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SERVICIOS PÚBLICOS
DOMICILIARIOS
LA ESTRATIFICACIÓN SOCIOECONÓMICA COMO
INSTRUMENTO DE EFICIENCIA DE RECAUDO
ING. JAVIER ZAMBRANO
A&GE EMPRESARIAL - CONSULTOR
COLON PUTUMAYO
LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Son el medio por el cual el estado
realiza los fines esenciales de servir a
la comunidad, promover la prosperidad
general, garantizar la efectividad de los
derechos constitucionales
LOS SERVICIOS PÚBLICOS
 Acueducto,
alcantarillado y aseo
 Energía eléctrica
 Telefonía pública
 Distribución de gas combustible
¿QUIÉNES PRESTAN LOS
SERVICIOS PÚBLICOS?

Los Municipios
Juntas administradoras locales
Asociaciones de Usuarios
Cooperativas

Las comunidades organizadas

Entidades Autorizadas

Las empresas de servicios públicos
OFICIALES
Los aportes son
100% oficiales
Sociedad por acciones
Empresas industriales y comerciales del estado
PRIVADAS
El capital pertenece
mayoritariamente a
particulares
MIXTAS
La nación, las
entidades territoriales
poseen aportes
superiores al 50%
DERECHOS DE LOS USUARIOS
DE SERVICIOS PÚBLICOS
 A un
servicio eficiente y continuo
 A participar en la gestión y control de las
empresas
 A tarifas proporcionales
 A una correcta estratificación
 A presentar quejas, peticiones y reclamos
 A la información
 A elegir el prestador del servicio
LOS ALCALDES TIENEN EL DEBER
DE:
 Velar
por la conformación de los comités.
 Resolver dentro de los 15 días hábiles
siguientes contados desde la fecha de la
radicación de la solicitud a los comités
que soliciten la inscripción.
 Colaborar con los comités mediante su
capacitación y asesoría permanente.
DEBERES DE LOS USUARIOS
DE SERVICIOS PÚBLICOS
 Pagar
oportunamente los servicios utilizados
 Participar como ciudadanos
 Usar racionalmente los servicios
¿CÓMO EJERCER LOS
DERECHOS COMO USUARIO?
En las oficinas de peticiones, quejas y reclamos
es obligación de las empresas recibir, atender y
responder las peticiones, reclamos y recursos
verbales y escritos presentados por los
usuarios
DERECHO DE PETICIÓN
 Realizar
un escrito donde se solicita
se resuelva un problema
amparándose en el articulo 23 de
la constitución política de
Colombia.
RECURSO DE APELACIÓN
 Son
peticiones que se hacen ante el
gerente en caso de no recibir una
respuesta satisfactoria.
RECURSO DE QUEJA
 Procede
cuando se rechaza el recurso
de apelación
COMITÉ DE DESARROLLO Y
CONTROL SOCIAL
 Son
organizaciones que aseguran
la participación ciudadana en la
vigilancia a le gestión y en la
fiscalización de las empresas que
prestan servicios públicos
FUNCIONES
 Promover
en las empresas de servicios
públicos planes y programas que
consideren necesarios para resolver
deficiencias en la prestación de los
servicios.
 Procurar que la comunidad aporte los
recursos necesario para la expansión y su
mejoramiento
 Solicitar modificaciones o reformas en
materia de estratificación.
¿COMO GARANTIZA EL ESTADO EL ACCESO A
SERVICIOS PÚBLICOS A TODA LA POBLACIÓN?

Promoción y apoyo a personas que presten los servicios públicos.

Gestión y obtención de recursos para la prestación de servicios.

Regulación de la prestación de los servicios públicos teniendo en
cuenta las características de cada región; fijación de metas de
eficiencia, cobertura y calidad, evaluación de las mismas, y definición
del régimen tarifario.

Control y vigilancia de la observancia de las normas y de los planes y
programas sobre la materia.

Otorgamiento de subsidios a las personas de menores ingresos
.

Estímulo a la inversión de los particulares en los servicios públicos.
Ley 142 de 1994 Artículo 3
Cuando se trate de otorgar subsidios con recursos
nacionales, la Nación podrá exigir, antes de efectuar
los desembolsos, que se consiga certificado de la
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios,
en el sentido de que la estratificación se hizo en
forma correcta. Cuando se trate de otorgar subsidios
con recursos departamentales, cada Departamento
establecerá sus propias normas.
Ley 142 de 1994
ESTRATIFICACIÓN
SOCIOECONÓMICA
COLON PUTUMAYO
¿QUE ES?
Es un estudio técnico para clasificar la
población, mediante el análisis de las
características físicas externas de la vivienda y
la zona donde se encuentra ubicada,
asignándole un estrato que establece la
disponibilidad a pagar asociada al gasto en
sus domicilios
¿PARA QUE SIRVE?
Tiene como finalidad la clasificación de la
población para poder aplicar los principios de
solidaridad y redistribución de ingresos
ordenados por la ley y focalizar así los recursos
estatales correspondientes a subsidios de
servicios públicos que se otorgan a la población
de menores recursos.
SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN
DE INGRESOS
Ley 142 de 1994 Artículo 87.3
Por solidaridad y redistribución se entiende que al poner
en práctica el régimen tarifario se adoptaran medidas
para asignar recursos a “fondos de solidaridad y
redistribución”, para que los usuarios de estratos altos y
los usuarios comerciales e industriales, ayuden a los
usuarios de estratos bajos a pagar las tarifas de los
servicios que cubran sus necesidades básicas
¿PARA QUE SIRVE?
Permite también orientar la planeación de la
inversión pública; realizar programas sociales
como
expansión
y
mejoramiento
de
infraestructura de servicios públicos y vías,
salud y saneamiento, y servicios educativos y
recreativos en las zonas que más lo requieran
ESTRATIFICACIÓN
Condiciones inferiores
Precariedad
(Baja capacidad económica)
Condiciones superiores
Suntuosidad
(Alta capacidad económica)
¿DESDE CUANDO SE REALIZA EN
NUESTRO PAÍS?

El cobro de los servicios públicos domiciliarios en Colombia siempre
ha sido diferente por grupos socioeconómicos o estratos.

Hasta 1990, la estratificación la realizaba cada empresa con criterios y
metodologías distintas, lo cual no permitía comparar los estratos
obtenidos en las diversas regiones del país, ni garantizar la correcta
asignación de los subsidios.

Por esto, el Gobierno Nacional ha venido trabajando desde 1991 en el
diseño de políticas orientadas a unificar los procesos de estratificación
mediante estudios técnicos y transparentes que permitan el pago
solidario de los servicios públicos domiciliarios.
¿POR QUÉ LA REALIZAN EN
MI MUNICIPIO?
Porque existen leyes, decretos y resoluciones en
las cuales se dispone como deber Alcaldes realizar
y adoptar las estratificaciones de sus municipios
empleando las metodologías que diseñe el
Departamento Nacional de Planeación
decreto 007 de 2010, Ley 732 de 2002,resolucion
106 de 2005, ley 142 de 1994,
METODOLOGÍA

Las metodologías de estratificación unificadas
vigentes son diferentes para las zonas urbanas y
rurales del país, en consideración a las diferencias
que presentan estos asentamientos.
Las metodologías abarcan tanto los procedimientos
técnicos de realización de los estudios, basados en
información disponible o en censos de viviendas o
predios y clasificación de las zonas, como los
métodos estadísticos de conformación de estratos.
Están contenidas en manuales que se suministran
directamente a cada alcaldía y permiten que los
resultados se actualicen permanentemente.
COMITÉ PERMANENTE DE
ESTRATIFICACIÓN
Ley 732 de 2002
El Comité Permanente de Estratificación del municipio ,
debe ser conformado por la Alcaldía y debe estar
integrado por representantes de las empresas
comercializadoras de servicios públicos domiciliarios y
por la comunidad, contando con la Alcaldía como
secretaría técnica y con miembros sin voto como
representantes de la personería y de los comités de
desarrollo y control de los servicios públicos
domiciliarios.
FUNCIONES COMITÉ
PERMANENTE DE
ESTRATIFICACIÓN
 La
principal Función es atender la segunda instancia
(apelación) de las reclamaciones que se presenten en
el municipio o distrito.
 Debe
hacer también veeduría sobre la atención de los
reclamos por parte de la primera instancia (la Alcaldía)
 Velar
por la correcta aplicación de los resultados a la
facturación, y porque la estratificación se mantenga
actualizada.
RECLAMOS EN MATERIA DE
ESTRATIFICACIÓN
 Toda
persona podrá solicitar por escrito la
revisión del estrato que se le asigne.
 Los
reclamos serán atendidos y resueltos en
primera instancia por la Alcaldía Municipal en
un término no superior a 2 meses.
 Las
apelaciones se realizaran ante el comité
permanente de estratificación del municipio.
INTEGRANTES COMITÉ PERMANENTE DE
ESTRATIFICACIÓN






HUGO DE JESUS BACCA REPRESENTANTE COMUNIDAD
POR EMEVASI S.A E.S.P CC. 5350226
AQUILES EFREN CARDENAS REPRESENTANTE
COMUNIDAD POR JASCOLON E.S.P CC.18123940
OSCAR HERNAN BENAVIDES REPRESENTANTE
COMUNIDAD POR ASVALLE E.S.P CC. 5348746
LUIS ERNESTOR CORONADO GERENTE ASVALLE E.S.P
CC. 18123069
HENRY JAIRO GOYENECHE GERENTE JASCOLON E.S.P
CC. 18111496
ALVARO ANDRES MORENO REPRESENTANTE EMEVASI
S.A E.S.P.CC. 98393295
VOCAL DE CONTROL SOCIAL
 JULIO
CESAR CEBALLOS CC. 10542508
PERSONERIA
 STEFFANIE
CAROLA MAYORAL ANACONA
CC.27473471
SECRETARIA TECNICA
 LEONARDO
ANTONIO MARTINEZ
DE PLANEACION CC.18195275
ALCALDE
 YONI
DANIEL RUEDA POLO
SECRETARIO
¡GRACIAS!