Transparencia y lucha contra la corrupción
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Transcript Transparencia y lucha contra la corrupción
TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN
COMISIÓN DE ALTO NIVEL ANTICORRUPCIÓN
(CAN ANTICORRUPCIÓN)
Huaraz, 3 de julio de 2014
CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN
1. La problemática de la corrupción en el país y la región
Ancash.
2. Transparencia y derecho a la información: teoría
fundamental y marco normativo
3. Medidas implementadas por la CAN Anticorrupción
para promover la transparencia como herramienta de
prevención de la corrupción.
LA PROBLEMÁTICA DE LA CORRUPCIÓN EN EL
PAÍS Y LA REGIÓN ANCASH
INDICE DE PERCEPCIÓN DE CORRUPCIÓN (IPC)
Resultados por año
(Del 2002 al 2011)
Puesto:
75
3.7
Puesto:
78
Puesto:
80
Puesto:
59
Puesto:
72
3.6
3.5
3.7
Puesto:
65
Puesto:
72
3.5
3.5
Puesto:
67
Puesto:
45
3.5
Puesto:
70
3.4
3.4
3.3
Puntaje
0
Muy corrupto
10
Nada/poco corrupto
2011
N° de países evaluados
2010
2009
183 178 180
2008
2007
2006
2005
2004
2003
2002
180 179 163 159 146
133
102
INDICE DE PERCEPCIÓN DE CORRUPCIÓN (IPC)
Resultados por año
(2012 al 2013)
N° de países evaluados
Puesto:
83
Puesto:
83
38
38
2013
2012
177
176
0
Muy corrupto
100
Nada/poco corrupto
La corrupción es percibida como el segundo problema
principal en el Perú
2010
2012
2013
63
61
41
Delincuencia
51 47
43
Corrupción
39
31
29
Desempleo
36 30
Drogas
40
35
27
26
Pobreza
* VII Encuesta de Percepciones de Corrupción - Ipsos APOYO y PROÉTICA (5914 encuestados)
* VIII Encuesta de Percepciones de Corrupción – Ipsos APOYO y PROÉTICA (1202 encuestados)
Tolerancia hacia actos comunes de
corrupción
(AÑO 2013)
Dar obsequio o dinero para
agilizar un trámite público
12
Pagar "propina" para que le
perdonen una multa
8
Que un funcionario público
favorezca a parientes y amigos
10
Alta tolerancia
71
73
73
Tolerancia Media
Rechazo definitivo
* VIII Encuesta Nacional sobre percepciones de la corrupción en el Perú
17
19
17
Cuando le solicitaron o dio propinas o coimas, ¿lo denunció?
93 %
No denunció
5%
2%
Si denunció
No precisa
* VIII Encuesta de Percepciones de Corrupción – Ipsos APOYO y PROÉTICA.
¿Sabe dónde denunciar un caso de corrupción?
58 %
40 %
Si
No
* VIII Encuesta de Percepciones de Corrupción – Ipsos APOYO y PROÉTICA.
9
El 54 % no sabe donde denunciar un acto de
corrupción
* VII Encuesta de Percepciones de Corrupción – Ipsos APOYO y PROÉTICA.
Efectividad de Denuncias de corrupción por
Regiones (*)
* VIII Encuesta de Percepciones de Corrupción – Ipsos APOYO y PROÉTICA.
(*) Sur: Arequipa, Ica, Ayacucho, Cusco y Puno
1
1
Supervisión a los Portales de Transparencia
Estándar
-Tercer Trimestre 2013- SGP/PCM93% 91%
89%
86% 84%
83% 83% 83% 83%
80% 79% 79% 78%
77% 75%
73% 73%
71% 71%
69%
Puesto 13°
60% 59%
57%
54%
52%
Regiones donde operan las empresas más
vulnerables a la corrupción
Dentro
de
las
empresas, las áreas de
logística,
abastecimiento
y
almacén, serían las
más proclives hacia
actos de corrupción
I Encuesta Nacional de Lucha contra la Corrupción desde el sector privado (2013) de la CAN Anticorrupción
Base: 254 encuestas aplicadas a los ejecutivos de las 7000 top empresas en facturación
1
3
TRANSPARENCIA Y DERECHO A LA
INFORMACIÓN: TEORÍA FUNDAMENTAL Y
MARCO NORMATIVO
RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DEL
DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN
Artículo 2º de la Constitución de 1993: Toda persona tiene derecho:
5) “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a
recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que
suponga el pedido (…)
TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM (24.04.2003)
Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública, aprobado por
Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM (07.08.2003)
Decreto Supremo N° 070-2013-PCM
¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR
INFORMACIÓN PÚBLICA?
1.
Personas naturales (art. 7º del TUO )
2.
Personas jurídicas (sentencias del Tribunal Constitucional)
No se debe exigir el motivo de la solicitud (art. 7º del TUO
– Sentencia N° 2579-2003-HD/TC)
No es necesario acreditar condición de representante o
inscripción en un registro
- Representante de Asentamiento Humano (Sentencia
Nº 3278-2003-HD/TC)
- Sindicato de trabajadores (Sentencia Nº 4877-2006HD/TC)
ENTIDADES OBLIGADAS A BRINDAR INFORMACIÓN
Las entidades de la Administración Pública señaladas en el art. I
del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 (art. 2º del TUO):
Poder Ejecutivo (Ministerios / OPD / Fuerzas Armadas / Policía
Nacional)
Poder Legislativo / Poder Judicial
Gobiernos Regionales / Gobiernos Locales
Organismos constitucionales autónomos
Entidades, organismos, proyectos y programas del Estado,
cuyas actividades se realizan en virtud de potestades
administrativas
Personas jurídicas (que en virtud de concesión, delegación o
autorización del Estado)
Presten servicios públicos (características / tarifas)
Funciones administrativas
ENTIDADES OBLIGADAS A BRINDAR INFORMACION
TUO de la Ley N° 27806
- Empresas del Estado (art. 9° de la Ley Nº 27927)
Jurisprudencia del TC
- Colegios profesionales (Exp. Nº 1851-2002-HD/TC)
- Notarios públicos (Exp. Nº 4566-2004-HD/TC)
- Empresas privadas que prestan servicio público – servicio eléctrico
(Exp. Nº 390-2007-HD/TC)
- Empresas privadas que prestan servicio público – transporte aéreo
(Exp. Nº 4339-2008-HD/TC y Nº 2636-2009-HD/TC )
- Universidades públicas (Exp. Nº 3971-2004-PHD/TC)
- Universidades privadas (Exp. Nº 6759-2008-PHD/TC y Exp. Nº 38872008-HD/TC)
¿QUÉ TIPO DE INFORMACIÓN SE PUEDE ENTREGAR?
Artículo 10º de la Ley:
Información pública contenida en documentos escritos,
fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en
cualquier otro formato siempre que haya sido creada u obtenida
por la entidad o que se encuentre en su posesión o bajo su
control.
Cualquier tipo de documentación financiada por el presupuesto
público que sirva de base a una decisión de naturaleza
administrativa, así como las actas de reuniones oficiales.
Precisión del TC (Expediente Nº 2579-2003-HD/TC)
“Lo realmente trascendental, a efectos de que pueda considerarse
como información pública, no es su financiación, sino la posesión
y el uso que le impone los órganos públicos en la adopción de
decisiones administrativas”.
CARACTERÍSTICAS QUE DEBE TENER LA INFORMACIÓN
QUE SE ENTREGA
La información debe ser
cierta
actual
precisa
completa
Precisión TC (Exp. Nº 1797-2002-HD/TC)
“(…) no sólo se afecta el derecho de acceso a la
información cuando se niega su suministro, sin existir
razones constitucionalmente legítimas para ello, sino
también cuando la información que se proporciona es
fragmentaria, desactualizada, incompleta, imprecisa,
falsa, no oportuna o errada”.
PLAZO PARA ENTREGAR LA INFORMACIÓN SOLICITADA
El plazo para entregar la información es de
7 días útiles. (art. 11º del TUO)
Excepcionalmente, se podrá prorrogar
hasta 5 días útiles adicionales, previa
comunicación con el solicitante hasta
antes del sexto día. (art. 11º del TUO y 14º
del Reglamento)
COSTO DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA
Sólo se cobra el costo de reproducción: copias,
CD, diskette, fax, etc. (art. 20° del TUO).
En ningún caso se podrá incluir dentro del costo
el pago por remuneraciones e infraestructura, ni
cualquier otro concepto ajeno (artículo 13º del
Reglamento)
Ejm. Derecho de búsqueda / horas de trabajo.
Ver STC: Exp. Nº 3351-2008-HD/TC y Exp. Nº
4886-2009-HD/TC)
EXCEPCIONES
Información secreta (art.º 15º de la Ley)
Sustentada en razones de seguridad nacional (ámbito
militar y de inteligencia)
Información reservada (art. 16º de la Ley)
(seguridad ciudadana, relaciones
investigación
policial, etc.)
diplomáticas,
Información Confidencial (art. 17º de la Ley)
Información protegida por secreto bancario,
tributario,
comercial,
industrial,
tecnológico y bursátil.
Información referida a datos personales cuya
publicidad
invada la
intimidad personal
o familiar (salud).
Otros supuestos señalados en la Ley
MEDIDAS IMPLEMENTADAS POR LA CAN
ANTICORRUPCIÓN PARA PROMOVER LA
TRANSPARENCIA
PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN 2012 - 2016
OBJETIVO 2:
Prevención eficaz de la corrupción
Estrategia 2.1
Acciones
Fortalecer el sistema de control Asegurar la implementación de los Comités y Planes de Control Interno
interno en todas las entidades
de la administración pública
Estrategia 2.2
Acciones
Uniformizar y mejorar el marco normativo sobre ética pública
Desarrollar actividades orientadas a fortalecer valores y generar incentivos a las buenas
Implementar y fortalecer los
prácticas
mecanismos que garanticen la
Mejorar el marco normativo de las declaraciones juradas
integridad pública, así como
Extender el uso del sistema electrónico de declaraciones juradas
los controles que aseguren su
Diseñar y reglamentar una metodología para promover y facilitar la rendición de
efectividad
cuentas hacia la ciudadana.
Estrategia 2.3
Asegurar la transparencia y
acceso a la información en la
administración pública
Fortalecer y profundizar el proceso de simplificación administrativa.
Acciones
Mejorar el marco normativo sobre transparencia y acceso a la información pública
Consolidar el marco institucional en transparencia y acceso a la información pública
Desarrollar un mecanismo informático para el registro y seguimiento de las solicitudes
de acceso
Implementar sistemas de gestión de archivos priorizando el uso de las TIC
Mejorar capacidades de los funcionarios públicos con relación a los procedimientos de
transparencia y acceso a la información
REGISTRO DE VISITAS EN LÍNEA
Es una herramienta informática planteada por la CAN Anticorrupción que tiene
como finalidad publicar información de las visitas que realizan los ciudadanos a los
funcionarios y servidores de las entidades públicas (Acuerdo N° 008- 2012-CAN).
Esta herramienta fue incluida como rubro obligatorio del Portal de Transparencia
mediante la Resolución Ministerial 203-2012-PCM; y, a través de la modificación
del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
(Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, artículo 2°).
Objetivo:
Transparentar las gestiones de interés que realizan los
ciudadanos ante las entidades de la administración
pública.
http://www.peru.gob.pe/transparencia/pep_transpare
ncia_citas.asp?cod_institucion=145
A la fecha los 19 ministerios cuentan con esta herramienta.
DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES
(PROYECTO DE LEY N° 1268/2011-CR)
OBJETIVO: Establecer un mecanismo para prevenir y detectar los conflictos de
intereses en el ejercicio de la función pública, particularmente en el ámbito de las
contrataciones públicas.
PROPUESTA: Exigir la presentación de una declaración jurada de intereses por parte
de determinados funcionarios públicos. Se presenta al inicio de la función,
anualmente y al cese.
CONTENIDO DE LA DDJJ: Actividades de carácter profesional u ocupacional y de
carácter empresarial (5 años previos), las relaciones de parentesco o concubinato.
SUJETOS OBLIGADOS: Los titulares de entidad, jefes de pliego, presidentes de
directorio, funcionarios de alta dirección, etc.
Cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Fiscalización.
En tanto no se apruebe, la PCM va emitir una directiva que
obligue en el ámbito del Poder Ejecutivo.
PUBLICIDAD DE CONTRATACIONES MENORES E
IGUALES A 3 UIT
Esta iniciativa busca que las entidades públicas publiquen en el Portal de
Transparencia Estándar las contrataciones directas menores a 3 UIT (N° orden de
la compra o del servicio, nombre el proveedor, monto contratado, una sumilla del
objeto de la contratación y la fecha de la adquisición) (Acuerdo N° 009-2012CAN).
La publicidad de esta información, a partir de la Ley N° 29873 (artículos 3.3°
inciso i); y, 68°), que modifica la ley de contrataciones, resulta obligatoria.
Objetivo:
Promover y fortalecer la transparencia y la rendición de
cuentas en el gasto público, así como coadyuvar en la
prevención de posibles actos de corrupción.
DIFUSIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES
ADMINISTRATIVAS
Apertura y difusión del Registro de Sanciones de Destitución y Despido de SERVIR.
Contiene información de los servidores que han sido destituidos o despedidos por
infracciones administrativas y debe ser consultado por las entidades antes de
contratar a un servidor. http://www.sanciones.gob.pe:8081/transparencia/
Creación del Registro de Procedimientos Disciplinarios vinculados a Actos de
Corrupción (REPRAC). Contiene información estadística sobre los procesos
administrativos a efectos de conocer la menor o mayor incidencia de infracciones por
corrupción en las entidades de la administración pública.
Mejora del Registro de Empresas Sancionadas del OSCE a través de la clasificación de
las infracciones.
Difusión de empresas habilitadas por medidas cautelares para contratar con el Estado
(Observatorio OSCE en cifras)
INICIATIVAS EN CURSO
1.
Publicidad de información del personal (y su remuneración) asignado a cada
congresista.
La información que contiene el PTE no facilita el acceso a información sobre el
número de asesores (y su remuneración) de cada despacho congresal.
http://www.peru.gob.pe/transparencia/pep_transparencia_personal.asp
2.
Difusión detallada y actualizada de visitas y viajes de representación de
funcionarios
Información de viajes internacionales en PTE sólo hasta julio del 2010
No hay información sobre viajes nacionales y actividades de representación.
Tampoco están los informes.
3. Difusión de declaraciones juradas de bienes y rentas de los congresistas
Nuevo reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública obliga a publicación en PTE de cada entidad
Plataforma de seguimiento de evolución patrimonial (SUMA CIUDADANA)
4. Autoridad Nacional de Transparencia
5. Plataforma de seguimiento de procesos penales y casos por infracciones éticas
OBJETIVO: Dar a conocer de manera objetiva a la ciudadanía los casos de
congresistas involucrados en infracciones a la ética o en actos ilícitos que han
dado lugar a una sanción o al inicio de un proceso penal.
A partir de la información pública, la ciudadanía y los medios de
comunicación pueden hacer seguimiento a los casos que están en curso.
Asimismo, para los casos terminados, la difusión puede funcionar como un
mecanismo de sanción social.
La difusión de esta información contribuiría a eliminar la imagen de
protección
e
impunidad
que
percibe
la
ciudadanía.
http://ximenabarra.com/produccion/ficha-1/
MUCHAS GRACIAS