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PROYECTO DE REFORMA QUE MODIFICA
SISTEMA TRIBUTARIO
PRESENTACIÓN COMISION DE HACIENDA
SENADO - CHILE.
Reforma Tributaria
Eliminación del Fut y tributación sobre renta
atribuida
Tributación sobre renta atribuida
• Es un concepto nuevo, que excede la definición económica y jurídica
de renta. No es tributación sobre base percibida ni devengada.
• Obtenida la utilidad por la empresa, esta continua bajo la propiedad
disposición y control de la sociedad.
• Luego corresponde calificarla de ficción legal. “lo cierto no es
aquello que se extrae de la realidad de las cosas y los hechos, sino la
descripción que crea el derecho a través de sus normas”
Reforma Tributaria
Eliminación del Fut y tributación sobre renta
atribuida
La realidad supera la ficción
• Se prescinde del beneficiario real de la renta haciendo tributar a
quien aleatoriamente detente la calidad de accionista o socio al 31 de
diciembre de cada año.
• La atribución puede realizarse a una persona de bajo global
complementario y luego la renta ser percibida por una persona de alto
global complementario que no va a pagar impuesto por ella.
• Ejemplo. Compra de acciones por un estudiante universitario con un
préstamo el 30 de diciembre y venta de ellas al 2 de enero. El
estudiante puede obtener devolución de hasta el 35% de la renta
atribuida y luego para el comprador que reciba el dividendo es renta
exenta. El estudiante obtendrá devolución por una renta que nunca
obtuvo. El beneficiario real de la renta no tributará por ella.
Reforma Tributaria
Eliminación del Fut y tributación sobre renta
atribuida
La realidad supera la ficción
• En caso de dividendos provisorios quien recibe los dividendos no
tributará al momento de percibir la renta. Si luego enajena las
acciones la renta se atribuirá a quien las adquiera. Si quien las
adquiere es el estudiante con bajo global va a recuperar hasta el 35%
de la renta atribuida.
• En caso de que el accionista se mantenga, respecto de una sociedad
anónima que reparte el 30% de la utilidad, su base de tributación esta
incrementada un 300%
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atribuida
La realidad supera la ficción
• Renta de la sociedad $100
• Impuesto 25% 100- 25 = 75
• Retención del 10% = 10
• Flujo=65
• Sociedad reparte el 30% de su utilidad financiera que coincide con la
tributaria : $22,5 (30% de 75)
• Un solo accionista: $22,5 -10 Recibe $12,5
• Sobre un dividendo de $30 termina recibiendo 11,5 Tributación
efectiva del accionista 58.3%
Reforma Tributaria
Eliminación del Fut y tributación sobre renta
atribuida
Efectos
• Discriminación respecto de otras rentas afectas a 1 categoría incluso
del capital
Intereses: Tributación sobre renta real
Fondos Mutuos y FIP: tributación única del 10%
• Presión sobre el reparto: cambio de foco desde la inversión al
consumo
• Desinterés en la inversión en acciones.
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atribuida
La realidad supera la ficción
Administración del Impuesto
• Rectificatoria de la renta liquida de la sociedad afecta a todos los
socios o accionistas.
• Ejemplo una sociedad anónima. Miles de accionistas de todas las
direcciones regionales. Liquidaciones de impuestos o restituciones.
• Facultad de regular la ficción. De acuerdo a reglas de mercado o
terceros independientes. Prescindiendo de la realidad.
Facultades discrecionales. Posibilidad de arbitrariedad.
Reforma Tributaria
Eliminación del Fut y tributación sobre renta atribuida
La realidad supera la ficción
Administración del Impuesto
Registros para controlar las atribuciones y distribuciones.
• RRAT RLI bruta
• REINFE / Exentas y No Renta/ dividendos percibidos c/c a RRAT
• REDITE/algunas diferencias temporales “pasivas” que sean flujos
efectivos.
• Se vuelve al régimen anterior al 2001. Empresas con grandes
inversiones en activo fijo podrán retirar toda su utilidad
financiera generada por depreciaciones sin pagar
impuestos en Chile
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La realidad supera la ficción
Administración del Impuesto
Tratamiento FUT – FUNT –FUF histórico a partir de 2017.
Artículo tercero transitorios.
• Los saldos de FUT-FUNT-FUF se les aplicaran las siguientes reglas
a partir de 2017.
• Los retiros, dividendos, remesas se imputaran de la siguiente
forma:
•
Contra el RRAT – Rentas Atribuidas de ese año 2017,
•
La diferencia contra REINR,
•
La diferencia contra el saldo FUT acumulado al 31.12.16, con
crédito de Primera Categoría, hasta agotarlo.
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Administración del Impuesto
Tratamiento FUT – FUNT –FUF histórico a partir de 2017.
Artículo tercero transitorios (cont.).
• El exceso sobre las cantidades anteriores contra FUNT, hasta
agotarlo.
• El saldo de FUF (diferencia depreciación acelerada)al 31.12.2016 se
sumará al registro REDITE generado en el año 2017.
• Los valores del FUF no necesariamente son consistentes con los
incorporados en el REDITE.
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Administración del Impuesto
La Retención del art. 74 N° 8 de la LIR
• Se establece que los contribuyentes que deban atribuir las
utilidades, deberán practicar al término del ejercicio una retención
del 10% sobre el total de la renta a atribuir.
• Los contribuyentes que no sean sociedades anónimas abiertas y
que sólo tengan propietarios, socios, accionistas o comuneros que
sean personas naturales domiciliadas o residentes en Chile no
estarán sujetos a la obligación de retener.
• No se advierte la razonabilidad de los criterios para imponer esta
pesada carga financiera
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Administración del Impuesto
• Se entiende que la retención se realiza en la sociedad fuente… y en
el resto de las sociedades a quienes se la haya atribuido una renta
NO ESTA CLARO QUE ES UNA SOLA RETENCION
• Es un crédito en contra de los impuestos finales? Propuesto
artículo 74N°8 nada dice al respecto y no se modifica el art. 56 N°
3 ni 63 de la LIR. En la actual ley sí se imputa la retención
provisional del Art. 74 N° 4, solo para no domiciliados. NO ESTA
CLARO QUE ES UN CREDITO
• NO ESTA CLARO SU TRATAMIENTO CIVIL. Es una cuenta por
cobrar de difícil individualización. Va a generar conflictos
sociedad-accionista, en caso de cambio del accionista.
• NO ESTA CLARO SU TRATAMIENTO FRENTE A LOS
TRATADOS
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La realidad supera la ficción
Administración del Impuesto
¿Efecto en las Pensiones?
• Se ha señalado que esta retención no afectará a las pensiones:
“ Los Fondos de Pensiones no son contribuyentes y, por
tanto, tendrán derecho a devolución del 10% de retención …”
( A. Arenas ante la Comisión de Hacienda de la Cámara
16.04.2014)
GENERA UNA NUEVA DISTORSION, ya que las AFP podrán
comprar acciones al 30 de diciembre y obtendran por este
solo hecho una restitución del 10% de toda la utilidad
atribuida.
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La realidad supera la ficción
Judicialización
• Desafiar la constitucionalidad de la renta atribuida en las
liquidaciones de impuestos
• Desafiar las facultades de determinar la renta atribuida bajo
condiciones de mercado
• Desafiar las liquidaciones de impuestos que se generen por las
interpretaciones administrativas de normas excesivamente
complejas o poco claras.
Reforma Tributaria
La Renta Atribuida, efectos frente a la Doble Tributación
- Naturaleza jurídica del Impuesto que genera el sistema de
la renta atribuida.
-
a.- Impuesto a la renta
-
b.- Impuesto Patrimonial
- Efectos frente a la Doble tributación
- a.- Frente a los Convenios
- b.- Frente a reglas unilaterales de cada país