Procedimiento para Renovación y Modificación de

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Transcript Procedimiento para Renovación y Modificación de

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y
RECURSOS NATURALES
PROCEDIMIENTO
MODIFICACION
AMBIENTALES.
PARA
DE
RENOVACION
Y
AUTORIZACIONES
Procedimiento del Reglamento del Sistema de Autorizaciones
Ambientales
Presentado por:
Dirección de Calidad Ambiental
Agosto 2013
Versión revisada por el CCI el 26 de Mayo 2011
07/07/2011
PROCEDIMIENTO PARA RENOVACION Y MODIFICACION DE
AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
Reglamento del Sistema de Autorizaciones Ambientales
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Los artículos 7 y 39 del Sistema de Autorizaciones Ambientales,
establcen que las empresas con autorizaciones ambientales con 5 años o
más años de haber sido emitidas , deben soliciar su renovación a este
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en un plazo no mayor
de un ( 1 ) año a partir de la fecha de publicación de este Reglamento.
02 de Febrero del 2011
PROCEDIMIENTO PARA RENOVACION Y MODIFICACION DE
AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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Objetivo.
Establecer los pasos para la renovación o modificación de las
Autorizaciones Ambientales.
2. Alcance.
Los requerimientos contenidos en este procedimiento son de cumplimiento
obligatorio a todo proyecto, obra de infraestructura, industria, o cualquier
otra actividad que cuente con una autorización ambiental emitida por el
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Ministerio
Ambiente) y que requiera renovación o modificación.
2.1- Aplicación.
La aplicación de este procedimiento está a cargo del Ministerio.
PROCEDIMIENTO PARA RENOVACION Y MODIFICACION DE
AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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3.- Disposiciones Generales y Política de Aplicación.
3.1 Las solicitudes de renovación de las autorizaciones ambientales se realizarán
mínimo seis (6) meses antes del vencimiento de éstas.
3.2 Las solicitudes de modificación deben realizarse cuando hayan variado las
condiciones existentes del proyecto al momento de otorgar la Autorización
Ambiental. Estas pueden ser modificadas en los casos siguientes, de manera
enunciativa y no limitativa:
 Cambios en las tecnologías, procesos y/o productos que impliquen la
necesidad de adecuar el (PMAA).
 Ampliaciones de la capacidad productiva de bienes y/o servicios que
impliquen la necesidad de adecuar el PMAA. dentro de los límites de la(s)
parcela(s) cubiertas por la autorización ambiental;
 Remodelaciones de plantas físicas que impliquen la necesidad de adecuar
el Programa de Manejo y Adecuación Ambiental (PMAA);
 Venta de la totalidad del proyecto.
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3.- Disposiciones Generales y Política de Aplicación.
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AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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3.- Disposiciones Generales y Política de Aplicación.
3.3. Cuando la magnitud o el alcance de los cambios solicitados sea mayor que la
solicitud original y/o cuando la misma implique un cambio en la categoría del
proyecto, cuando se afecten terrenos nuevos o cuando se generen impactos
significativos no considerados previamente, el Ministerio Ambiente no entenderá
que se está solicitando una modificación a una autorización ambiental. En estos
casos se deberá solicitar una nueva autorización ambiental.
3.4. El Ministerio Ambiente, durante cualquiera de las fases del proceso de
renovación o modificación de una autorización ambiental determinada podrá
realizar inspecciones o auditoria a la empresa en cuestión
3.5.El Ministerio Ambiente, durante el proceso de renovación o modificación de una
autorización ambiental podrá requerir al operador o propietario la ejecución de
medidas, urgentes e inmediatas, para controlar o prevenir impactos y riesgos al
ambiente o a la salud humana. El cumplimiento con estas disposiciones, será
obligatorio.
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AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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3.- Disposiciones Generales y Política de Aplicación.
3.6. Las inspecciones, seguimientos y auditorías que pudieran resultar producto del
proceso de renovación o modificación de una autorización ambiental se llevará a
cabo siguiendo los procedimientos internos del Ministerio Ambiente establecidos
para tales fines.
3.7. El otorgamiento de una renovación o modificación de autorización ambiental
está sujeto al cumplimiento con lo establecido en las disposiciones de la
Autorización Ambiental, al
PMAA, Cronograma de Cumplimiento,
Recomendaciones resultantes de Inspecciones y Auditorías, Seguimiento a ICA, y
otros aspectos solicitados por el Ministerio Ambiente.
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AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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3.- Disposiciones Generales y Política de Aplicación.
3.8. No se recibirán solicitudes de modificación en un período menor de un (1) año
a partir de la fecha de emisión de la Autorización Ambiental.
3.8.1 Se excluyen de este período las modificaciones por cambio de nombre y/o
operador y cambio de tecnología que no impliquen modificaciones a las
disposiciones de la Autorización Ambiental en cuestión y alteraciones al PMAA.
3.8.2 El operador o propietario es responsable de todos los costos involucrados en
la aplicación de este procedimiento, los cuales se realizaran en cheque(es)
certificado(s) a nombre del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(Ministerio Ambiente) y no son reembolsables. Los montos de estos pagos se
establecen mediante la resolución 03/2011 que modifica la resolución no.
26/2009 del 10 de Julio del 2009, que establece los Costos para la obtención de
las Constancias, Permisos y Licencias Ambientales.
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AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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4. Pasos del Proceso de Renovación o Modificación.
Fase I. Solicitud de Renovación o Modificación.
 Las solicitudes de renovación y/o modificación se solicitará a través de la
Dirección de Servicios de Autorizaciones Ambientales (Ventanilla Única) del
Ministerio Ambiente.

4.1.2. Los requisitos generales o documentación básica para solicitar una
renovación o modificación de autorización ambiental son los siguientes:
a) Carta de solicitud de renovación o modificación de Autorización Ambiental.
b) Formulario de solicitud correspondiente según sea el caso;
c) Autorización Original del proyecto.
d) Copia de la Fianza Ambiental renovada
e) Programa de Manejo y Adecuación Ambiental (PMAA) o ficha actualizada.
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Fase I. Solicitud de Renovación o Modificación
4.1.3. El operador o propietario depositará el expediente conteniendo toda la
documentación básica requerida en el punto anterior.
4.1.4. En el caso de modificaciones, la solicitud debe estar acompañada de todas las
informaciones que originan la solicitud de modificación.
4.1.5. La Dirección de Servicios de Autorizaciones Ambientales (Ventanilla Única),
llevará un registro de entrada y salida de solicitudes de renovaciones y
modificaciones de las Autorizaciones Ambientales.
4.1.6. La Dirección de Servicios de Autorizaciones Ambientales (Ventanilla Única),
remitirá a la Dirección de Calidad Ambiental las solicitudes recibidas.
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4. Pasos del Proceso de Renovación o Modificación
4.2 Fase II. Revisión y Análisis de la Solicitud.
4.2.1 La Dirección de Calidad será responsable de la revisión técnica de las
solicitudes y realizará las siguientes actividades para la evaluación de las mismas:
a) Analizar el alcance de la solicitud realizada.
b) Revisar la documentación básica entregada por el operador o propietario.
c) Revisar el expediente del proyecto y verificar lo siguiente:
1) Cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Autorización Ambiental,
PMAA y Cronogramas de Cumplimiento;
2) Cumplimiento de recomendaciones realizadas durante inspecciones y
auditorías;
3) Cumplimiento de la legislación ambiental vigente y cualquier otro
requerimiento realizado por el Ministerio en el ejercicio de sus funciones.
d) Realizar inspecciones y auditorías al proyecto.
4.2.2. Si durante la evaluación se requiere información adicional, el Ministerio Ambiente informará por escrito al operador del proyecto.
4.2.3. Si la modificación implica nuevos impactos al ambiente y los recursos naturales la solicitud será remitida a la Dirección de Evalua
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AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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4.2 Fase II. Revisión y Análisis de la Solicitud.
4.2.2. Si durante la evaluación se requiere información adicional, el Ministerio
Ambiente informará por escrito al operador del proyecto.
4.2.3. Si la modificación implica nuevos impactos al ambiente y los recursos
naturales la solicitud será remitida a la Dirección de Evaluación Ambiental (DEA).
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4. Pasos del Proceso de Renovación o Modificación.
4.3 Fase III. Evaluación de la Solicitud de Renovación o Modificación.
4.3.1. La Dirección de Calidad Ambiental, durante el proceso de revisión y análisis
de la información suministrada por el operador, para la visita de inspección (en caso
de ser necesario) contará con el apoyo técnico de los distintos Viceministerios
Asimismo, podrá consultar la opinión de otros organismos del gobierno; expertos
en el área, a fin de completar dicha revisión.
4.3.2. Si durante el proceso de revisión se comprueba que el operador y/o el
responsable de la solicitud ha falseado u omitido deliberadamente información
relevante, será causa suficiente para negar la renovación o modificación de la
Autorización Ambiental, sin perjuicio de las sanciones y penalidades que estipulan
las leyes vigentes.
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AUTORIZACIONES AMBIENTALES.
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4. Pasos del Proceso de Renovación o Modificación.
4.3 Fase III. Evaluación de la Solicitud de Renovación o Modificación.
4.3.3. La Dirección de Calidad, como resultado de la revisión y análisis de la
solicitud elaborará un informe técnico de seguimiento y auditoria, conteniendo un
resumen de las observaciones, comentarios y recomendaciones.. El referido informe
será presentado al Comité correspondiente, para su evaluación y decisión final.
4.3.4. El Comité correspondiente, en base a los resultados de la revisión y análisis,
adoptará una de las siguientes determinaciones:
a) Aprobar la solicitud de renovación o modificación de la Autorización Ambiental
sin condicionantes.
b) Aprobar la solicitud de renovación y/o modificación de la Autorización
Ambiental con condicionantes.
c) Recomendar la desestimación de la renovación o modificación.
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4. Pasos del Proceso de Renovación o Modificación.
4.3 Fase III. Evaluación de la Solicitud de Renovación o Modificación.
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4.3.5. Si la solicitud de renovación o modificación ha sido aprobada, el Ministerio
Ambiente solicitará al operador o su representante legal debidamente autorizado
mediante un poder legalizado y registrado en la Procuraduría General de la
República, realizar el pago correspondiente a la renovación o modificación y luego
de cumplido este último requisito le hará entrega de la autorización ambiental según
corresponda de acuerdo a la solicitud.

4.3.6. El incumplimiento de las disposiciones anteriormente citadas conllevará la
imposición de las sanciones administrativas correspondientes, en virtud de lo
establecido en los artículos 167 y siguientes de la Ley No. 64-00, y del Reglamento
para el Control, Vigilancia e Inspección Ambiental y la Aplicación de Sanciones
Administrativas, Listado de Ilícitos Administrativos y Manual de Vigilancia e
Inspección, que pueden conllevar la denegación a la solicitud de renovación o
modificación de la Autorización Ambiental.
¡¡Gracias por su Atención!!