Transcript revisión y ajustes al plan de ordenamiento municipal (pot
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Dirección de Espacio Urbano y Territorial Subdirección de Asistencia Técnica y Operaciones Urbanas Integrales
Junio de 2013
Revisión y Ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial Municipal (POT - PBOT – EOT) Luis Felipe Henao Ministro
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CAPACITACION EN REVISIÓN Y AJUSTE DEL POT
OBJETIVO: Realizar una capacitación técnica y de procedimientos a las administraciones municipales en materia de revisión y ajuste de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), especialmente aquellos que terminaron la vigencia de largo plazo en el año 2011.
ESTRUCTURA DE LA CAPACITACION: REVISION Y AJUSTES DEL POT MARCO GENERAL PROCEDIMIENTO TECNICO EJECUCION E IMPLEMENTACION
MARCO GENERAL Conceptos y definiciones Objetivos y principios Función publica del Urbanismo Componentes y Contenidos del POT Tipos de Revisión Vigencias del POT Documentos Procedimiento Marco Normativo REVISION Y AJUSTES DEL POT Haciendo casas, cambiamos vidas PROCEDIMIENTO TECNICO EJECUCION E IMPLEMENTACION FORMULACIÓN COMPONENTE GENERAL COMPONENTE URBANO COMPONENTE RURAL GESTION DEL RIESGO SUELO Y VIVIENDA PROGRAMA DE EJECUCION INSTRUMENTOS DE GESTION Y FINANCIACION
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I. MARCO GENERAL
REVISION Y AJUSTE DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
ORDENAMIENTO TERRITORIAL (Ley 1454 de 2011 / LOOT) Organización Político – Administrativa adoptada por el Estado, resultante del proceso histórico y político 100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas DESARROLLO TERRITORIAL (Ley 388 de 1997 / POT) Transformación física del territorio como resultado de la acción humana y de la misma naturaleza Entidades Territoriales con capacidad de GOBIERNO Que les permita gestionar su desarrollo territorial
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO MUNICIPAL –
( Articulo 5 /Ley 388 de 1997)
Conjunto de acciones político-administrativas y de planificación física concertadas por los municipios, en ejercicio de la función pública que les compete, que les permita disponer de instrumentos eficientes para :
Orientar el desarrollo del territorio
Regular la utilización, transformación y ocupación del espacio De acuerdo con las estrategias de desarrollo armonía con el medio ambiente y las tradiciones socioeconómico y en históricas y culturales Agricolas Mineras Ordenamiento Territorial Urbanas
Oferta Natural
Idustria Agricolas Pecuarias Protección Minería
Demandas Humanas
Desarrollo Económico Desarrollo Social
Desarrollo Cultural
Sostenibilidad ambiental
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PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL– POT
(Ley 388 de 1997)
Instrumento de Planificación del Desarrollo Mun icipal Con el objeto de ARMONIZAR EL USO Y OCUPACION DEL TERRITORIO CON - EL CRECIMIENTO ECONOMICO - LA EQUIDAD SOCIAL - SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas PLAN DE ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO MUNICIPAL –
( Articulo 9 / Ley 388 de 1997)
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL – POT Es el
instrumento básico para desarrollar el proceso de ordenamiento del territorio municipal.
Se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para:
•
Orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y
•
la utilización del suelo.
EOT: Esquema de Ordenamiento Territorial Población inferior a los 30.000 habitantes PBOT: Plan Básico de Ordenamiento Territorial POT: Plan de Ordenamiento Territorial Población entre 30.000 y 100.000 habitantes
I. MARCO GENERAL
Población superior a los 100.000 habitantes
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO MUNICIPAL
… PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una
FUNCION PUBLICA DEL URBANISMO
La cual se ejerce mediante la ACCIÓN URBANÍSTICA DECISIONES ADMINISTRATIVAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS TERRITORIO
NORMAS URBANÍSTICAS POT
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Objetivos generales
( Artículo 1 / Ley 388 de 1997) Establecer mecanismos que le permitan al municipio, en ejercicio de su autonomía, promover: el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural, la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, la ejecución de acciones urbanísticas eficientes, la utilización del suelo ajustada a la función social de la propiedad, los derechos constitucionales a la vivienda y a los servicios públicos la defensa del espacio público y protección del medio ambiente la concurrencia interinstitucional en el ordenamiento del territorio La ejecución coordinada de actuaciones urbanas integrales, El mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Principios generales
( Artículo 2 / Ley 388 de 1997) El ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes principios:
1. La función social y ecológica de la propiedad.
2. La prevalencia del interés general sobre el particular.
3. La distribución equitativa de las cargas y los beneficios. I. MARCO GENERAL
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Función Pública del Urbanismo
( Artículo 3 / Ley 388 de 1997) El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los siguientes fines: 1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte (Movilidad) y demás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos domiciliarios. 2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo sostenible.
3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural.
naturales.
I. MARCO GENERAL
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas REVISION Y AJUSTE DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
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REVISION Y AJUSTE DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
“Es un carácter procedimiento de técnico, participativo y jurídico establecido por la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios, principal de con el fin actualizar, modificar o ajustar sus contenidos y normas de manera que se asegure la construcción efectiva del modelo territorial adoptado por el municipio.” Si al finalizar la vigencia de largo plazo no se ha adoptado la revisión general del POT, seguirá vigente el ya adoptado.
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PROPUESTA DEL POT DIAGNOSTICO Condiciones Actuales PROSPECTIVA Escenarios de futuro VISION DE FUTURO TERRITORIAL POSIBLE
Alternativa de desarrollo territorial seleccionada que refleja el municipio posible y deseado / Determinación del objetivo estratégico de desarrollo territorial.
MODELO TERRITORIAL
Propuesta de organización del territorio para alcanzar la visión de futuro del municipio Normas urbanísticas estructurales / Los proyectos estratégicos
LA ESTRATEGIA DE GESTIÓN EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN EL SEGUIMIENTO Y CONTOL
COMPONENTES General Urbano 100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas COMPONENTES, CONTENIDOS Y NORMAS DEL POT VIGENCIA Y CONTENIDOS NORMAS Largo plazo Para todo el Territorio Municipal Estructurales Corto y mediano plazo Suelo Urbano y de Expansión Generales y Complementarias Rural Corto y mediano plazo Suelo Rural Generales y Complementarias
Programa de Ejecución: actuaciones sobre el territorio previstas en el POT, que serán ejecutadas durante el período de la correspondiente administración municipal.
Revisión y ajuste por vencimiento de vigencia.
Artículo 5 Decreto 4002 de 2004
Revisión y ajuste por motivos de excepcional interés público.
Decreto 4002 de 2004 Artículo 5
Modificación excepcional de norma urbanística.
Artículo 6 Decreto 4002 de 2004
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TIPOS DE REVISION DEL POT
Al inicio de periodo constitucional y únicamente sobre los contenidos que se han vencido.
En cualquier momento del proceso de implementaci ó n del POT. Siempre que se presenten las situaciones excepcionales.
En cualquier momento del proceso de implementaci ó n del POT. Siempre que se soporten t é cnicamente las modificaciones.
Ajuste del POT para incorporar suelo para VIS y VIP.
(Ley 1537 de 2012. Artículo 47. TRANSITORIO.
INCORPORACIÓN DEL SUELO RURAL, SUBURBANO Y EXPANSIÓN URBANA Al PERÍMETRO URBANO)
Por una sola vez durante el periodo 2012 con el fin de habilitar suelo para VIS y VIP.
– 2015,
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REVISIÓN Y AJUSTE POR VENCIMIENTO DE VIGENCIA.
POT Corto Plazo Mediano Plazo Largo Plazo Período 2001 - 2003 Período 2004 - 2007 Período 2008 - 2011 Período 2012 - 2015 REGLA GENERAL: Al inicio del periodo constitucional , por vencimiento de las vigencias de los contenidos de corto, mediano y largo plazo.
La vigencia mínima del POT, debe ser de Tres (03) Periodos Constitucionales de Alcaldes.
( Art. 28, Ley 388 de 1997 / Modificado por el Art. 2, Ley 902 de 2004)
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REVISION Y AJUSTE POR MOTIVOS DE EXCEPCIONAL INTERÉS PÚBLICO:
POT Corto Plazo Mediano Plazo Largo Plazo Período 2001 - 2003 Período 2004 - 2007 Período 2008 - 2011 Período 2012 - 2015 Declaratoria de calamidad pública.
(Ley 1523 de 2012).
desastre o Resultados de estudios técnicos detallados sobre amenazas, riesgos y vulnerabilidad que justifiquen la recalificación de áreas de riesgo no mitigable.
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MODIFICACIÓN EXCEPCIONAL DE NORMA URBANÍSTICA
POT Corto Plazo Mediano Plazo Largo Plazo Período 2001 - 2003 Período 2004 - 2007
Permite modificar alguna o algunas normas urbanísticas
ESTRUCTURALES
o
GENERALES del POT, siempre que
se asegure el logro de los
OBJETIVOS y ESTRATEGIAS
territoriales de largo y mediano plazo Componentes General
y Urbano - POT Período 2008 - 2011 Período 2012 - 2015 Se puede emprender en cualquier momento, por iniciativa del Alcalde, siempre y cuando existan motivos técnica y legalmente sustentados
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas AJUSTE DEL POT PARA INCORPORAR SUELO PARA VIS Y VIP:
(Ley 1537 de 2012. Artículo 47. TRANSITORIO. INCORPORACIÓN DEL SUELO RURAL, SUBURBANO Y EXPANSIÓN URBANA Al PERÍMETRO URBANO)
POT Corto Plazo Mediano Plazo Largo Plazo
Por
una única vez
garantizar el y con el fin de desarrollo de programas de vivienda de interés social y prioritaria y
solo durante el periodo 2012 – 2015.
Se podrán incorporar al perímetro urbano predios localizados en suelo rural, suburbano y de expansión urbana requeridos para el desarrollo y construcción de VIS y VIP.
Condiciones: Servicios públicos, restricciones ambientales, desarrollo prioritario
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas Período 1998 - 2000 Período 2001 - 2003 Período 2004 - 2007 Período 2008 - 2011
VIGENCIAS CONTENIDOS POT
Período 2012 - 2015 Período 2016 - 2019 Período 2020 - 2023 Período 2024 2027 POT CORTO PLAZO POT MEDIANO PLAZO LARGO PLAZO CORTO PLAZO MEDIANO PLAZO CORTO PLAZO MEDIANO PLAZO LARGO PLAZO
REVISION GENERAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
CORTO PLAZO MEDIANO PLAZO LARGO PLAZO COMO REGLA GENERAL, LAS REVISIONES SE REALIZAN AL INICIO DEL PERÍODO CONSTITUCIONAL, SOBRE LOS CONTENIDOS VENCIDOS DEL POT.
SE DEBE VERIFICAR SI LOS MUNICIPIOS ESTABLECIERON OTRAS CONDICIONES EN LOS POT PARA ADELANTAR PROCESOS DE REVISIÓN.
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas MVCT – DEUT / SATyOUI GOB. ANTIOQUIA - DAPD
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ARTICULACION DEL PLAN DE ORDENAMIENTO Y EL PLAN DE DESARROLLO
C o r t o p l a z o M e d i a n o p l a z o L a r g o p l a z o PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Mínimo 3 periodos constitucionales PDM 1 PDM 2 PLANES DE DESARROLLO MUNICIPAL PDM 3
El asunto central que se debe lograr para la articulación entre el Plan de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento Territorial en cada municipio es
integrar al plan de inversiones del plan de desarrollo el respectivo programa de ejecución del POT
, de tal manera que conjuntamente con éste sea puesto a consideración del concejo por parte del alcalde para su aprobación.
100MILviviendas Haciendo casas, cambiamos vidas PROCEDIMIENTO TÉCNICO DE LA REVISION Y AJUSTE DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
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DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA REVISION Y AJUSTE DEL POT
“Las revisiones estarán sometidas al mismo procedimiento previsto para su aprobación y deberán sustentarse en parámetros e indicadores de (…)” Art 28 Ley 388 de 1997.
Diagnóstico Territorial Formulación: componentes General, Urbano y Rural Cartografía Gestión y financiación Programa de ejecución
Seguimiento y Evaluación OFICINA DE PLANEACIÓN CONSEJO DE GOBIERNO Haciendo casas, cambiamos vidas
Tiempo de formulación, depende de los recursos técnicos y financieros del municipio, así como la complejidad del territorio de su jurisdicción.
PROYECTO REVISION POT TEMAS CONCERTADOS NO SI Pronunciamiento MADS PARTICIPACIÓN CIUDADANA
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MARCO NORMATIVO
Ley 388 de 1997
(Modificado por el art. 2, Ley 902 de 2004, Reglamentado por el Decreto Nacional 4002 de 2004).
Artículo 28:
Define la vigencia de los contenidos y las condiciones que ameritan su revisión Capitulo III – Art. 9 al 29
Decreto 879 de 1998 Artículo 8:
Reglamenta Vigencia, de los componentes y contenidos y del programa de ejecución del POT.
Decreto 4002 de 2004 Artículos 5 al 10:
Reglamenta el proceso de revisión del POT.
LEY 507 DE 1999 Artículo 2.
Los Concejos Municipales o Distritales celebrarán obligatoriamente un Cabildo Abierto previo para el estudio y análisis de los Planes de Ordenamiento Territorial.
PREGUNTAS
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