio a la adquisición de
otro, salvo que por su naturaleza sean complementarios, formen parte de las ofertas
comerciales o, por los usos y costumbres sean ofrecidos en conjunto;

Obligar al consumidor a asumir prestaciones que no haya pactado o a efectuar
pagos por bienes o servicios que no hayan sido requeridos previamente.

Modificar sin el consentimiento expreso de los consumidores, las condiciones y
términos en los que adquirió un producto o contrató un servicio.

Completar los títulos valores emitidos incompletos por el consumidor, de manera
distinta a la que fuera expresamente acordada al momento de su suscripción;

Establecer limitaciones injustificadas o no razonables al derecho del consumidor de
poner fi n a un contrato, así como a la forma como éste puede hacerlo;

Tomar ventaja indebida en las relaciones contractuales de duración continuada o de
tracto sucesivo, en aquellas situaciones en las que el cambio de un proveedor
resulta significativamente costoso para el consumidor.
Métodos comerciales agresivos o engañosos

Crear la impresión de que el consumidor ya ha ganado, que ganará o conseguirá, si realiza
un acto determinado, un premio o cualquier otra ventaja equivalente cuando, en realidad:
tal beneficio no existe, o la realización de una acción relacionada con la obtención del
premio o ventaja equivalente está sujeta a efectuar un pago o incurrir en un gasto.

El cambio de las condiciones del producto o servicio antes de la celebración del contrato,
sin el consentimiento expreso e informado del consumidor.

Realizar visitas en persona al domicilio del consumidor o realizar proposiciones no
solicitadas, por teléfono, fax, correo electrónico u otro medio, de manera persistente e
impertinente, o ignorando la petición del consumidor para que cese este tipo de
actividades.

Emplear centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de
mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos
y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo, a todos aquellos números
telefónicos y direcciones electrónicas que hayan sido incorporados en el registro
implementado por el Indecopi para registrar a los consumidores que no deseen ser sujetos
de las modalidades de promoción antes indicadas.
Métodos abusivos de cobranza
Enviar al deudor, o a su garante, documentos que
aparenten ser notificaciones o escritos judiciales.
Realizar visitas o llamadas telefónicas entre las
20.00 horas y las 07.00 horas o los días sábados,
domingos y feriados.
Colocar o exhibir a vista del público carteles o escritos en
el domicilio del deudor o del garante, o en locales
diferentes de éstos, requiriéndole el pago de sus
obligaciones.
Métodos abusivos de cobranza
Difundir a través de los medios de comunicación nóminas de
deudores y requerimientos de pago sin mediar orden judicial.
Enviar comunicaciones o realizar llamadas a terceros
ajenos a la obligación informando sobre la morosidad del
Consumidor.
Enviar estados de cuenta, facturas por pagar y
notificaciones de cobranza, sea cual fuera la
naturaleza de estas últimas, al domicilio de un tercero
ajeno a la relación de consumo, salvo que se trate de
un domicilio contractualmente acordado o que el
deudor haya señalado un nuevo domicilio válido
TRANSPARENCIA DE
INFORMACION EN
MATERIA DE SERVICIOS
FINANCIEROS
TEMAS
LEGISLACION
CONCEPTOS
CRITERIOS APLICABLES A LAS TASAS DE INTERÉS, COMISIONES Y GASTOS
DIFUSIÓN PERMANENTE DE TASAS DE INTERÉS, COMISIONES Y GASTOS
INFORMACIÓN QUE DEBE SER OTORGADA AL USUARIO PARA EFECTOS DE LA
CONTRATACIÓN
ABSOLUCION DE CONSULTAS

Ley Nº 28587 - Ley
Complementaria a la Ley de
Protección al Consumidor en
Materia
de
Servicios
Financieros.
Resolución SBS Nº 8181 – 2012
- Reglamento de transparencia
de información y disposiciones
aplicables a la contratación con
usuarios del sistema financiero





Promulgada
: 21 Julio 2005
Vigente
: 20 Agosto 2005
Complementa disposiciones de la Ley
de Protección al Consumidor 
Servicios prestados a consumidores por
empresas supervisadas por la SBS.
Disposición Transitoria Única de la Ley
Nº 28587 encarga a SBS emitir las
normas de carácter reglamentario que
sean necesarias para garantizar el
cumplimiento de la Ley Complementaria.
Publicada : 25 Octubre 2011
Vigente : 1° enero 2013
Objetivo del Reglamento
Promover una mayor transparencia de información en el
sistema financiero, como un mecanismo que permita a
los usuarios y clientes de las empresas supervisadas
acceder a mejor información sobre tasas de interés,
comisiones, gastos y demás condiciones de contratación
de servicios financieros que conlleve, a su vez, a una
mejor toma de decisiones sobre una base más
informada.
CONCEPTOS
Definiciones
Público en general:
Comprende a cualquier
persona natural o jurídica
que potencialmente puede
llegar a ser usuario del
sistema financiero.
Cliente:
Usuario con quien la empresa
mantiene una relación
comercial originada por la
celebración de un contrato.
Formulario Contractual




Modelo de contrato.
Contiene derechos y obligaciones de Clientes y
Empres.
Puesto a disposición del usuario a su requerimiento.
Incluye anexos con estipulaciones específicas propia
de una operación financiera.
Contrato


Contiene todos los derechos y obligaciones que
corresponden al cliente y a la empresa.
Incluye los anexos que establecen las estipulaciones
específicas propias de la operación financiera pacta y
celebrada por las partes intervinientes.
Fórmula

Método
que
permite
determinar de forma clara,
detallada, y comprensible por
los clientes, el principal y los
intereses que cobren o
paguen las empresas por sus
productos activos y pasivos,
respectivamente, así como
los montos que cobren por
comisiones
y
gastos
derivados de la operación.
Programa

Aplicativo o software que permite a los clientes que
mantengan operaciones activas bajo el sistema de
cuotas calcular, bajo el supuesto de cumplimiento,
intereses, comisiones y gastos.
Operaciones Activas

Operaciones de crédito
que
implican
el
desembolso de dinero en
efectivo o el otorgamiento
de una línea de crédito
bajo cualquier modalidad
contractual.
Operaciones activas bajo el sistema de cuotas: Operación de
crédito bajo la modalidad de desembolso de dinero que se repaga
según el cronograma de cuotas otorgado por la empresa dentro del
plazo de vencimiento, tales como créditos hipotecarios, vehiculares
y de consumo, entre otros. No se considera bajo esta definición
los créditos otorgados bajo la modalidad de tarjetas de crédito
Operaciones Pasivas

Operaciones de captación
de fondos de los usuarios
bajo cualquier modalidad
contractual.
Operaciones
pasivas
a
plazo
determinado:
Operaciones de captación de
fondos
cuya
fecha
de
vencimiento dependerá del
plazo pactado entre el
usuario y la empresa.
Interés

Compensatorio: constituye la contraprestación por el
uso del dinero o de cualquier otro bien

Moratorio: Aquel que tiene la finalidad de indemnizar la
mora de pago, sólo procede en caso que el deudor
incurra en mora en el pago, o lo que es lo mismo,
incumpla con la obligación de pagar en la fecha que
corresponde.

Tasas de interés que dependan de un factor variable:
Tienen como referencia un indicador que varía en el
tiempo, el que no es susceptible de modificación
unilateral por la propia empresa o en virtud de acuerdos
o prácticas con otras entidades.
CRITERIOS APLICABLES
A LAS TASAS DE
INTERÉS, COMISIONES Y
GASTOS
Criterios aplicables a las Tasas de Interés

Las empresas del sistema financiero pueden señalar
libremente las tasas de interés, comisiones y gastos
para sus operaciones activas y pasivas.
 Conformidad con Art. 1243 del Código Civil
 BCR establece los límites

Tasas de interés compensatorio y moratorio:
Expresadas en forma efectiva anual para todo tipo de
operaciones,
 Año de trescientos sesenta (360) días.


Factor Variable: especificar de manera precisa e
inequívoca la forma en que se determinará en cada
momento
Criterios aplicables a las Comisiones
 Las comisiones constituyen retribuciones por operaciones o
servicios adicionales y/o complementarios a las operaciones
contratadas por los usuarios o clientes, que hayan sido previamente
acordados y efectivamente prestados por la empresa.
 Las empresas pueden fijar libremente el monto o porcentaje
aplicable
 Servicio efectivo justificado y sustentable

Ejemplo: Mantenimiento de
cuenta, transferencia de fondos,
portes, tasación, inscripción y
levantamiento de hipotecas, etc.
Medios de Difusión de Intereses, Comisiones, Gastos,
Productos y Servicios
Oficinas
Página Web
VITRINA
Información
idéntica
Tarifas
redactados en idioma
castellano con caracteres legibles no
inferiores a tres (3) milímetros
DIFUNDIRLA
ENTRE LOS
CLIENTES /
CONSUMIDORES
Criterios aplicables a los Gastos
 Los gastos son aquellos costos debidamente acreditados, en que
incurre la empresa con terceros por cuenta del cliente para brindar
servicios adicionales y/o complementarios a las operaciones
contratadas que, de acuerdo a lo pactado, serán trasladados al
cliente.
 Las empresas pueden fijar libremente el monto o porcentaje
aplicable
 Servicio efectivo justificado y sustentable

PERITOS
Ejemplo: Primas por
seguros, gastos por portes,
gastos notariales, gastos
registrales, gastos de
tasación, gastos de
inscripción y levantamiento
de hipotecas, etc.
DIFUSIÓN PERMANENTE
DE TASAS DE INTERÉS,
COMISIONES, GASTOS Y
OTRAS INFORMACIONES
Obligación de informar al público: Tasa de Interés, Comisiones y Gastos

Información difundida de manera clara, explícita y
comprensible a fin de evitar que su texto pueda generar
confusiones o interpretaciones incorrectas.
OPERACIONES
ACTIVAS
TCEA: Tasa de Costo Efectivo
Anual
OPERACIONES
PASIVAS
TREA: Tasa de Rendimiento
Efectivo Anual

Comisiones, gastos y otras condiciones relevantes  Detalladas / fácil
identificación y comprensión / redactadas en idioma castellano.

Las tasas de interés compensatorio y moratorio deben ser expresadas en
forma efectiva anual para todo tipo de operaciones, debiéndose
considerar para tal efecto que se trata de un año de trescientos sesenta
(360) días
OTROS Medios de Difusión en Oficinas
OJO: AQUÍ TARIFARIO !!!!

Oficinas
INSTRUCCIONES
ATRIL
OTROS
MEDIOS
Difusión mediante FOLLETOS INFORMATIVOS
DETERMINAR CUAL ES EL OBJETIVO DEL FOLLETO !!!
Folletos Cuantitativo

Difundir aspectos
cuantitativos y/o Promoción
de productos.

Información actualizada de
las características de la
operación y/o servicio.

Tasas, Comisiones, Gastos.

Ejemplos explicativos de las
operaciones bajo supuestos
de cumplimiento de
condición.
Folletos Cualitativos

Difundir bondades del
producto y forma de
solicitarlo.

Se deberá indicar que
la información sobre
costos estará
disponible en el
tarifario, la plataforma
de atención al cliente
o en la página web de
la entidad.
Difusión de FORMULARIOS CONTRACTUALES
Oficinas
Página Web
INFORMACIÓN QUE
DEBE SER OTORGADA
AL USUARIO PARA
EFECTOS DE LA
CONTRATACIÓN
INFORMACIÓN QUE DEBE SER OTORGADA AL USUARIO PARA EFECTOS DE LA
CONTRATACIÓN Y PRESTACIÓN DE OPERACIONES ACTIVAS, PASIVAS Y
SERVICIOS
ENTREGAR AL CLIENTE
PARA SU LECTURA
Entrega física a los usuarios del
formulario contractual y de la
información referida a tasas de
interés, comisiones y gastos que
serán objeto de pacto con la
empresa
1
ABSOLVER LAS DUDAS SI
LAS HUBIERA
2
3
4
LAS PARTES FIRMAN
1 EJEMPLAR
1 EJEMPLAR
POR DUPLICADO: Contratos
y anexos
AL CLIENTE
ARCHIVO
INFORMACIÓN SOBRE OPERACIONES ACTIVAS AL
MOMENTO DE CONTRATAR
Anexo al Contrato de Tarjeta de Crédito
Hoja Resumen y Cronograma de Pagos
En cumplimiento de lo señalado por los artículos 13º y 15º de la Resolución SBS Nº
1765-2005 del 2 de diciembre de 2005, mediante la cual se aprobó el Reglamento de
transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios
del sistema financiero (el “Reglamento”), cumplimos con presentar la Hoja Resumen y
Cronograma de Pagos del Contrato de Tarjeta de Crédito a ser suscrito con
___________________________, identificado con ____________________________.
CRONOGRAMA DE PRESTAMO
INFORMACION SOBRE LAS CONDICIONES DEL CREDITO
+
a) Monto total de la línea de crédito
(1)
b) Moneda de la línea de crédito
Dólares Americanos
c) Tasa de interés compensatoria efectiva
anual (indicar si es fija o variable y si se
aplica para un año de 360 ó de 365 días)
(2)
d) Tasa de interés compensatoria efectiva
mensual
e) Otra información que requiera ser
conocida por el cliente (si existen tasas
de interés diferenciadas por tipo de
moneda, por tipo de producto adquirido,
etc,)
f)
Monto
total
compensatorios
de
.......% en Nuevos Soles
US$
Tasa anual fija a 360 días
y .......% en
......%. en Nuevos Soles y% en US$
La tasa de interés compensatorio para
disposición de efectivo es de ......%
intereses
g) Tasa de interés moratoria
h) Comisiones y gastos: (3)
1. Comisión de Afiliación
2. Comisión de Renovación
3. Comisión por expedición de
original, duplicado o adicionales
de la(s) Tarjeta(s)
4. Comisión de mantenimiento de la
Cuenta Tarjeta
5. Comisión por Portes
.......% en Nuevos Soles y .......% en
US$
1.- Exonerado el primer año
2.- US$ ......... o su equivalente en
moneda nacional al tipo de cambio de
venta que EL BANCO tenga vigente a
la fecha pago.
3.-US$....... adicional, duplicado de
tarjeta o su equivalente en moneda
nacional al tipo de cambio de venta que
EL BANCO tenga vigente a la fecha
pago.
4.-S/.
5.-S/.
+
Moneda
Monto solicitado (K)
Tipo de Periodicidad
Fecha de desembolso
Tasa Interés Efectiva anual-TIEA
Plazo (n)
Tasa de Costo Efectivo Anual
Soles
10,000.00
Mensual
31/05/2010
16.00%
12
18.63%
T. Intereses
828.20
* Total a recibir si es negativo
Cuota
Fecha
Pago
TOTALES
0
31/05/2010
1
30/06/2010
2
30/07/2010
3
29/08/2010
4
28/09/2010
5
28/10/2010
6
27/11/2010
7
27/12/2010
8
26/01/2011
9
25/02/2011
10
27/03/2011
11
26/04/2011
12
26/05/2011
Saldo
inicial
10,000.00
10,000.00
9,225.00
8,439.84
7,644.38
6,838.51
6,022.06
5,194.93
4,356.95
3,507.98
2,647.89
1,776.52
893.74
Amortización
10,000.00
0.00
775.00
785.16
795.46
805.87
816.45
827.13
837.98
848.97
860.09
871.37
882.78
893.74
Intereses
828.20
0.00
124.45
114.81
105.03
95.14
85.10
74.95
64.65
54.22
43.66
32.95
22.11
11.13
Desgravamen
Poliza
IGV
37.00
5.56
5.13
4.69
4.25
3.80
3.35
2.89
2.42
1.95
1.47
0.99
0.50
7.04
1.06
0.97
0.89
0.81
0.72
0.64
0.55
0.46
0.37
0.28
0.19
0.10
Gastos
Adm.
84.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00
7.00

Operaciones bajo sistema de cuotas  cronograma de pagos y simulaciones que
se efectúen a través de los programas para la liquidación de intereses y de pagos
de la empresa, que se encuentren a disposición del público, deberán contener la
tasa de costo efectivo anual que pagaría el cliente por la operación
crediticia,

Tratándose de líneas de crédito y las tarjetas de crédito, la Hoja Resumen deberá
contener los conceptos que resulten aplicables.
Total Cuoya
a Pagar
10,956.24
-10,000.00
913.07
913.07
913.07
913.07
913.07
913.07
913.07
913.07
913.07
913.07
913.07
912.47
INFORMACIÓN SOBRE OPERACIONES PASIVAS AL
MOMENTO DE CONTRATAR
Anexo al Contrato de Depósito a Plazo
Cartilla de Información
En cumplimiento de lo señalado por los artículos 14º y 16º de la Resolución SBS Nº
1765-2005 del 2 de diciembre de 2005, mediante la cual se aprobó el Reglamento de
transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios
del sistema financiero (el “Reglamento”), cumplimos con presentar la Cartilla de
Información
del
Contrato
de
Depósito
a
Plazo
a
ser
suscrito
con
___________________________, identificado con ____________________________,
en adelante EL/LOS CLIENTE/S.
INFORMACION SOBRE LAS CONDICIONES DE LA CUENTA DE DEPÓSITO A
PLAZO
+
a) Tasa de interés compensatoria efectiva
anual (indicar si es fija o variable y si se
aplica para un año de 360 ó de 365 días)
Fija a 360 días
Dependiendo del plazo en Soles
P. Naturales de ......% a ........%
P. Jurídicas de ......% a .......%
Dependiendo del plazo en Dólares:
P. Naturales de ......% a ........%
P. Jurídicas de ......% a .......%
b) Monto total de intereses a ser pagados, Según
contrato:
mensual
o
por depósitos a plazo determinado.
vencimiento pactado
(1)
c) Fecha de corte para el abono de
intereses,
así
como
el
mecanismo
mediante el cual procederá su pago.
al
De acuerdo a lo pactado
d) Fecha de vencimiento del depósito, de
ser el caso (2)
e) Monto y detalle de comisiones o gastos
que se trasladen a EL/LOS CLIENTE/S (3)
1. Mantenimiento de cuenta.
2. Comisión por portes en caso de
envío de estados de cuenta
3. Comisión por consulta de saldos y
movimientos en ventanilla.
4. Comisión por consulta de saldos y
movimientos en cajeros.
)
Penalidades
aplicables
por 
incumplimiento
de
las
obligaciones
contraídas.

Retiro
parcial
de
un
depósito,
previo
consentimiento
de
EL
BANCO, producirá la cancelación
del mismo.
1.
2.
S/. ........... y/o US$ .............
S/. ........... y/o US$ .............
3.
S/. ........... y/o US$ .............
4.
S/. ........... y/o US$ .............
El
retiro
parcial
o
total
del
depósito antes del vencimiento
pactado originará que por dicho
importe no se paguen intereses;
salvo que EL BANCO decida
reconocer la que corresponda a la
menor tasa de interés que tenga
vigente para los depósitos de
ahorros,
siempre
que
dicha
cancelación
no
sea
realizada
antes de los treinta (30) días
MODIFICACIÓN DE TASAS DE INTERÉS, COMISIONES, GASTOS: Oportunidad de la
comunicación
TASAS ACTIVAS
ANTICIPACIÓN NO
CRONOGRAMA
PLAZO NO
EXIGIBLE
MENOR A 45 DÍAS
CALENDARIOS (*)
TASAS PASIVAS
PRECISAR
FECHA DE
VIGENCIA
PODRA APLICARSE
DE MANERA
INMEDIATA
COMISIONES
Y GASTOS
CRONOGRAMA
ANTICIPACIÓN NO
MENOR A 45 DÍAS
CALENDARIOS
OTRAS CONDICIONES
CONTRACTUALES
CRONOGRAMA
(*) No aplica cuando se haya pactado TASA VARIABLE
MEJORES CONDICIONES O
FACILIDADES NO SE
CONSIDERAN MODICACIONES
CONTRACTUALES
MODIFICACIÓN DE TASAS DE INTERÉS, COMISIONES, GASTOS Y
DEMÁS ESTIPULACIONES CONTRACTUALES

Unilaterales: previamente acordadas por las partes

Comunicadas previamente (el cliente puede dar por concluida
la relación contractual)  Adjuntar cronograma si
corresponde.

Medio de comunicación: adecuado y oportuno  pactar con
el cliente el medio más idóneo.
CARTA
PERSONALIZADA
La Resolución SBS Nº 8181-2012
La Resolución SBS Nº 8181-2012 deja sin efecto a la Resolución N° 1765.
El reglamento prevé como principio rector que las empresas deberán ser plenamente
transparentes en la difusión, aplicación y modificación de las condiciones contractuales,
tasas de interés compensatorio, tasas de interés moratorio o penalidades aplicables en caso
de incumplimiento, comisiones y gastos asociados a las operaciones activas y pasivas que
realicen, así como a los servicios que brinden, según corresponda
La presente resolución indica que las empresas financieras deberán informar a los
usuarios la tasa de interés compensatorio, la tasa de interés moratorio o penalidad en caso
de incumplimiento, así como las comisiones y gastos asociados a los diferentes productos
y servicios que ofrezcan, de manera clara, explícita y comprensible. Asimismo precisa
qué comisiones son indebidas y qué cláusulas de los contratos deben ser consideradas
abusivas.
En línea con al Anterior Resolución N° 1765, el objetivo de la presente norma es
facilitar el acceso a información sobre el real costo de los productos y servicios
financieros, así como evitar cambios en las tasas de interés sin el consentimiento del
usuario. Del mimo modo, la Resolución SBS Nº 8181-2012, precisa además qué
comisiones son indebidas y qué cláusulas de los contratos deben ser consideradas
abusivas.
Los principales aspectos relevantes de esta normativa:
• Desde el 1 de enero de 2013, las entidades deben informar la Tasa de Costo Efectivo
Anual (TCEA) de sus créditos y la Tasa de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) de sus
depósitos y cuentas de ahorro.
• La norma específica cuales son cobros indebidos: la evaluación del usuario, el
mantenimiento de la tarjeta (cuando es de un depósito), el resguardo del depósito, la
renovación por vencimiento de la tarjeta, la activación de una cuenta, la administración
de garantías, entre otros.
• Cuando se requiera un seguir como una condición para un producto, los clientes
podrán optar entre contratar una póliza ofrecida por la empresa o acudir a un corredor
para contratar con otra compañía.
• Respecto al derecho al pago anticipado, el banco no podrá limitar ni cobrar cargos por
este ejercicio y deben consultar al consumidor si desea reducir el monto de la cuota
mensual o el número de cuotas.
• Se incluyen dentro de las cláusulas abusivas las que facultan a la entidad a cambiar la
tasa de interés moratorio o la que la excluye de responsabilidad por sus omisiones.
En líneas generales, se ha establecido criterios adicionales que permitirán simplificar
y transparentar la información que se ofrece a los usuarios financieros antes, durante
la contratación y a lo largo de la relación contractual, considerando para tal efecto las
mejores prácticas sobre la materia, así como aquellos aspectos identificados como
producto de la labor de supervisión.
ABSOLUCIÓN DE
CONSULTAS
Absolución de consultas

Las empresas deberán contar con personal especializado en la
atención a los usuarios, con la finalidad de aclarar cualquier duda
que éstos pudieran tener con relación a la información sobre tasas
de interés, comisiones y gastos, aspectos contractuales y en
general, con relación a las operaciones y servicios que brinden
tanto en sus oficinas de atención al público como a través de su
página web.

El personal responsable de absolver las consultas de los usuarios
deberá estar debidamente capacitado no sólo en las materias
correspondientes a las operaciones que brinda la empresa,
sino también en las normativas referidas a la protección al
consumidor y transparencia de información comprendidas en el
marco legal vigente  Constancias forman parte del file
personal.

Para efecto de brindar la debida información al usuario, el referido
personal deberá identificarse ante aquél como responsable de
cumplir dicha función.
Agradece Por la confianza depositada en nosotros
y en general a todos ustedes por su participación.