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Reajustes en la ley 24.241
Guillermo J. Jáuregui
Instituto de Derecho Previsional de Bahía Blanca, 15/10/2014
Clasificación de juicios de
reajustes
1. DE LEYES ANTERIORES
A LA LEY 24.241
2. DE LA LEY 24.241
 1.1. Leyes anteriores a la ley 14.499 (octubre
de 1958) para trabajadores del sector privado
y público
 1.2. Leyes especiales para determinadas
actividades
 1.3. Ex Municipalidad de la Ciudad de Bs. As.
 1.4. Leyes jubilatorias de provincias que se
adhirieron al Pacto Federal
 1.5. Leyes para trabajadores dependientes y
autónomos vigentes desde el 1.1.1969
 1.6. Reajustes que combinan dos o más leyes
1.1. Leyes anteriores a la ley 14.499
(octubre de 1958) para trabajadores
del sector privado y público
 Las personas comprendidas en esas
leyes tienen derecho a la movilidad de
la ley 14.499 aunque se hayan jubilado
con anterioridad
1.2. Leyes especiales para
determinadas actividades
 Ley 14.473: Docentes no universitarios
 Ley 23.985: Docentes no universitarios en la ley 22.955.
 Ley 24.016: Docentes del Estatuto del docente (docentes
primarios, secundarios y terciarios no universitarios)
(Gemelli)
 Ley 22.955: Jubilación de agentes de la Administración
Pública y Ministerio de Defensa, Estado Mayor Conjunto o
comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas (Casella).
 Leyes 22.929, 23.026 y 23.626: Investigadores, científicos y
técnicos (Massani de Sese).
 Ley 22.731: Servicio Exterior de la Nación (Siri).
 Ley 24.018: Poder Judicial de la Nación (Craviotto).
 Ley 24.018: Cargos políticos (Arrúes).
1.3. Ex Municipalidad de la
Ciudad de Buenos Aires
 Ordenanza 30.062/74 para funcionarios de la Ex
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
 Ordenanza 31.382/75 para funcionarios de la Ex
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
 Ley 18.259 declaró aplicable la ley 18.037 hasta
que se dicte un régimen especial
 Decreto Ley 995/70 Régimen Previsional para la ex
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
 Decreto Ley 1645/78 Régimen Previsional para la
ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
1.4. Leyes jubilatorias de
provincias que se adhirieron al
Pacto Federal
Fallos Blanco de Mazzina, Blanca
Lidia y Aban, Francisca
1.5. Leyes para trabajadores
dependientes y autónomos
vigentes desde el 1.1.1969
 Ley 18.037 Trabajadores dependientes del sector público y
privado (Chocobar - Sánchez - Badaro)
 Ley 18.037 con inconstitucionalidad de los arts.49, 53 y 55
 Ley 18.037 con inconstitucionalidad de los arts. 53 y 55
 Ley 18.037 (segunda vuelta) con un fallo anterior Chocobar
 Ley 18.037 (segunda vuelta) con un fallo distinto a
Chocobar (Carutti y Apa)
 Ley 21.118 que modifica la ley 18037 vigente entre
noviembre de 1975 y 1976
 Ley 18.038 Trabajadores autónomos (Empresarios,
Profesionales e Independientes) (Volonté-RodriguezMakler)
2. JUICIOS DE REAJUSTES
DE LA LEY 24.241
 Miles de variantes para plantear el juicio
de reajuste dependiendo del caso, tipo de
servicios y topes afectados.
Diferencias con los reajustes
de la ley 18.037
La demanda habitual en la ley
18.037. Inconstitucionalidad de los
arts. 49, 53 y 55.
Complejidad de las prestaciones en
la ley 24.241.
Las demandas de reajustes
ingenuas.
Las distintas prestaciones de la
ley 24.241
 Jubilación (Prestación Básica Universal-PBU; Prestación
Compensatoria-PC y Prestación Adicional por Permanencia-PAP);
 Retiro por Invalidez;
 Pensión por muerte del afiliado en actividad;
 Pensión de PBU, PC y PAP (pensión correspondiente a un afiliado
que estaba cobrando Jubilación o que a la fecha de fallecimiento tenía
derecho a jubilación);
 Pensión derivada de un Retiro por Invalidez (el causante estaba
cobrando esa prestación o tenía derecho a la misma a la fecha del
fallecimiento);
 Prestación por Edad Avanzada para quien reúne los requisitos
legales en vida: 10 años de aportes y 70 años de edad;
 Prestación por Invalidez en Edad Avanzada, para quien se
incapacita después de los 65 años y no tiene derecho a jubilación;
 Prestación por muerte en edad avanzada, cuando el causante fallece
después de los 65 años y no tiene derecho a jubilación;
 Jubilación Ordinaria o de Invalidez para Minusválidos, conforme a
la ley 20.475
 Prestación Anticipada por Desempleo, conforme la ley 25.994.
Estructura técnica de la
movilidad
 Motor de movilidad. Coeficientes de
actualización de las remuneraciones
históricas y aumentos a los
beneficiarios
 Serie numérica
 Empalmes de series
 Indiferencia del cese e igualdad ante la
ley (art. 16 CN)
Reajuste de la PBU básica
 PBUs con adquisición del derecho anterior al 1.3.2009
(Ley 26.417)
– Actualización del AMPO. Utilización del SIJP, Indice de Salarios del
INDEC (Badaro) o del ISBIC (Elliff)
– Jurisprudencia actual:
– Sala I (Pérez, José, 10.3.2009, RJP TXIX, 121 ): Badarización del
AMPO
– Sala II (Alpuy, Carlos, 19.12.2008, RJP TXVIII, 910) Rechazo del
recálculo
– Sala III (Bruzzo, Romilio Amario, 28.4.2010, RJP TXX, 260).
Ellifficación del AMPO
– Fallo Taborda José María del CSJN (1.8.2013)
– Tope máximo de 45 años para la PBU. Reforma de la Ley
26.417(PBU fija)
 PBUs con adquisición del derecho posterior anterior al
28.2.2009 (Ley 26.417)
– Argumentos para cuestionar la nueva PBU fija
Reajuste de la PC y de la PAP
 PC dependiente y PC autónoma
PC = 0,015 x N x (n + p) x W + (m + p) x R
(n + m + p)
PC dependiente
0,015 x N x (n + p) x W
(n + m + p)
PC autónoma
0,015 x N x (m + p) x R
(n + m + p)
Recálculo del haber inicial de la PC y de la PAP
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Necesaria actualización de las rem.históricas y del promedio dpte
Suplemento por movilidad (Dto.1199/04). Res. 298/08-ANSeS y 6/09 SSS
Tope de 35 años para la PC. Fallo Barrios Idilio de la Corte (21.8.2013)
Tope de remuneración dependiente sujeta a aportes (Base Imponible
Máxima= $ 36.531,50)
– Caso Leiva, José Francisco, RJP TXVII, 397
– Caso Pozzo, Norma Susana, RJP TXXII, 177
– Caso Ríspoli, Luis Jorge, RJP TXX, 836
– Caso Cruz, Oscar Tadeo, RJP TXX, 732
– Caso Real, Antonio Lorenzo, RJP TXX, 828
– Caso Rainone de Ruffo, Juana Teresa Berta, RJP TXXI, 122
– Caso Betancur, José, RJP TXX, 737
Superación del tope cuando una remuneración histórica se actualiza
Superación del tope con remun.y rentas autónomas simultáneas
Tope para PC= AMPO por año. Res.6/09-SSS ($160,30).Fallo Argento
Federico CSJN 26.3.2013
El Caso Elliff: utilización del ISBIC hasta la fecha de adquisición del derecho.
Reajuste de la PC y PAP de los
trabajadores autonomos
 Necesaria actualización de la renta autónoma promedio
administrativa con el criterio de las equivalencias del caso
“Volonté” de la Corte
 Rodríguez o Makler
 Equivalencias hasta 6/94 y luego como lo hace ANSeS
(Sala I CFSS CABA)
 Rentas sin moratoria con equivalencias y rentas con
moratoria actualizadas como lo hace ANSeS (Sala II CFSS
CABA)
 Equivalencias con Volonté para todas las rentas
autónomas anteriores o posteriores a 6.94, con o sin
moratoria ( Sala III CFSS CABA cuando la fecha de adq. es
la misma que la fecha del último aporte autónomo. Caso
contrario cuando el últ. mes aut. no es el del cese, equiv. a
ese mes y actualización con índice hasta la fecha de
adquisición)
Movilidad de la PBU, PC y PAP
 El Caso Elliff que mantiene la movilidad de
Badaro.
 Fechas de adquisición anteriores al 1.1.2007:
ISBIC para el recálculo del haber inicial +
Ind.Sal.INDEC + Aumentos de ley desde el
1.1.2007
 Fechas de adquisición posteriores al 31.12.2006:
ISBIC para el recálculo del haber inicial +
Aumentos de ley desde el 1.1.2007
 Incidencia de la nueva ley de movilidad 26.417
 Nuevo criterio. Plenario de hecho de la CFSSCABA:Valtuille A.R. (S.I), Ackerman D.J. (S.II) y
Golovca O. (S.III)
Otros Topes
 Tope máximo del art. 9 de la ley 24.463
($23.675,54)
 Tope del art. 79 de la ley 18.037 cuando
concurren dos o más prestaciones civiles
 Tope de la ley 19.101, art. 80 bis, cuando
concurren prestaciones civiles y militares
 Tope del haber del activo (Villanustre).
Circular 58/2011-ANSeS
 Inaplicabilidad de la escala de reducción del
art.9 de la ley 24.463 en la ley 24.241
La situación especial de los
beneficiarios del ex-régimen de
Capitalización
 Afiliados de la Capitalización que al 5.12.2008 no se
encontraban jubilados
 Afiliados de la Capitalización que al 5.12.2008 ya se
encontraban jubilados cobrando retiro programado o
fraccionario. Caso Peláez, Sara del Juzgado Federal 4 de
Mar del Plata
 Afiliados de la Capitalización que al 5.12.2008 ya se
encontraban jubilados cobrando renta vitalicia. Caso
Vitiello del Juzgado Federal 2 de Mar del Plata
 Beneficiarios de la Capitalización sin componente público
(Casos Fragueiro, Kevorkian, Llanquileo y Toloza)
 Beneficiarios de la Capitalización que optaron por el
Retiro Programado por su estado de salud y buscando
que los fondos sean heredables. Caso Pegasano
Errores u omisiones más comunes en
los juicios de reajuste de la ley 24.241
 Necesaria verificación de la conveniencia del reajuste
mediante el cálculo del posible haber reajustado con la
jurisprudencia vigente
 Errores en el encuadre de la ley aplicable
 Errores en la identificación de la prestación por la cual se
solicita el reajuste
 Error en la condición de dependiente o autónomo del actor
(muchos años autónomos y meses como dependiente)
 No pedir el reajuste de la PBU
 No pedir la actualización de las remuneraciones históricas
 No cuestionar todos los topes que se traducen en una
reducción importante del haber reajustado
 No evaluar en forma prudente la incidencia del reajuste
autónomo dentro del reajuste total
 Incorrecto análisis de la sentencia de primera instancia y
no agraviarse por aquellos temas que han sido planteados
y no han sido tratados o han sido rechazados
La declaración de
inconstitucionalidad de los topes y
la cosa juzgada. Caso Bazan
La aplicación del precedente Actis
Caporale
La demanda informática y la
sentencia informática