Presentación Defensa Comercial GYE Julio 2014 1

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Transcript Presentación Defensa Comercial GYE Julio 2014 1

“INSTRUMENTOS DE DEFENSA
COMERCIAL”
COORDINACION DE DEFENSA COMERCIAL – AUTORIDAD
INVESTIGADORA
JULIO 2014
CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN
2. MECANIMOS DE DEFENSA COMERCIAL
3. MARCO LEGAL VIGENTE
4. MEDIDAS DE SALVAGUARDIA
DERECHOS ANTIDUMPING
DERECHOS COMPENSATORIOS
1. Introducción
El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), de 1947,
tuvo como objetivo establecer un sistema multilateral de comercio para
negociar la reducción de los derechos de aduana y la reducción o eliminación de
otros obstáculos al comercio, para estimular la expansión del comercio mundial.
Desde 1947 a 1994 se llevaron a cabo 8 rondas de negoción sucesivas para
avanzar en la liberalización comercial y que condujeron en último término a la
creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1995.
1. Introducción
Objetivos que desean alcanzar mediante el
sistema multilateral de comercio:
- elevar los niveles de vida;
- lograr el pleno empleo;
- lograr un volumen considerable y en
constante aumento de ingresos reales y
demanda efectiva, y
- acrecentar la producción y el comercio de
bienes y servicios, permitiendo al mismo
tiempo la utilización óptima de los recursos
mundiales de conformidad con el objetivo de
un desarrollo sostenible.
1. Introducción
Administra los
acuerdos
comerciales
entre sus
Miembros;
Mecanismo de
foro para las
negociaciones
comerciales;
Resolver las
diferencias
comerciales;
Examinar las
políticas
comerciales de
los Miembros;
FUNCIONES DE LA OMC
Cooperar con
otras
organizaciones
internacionales;
Prestar
asistencia
técnica a los
países en
desarrollo y a los
países menos
adelantados
1. Introducción
Decisiones: Conceso y Voto
1. Introducción
Entre los objetivos de la OMC no se
menciona la “liberalización del comercio”,
sin embargo, si se menciona "la reducción
sustancial de los aranceles aduaneros y de
los demás obstáculos al comercio, así como
la eliminación del trato discriminatorio en las
relaciones comerciales internacionales“
como un medio fundamental para alcanzar
esos objetivos.
1. Introducción
El Acuerdo Constitutivo de la OMC contiene textos de
principios básicos alrededor de 3 esferas:
- bienes (Acuerdos Multilaterales sobre el Comercio de
Mercancías -anexo 1A-),
- servicios Acuerdo General sobre el Comercio de
Servicios – AGCS -anexo 1B-); y,
- propiedad intelectual (Acuerdo sobre los Aspectos de
los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados
con el Comercio – ADPIC -anexo 1 C-)
Además de un texto sobre Solución de Diferencias (Entendimiento relativo a las
normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias -anexo
2-) y por el principio de transparencia los Exámenes de las Políticas Comerciales
(Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales – MEPC -anexo3-)
Y por último las listas de compromisos de cada país en las diferentes materias.
- Por ejemplo: Lista de aranceles consolidados de las mercancías.
2. Medidas de Defensa Comercial
Razón de la existencia de las medidas de defensa comercial
1.
La liberalización del comercio puede exponer a las ramas de
producción nacionales a prácticas comerciales desleales o a una
competencia excesiva de las importaciones que dan lugar a una
situación perjudicial.
2.
Los textos de las OMC prevén ciertas excepciones a las normas y
principios básicos comerciales en determinadas condiciones, como
son las medidas de defensa comercial o remedios comerciales.
3.
En particular, las medidas de defensa comercial, en esencia, son las
únicas excepciones que permiten exceder los niveles arancelarios
consolidados o imponer restricciones cuantitativas con fines
proteccionistas en favor de la producción nacional.
2. Medidas de Defensa Comercial
Medidas de Defensa
Remedios Comerciales
Comercial
o
Son mecanismos que otorgan una protección
temporal a la producción nacional de: i) los
incrementos en las importaciones de
productos
similares
o
directamente
competidores; y, ii) de las prácticas desleales
de comercio internacional en productos
idénticos o similares.
Alivio a los incrementos de las
importaciones
Salvaguardias
Derechos
Antidumping
Derechos
Compensatorios
Corrige las prácticas comerciales desleales
internacionales
2. Medidas de Defensa Comercial
Medidas de defensa comercial iniciadas (OMC)
1995 - 2013
Antidumping; 4.519
(88%)
Salvaguardias; 279
(5%)
Subvenciones; 335
(7%)
Total 5.133
2. Medidas de Defensa Comercial
Investigaciones antidumping por país exportador (1995 - 2013)
European Union, 2.2%
Ecuador, 0.7%
Germany, 2.3%
Malaysia, 2.5%
Brazil, 2.7%
Russian , 2,9%
China, 21.9%
Indonesia, 3.9%
India, 3.9%
Japan, 4.0%
Korea, Republic of, 7.3%
Thailand, 4.2%
Taipei, Chinese, 5.6%
United States, 5.6%
3. Marco Legal
Acuerdo de
Cartagena – CAN
Acuerdos
Bilaterales (ACE
59 y 65)
Artículo VI del
GATT/47 y el
Acuerdo
Relativo a la
aplicación del
Artículo VI del
GATT
Derechos Compensatorios
Acuerdo sobre
Salvaguardias.
Derechos Antidumping
Salvaguardias
No obstante, con el objeto de evitar una utilización indebida de las medidas
comerciales correctivas que afectaría negativamente a los principios de la OMC,
los Miembros han convenido en normas y procedimientos específicas para la
aplicación de esas medidas.
Acuerdo sobre
Subvenciones y
Derechos
Compensatorios
3. Marco Legal
Legislación Nacional:
Salvaguardias
Derechos
Antidumping
Derechos
Compensatorios
• COPCI
• Reglamento al
Libro IV del
COPCI
• Resolución 43
del COMEX
• COPCI
• Reglamento al
Libro IV del
COPCI
• Resolución 42
del COMEX
• COPCI
• Reglamento al
Libro IV del
COPCI
(Registro Oficial No.
677 de jueves 5 de
abril de 2012)
(Registro Oficial No.
677 de jueves 5 de
abril de 2012)
3. Marco Legal
Que exige la normativa internacional y nacional?
1
2
SALVAGUARDIAS
MEDIDAS
ANTIDUMPING
MEDIDAS
COMPENSATORIAS
Incremento de
importaciones
Existencia de
dumping (productos
importados a un
precio inferior a su
valor normal en
origen).
Existencia de una
subvención específica
que beneficie a la
producción del país
exportador
DAÑO O AMENAZA DE DAÑO A LA PRODUCCIÓN NACIONAL
OMC
CAN
BILATERAL
3
Relación
causal
15
3. Marco Legal
Se inicia investigación
que compruebe las 3
condiciones básicas.
Solicitud por parte
de la rama de la
producción
nacional
INVESTIGACIÓN
Autoridad
Investigadora
COMEX adopta
medidas
provisionales y
definitivas
AI Emite sus
determinaciones
4.1. Medidas de Salvaguardia
•
Las salvaguardias son medidas de excepción o de “escape”, que se
aplican frente al aumento imprevisto e importante de las
importaciones, cuando éstas dañan o amenazan dañar gravemente a la
industria nacional que compite con dichas importaciones.
•
Un miembro sólo aplicará medidas de salvaguardia en la medida
necesaria para prevenir o reparar el daño grave y facilitar el reajuste.
•
Están reguladas por el Artículo XIX del GATT 1994. Se reglamentó este
artículo en el Acuerdo sobre Salvaguardias (AS), parte de los Acuerdos
que estableció la OMC .
4.1. Medidas de Salvaguardia
•
MEDIDAS DE SALVAGUARDIA MULTILATERAL:
– Las medidas se deben aplicar en forma temporal para remediar el daño
grave y facilitar el reajuste de la industria.
– Se pueden aplicar medidas hasta por 4 años y pueden llegar a renovarse
por otros 4 años más.
– Deberán aplicarse en forma no discriminatoria a todos los socios
comerciales.
– Los países perjudicados por las medidas, podrán solicitar
compensaciones comerciales por menoscabo de las concesiones,
cuando ellas se aplican por más de tres años.
– Las medidas deben contemplar un calendario de reducción cuando se
aplican por más de un año. Cuando son medidas por más de tres años,
debe hacerse una revisión a mitad de período para ver si se justifica su
continuación
INVESTIGACIÓN OMC
El Miembro que desee aplicar una medida, deberá realizar una
INVESTIGACION pública en la que deberá determinarse:
QUE LAS IMPORTACIONES:





Han aumentado en tal cantidad y se realizan en
condiciones tales;
Causan o amenazan causar un daño grave;
A la rama de la producción nacional;
Que produce productos similares o directamente
competidores;
Relación de causalidad
INVESTIGACIÓN OMC
Rama de la producción nacional
• ¿Quien la conforma?:
– el conjunto de los productores de los productos similares
o directamente competidores O
– una proporción importante
• Ejemplo:
– Salvaguardia a las importaciones de parabrisas
– Salvaguardia textil a las importaciones de productos
textiles originarios de China
PRODUCTO SIMILAR
Existen cuatro criterios que deben considerarse para
determinar si los productos son similares:




Características físicas de los productos
Uso final de los productos
Preferencias de los consumidores
Clasificación de los productos en las leyes arancelarias
de los Miembros
Sin embargo, en cada caso deberá valorarse en función de
sus circunstancias, considerando los criterios enunciados
La medida se aplica al producto similar o directamente
competidor
INVESTIGACIÓN OMC
•
Variables de análisis:
Variables
1. Importaciones
2. Parte del mercado interno absorbida por las importaciones
3. Producción
4. Ventas
5. Productividad
6. Empleo
7. Capacidad utilizada
8. Utilidades
•
El daño argumentado debe ser exclusivamente causado por las
importaciones crecientes (relación causal)
Coincidencia del incremento de importaciones y el daño reflejado en la variables
analizadas.
INVESTIGACIÓN OMC
Algunos ejemplos:
PRODUCCIÓN POR TIPO DE PRODUCTO
Importaciones
6,000
1,600
50,000
1,400
5,000
40,000
1,000
3,000
800
600
2,000
400
1,000
Miles de Kilos
Miles de dólares
1,200
4,000
30,000
20,000
10,000
0
200
0
2006
0
2006
2007
Años
CIF
2008
2009
Producto 1
KILOS
50%
50%
% NO UTILIZADA
65%
71%
74%
35%
29%
26%
2007
2008
2009 PROYEC
producto 2
90%
80%
70%
60%
50%
40%
30%
20%
10%
0%
2006
2006
2008
Participación en el mercado
Capacidad de producción
% UTILIZADA
2007
2009 PROYEC
2007
Industria Nacional
2008
Importaciones
2009
INVESTIGACIÓN OMC
MATRIZ INDICADORES DE DAÑO
Indicadores del daño
Unidad
2006
2007
2008
2009
Total de las importaciones
Kilos
incremento
kilos
397,0
282,5
6,6
%
47,6%
23,0%
0,4%
variación
2006 - 2009
833,80 1.230,80 1.513,30 1.519,90
82,3%
Ventas en el mercado interno
EMPRESA SOLICITANTE
unidades
variación
17,01
%
31,17
27,59
19,8
83,2%
-11,5%
-36,5%
16,4%
Participación en el mercado ecuatoriano
Total participación correspondiente a las importaciones
%
58
60
58
84
44,8%
Participación EMPRESA Mercado
%
42
40
32
16
-61,9%
17,01
2,798
31,74
2,751
27,59
3,265
19,8
2,467
16,4%
-1,7%
15,7%
-32,3%
-11,8%
4,14
Total ventas de EMPRESA
unidades
Total ingresos por ventas
Dólares
variacion
%
Utilidad
%
1,90
8,62
Empleo
número
84
86
87
88
4,8%
Salarios
Dólares
2237,2
2296,2
2521,9
2808,4
25,5%
Kilos
12,83
12,86
8,44
7,35
-42,7%
50
35
29
26
-48,0%
46,78
35,88
32,98
26,41
-23,3%
-8,1%
-19,9%
778
825
718
-27,8%
6,0%
-13,0%
39,08
40,34
37,8
-6,1%
3,2%
-6,3%
3,39
3,49
3,32
-9,6%
2,9%
-4,9%
Inventarios
Utilización de la capacidad
Producción
variación
Productividad en (m2)
variación
%
Kilos
%
Producción
M2/MOD
1078
%
-43,5%
-33,4%
Comportamiento de los precios de importación
Precios en unidades
variación
Precios en kilos
variación
USD CIF
41,64
%
USD CIF
%
3,75
-9,2%
-11,5%
INVESTIGACIÓN OMC
Relación de causalidad
Deberá demostrarse, sobre la base de pruebas objetivas, la
existencia de una relación de causalidad entre:
•el aumento de las importaciones del producto de que se trate y
•el daño grave o la amenaza de daño grave
La "relación de causalidad" entre el aumento de las importaciones y
el daño grave puede existir, aun cuando otros factores contribuyan
también, “al mismo tiempo” a la situación de la rama de producción
nacional
INVESTIGACIÓN OMC
Aplicación
Principios generales:
Aplicados a todas las importaciones independientemente de su fuente
(NMF: art. 2.2):
Excepciones:
Países en desarrollo: Art. 9
¿Uniones aduaneras y acuerdos de libre comercio?
Sólo en la medida necesaria para prevenir el daño/ facilitar el ajuste (art.
5.1)
Tipos de medidas:
Incrementos arancelarios por encima del tipo consolidado
Contingente
Contingente arancelario
INVESTIGACIÓN OMC
Notificaciones: muy importante
Se debe notificar inmediatamente al Comité:
1) Inicio de una investigación;
2) Constatación de daño grave o amenaza de daño grave;
3) Decisión de aplicar o prorrogar una medida
También se debe notificar la legislación y modificaciones a la
misma
Formatos: G/SC/N/1 a N/6 y G/SG/1
FORMATO DE INVESTIGACIÓN
Determinación final
Audiencia Pública
Verificación de la información
Investigación adicional
Determinación preliminar
Recolección de información
Inicio
Duración:
8 meses;
no más de 12
4.2. Medidas Antidumping
• El Dumping es una situación de discriminación internacional de precios: el
precio de un producto, cuando se vende en el país importador, es inferior
al precio a que se vende ese producto en el mercado del país de origen
• ART. VI DEL GATT Y ACUERDO ANTIDUMPING
• Se considerará que un producto es objeto de dumping, cuando se
introduce en el mercado de otro país a un precio inferior a su valor
normal, cuando su precio de exportación al exportarse de un país a otro
sea menor que el precio comparable en operaciones comerciales
normales
“Legitimación” del solicitante
Ejemplo
Tipo de productor doméstico
Producción ‘000
A. Que apoyan la solicitud
30,000
B. Que apoyan la solicitud pero no
20,000
la presentan
C. Que se oponen a la solicitud
20,000
D. Que no expresan su opinión
30,000
Total
100,000
A + B = Que apoyan la solicitud
A + B + C = Que expresan su opinión
A + B + C + D = Total rama de producción nacional
1)  A + B = 30 + 20
= 50 = 71%
71%>50%
A + B + C 30 + 20 + 20
70
2)  A + B
=
30 + 20
= 50 = 50% 50%>25%
A + B + C + D 30 + 20 + 20 + 30
100
4.2. Medidas Antidumping
PASOS EN UNA DETERMINACION DE DUMPING
• Determinación del producto investigado y del producto
similar
• Determinación del precio de exportación
• Determinación del valor normal
• Ajustes / Comparación equitativa
• Cálculo del margen de dumping
4.2. Medidas Antidumping
DETEMINACION DE DUMPING
• Cuando no haya ventas representativas en el mercado
interno, el dumping se determinará con relación al precio al
que se exporte a un tercer país.
• En base al costo de producción en el país de origen más una
cantidad razonable por concepto de gastos administrativos, de
venta y de carácter general, así como por concepto de
beneficios.
4.2. Medidas Antidumping
DETEMINACION DE DUMPING
• Margen de Dumping
– Es la expresión en términos relativos de la relación entre la
diferencia del Valora Normal (Vn) y el Precio de Exportación (Px),
comparado respecto el precio de exportación (Px)
• Entonces:
– Si el resultado es, por ejemplo 30%, ese será el derecho a
aplicarse para corregir la práctica desleal.
4.2. Medidas Antidumping
Ejemplo
Comparación de precios
Para que la comparación sea equitativa parece justificado hacer algunos ajustes:
Rubro Exportación
Precio base de exportación
20 % de transporte
1% de seguros
2% de comisiones
Precio de exportación ex fábrica
Precio Exportación
476
-79
-4
-9
384
Rubro venta interna
Precio básico interno
6% de impuestos sobre las ventas
5% por ciento de transporte
0,5% por ciento de seguros
Valor normal ex fábrica
Precio interno
645
-36,5
-30,7
-3,2
574
Margen de dumping
El margen de dumping, expresado en porcentaje del precio CIF de exportación, es el siguiente:
a.
b.
c.
d.
e.
Valor normal ex fábrica
Precio de exportación ex fábrica
Margen de dumping
Valor CIF
Margen de dumping en porcentaje del valor CIF (190/476)
El margen de dumping constatado es del 40 por ciento.
574
(384)
190
476
40%
DETERMINACION DE DUMPING
• Variables de análisis
Variables
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Disminución de las ventas
Beneficios
Producción
Participación en el mercado
Productividad
Rendimiento de las inversiones
Utilización de la capacidad
Factores que afecten a los
precios internos
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
Magnitud del margen de
dumping
Efectos negativos en el flujo de
caja
Existencias
Empleo
Salarios
Crecimiento
Capacidad para reunir capital o
inversión
ALGUNOS EJEMPLOS
Utilidades anuales
Evolución de la Producción ™
1600
5,000
4,500
1400
4,000
1200
3,500
3,000
1000
2,500
800
2,000
1,500
600
1,000
400
500
0
200
IS
II S
IS
II S
2007
IS
II S
2008
IS
2009
2010
0
2007
2008
2009
Evolución de las Exportaciones
en TM
Evolución de los precios de venta internos y
externos
3,500
4
3
3
2
2
1
1
0
3,000
2,500
2,000
1,500
1,000
IT
IIT
IIIT
2007
IV
IT
IIT
IIIT
2008
Precios Mercado Externo
IV
IT
IIT
IIIT
IV
2009
Precios Mercado Interno
IT
IIT
2010
500
0
IS
IIS
2007
IS
IIS
2008
IS
IIS
2009
IS
2010
FORMATO DE INVESTIGACIÓN
Determinación final
Verificación de la información
Investigación adicional
Determinación preliminar (60 días)
Recolección de información
Inicio
Duración:
12 meses;
No más de 18
4.3 Medidas Compensatorias
• Práctica desleal de comercio que se produce por ayudas financieras
otorgadas por los Gobiernos a empresas con el fin de abaratar los precios
de los productos de exportación.
• Requisitos: para tratar a una ayuda financiera como subvención se debe
analizar lo siguiente:
– Una subvención (artículo 1)
 contribución financiera
 de un gobierno o de cualquier organismo público
 que otorgue un beneficio
Si falta alguno de los tres elementos el programa, sistema, etc. no puede ser
tratado como una subvención en virtud del Acuerdo SMC.
4.3 Medidas Compensatorias
• Disciplinas multilaterales frente a medidas compensatorias (similares al
dumping, similar investigación)
Derechos compensatorios
– Derecho aplicado a un producto importado para neutralizar una
subvención
– Medida unilateral adoptada por un Miembro de la OMC
– Subvención, daño y relación de causalidad
– Normas estrictas para las investigaciones
– Objeto de un procedimiento de solución de diferencias
INVESTIGACIÓN OMC
Difieren las salvaguardias de los derechos antidumping y
compensatorios en que
•No exigen una práctica “desleal”
•Daño (variables)
•Generalmente deben adoptarse en régimen NMF
•En general, hay que “compensar” cuando se las adopta
MEDIDAS DE DEFENSA COMERCIAL
APLICADAS
PARABRISAS.- Solicitud de investigación formulada por la
compañía CRILAMYT S.A. Afectación aumento masivo de
importaciones. Investigación de la Autoridad Investigadora
procedimiento A.S. (OMC). Resolución 587 COMEXI dispuso
aplicación de la medida de salvaguardia.
LAMINAS DE POLIPROPILENO.- Solicitud de investigación formulada por la
empresa BOPP del Ecuador S.A., denuncian que las importaciones de
películas de polipropileno originarias de Chile y Omán eran objeto de
Dumping causando perjuicio a la Industria ecuatoriana. La Autoridad
Investigadora determinó que no demostraron la existencia de un daño
importante a la rama de la producción nacional, por lo tanto nos se
impuso la medida
CEBOLLAS.- En la investigación se determinó que la producción
nacional fue desplazada por las importaciones y variables que
demostraron la perturbación. Resolución 598 COMEXI aplicó medida
correctiva marco legal de la CAN consistente en un arancel específico
de 0.07 KG por kilo a importaciones de este producto precedente de
Perú.
41
MEDIDAS DE DEFENSA COMERCIAL
APLICADAS
CARNE DE CERDO.- Media Especial aplicada, de acuerdo al Reglamento
para la aplicación de las medidas especiales en el marco del Acuerdo de
Complementación Económica No. 59, para lo cual el SENAE establecerá el
activador y la aplicación de la medida en base al comportamiento del
intercambio comercial del Ecuador con los respectivos estados partes del
MERCOSUR. La medida concluyó el 31 de mayo de 2014 (3 años con
prórroga)
.
Torta de soja.- medida especial aplicada en agosto de 2012 vigente hasta el
31 de agosto de 2014 a las importaciones de Brasil, en el marco del Acuerdo
de Complementación Económica No. 59, para lo cual el SENAE estableció el
activador y la aplicación de la medida en base al comportamiento del
comercio entre las partes.
Maíz.- medida especial aplicada en o6 de marzo de 2014 vigente hasta el 5
de marzo de 2016 a las importaciones originarias del Brasil, en el marco del
Acuerdo de Complementación Económica No. 59, para lo cual el SENAE
estableció el activador y la aplicación de la medida en base al
comportamiento del comercio entre las partes.
42
• Salvaguardia General
(Art.97)
• Salvaguardia
Agropecuaria (Art. 90
y 91)
• Salvaguardia
Cambiaria (Art. 98)
• Medidas Antidumping
• Medidas
Compensatorias
BILATERAL
• Salvaguardia
General
• Salvaguardia
Balanza de Pagos
• Medidas
Antidumping
• Medidas
Compensatorias
CAN
OMC
MECANISMOS DE DEFENSA COMERCIAL SEGÚN
AMBITO DE APLICACIÓN Y OTROS TIPOS DE
SALVAGUARDIA
• Salvaguardia
Bilateral – ACEs
• Salvaguardia
Agrícola (ACE 59)
• Medidas
Antidumping
• Medidas
Compensatorias
MUCHAS GRACIAS
Contactos:
Coordinación de Defensa Comercial – Autoridad Investigadora
Edificio Shyris Center, 3er Piso, Ave. Shyris y Holanda.
Telf: (02) 393 5460 ext. 401
Email: [email protected]